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Obst醕ulos T閏nicos al Comercio: INFORMACI覰 T蒀NICA

Informaci髇 t閏nica sobre los Obst醕ulos T閏nicos al Comercio

El problema

縋or qu?un Acuerdo?    volver al principio

Elevado n鷐ero de normas y reglamentos t閏nicos

En los 鷏timos decenios el n鷐ero de normas y reglamentos t閏nicos adoptados por los pa韘es ha aumentado considerablemente. Cabe atribuir esta intensificaci髇 de la pol韙ica de reglamentaci髇 a la elevaci髇 de los niveles de vida en todo el mundo, que ha impulsado la demanda de productos seguros y de alta calidad por parte de los consumidores, y a los crecientes problemas de contaminaci髇 del agua, la atm髎fera y el suelo que han llevado a las sociedades modernas a buscar productos no nocivos para el medio ambiente.
  

Repercusi髇 en el comercio internacional

Aunque es dif韈il hacer una estimaci髇 precisa de la repercusi髇 en el comercio internacional, de la necesidad de cumplir las normas y reglamentos t閏nicos distintos extranjeros, entra馻 sin duda costos considerables para los productores y los exportadores. En general, esos costos corresponden a la traducci髇 de los reglamentos extranjeros, la contrataci髇 de expertos t閏nicos que expliquen los reglamentos extranjeros y la adaptaci髇 de las instalaciones de producci髇 para que se ajusten a las prescripciones extranjeras. Esos elevados costos pueden desalentar a los fabricantes de tratar de vender en el extranjero. Al no haber disciplinas internacionales, se corre el riesgo de que se adopten y apliquen normas y reglamentos t閏nicos con el 鷑ico objeto de proteger a las ramas de producci髇 nacionales.
  

Del C骴igo de Normas de la Ronda de Tokio al Acuerdo OTC de la OMC

En el Acuerdo General de 1947 s髄o se hac韆 una referencia general a las normas y reglamentos t閏nicos en los art韈ulos III, XI y XX. Un Grupo de Trabajo del GATT, establecido para evaluar la repercusi髇 de los obst醕ulos no arancelarios en el comercio internacional, lleg?a la conclusi髇 de que la principal categor韆 de medidas no arancelarias con que se enfrentaban los exportadores eran los obst醕ulos t閏nicos. Tras a駉s de negociaciones, al final de la Ronda de Tokio, en 1979, 32 Partes Contratantes del GATT firmaron el Acuerdo (plurilateral) sobre Obst醕ulos T閏nicos al Comercio (OTC). El C骴igo de Normas, como se denomin?el Acuerdo, rigi?la elaboraci髇, la adopci髇 y la aplicaci髇 de reglamentos t閏nicos, normas y procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad. El nuevo Acuerdo de la OTC sobre Obst醕ulos T閏nicos al Comercio o Acuerdo OTC, ha reforzado las disposiciones del C骴igo de Normas de la Ronda de Tokio. El Acuerdo OTC, negociado durante la Ronda Uruguay, forma parte integrante del Acuerdo sobre la OMC. Antes de examinar con detalle el Acuerdo, es necesario definir 搑eglamentos t閏nicos? 搉ormas?nbsp;y 損rocedimientos de evaluaci髇 de la conformidad?

  

Definiciones    volver al principio

Los reglamentos t閏nicos y las normas en el Acuerdo OTC

Los reglamentos t閏nicos y las normas establecen las caracter韘ticas espec韋icas de un producto, por ejemplo el tama駉, la forma, el dise駉, las funciones o el rendimiento, o bien la manera en que se etiqueta o embala antes de ponerlo en venta. En algunos casos, la manera en que se elabora un producto puede influir en esas caracter韘ticas, en cuyo caso puede ser m醩 oportuno elaborar reglamentos t閏nicos y normas relativos a los procesos y m閠odos de producci髇 en lugar de a las propias caracter韘ticas. El Acuerdo OTC permite aplicar ambos m閠odos por la manera como define los reglamentos t閏nicos y las normas (Anexo 1).
  

Diferencia entre un reglamento t閏nico y una norma

La diferencia entre una norma y un reglamento t閏nico reside en la observancia. Mientras que la conformidad con las normas es voluntaria, los reglamentos t閏nicos son de car醕ter obligatorio; adem醩, tienen diferentes consecuencias para el comercio internacional. Si un producto importado no cumple las prescripciones establecidas en un reglamento t閏nico, no se autorizar?que se ponga a la venta. En el caso de las normas, los productos importados que no est閚 en conformidad con ellas podr醤 ponerse en el mercado, pero se ver醤 penalizados si los consumidores prefieren productos que se ajusten a las normas del pa韘, por ejemplo en cuanto a calidad o color en el caso de los textiles y las prendas de vestir.
  

Procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad

Los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad son procedimientos t閏nicos -por ejemplo, de prueba, verificaci髇, inspecci髇 o certificaci髇- por los que se determina si los productos cumplen las prescripciones establecidas en los reglamentos y las normas. Por lo general, son los exportadores los que deben satisfacer los derechos aplicados -si se aplican- a esos procedimientos. Si no son transparentes y se aplican discriminatoriamente, los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad pueden resultar instrumentos proteccionistas eficaces.

  

Objetivos    volver al principio

Protecci髇 de la seguridad o la salud de las personas

La mayor韆 de los reglamentos t閏nicos y normas se adoptan con objeto de proteger la seguridad o la salud de las personas. Los ejemplos son numerosos. Pertenecen a la primera categor韆 los reglamentos nacionales que exigen que los veh韈ulos autom髒iles lleven cinturones de seguridad para minimizar las lesiones en caso de accidentes de carretera o que los enchufes se fabriquen de manera que protejan a los usuarios de sacudidas el閏tricas. En cuanto a los reglamentos cuyo objetivo es la protecci髇 de la salud humana, un ejemplo com鷑 es la indicaci髇 en el etiquetado de los cigarrillos de que son perjudiciales para la salud.
  

Protecci髇 de la salud y la vida de los animales y los vegetales

Actualmente son muy corrientes los reglamentos que protegen la salud y la vida de los animales o de los vegetales. Su objetivo es que no se extingan especies animales o vegetales amenazadas por la contaminaci髇 del agua, la atm髎fera y el suelo. Algunos pa韘es, por ejemplo, proh韇en la captura de peces de especies amenazadas antes de que hayan alcanzado determinado tama駉.
  

Protecci髇 del medio ambiente

La mayor preocupaci髇 de los consumidores con respecto al medio ambiente, como consecuencia de los crecientes niveles de contaminaci髇 de la atm髎fera, el agua y el suelo, ha inducido a muchos gobiernos a adoptar reglamentos encaminados a la protecci髇 del medio ambiente. Entre ellos figuran, por ejemplo, los relativos al reciclado del papel y los productos pl醩ticos y a los niveles de emisi髇 de gases de los veh韈ulos a motor.
  

Prevenci髇 de pr醕ticas que induzcan a error

La mayor parte de esos reglamentos prev閚 la protecci髇 de los consumidores mediante su informaci髇, en forma principalmente de prescripciones en materia de etiquetado. Otros reglamentos incluyen prescripciones en materia de clasificaci髇 y definici髇, embalaje y medidas (tama駉, peso, etc.) para impedir pr醕ticas que induzcan a error.
  

Otros objetivos

Otros objetivos de los reglamentos son la calidad, la armonizaci髇 t閏nica o, simplemente, la facilitaci髇 del comercio. Los reglamentos relativos a la calidad -por ejemplo, los que exigen que las frutas, legumbres y hortalizas alcancen un determinado tama駉 para poder ser objeto de comercio- son muy corrientes en algunos pa韘es desarrollados. Los encaminados a la armonizaci髇 de ciertos sectores, por ejemplo los de las telecomunicaciones y el equipo terminal, est醤 muy extendidos en regiones econ髆icamente integradas, como la Uni髇 Europea y la AELC.

  

Reglamentos divergentes: Costos para los exportadores    volver al principio

P閞dida de econom韆s de escala

Si una empresa tiene que adaptar sus instalaciones de producci髇 para ajustarse a prescripciones t閏nicas diversas de distintos mercados, es probable que aumenten los costos unitarios de producci髇, lo cual perjudicar?en particular a las empresas peque馻s y medianas.
  

Costos de la evaluaci髇 de la conformidad

La conformidad con los reglamentos t閏nicos tiene por lo general que confirmarse. Puede hacerse mediante pruebas, certificaciones o inspecciones efectuadas por laboratorios u 髍ganos de certificaci髇, normalmente a expensas de la empresa.
  

Costos de informaci髇

Comprenden, entre otros, los costos de evaluaci髇 de la repercusi髇 t閏nica de los reglamentos extranjeros, la traducci髇 y la divulgaci髇 de la informaci髇 sobre los productos, la formaci髇 de expertos, etc.
  

Costos imprevistos

Los exportadores suelen estar en situaci髇 de desventaja con respecto a las empresas nacionales, en lo que se refiere a costos de reajuste, cuando se enfrentan a nuevos reglamentos.

