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MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS: MODELOS DE NOTIFICACI覰

Procedimiento recomendado en materia de transparencia

Recomendaciones sobre transparencia y modelos nuevos. A los servicios de informaci髇 y los organismos encargados de la notificaci髇 de MSF: La Secretar韆 de la OMC desea se馻lar a su atenci髇 la versi髇 revisada del Procedimiento recomendado para la aplicaci髇 de las obligaciones en materia de transparencia establecidas en el Acuerdo MSF, del Comit?MSF, que figura en el documento G/SPS/7/Rev.5 (en lo sucesivo, el 揚rocedimiento recomendado en materia de transparencia?.

Entre los elementos nuevos que figuran en el Procedimiento recomendado en materia de transparencia cabe destacar los siguientes:

  • Se alienta a los Miembros a notificar todas las reglamentaciones propuestas que se basen en una norma, directriz o recomendaci髇 internacional o est閚 en conformidad con ella o cuyo contenido sea en sustancia el mismo, si se espera que tengan un efecto significativo en el comercio de otros Miembros. (V閍se el p醨rafo 2.3. del documento G/SPS/7/Rev.5.)

  • Cuando los mecanismos de reglamentaci髇 internos lo permitan, el plazo de 60 d韆s para la presentaci髇 de observaciones prescrito para todas las notificaciones ordinarias deber?empezar cuando la Secretar韆 de la OMC distribuya la notificaci髇. (V閍se el p醨rafo 2.8. del documento G/SPS/7/Rev.5.)

  • Los distintos mecanismos y decisiones relacionados con la transparencia, que hasta ahora se pod韆n consultar bajo diversas signaturas, han sido reunidos en el Procedimiento recomendado en materia de transparencia para facilitar su consulta. Se refieren al plazo entre la publicaci髇 de una reglamentaci髇 y su entrada en vigor, el mecanismo para facilitar la consulta del texto completo de las reglamentaciones notificadas, el acceso a traducciones no oficiales en forma de suplementos, y la notificaci髇 del reconocimiento de la equivalencia. (V閍nse el p醨rafo 4.3. y los anexos C, D, y E del documento G/SPS/7/Rev.5, respectivamente.)

  • Los modelos de las notificaciones (ordinarias, de urgencia, y sus addenda y corrigenda) se han modificado para incorporar los cambios del procedimiento revisado y mejorar la claridad de la informaci髇 proporcionada. Entre las modificaciones figuran la opci髇 de marcar un recuadro en relaci髇 con el plazo de 60 d韆s para la presentaci髇 de observaciones, el intervalo de seis meses entre la publicaci髇 de una medida y su entrada en vigor, y la opci髇 de marcar un recuadro para se馻lar la raz髇 de ser espec韋ica de un addendum.