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INFORMACION SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL: OMS-OMPI-OMC
Chapter II: El contexto normativo para la actuaci髇 en materia de innovaci髇 y acceso
D. Conocimiento y medicina tradicionales
Puntos destacados
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Desde hace mucho tiempo, la medicina tradicional ha sido el pilar de la atenci髇 sanitaria de muchas poblaciones. En la presente secci髇 se analizan diversas cuestiones relativas a los sistemas de medicina tradicional en relaci髇 con la propiedad intelectual, los sistemas de reglamentaci髇 y el comercio.
1. Sistemas de conocimientos de la medicina tradicional
La medicina tradicional es la suma total de conocimientos, aptitudes y pr醕ticas basados en teor韆s, creencias y experiencias ind韌enas de las diferentes culturas, sean o no explicables, utilizados para el mantenimiento de la salud, as?como para la prevenci髇, el diagn髎tico, la mejora o el tratamiento de enfermedades f韘icas y mentales (OMS, 2000b).1 Se utiliza como t閞mino global para referirse tanto a los sistemas como la medicina tradicional china, la medicina ayurv閐ica y la medicina unani, como a diversas formas de medicina aut骳tona utilizadas tradicionalmente. Por lo tanto, el mejor modo de entender la medicina tradicional es como un conjunto de sistemas de conocimiento distintos, en el que se incluyen filosof韆s, productos y pr醕ticas terap閡ticas. La medicina tradicional que ha sido adoptada por otras poblaciones (distintas de su cultura de origen) suele denominarse "medicina complementaria o alternativa" (OMS, 2002b).
Los medicamentos tradicionales pueden tener una composici髇 diversa e incluir hierbas, materiales o preparaciones herbarios y productos herbarios acabados (medicinas herbarias). Pueden emplear asimismo sustancias de origen animal o mineral. Sus principios activos son por lo tanto sustancias de origen vegetal, animal o mineral.2 La medicina tradicional es muy utilizada en todo el mundo, pero especialmente en los pa韘es en desarrollo. En algunos pa韘es asi醫icos y africanos, el 80% de la poblaci髇 depende de la medicina tradicional para recibir atenci髇 primaria de salud. En muchos pa韘es desarrollados, hasta un 80% de la poblaci髇 ha recurrido alguna vez a una u otra forma de medicina alternativa o complementaria (por ejemplo, la acupuntura).3
Los tratamientos herbarios son la forma m醩 popular de medicina tradicional y el comercio internacional de medicamentos tradicionales es cada vez mayor. As? la c醡ara de comercio de China para la importaci髇 y exportaci髇 de medicamentos y productos sanitarios notific?que en 2010 el valor total de las exportaciones hab韆 sido de 1.800 millones de d髄ares EE.UU.4 Los medicamentos tradicionales se usan cada vez con m醩 frecuencia fuera de la cultura de la que proceden, y muy lejos de los l韒ites geogr醘icos de esta, sin un conocimiento adecuado sobre su utilizaci髇 y los principios en que se basan. Asimismo, se usan en dosis distintas, se extraen de otras maneras y se emplean para indicaciones ajenas a las tradicionales (OMS, 2004a).
La OMS, en cooperaci髇 con los Estados miembros, promociona el uso racional de la medicina tradicional en la atenci髇 sanitaria.5 Asimismo, realiza un seguimiento de la situaci髇 correspondiente en el mundo, y ha publicado una rese馻 mundial sobre el modo en que los distintos pa韘es reconocen y regulan los medicamentos tradicionales y las medicinas complementaria y alternativa en el 醡bito nacional. Esa labor aspira a facilitar la creaci髇 de marcos jur韉icos y el intercambio de experiencias entre los pa韘es (OMS, 2001b). La OMS ha publicado asimismo un informe sobre un estudio mundial acerca de las pol韙icas nacionales en materia de medicina tradicional y reglamentaci髇 de medicamentos herbarios (OMS, 2005b).