  

El Acuerdo (1)

Principios
Evitaci髇 de obst醕ulos innecesarios al comercio    volver al principio

緾u醠es son las causas de los obst醕ulos t閏nicos al comercio?

Los obst醕ulos t閏nicos al comercio son por lo general consecuencia de la preparaci髇, la adopci髇 y la aplicaci髇 de diferentes reglamentos y procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad. Si por ejemplo, un productor del pa韘 A desea exportar al pa韘 B, se ver?obligado a cumplir las prescripciones t閏nicas que el pa韘 B aplique a los productos que va a exportar, con las consecuencias financieras que ello conlleva. Las diferencias entre los reglamentos t閏nicos y los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad de los distintos pa韘es pueden obedecer a causas leg韙imas, como las diferencias de gustos o de niveles de ingresos de los ciudadanos y factores geogr醘icos o de otro tipo. Por ejemplo, los pa韘es en los que haya regiones propensas a los terremotos tal vez tengan prescripciones m醩 rigurosas con respecto a los materiales de construcci髇; otros que se enfrenten a graves problemas de contaminaci髇 atmosf閞ica quiz醩 tengan que establecer niveles m醩 bajos de tolerancia de las emisiones de los veh韈ulos autom髒iles. Los elevados niveles de ingresos por habitante de los pa韘es relativamente ricos se traducen en una mayor demanda de productos seguros y de alta calidad.
  

Disposiciones del Acuerdo OTC sobre los reglamentos t閏nicos

En el Acuerdo OTC se tiene en cuenta la existencia de diferencias leg韙imas de gustos, rentas y factores geogr醘icos y de otro tipo entre los distintos pa韘es. Por ello, el Acuerdo permite a sus Miembros una gran flexibilidad en la elaboraci髇, la adopci髇 y la aplicaci髇 de sus reglamentos t閏nicos nacionales. En el Pre醡bulo del Acuerdo se reconoce que 搉o debe impedirse a ning鷑 pa韘 que adopte las medidas necesarias para asegurar la calidad de sus exportaciones, o para la protecci髇 de la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservaci髇 de los vegetales, para la protecci髇 del medio ambiente, o para la prevenci髇 de pr醕ticas que puedan inducir a error, a los niveles que considere apropiados? No obstante, la flexibilidad de reglamentaci髇 de los Miembros queda limitada por la prescripci髇 de que 搉o se elaboren, adopten o apliquen reglamentos t閏nicos que tengan por objeto o efecto crear obst醕ulos innecesarios al comercio internacional?nbsp;(p醨rafo 2 del art韈ulo 2).
  

Evitaci髇 de obst醕ulos innecesarios al comercio

Para un gobierno, evitar obst醕ulos innecesarios al comercio significa que, al elaborar un reglamento t閏nico para lograr determinado objetivo de pol韙ica ?ya sea la protecci髇 de la salud y la seguridad de las personas o del medio ambiente, etc. ? el reglamento no deber?provocar m醩 efectos restrictivos del comercio que los precisos para alcanzar ese objetivo leg韙imo. Seg鷑 el Acuerdo OTC, definir los reglamentos sobre productos, en los casos en que sea procedente, en funci髇 de las propiedades de uso y empleo de los productos en lugar de en funci髇 de su dise駉 o de sus caracter韘ticas descriptivas contribuir?tambi閚 a evitar obst醕ulos innecesarios al comercio internacional (p醨rafo 8 del art韈ulo 2). Por ejemplo, un reglamento t閏nico sobre puertas resistentes a la acci髇 del fuego prescribir?que la puerta supere todas las pruebas necesarias de resistencia a la acci髇 del fuego, pudiendo, pues, especificar que, 搇a puerta debe resistir la acci髇 del fuego a lo largo de 30 minutos? no especificar?c髆o debe fabricarse el producto, o sea, 搇a puerta debe ser de acero, de una pulgada de espesor? Evitar obst醕ulos al comercio significa tambi閚 que los pa韘es no mantengan los reglamentos t閏nicos si las circunstancias que dieron lugar a su adopci髇 ya no existen o han variado o si puede lograrse el objetivo de pol韙ica perseguido mediante otra medida menos restrictiva del comercio.
  

緾u醤do constituye un reglamento t閏nico un obst醕ulo innecesario al comercio?

