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Lo que est?ocurriendo en la OMC
NOTICIAS:  COMUNICADOS DE PRENSA 2001

PRESS/243
17 de septiembre de 2001

Concluyen con 閤ito en la OMC las negociaciones para la adhesi髇 de China

Hoy (17 de septiembre) concluy?con 閤ito en la Organizaci髇 Mundial de Comercio la negociaci髇 de las condiciones de adhesi髇 de China a la OMC, allanando el camino para que se apruebe formalmente el texto del acuerdo en la Conferencia Ministerial de Doha, Qatar, que se celebrar?en noviembre.

揕a cooperaci髇 econ髆ica internacional ha permitido que se haga realidad este momento definitorio en la historia del sistema multilateral de comercio? ha indicado Mike Moore, Director General de la OMC, en la clausura de la reuni髇 del Grupo de Trabajo sobre la Adhesi髇 de China. 揅on la adhesi髇 de China, la OMC ha dado un paso muy importante hacia su conversi髇 en una organizaci髇 aut閚ticamente mundial. La aceptaci髇 casi universal de su sistema, basado en la existencia de normas, servir?de base para la promoci髇 de la cooperaci髇 econ髆ica mundial?

Bajo la presidencia del Embajador Pierre-Louis Girard, de Suiza, el Grupo de Trabajo concluy?casi 15 a駉s de negociaciones con China y acord?presentar unas 900 p醙inas de textos jur韉icos para su aceptaci髇 formal por los 142 gobiernos Miembros de la OMC. China se convertir?legalmente en miembro de la OMC 30 d韆s despu閟 de la notificaci髇 de su aceptaci髇 del acuerdo.

Como resultado de las negociaciones, China ha asumido una serie de compromisos importantes de apertura y liberalizaci髇 de su r間imen, con el fin de integrarse mejor en la econom韆 mundial y ofrecer al comercio exterior y a las inversiones extranjeras un entorno m醩 previsible, en conformidad con las normas de la OMC.

Entre los compromisos asumidos por China cabe mencionar los siguientes:

  • China otorgar?a todos los Miembros de la OMC un trato no discriminatorio. Todos los particulares y empresas, incluidas las empresas con capital extranjero y las no registradas en China, recibir醤 un trato no menos favorable que el otorgado a las empresas chinas en lo que respecta al derecho a tener actividades comerciales.
  • China eliminar?la pr醕tica de fijar precios duales, as?como las diferencias en el trato otorgado a las mercanc韆s producidas para la venta en China y las producidas para la exportaci髇.
  • No se utilizar醤 los controles de precios para ofrecer protecci髇 a las industrias o proveedores de servicios nacionales.
  • China aplicar?el Acuerdo sobre la OMC de forma efectiva y uniforme, para lo que revisar?las leyes internas vigentes y promulgar? nuevas leyes en total conformidad con dicho Acuerdo.
  • En un plazo de tres a駉s contados a partir de la adhesi髇, todas las empresas tendr醤 derecho a importar y exportar todo tipo de mercanc韆s y comerciar con ellas en todo el territorio aduanero, salvo unas pocas excepciones limitadas.
  • China no mantendr?ni introducir?ninguna subvenci髇 a la exportaci髇 de productos agropecuarios.

China se reserva el derecho de mantener un comercio de Estado exclusivo de productos tales como los cereales, el tabaco, los combustibles y los minerales, y de mantener algunas restricciones al transporte y distribuci髇 de mercanc韆s dentro del territorio nacional, pero muchas de las restricciones a las que actualmente est醤 sometidas las empresas extranjeras en China ser醤 eliminadas o suavizadas considerablemente una vez transcurrido un per韔do de adaptaci髇 gradual de tres a駉s. En otras 醨eas, como la protecci髇 de los derechos de propiedad intelectual, China aplicar?plenamente el Acuerdo sobre los ADPIC (aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio) desde la fecha de la adhesi髇.

Durante un plazo de 12 a駉s contados a partir de la fecha de la adhesi髇, habr?un mecanismo transitorio de salvaguardia especial, que se pondr?en marcha cuando las importaciones de productos de origen chino causen o amenacen causar una desorganizaci髇 del mercado que afecte a los productores nacionales de otros Miembros de la OMC.

Por otro lado, se eliminar醤 gradualmente o se tratar醤 de otro modo, en los t閞minos y plazos mutuamente convenidos que se especifican en un anexo del Protocolo de Adhesi髇, las prohibiciones, restricciones cuantitativas y otras medidas que mantengan otros Miembros contra las importaciones procedentes de China de forma incompatible con el Acuerdo sobre la OMC.