Actualmente, la OMS actualiza su estrategia en relaci髇 con la medicina tradicional y, con ese prop髎ito, est?realizando un segundo estudio mundial. La Asamblea Mundial de la Salud, por su parte, ha aprobado varias resoluciones relativas a la medicina tradicional:
- En 1988, haciendo referencia a la Declaraci髇 de Chiang Mai, la Asamblea Mundial de la Salud adopt?una resoluci髇 que situaba firmemente en la esfera de las pol韙icas y preocupaciones en materia de salud p鷅lica la cuesti髇 de las plantas medicinales, su uso racional y sostenible, y su conservaci髇.6
- En 2003, una resoluci髇 de la Asamblea Mundial de la Salud sobre medicina tradicional, en referencia a la estrategia de la OMS en este 醡bito, pidi?a la OMS que colaborara con otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales en diversas 醨eas relacionadas con la medicina tradicional, como la investigaci髇, la protecci髇 de los conocimientos m閐icos tradicionales y la conservaci髇 de las reservas de plantas medicinales.7
- En relaci髇 con la Estrategia Mundial y Plan de Acci髇 sobre Salud P鷅lica, Innovaci髇 y Propiedad Intelectual, la OMS determin?que la medicina tradicional era una de las esferas que hab韆 que abordar mediante un programa de inicio r醦ido con el objeto de apoyar la investigaci髇 y el desarrollo y promover el establecimiento de normas para los productos de medicina tradicional en los pa韘es en desarrollo.8
- En 2009, una resoluci髇 sobre medicina tradicional hizo referencia a la Declaraci髇 de Beijing, que insta a los gobiernos nacionales a respetar, preservar y comunicar ampliamente el conocimiento de la medicina tradicional, as?como a formular pol韙icas y reglamentos nacionales para promover su uso apropiado, seguro y eficaz; a seguir desarrollando la medicina tradicional sobre la base de las investigaciones y la innovaci髇; y a considerar la posibilidad de incluir la medicina tradicional en sus sistemas de salud.9
2. Inclusi髇 de los conocimientos de la medicina tradicional en las pol韙icas internacionales en materia de salud y propiedad intelectual
En el plano internacional, el t閞mino "conocimientos tradicionales" se ha utilizado en un sentido amplio en muchos contextos, sobre todo en los debates de pol韙icas sobre medio ambiente y diversidad biol骻ica, salud, derechos humanos y el sistema de propiedad intelectual. No existe una definici髇 jur韉ica consensuada internacionalmente (OMPI, 2001). En el10 presente estudio, el t閞mino "conocimientos de la medicina tradicional" se utiliza en un contexto concreto y se refiere al contenido o a la esencia del conocimiento, las aptitudes y el aprendizaje tradicionales, en su aplicaci髇 particular a la salud, el bienestar y la curaci髇 de las personas. Puede abarcar los medicamentos tradicionales como tales, o bien los sistemas de conocimientos relacionados con el tratamiento m閐ico (por ejemplo, los masajes de curaci髇 o las posturas de yoga).
Los sistemas de medicina tradicional se pueden dividir en las siguientes categor韆s11:
- Los sistemas codificados que se han divulgado por escrito en los textos antiguos y son del dominio p鷅lico en su totalidad. Es el caso del sistema ayurv閐ico de medicina, el sistema siddha y la tradici髇 unani tibb. La medicina tradicional china, descrita en los textos chinos antiguos sobre el tema, es otro ejemplo de sistema codificado.
- Los conocimientos de medicina tradicional no codificados, que no se han registrado por escrito, a menudo pertenecen 鷑icamente a sus poseedores y se transmiten de una generaci髇 a otra por tradici髇 oral.
En el pasado decenio se prest?una mayor atenci髇 a los conocimientos de la medicina tradicional en varios contextos de pol韙icas internacionales. Por ejemplo, en la Declaraci髇 de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos ind韌enas12, aprobada en 2007, se afirma: "Los pueblos ind韌enas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus pr醕ticas de salud, incluida la conservaci髇 de sus plantas medicinales, animales y minerales de inter閟 vital".?Se citan asimismo los medicamentos en el contexto del "derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnolog韆s y culturas".