Pueden crearse obst醕ulos innecesarios al comercio: i) cuando un reglamento es m醩 restrictivo de lo necesario para lograr un objetivo de pol韙ica determinado, o ii) cuando no persigue un objetivo leg韙imo. Un reglamento es m醩 restrictivo de lo necesario cuando el objetivo perseguido puede lograrse mediante otras medidas menos restrictivas del comercio, habida cuenta de los riesgos que representar韆 no lograr el objetivo perseguido. Los elementos que los Miembros pueden tomar en consideraci髇 al evaluar los riesgos son: la informaci髇 cient韋ica y t閏nica disponible, la tecnolog韆 o los usos finales a que se destinen los productos. Se considera 搇eg韙imo?nbsp;un objetivo de pol韙ica si figura en la enumeraci髇 no exhaustiva que se hace en el p醨rafo 2 del art韈ulo 2: imperativos de la seguridad nacional; prevenci髇 de pr醕ticas que puedan inducir a error; protecci髇 de la salud o la seguridad humanas, de la vida o la salud animal o vegetal, o del medio ambiente.
  

Disposiciones del Acuerdo OTC sobre los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad

La obligaci髇 de evitar obst醕ulos innecesarios al comercio es tambi閚 aplicable a los sistemas de aprobaci髇 de los productos. Con respecto a los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad, podr韆 resultar un obst醕ulo innecesario al comercio el que fueran m醩 estrictos o requirieran m醩 tiempo de lo necesario para evaluar si un producto est? en conformidad con las leyes y los reglamentos internos del pa韘 importador. Por ejemplo, las prescripciones sobre informaci髇 no deben ser mayores de las necesarias y el emplazamiento de las instalaciones utilizadas en los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad y selecci髇 de muestras no deben causar molestias a los agentes (apartados 2.3 y 2.6 del art韈ulo 5).

  

No discriminaci髇 y trato nacional    volver al principio

Reglamentos t閏nicos

Al igual que otros muchos Acuerdos de la OMC, el Acuerdo OTC lleva incorporadas las obligaciones de trato de la naci髇 m醩 favorecida (NMF) y trato nacional enunciadas en el GATT. En el p醨rafo 1 del art韈ulo 2 del Acuerdo se dispone que 揷on respecto a los reglamentos t閏nicos, se d?a los productos importados del territorio de cualquiera de los Miembros un trato no menos favorable que el otorgado a productos similares de origen nacional y a productos similares originarios de cualquier otro pa韘?
  

Procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad

Las disposiciones en materia de trato NMF y trato nacional se aplican tambi閚 a los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad, que se aplicar醤 a los productos importados de otros Miembros de la OMC 揺n condiciones no menos favorables que las otorgadas a los ... productos similares de origen nacional u originarios de cualquier otro pa韘?nbsp;(apartado 1.1 del art韈ulo 5). Es decir, que los productos importados recibir醤 un trato igual con respecto a los derechos pagaderos, de haberlos, por la evaluaci髇 de su conformidad con los reglamentos existentes. Asimismo, los Miembros respetar醤 el car醕ter confidencial de la informaci髇 relativa a los resultados de los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad de los productos importados de la misma manera que en el caso de los productos nacionales con el fin de que se protejan los intereses comerciales (apartados 2.4 y 2.5 del art韈ulo 5).

  

Armonizaci髇 (1)    volver al principio

Beneficios para los productores

Los argumentos a favor de la armonizaci髇 de los reglamentos t閏nicos son de todos conocidos. La armonizaci髇 es necesaria siempre que los productos deban funcionar en conexi髇 con otros o ser compatibles con ellos; por ejemplo, el equipo de telecomunicaciones o los componentes de autom髒iles, pues la falta de compatibilidad t閏nica podr韆 crear obst醕ulos al comercio internacional. Por ejemplo, dif韈ilmente podr韆n venderse en Europa los aparatos de televisi髇 estadounidenses a causa de las divergencias de los sistemas de televisi髇 en color (NTSC frente a PAL o SECAM). Asimismo, para que su comercializaci髇 en el Reino Unido sea posible, los veh韈ulos autom髒iles franceses o alemanes tienen que adaptarse a la conducci髇 por el lado izquierdo de la calzada. El costo de dise馻r, fabricar y entregar el mismo producto en diversas formas puede ser elevado.
  

Beneficios para los consumidores

La armonizaci髇 t閏nica puede aumentar el bienestar de los consumidores. En un entorno normativo armonizado, la competencia hace que los consumidores tengan una gama de productos amplia y atractiva desde el punto de vista econ髆ico entre los que elegir. Ello presupone, sin embargo, que las normas armonizadas no vayan m醩 all?del logro de su objetivo normativo leg韙imo, es decir, que no sofoquen la innovaci髇 ni hagan de otro modo que los productores desistan de introducir nuevos productos o variedades de productos.