  
  
1. Mercanc韆s

La conclusi髇 de las negociaciones sobre el acceso a los mercados de mercanc韆s supone el compromiso de China de eliminar gradualmente los obst醕ulos al comercio y ampliar el acceso a su mercado de que disponen las mercanc韆s procedentes de otros pa韘es. China ha consolidado todos los aranceles aplicados a las mercanc韆s importadas. Una vez que se haya dado cumplimiento a todos los compromisos asumidos, el arancel medio consolidado por China para los productos agropecuarios se reducir?al 15 por ciento. La orquilla oscilar? entre el 0 y el 65 por ciento, aplic醤dose los tipos m醩 elevados a los cereales. En el caso de las mercanc韆s industriales, el arancel medio consolidado se reducir?al 8,9 por ciento, con una orquilla que oscilar?entre el 0 y el 47 por ciento, aplic醤dose los tipos m醩 elevados a las pel韈ulas fotogr醘icas y los autom髒iles y productos conexos. Algunos aranceles ser醤 eliminados y otros ser醤 reducidos, en su mayor韆 a m醩 tardar en 2004, pero en ning鷑 caso despu閟 de 2010.

  
Textiles

Tras la adhesi髇, China se convertir?en parte en el Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido y ser?titular de los derechos y obligaciones correspondientes. Lo mismo que en el caso de los dem醩 Miembros de la OMC, se pondr?t閞mino a los contingentes aplicados a los textiles el 31 de diciembre de 2004, pero habr?un mecanismo de salvaguardia hasta fines de 2008, que permitir?a los gobiernos Miembros de la OMC adoptar medidas para reducir las importaciones en caso de que las exportaciones de productos textiles chinos provoquen una desorganizaci髇 del mercado.

  
Agricultura

China ha aceptado limitar sus subvenciones a la producci髇 agr韈ola al 8,5 por ciento del valor del producto agrario (a los efectos del p醨rafo 4 del art韈ulo 6 del Acuerdo sobre la Agricultura). China tambi閚 ha aceptado aplicar el mismo l韒ite a las subvenciones incluidas en el 醡bito del p醨rafo 2 del art韈ulo 6 de dicho Acuerdo sobre la Agricultura.

  
  
2. Servicios

Telecomunicaciones

Tras la adhesi髇 de China, los proveedores de servicios extranjeros estar醤 autorizados a establecer empresas de capital mixto, que no estar醤 sometidas a restricciones cuantitativas, y prestar servicios en varias ciudades. La inversi髇 extranjera en las empresas de capital mixto no ser?superior al 25 por ciento. En el plazo de un a駉 contado a partir de la adhesi髇, se ampliar醤 estas 醨eas para incluir la prestaci髇 de servicios en otras ciudades y la inversi髇 extranjera no podr?ser superior al 35 por ciento. Al cabo de tres a駉s, la inversi髇 extranjera no podr?ser superior al 49 por ciento. Pasados cinco a駉s, dejar?de haber restricciones geogr醘icas.

  
Banca

A partir de la adhesi髇, se permitir?a las instituciones financieras extranjeras prestar servicios en China sin restricciones de clientela para las operaciones con moneda extranjera. En cuanto a las operaciones con moneda local, en un plazo de dos a駉s contados a partir de la adhesi髇, se permitir?a las instituciones financieras extranjeras prestar servicios a empresas chinas. Pasados cinco a駉s, se permitir?a las instituciones financieras extranjeras prestar servicios a todo tipo de clientes chinos.

  
Seguros

Se permitir?que los aseguradores extranjeros que operen en ramas distintas de los seguros de vida establezcan filiales o constituyan empresas de capital mixto con un m醲imo del 51 por ciento de capital extranjero. En un plazo de dos a駉s contados a partir de la adhesi髇 de China, los aseguradores extranjeros que operen en ramas distintas de los seguros de vida podr醤 establecer filiales de las que tengan el 100 por ciento del capital. A partir de la adhesi髇, los aseguradores extranjeros que operen en la rama de los seguros de vida podr醤 tener una participaci髇 del 50 por ciento en empresas de capital mixto con el socio que elijan. En cuanto a los riesgos comerciales en gran escala, los reaseguros y los seguros y reaseguros internacionales mar韙imos, de aviaci髇 y de transporte, tras la adhesi髇 se permitir?que se establezcan empresas de capital mixto con una participaci髇 de capital extranjero no superior al 50 por ciento; transcurridos tres a駉s, la participaci髇 de capital extranjero podr?llegar al 51 por ciento; al cabo de cinco a駉s, se permitir?que haya filiales de capital totalmente extranjero.