3. Reglamentaci髇 de los medicamentos tradicionales
La frecuente utilizaci髇 de los medicamentos tradicionales en todo el mundo, aunada a los esfuerzos para integrar esos medicamentos en los sistemas nacionales de salud modernos, ha aumentado la demanda de informaci髇 sobre su inocuidad, eficacia y calidad. Al igual que otros medicamentos de uso humano, los medicamentos tradicionales deben incluirse en un marco reglamentario adecuado para velar por que cumplan con las normas pertinentes de inocuidad, calidad y eficacia, en funci髇 del estatus y la situaci髇 de la medicina tradicional en el sistema nacional de salud y de la pol韙ica sanitaria del pa韘. Esa reglamentaci髇 adopta formas muy diferentes en los pa韘es. Dependiendo del marco legislativo y reglamentario nacional, pueden venderse como medicamentos de venta con receta o sin receta, complementos alimenticios, alimentos naturales o alimentos funcionales.
Adem醩, la situaci髇 reglamentaria de un producto en concreto puede variar de un pa韘 a otro. El mismo producto herbario puede recibir diferente consideraci髇 si es objeto de comercio entre dos pa韘es cuyos criterios y prescripciones reglamentarios son diferentes. Cada vez son m醩 frecuentes los productos herbarios que no se clasifican como medicamentos ni como alimentos, y existe el riesgo de que produzcan reacciones adversas, ya que no se someten a reglamentaci髇, los sistemas de control de calidad son insuficientes y los canales de distribuci髇 est醤 poco regulados (en particular la venta por correo o por Internet) (OMS, 2004a).
En 2006 se cre?la red de Cooperaci髇 Internacional en materia de Reglamentaci髇 de los Medicamentos Herbarios, de car醕ter mundial y formada por organismos de reglamentaci髇 que opera en coordinaci髇 con la OMS. Su misi髇 es proteger y promover la salud y la seguridad de las personas mediante la mejora de la reglamentaci髇 de los medicamentos herbarios.13
En la actualidad, m醩 de 120 Estados miembros de la OMS regulan los medicamentos herbarios. A fin de apoyar a los Estados miembros en la formulaci髇 y aplicaci髇 efectiva de una reglamentaci髇 para estos productos, la OMS ha publicado directrices t閏nicas mundiales en torno a la calidad, la inocuidad, la eficacia y el uso sostenible. Se est醤 preparando otras directrices, tales como pautas para la evaluaci髇 de medicamentos herbarios, metodolog韆 de la investigaci髇 y evaluaci髇 de la medicina tradicional, buenas pr醕ticas de fabricaci髇 para medicamentos herbarios y conservaci髇 y uso sostenible de las plantas medicinales, como por ejemplo las buenas pr醕ticas agr韈olas y de recolecci髇 de plantas medicinales.14
Adem醩, la OMS ha elaborado varios vol鷐enes de monograf韆s sobre plantas medicinales cuyo objetivo es proporcionar informaci髇 cient韋ica sobre la inocuidad, la eficacia y el control de calidad de las plantas medicinales m醩 utilizadas. La OMS proporciona modelos con objeto de ayudar a los Estados miembros a elaborar sus propias monograf韆s o formularios para esos y otros medicamentos herbarios, y facilita asimismo el intercambio de informaci髇 entre los Estados miembros.15
El crecimiento del comercio internacional de productos de medicina tradicional ha suscitado debates sobre la repercusi髇 de la reglamentaci髇 en esta esfera. En los 鷏timos a駉s, los Miembros de la OMC han presentado al Comit?de Obst醕ulos T閏nicos al Comercio de la OMC (Comit?OTC) notificaciones en relaci髇 con diversos reglamentos que tienen una importancia directa para los medicamentos herbarios tradicionales, tales como las pr醕ticas adecuadas de fabricaci髇 para la producci髇 de remedios herbarios (M閤ico); la reglamentaci髇 de los medicamentos herbarios para la protecci髇 de la salud p鷅lica (Per?; la inspecci髇 de los medicamentos herbarios para proteger a los consumidores y promover la salud p鷅lica (Rep鷅lica de Corea); y las normas para preparar medicamentos herbarios para consumo humano (Kenya).16 En consonancia con el principio del Acuerdo sobre Obst醕ulos T閏nicos al Comercio que alienta a los pa韘es a aplicar las normas internacionales pertinentes, varias de esas notificaciones hacen referencia a diversas directrices de la OMS sobre medicamentos herbarios.17
El inter閟 comercial de pa韘es como China, el Ecuador y la India en la medicina tradicional se ha hecho patente en los debates continuados del Comit? OTC sobre la repercusi髇 en las exportaciones de esos pa韘es a la Uni髇 Europea. La directiva 2004/24/CE sobre medicamentos tradicionales a base de plantas18 proporciona un proceso simplificado de autorizaci髇 reglamentaria de medicamentos herbarios tradicionales mediante una autorizaci髇 鷑ica v醠ida en toda la Uni髇 Europea.