  

Armonizaci髇 (2)    volver al principio

Introducci髇

Durante muchos a駉s, los expertos t閏nicos se han esforzado en lograr la armonizaci髇 internacional de las normas. Desempe馻n una importante funci髇 a este respecto la Organizaci髇 Internacional de Normalizaci髇 (ISO), la Comisi髇 Electrot閏nica Internacional (CEI) y la Uni髇 Internacional de Telecomunicaciones (UIT), cuyas actividades han tenido una importante repercusi髇 en el comercio, en particular en el de productos industriales. Por ejemplo, la ISO ha elaborado m醩 de 9.600 normas internacionales que abarcan casi todos los campos t閏nicos.
  

La armonizaci髇 y el Acuerdo OTC

El Acuerdo anima a los Miembros a utilizar como base de sus reglamentos nacionales las normas internacionales existentes, o partes de ellas, salvo que 搒ean un medio ineficaz o inapropiado?nbsp;para lograr un determinado objetivo de pol韙ica. Ello puede ocurrir, por ejemplo, 揳 causa de factores clim醫(yī)icos o geogr醘icos fundamentales o problemas tecnol骻icos fundamentales?nbsp;(p醨rafo 4 del art韈ulo 2). Seg鷑 se ha indicado, siempre que los reglamentos t閏nicos est閚 en conformidad con las normas internacionales pertinentes se presume, a reserva de impugnaci髇, que no crean 搖n obst醕ulo innecesario al comercio internacional? Se aplican disposiciones similares a los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad: deber醤 utilizarse las orientaciones o recomendaciones internacionales formuladas por instituciones internacionales con actividades de normalizaci髇, o las partes pertinentes de ellas, en los procedimientos nacionales de evaluaci髇 de la conformidad, salvo que 搉o resulten apropiadas para los Miembros interesados por razones como imperativos de seguridad nacional, la prevenci髇 de pr醕ticas que puedan inducir a error, protecci髇 de la salud o la seguridad humanas, de la vida o salud animal o vegetal o del medio ambiente, factores clim醫(yī)icos u otros factores geogr醘icos fundamentales o problemas tecnol骻icos o de infraestructura fundamentales?nbsp;(p醨rafo 4 del art韈ulo 5).
  

Participaci髇 en las instituciones internacionales con actividades de normalizaci髇

La amplia participaci髇 en las instituciones internacionales con actividades de normalizaci髇 puede servir para que las normas internacionales reflejen intereses en materia de producci髇 o comercio de pa韘es espec韋icos. En el Acuerdo OTC se anima a los Miembros a participar, dentro de los l韒ites de sus recursos, en la labor de las instituciones internacionales de elaboraci髇 de normas (p醨rafo 6 del art韈ulo 2) y de orientaciones o recomendaciones referentes a los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad (p醨rafo 5 del art韈ulo  5).  

Trato especial y diferenciado

El cumplimiento de las normas internacionales y su aplicaci髇 pueden requerir recursos t閏nicos y financieros que sobrepasen las posibilidades de los pa韘es en desarrollo. En el Acuerdo OTC se mitiga la repercusi髇 de determinadas disposiciones cuya plena aplicaci髇 no ser韆 compatible con las necesidades de los pa韘es en desarrollo en materia de desarrollo, finanzas y comercio. Adem醩, dadas sus condiciones tecnol骻icas y socioecon髆icas particulares, los pa韘es en desarrollo pueden adoptar reglamentos t閏nicos, normas, o m閠odos de prueba encaminados a preservar la tecnolog韆 y los m閠odos y procesos de producci髇 aut骳tonos y compatibles con sus necesidades de desarrollo (p醨rafo 4 del art韈ulo 12). Por 鷏timo, los pa韘es en desarrollo Miembros pueden pedir a las instituciones internacionales con actividades de normalizaci髇 que examinen la posibilidad de elaborar normas internacionales con respecto a productos que presenten especial inter閟 comercial para ellos y que, de ser factible, las elaboren.

  

Equivalencia    volver al principio

 縌u? es la equivalencia?

El proceso conducente a la elaboraci髇 de una norma internacional puede ser largo y costoso. Llegar a un consenso sobre detalles t閏nicos puede llevar varios a駉s. El intervalo entre la adopci髇 de una norma internacional y su aplicaci髇 real por las autoridades normativas nacionales puede ser tambi閚 considerable. Por estos motivos, los negociadores introdujeron en el Acuerdo OTC un concepto complementario de la armonizaci髇 t閏nica: la equivalencia. Los obst醕ulos t閏nicos al comercio internacional podr韆n eliminarse si los Miembros admitieran que diferentes reglamentos t閏nicos cumplen los mismos objetivos de pol韙ica aunque lo hagan por diferentes medios. Este concepto, basado en el 搉uevo enfoque?nbsp;de la normalizaci髇 adoptado por la Comunidad Europea en 1985, se recoge en el p醨rafo 7 del art韈ulo 2 del Acuerdo OTC.
  