  
  
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1. Historia de la adhesi髇 de China a la OMC

China fue uno de los 23 signatarios originales del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) en 1948. Tras la revoluci髇 de 1949, el gobierno de Taiw醤 anunci?que China abandonaba el sistema del GATT. Aunque el gobierno de Beijing nunca reconoci?esta decisi髇, casi 40 a駉s m醩 tarde, en 1986, China notific?al GATT su deseo de recuperar su condici髇 de parte contratante del GATT.

China es uno de los 30 gobiernos que actualmente pretenden adherirse a la Organizaci髇 Mundial del Comercio. Como muchos de los pa韘es que han solicitado ser Miembros de la OMC, China est?en pleno proceso de reforma econ髆ica y de transformaci髇 de su econom韆 para basarla m醩 en el mercado. El proceso de adhesi髇 de China a la OMC ha sido dirigido por un Grupo de Trabajo formado por todos los gobiernos Miembros de la OMC interesados. Inicialmente, en el marco del GATT, se estableci?en 1987 un Grupo de Trabajo sobre el estatuto de China que se centraba exclusivamente en el r間imen que aplicaba China al comercio de mercanc韆s. En 1995 se convirti?en un Grupo de Trabajo de la OMC y se ampli?su 醡bito para incluir el comercio de servicios, nuevas normas sobre las medidas arancelarias y normas referentes a los derechos de propiedad intelectual.

Una parte sustancial del proceso de adhesi髇 de China se tradujo en negociaciones bilaterales entre este pa韘 y los Miembros de la OMC. Generalmente estas negociaciones se llevaron a cabo privadamente, sea en la OMC, en Ginebra, sea en las capitales, pero el Grupo de Trabajo tambi閚 mantuvo reuniones de car醕ter informal y formal. Aunque el centro de atenci髇 de las negociaciones bilaterales y plurilaterales fueran algunas esferas concretas de las pol韙icas comerciales de China, por ejemplo, la lista de compromisos de acceso a los mercados de mercanc韆s y la lista de compromisos espec韋icos en la esfera de los servicios, el Grupo de Trabajo ten韆 la responsabilidad de mantener y supervisar el desarrollo de las negociaciones y asegurarse de que se examinaran las pol韙icas comerciales de China en todos sus aspectos.

El Embajador Pierre-Louis Girard, un alto funcionario comercial de Suiza, actu?como Presidente del Grupo de Trabajo. El Presidente, los gobiernos Miembros y China fueron ayudados en su labor por la Secretar韆 de la OMC, que facilit?la asistencia administrativa y jur韉ica necesaria.

El Grupo de Trabajo tuvo dos labores principales que realizar: compilar un informe basado en sus deliberaciones; y completar un Protocolo de Adhesi髇. No es inhabitual que los grupos de trabajo que se encargan de las adhesiones a la OMC a馻dan una serie de anexos a los protocolos. Los anexos forman parte integrante de los protocolos, son vinculantes jur韉icamente y abordan cuestiones espec韋icas que plantea el r間imen comercial del solicitante. Como en todas las dem醩 adhesiones, los anexos, que han sido uno de los elementos centrales de las negociaciones, tienen por objetivo ofrecer a los Miembros de la OMC garant韆s de que se llevar醤 a cabo realmente las reformas y se adoptar醤 las dem醩 medidas transitorias prometidas por el solicitante. En otras palabras, cumplen la funci髇 de una especie de calendario negociado para poner el r間imen comercial del solicitante en plena conformidad con las normas y obligaciones de la OMC.

Los procesos de adhesi髇 tienen una duraci髇 variable y completarlos puede exigir varios a駉s, lo que depende mucho de la voluntad del pa韘 solicitante de cumplir no s髄o las normas y obligaciones que derivan de los principios de econom韆 de mercado de la OMC y de sus pol韙icas favorables a la competencia y a la no discriminaci髇, sino tambi閚 de las condiciones de acceso a los mercados de mercanc韆s y servicios que el pa韘 solicitante ofrezca a los dem醩 Miembros de la OMC. Como el Grupo de Trabajo adopta sus decisiones por consenso, todos los Miembros de la OMC y el pa韘 que solicita la adhesi髇 han de ponerse de acuerdo en que se ha dado respuesta a sus preocupaciones individuales y en que todas las cuestiones pendientes han quedado resueltas en el curso de sus deliberaciones.