緾髆o funciona la equivalencia?

Supongamos que el pa韘 A, deseoso de proteger su medio ambiente de elevados niveles de emisiones de los veh韈ulos autom髒iles, exige que los coches vayan equipados con un catalizador. En el pa韘 B se logra el mismo objetivo mediante la utilizaci髇 de motores di閟el en los veh韈ulos autom髒iles. Como los intereses ambientales son id閚ticos en ambos pa韘es -reducir los niveles de contaminantes de la atm髎fera- A y B pueden convenir en que sus reglamentos t閏nicos son en lo esencial equivalentes. De esta manera, si los fabricantes de autom髒iles del pa韘 A desean exportar al pa韘 B no se ver醤 obligados a satisfacer la prescripci髇 del pa韘 B relativa a los motores di閟el, y viceversa. Ello eliminar?los costos de adaptar las instalaciones de producci髇 para cumplir los reglamentos extranjeros.

  

El Acuerdo (2)

Reconocimiento mutuo    volver al principio

Costo de la realizaci髇 de pruebas m鷏tiples

Como se explic?en la anterior secci髇, demostrar la conformidad con los reglamentos t閏nicos puede obstaculizar el comercio internacional. Concretamente, si se pretende exportar productos a varios mercados, puede ser menester efectuar varias pruebas. Los fabricantes pueden tropezar con dificultades para lograr la aprobaci髇 de sus productos en los mercados extranjeros, por ejemplo porque los expertos encargados de las pruebas no est閚 de acuerdo con procedimientos de prueba 髉timos, por inercia burocr醫(yī)ica o incluso por manipulaci髇 del proceso de prueba por grupos proteccionistas. Sea cual fuere la raz髇, esa heterogeneidad de procedimientos y m閠odos aumenta considerablemente el costo para los productores que venden en m鷏tiples mercados.
  

縌u?es el reconocimiento mutuo de los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad?

Una de las principales dificultades con que tropiezan los exportadores es la necesidad de realizar m鷏tiples pruebas o certificaciones de los productos. Los costos correspondientes se reducir韆n considerablemente si el producto se probara 鷑icamente en el pa韘 de origen y se aceptaran los resultados de esa prueba en todos los mercados.
  

緾髆o funciona el reconocimiento mutuo?

Los pa韘es convendr韆n en reconocer los resultados de los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad de los dem醩 como equivalentes a los suyos propios, aunque pudieran ser diferentes.
  

El reconocimiento mutuo y el Acuerdo OTC

En el p醨rafo 3 del art韈ulo 6 del Acuerdo OTC se insta encarecidamente a los Miembros de la OMC a entablar negociaciones con otros Miembros para la aceptaci髇 mutua de los resultados de sus respectivos procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad. La existencia de un alto grado de confianza en los organismos y laboratorios de prueba constituye, de hecho, una condici髇 previa para el buen funcionamiento de un acuerdo de reconocimiento mutuo. Por este motivo, en el p醨rafo 1 del art韈ulo 6 del Acuerdo OTC se reconoce que podr?ser necesario proceder previamente a la celebraci髇 de consultas para llegar a un entendimiento mutuamente satisfactorio con respecto a la competencia de las instituciones de evaluaci髇 de la conformidad. Se se馻la tambi閚 que el cumplimiento por parte de las instituciones de prueba de las orientaciones o recomendaciones pertinentes de las instituciones internacionales con actividades de normalizaci髇 debe considerarse un exponente de competencia t閏nica suficiente.

  

Transparencia (1)    volver al principio

Notificaciones

Reglamentos t閏nicos y procedimentos de evaluaci髇 de la conformidad

Los Miembros deben presentar notificaciones cuando concurran las dos circunstancias siguientes: 1) que no exista una norma, orientaci髇 o recomendaci髇 internacional pertinente o que el contenido t閏nico de un reglamento t閏nico o procedimiento adoptado o en proyecto no est?en conformidad con el de las normas, orientaciones o recomendaciones internacionales pertinentes; y 2) que el reglamento t閏nico o procedimiento de evaluaci髇 de la conformidad pueda tener un efecto significativo en el comercio de otros Miembros (p醨rafo 9 del art韈ulo 2 y p醨rafo 6 del art韈ulo 5). Los proyectos de reglamento deben notificarse a la Secretar韆 de la OMC, a ser posible, 60 d韆s antes de su adopci髇 formal, para dar tiempo a que los dem醩 Miembros formulen observaciones. Podr醤 tambi閚 notificarse a posteriori si se plantearan problemas urgentes de seguridad, sanidad o protecci髇 del medio ambiente (p醨rafo 10 del art韈ulo 2 y p醨rafo 7 del art韈ulo 5). Las autoridades locales del nivel inmediatamente inferior al del gobierno central deber醤 notificar los reglamentos t閏nicos y los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad que no hayan sido ya notificados por las autoridades de su gobierno central (p醨rafo 2 del art韈ulo 3 y p醨rafo 2 del art韈ulo 7).
  

Comunicaciones sobre la aplicaci髇 y la administraci髇 del acuerdo

Una vez que un pa韘 haya pasado a ser miembro del Acuerdo OTC, deber? comunicar con prontitud a la Secretar韆 de la OMC las medidas que ya existan o que se adopten para la aplicaci髇 y administraci髇 del Acuerdo, as?como cualquier modificaci髇 ulterior de tales medidas (p醨rafo 2 del art韈ulo 15). La notificaci髇 escrita debe incluir, entre otras cosas: todas las leyes, reglamentos, 髍denes administrativas, etc., destinados a garantizar la aplicaci髇 de las disposiciones del Acuerdo; los nombres de las publicaciones en que aparezcan los proyectos y textos definitivos de los reglamentos t閏nicos, normas y procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad; el plazo previsto para la presentaci髇 por escrito de observaciones sobre los reglamentos t閏nicos, normas o procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad; y el nombre y la direcci髇 de los servicios de informaci髇 a que se refiere el art韈ulo 10.  

Acuerdos bilaterales y plurilaterales

En virtud del p醨rafo 7 del art韈ulo 10, un Miembro que llegue con alg鷑 otro pa韘 o pa韘es a un acuerdo acerca de cuestiones relacionadas con reglamentos t閏nicos, normas o procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad que puedan tener un efecto significativo en el comercio debe notificar a los dem醩 Miembros, por conducto de la Secretar韆, los productos que quedar醤 abarcados por el acuerdo y acompa馻r a esa notificaci髇 una breve descripci髇 del acuerdo.
  

C骴igo de buena conducta

En el C骴igo de Buena Conducta para la Elaboraci髇, Adopci髇 y Aplicaci髇 de Normas se establecen disciplinas con respecto a las instituciones con actividades de normalizaci髇 que elaboren normas voluntarias, tanto si se trata de instituciones del Gobierno central como de instituciones p鷅licas locales, instituciones no gubernamentales o instituciones regionales. El C骴igo est?abierto a la aceptaci髇 de todas esas instituciones con actividades de normalizaci髇. Las instituciones del Gobierno central est醤 obligadas a aceptar y cumplir las disposiciones del C骴igo. Las instituciones con actividades de normalizaci髇 que quieran aceptar o denunciar el C骴igo lo notificar醤 utilizando el modelo de notificaci髇 apropiado (p醨rafo C). Las instituciones con actividades de normalizaci髇 que hayan aceptado el C骴igo deben dar a conocer, por lo menos dos veces al a駉, la existencia de un programa de trabajo y d髇de pueden obtenerse detalles de 閘 (p醨rafo J). Las notificaciones deben enviarse bien directamente al Centro de Informaci髇 de la ISO/CEI en Ginebra, bien a la instituci髇 nacional miembro de la ISO/CEI o bien, preferentemente, al miembro nacional pertinente o a una filial internacional de la ISONET.

  

Transparencia (2)    volver al principio

Servicios de informaci髇

Como complemento de la obligaci髇 de notificar, cada Miembro de la OMC debe establecer un servicio nacional de informaci髇. Este servicio constituye un punto central en el que los dem醩 Miembros de la OMC pueden solicitar y obtener informaci髇 y documentaci髇 sobre los reglamentos t閏nicos, normas y procedimientos de prueba adoptados o en proyecto en el pa韘 de que se trate, as?como sobre su participaci髇 en acuerdos bilaterales o plurilaterales relacionados con normas, instituciones regionales de normalizaci髇 y sistemas de evaluaci髇 de la conformidad (art韈ulo 10). Los servicios de informaci髇 son por lo general organismos p鷅licos, aunque pueden tambi閚 asignarse esas funciones a organismos privados. La obligaci髇 de establecer servicios de informaci髇, es especialmente importante para los pa韘es en desarrollo. Por un lado, es el primer paso de un pa韘 en desarrollo Miembro hacia la aplicaci髇 del Acuerdo OTC; por otro, los pa韘es en desarrollo pueden obtener en los servicios de informaci髇 de los dem醩 Miembros informaci髇 sobre normas y reglamentos extranjeros que afecten a productos que puedan interesarles desde el punto de vista comercial.
  