  
2. La relaci髇 del Taipei Chino con el GATT/OMC

A principios de 1965, Taiw醤 solicit?la condici髇 de observador en los per韔dos de sesiones del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT de 1947), condici髇 que se le reconoci? En 1971, se suprimi?este estatuto, a ra韟 de una decisi髇 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que reconoc韆 a la Rep鷅lica Popular como 鷑ico gobierno leg韙imo de China.

En su reuni髇 de septiembre de 1992, el Consejo de Representantes del GATT decidi?establecer un grupo de trabajo que examinara espec韋icamente la solicitud de adhesi髇 del Territorio Aduanero distinto de Taiw醤, Penghu, Kinmen y Matsu (揟aipei Chino?. El Presidente dijo que hab韆 mantenido amplias consultas sobre el tema de establecer un grupo de trabajo. Observ?que todas las partes contratantes hab韆n aceptado la opini髇 de la Rep鷅lica Popular de China de que el Taipei Chino, como territorio aduanero distinto, no deb韆 adherirse al GATT antes que la propia Rep鷅lica Popular de China.


3. Hong Kong, China y la OMC

Hong Kong, entonces una colonia de la Corona Brit醤ica, se convirti?en parte contratante del GATT el 23 de abril de 1986. El 1?de julio de 1997, la Rep鷅lica Popular de China reanud?el ejercicio de la soberan韆 sobre Hong Kong. A partir de esa fecha, Hong Kong se convirti?en una Regi髇 Administrativa Especial de China. En condici髇 de tal, mantiene entre otras cosas el estatuto de territorio aduanero distinto y seguir?decidiendo sus pol韙icas econ髆icas y comerciales independientemente y tambi閚 podr? independientemente, utilizar la denominaci髇 de 揌ong Kong, China? mantener y desarrollar relaciones y concluir y aplicar acuerdos con Estados, regiones y organizaciones internacionales en las esferas de la econom韆, el comercio y otras. Posteriormente, Hong Kong, como parte contratante del GATT, particip?plenamente en la Ronda Uruguay y asumi?todos los derechos y obligaciones correspondientes aceptando formalmente el Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, hecha en Marrakech el 15 de abril de 1994. En virtud del art韈ulo XI del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organizaci髇 Mundial del Comercio, Hong Kong se convirti?en Miembro inicial de la OMC. De conformidad con las disposiciones antes descritas, Hong Kong seguir?siendo Miembro de la OMC, bajo la denominaci髇 de 揌ong Kong, China?

  
4. Macao, China y la OMC

La Rep鷅lica Popular de China reanud?el ejercicio de la soberan韆 sobre Macao, antigua colonia portuguesa, el 20 de diciembre de 1999. En esa fecha, Macao se convirti?en una Regi髇 Administrativa Especial de China y en condici髇 de tal sigue manteniendo, entre otras cosas, su sistema social y econ髆ico y sus pol韙icas econ髆icas y comerciales, con independencia, bajo la denominaci髇 de 揗acao, China? manteniendo y desarrollando relaciones, y concluyendo y aplicando acuerdos con todos los Estados, regiones y con las organizaciones internacionales que operan en las esferas de la econom韆, el comercio y otras. La Rep鷅lica Popular de China se馻l?en aquel momento que la Regi髇 Administrativa Especial de Macao seguir韆 participando en las organizaciones internacionales y acuerdos comerciales internacionales pertinentes, como el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.

Macao se convirti?en parte contratante del Acuerdo General el 11 de enero de 1991 y fue uno de los miembros fundadores de la OMC, que se estableci?el 1?de enero de 1995. El 20 de diciembre de 1999, Macao sigui?siendo Miembro de la OMC bajo la denominaci髇 de 揗acao, China?

  
5. China en el comercio mundial

En 2000, China era el s閜timo exportador y el octavo importador mundial de mercanc韆s (exportaciones: 249.200 millones de d髄ares EE.UU. (cuota del 3,9 por ciento), importaciones: 225.100 millones (cuota del 3,4 por ciento)). En cuanto a los servicios comerciales, China era el 12?nbsp;exportador y el 10?importador mundial (exportaciones: 29.700 millones de d髄ares EE.UU. (cuota del 2,1 por ciento), importaciones: 34.800 millones (cuota del 2,5 por ciento)).