Comit?de Obst醕ulos T閏nicos al Comercio

Por 鷏timo, garantiza tambi閚 la transparencia la existencia del Comit?de Obst醕ulos T閏nicos al Comercio, que ofrece a los Miembros de la OMC la posibilidad de celebrar consultas sobre cualquier cuesti髇 relativa al funcionamiento del Acuerdo o la consecuci髇 de sus objetivos. El Comit? celebra por t閞mino medio dos o tres reuniones al a駉 y, en caso necesario, puede establecer grupos de trabajo para que desempe馿n funciones espec韋icas.

  

El C骴igo de Buena Conducta    volver al principio

縋or qu?un C骴igo de Buena Conducta?

La tarea de elaborar normas sobre productos puede correr a cargo de instituciones p鷅licas o privadas con actividades de normalizaci髇. Ello ha dado lugar, con el transcurso de los a駉s, a una proliferaci髇 de instituciones privadas con actividades de normalizaci髇. El C骴igo de Buena Conducta, que figura en el Anexo 3 del Acuerdo OTC de la OMC, establece disciplinas, comprendidas las relativas a la transparencia, sobre la elaboraci髇, adopci髇 y aplicaci髇 de normas por todas las instituciones de normalizaci髇, ya dependan del Gobierno central, de autoridades locales o sean no gubernamentales o regionales.
  

縌ui閚 puede adherirse al C骴igo?

El C骴igo est?abierto a la aceptaci髇 de todo tipo de instituciones con actividades de normalizaci髇, ya sean instituciones del gobierno central, instituciones p鷅licas locales o instituciones no gubernamentales. El C骴igo de Buena Conducta recogido en el Anexo 3 del Acuerdo OTC de la OMC pretende abarcar todas las normas y dispone [y da] transparencia a la elaboraci髇, la adopci髇 y la aplicaci髇 de las normas.
  

縌u?conlleva la adhesi髇?

Los Miembros del Acuerdo OTC son responsables de la aceptaci髇 y el cumplimiento del C骴igo de Buena Conducta por parte de las instituciones de su Gobierno central con actividades de normalizaci髇. Adem醩, est醤 obligados a adoptar todas las medidas razonables que est閚 a su alcance para lograr que tambi閚 acepten y cumplan el C骴igo las instituciones p鷅licas locales y las instituciones no gubernamentales con actividades de normalizaci髇 situadas en sus territorios, as?como las instituciones regionales con actividades de normalizaci髇 de las que sean miembros.

  

Asistencia t閏nica    volver al principio

縌ui閚 tiene derecho a asistencia t閏nica?

Todo Miembro, especialmente los pa韘es en desarrollo, puede solicitar asistencia t閏nica a otros Miembros o a la Secretar韆 de la OMC, seg鷑 las modalidades y en las condiciones que acuerden los Miembros de que se trate (art韈ulo 11). Se dar?prioridad a las solicitudes de asistencia t閏nica recibidas de pa韘es menos adelantados Miembros.
  

縌u?tipo de asistencia?

La asistencia t閏nica abarca desde la elaboraci髇 de reglamentos t閏nicos y el establecimiento de instituciones nacionales de normalizaci髇 hasta la participaci髇 en instituciones internacionales con actividades de normalizaci髇 y las medidas que han de adoptar los productores de los pa韘es en desarrollo para obtener acceso a los sistemas de evaluaci髇 de la conformidad aplicados por otros Miembros. La asistencia t閏nica puede ayudar a las empresas de los pa韘es en desarrollo Miembros a fabricar productos que est閚 en conformidad con las prescripciones t閏nicas espec韋icas existentes en el pa韘 importador, lo que garantizar?su aceptaci髇 en los mercados del Miembro importador.
  

Actividades de asistencia t閏nica de la Secretar韆 de la OMC

La asistencia prestada por la Secretar韆 de la OMC a los pa韘es en desarrollo y los pa韘es menos adelantados sobre cuestiones OTC reviste frecuentemente la forma de seminarios regionales o subregionales. 趌timamente se han organizado seminarios de asistencia t閏nica conjuntamente con otras organizaciones internacionales y regionales.