4. Preocupaciones sobre la apropiaci髇 indebida de los medicamentos tradicionales
La investigaci髇 sobre medicamentos tradicionales y conocimientos de la medicina tradicional contin鷄 en diversas 醨eas, cada una de las cuales suscita numerosas cuestiones de pol韙icas:
- Las personas que practican la medicina tradicional adquieren sus conocimientos mediante la observaci髇, bas醤dose en el conocimiento emp韗ico del uso de los preparados tradicionales. Muchos pa韘es aspiran cada vez m醩 a preservar y fomentar los sistemas de medicina tradicional.
- Se est醤 realizando investigaciones con miras a validar cient韋ica y cl韓icamente los medicamentos tradicionales, con miras a integrarlos en los sistemas de salud de los pa韘es.
- Los medicamentos y los conocimientos de la medicina tradicional constituyen puntos de partida para obtener nuevos tratamientos. Muchos medicamentos modernos est醤 basados en productos herbarios. El oseltamivir, por ejemplo, utilizado para tratar diversas infecciones gripales, se basa en el 醕ido siqu韒ico, que se extrae del an韘 estrellado chino, una especia utilizada en la medicina china tradicional.19 Los tratamientos actuales contra el paludismo contienen derivados sint閠icos de la artemisinina, que se extrae de una planta, el ajenjo dulce o Artemisia annua. Se trata de una antigua medicina china que a鷑 se utiliza en la pr醕tica moderna; se emple? para tratar a los soldados aquejados de paludismo en la guerra de Viet Nam y, gracias a una alianza internacional, a partir de ella se obtuvo un producto farmac閡tico muy utilizado como antipal鷇ico (Rietveld, 2008).
- Como muestra de la importancia cl韓ica de la medicina tradicional, algunos programas adoptan un enfoque integrador y buscan sinergias entre la investigaci髇 en medicina "tradicional" y medicina "convencional". Son ejemplos de ello un programa de investigaci髇 sobre pr醕ticas adecuadas de investigaci髇 en medicina tradicional china en la era posgen髆ica (Uzuner et al., 2012) y las iniciativas de integraci髇 de los tratamientos oncol骻icos tradicionales y contempor醤eos en Oriente Medio (Ben-Ayre et al., 2012).
La utilizaci髇 de los recursos gen閠icos y los conocimientos tradicionales conexos se regula principalmente con arreglo al Convenio sobre la Diversidad Biol骻ica y al Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos gen閠icos y participaci髇 justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilizaci髇 al Convenio sobre la Diversidad Biol骻ica (Protocolo de Nagoya). Las pol韙icas nacionales sobre diversidad biol骻ica se refieren a menudo a la medicina tradicional y a la investigaci髇 m閐ica. Muchas otras pol韙icas nacionales tienen por objeto crear programas m閐icos de investigaci髇 y desarrollo sobre la base de su patrimonio de recursos gen閠icos y conocimientos tradicionales conexos.
El efecto fundamental del Convenio sobre la Diversidad Biol骻ica y del Protocolo de Nagoya es afirmar la soberan韆 nacional sobre los recursos gen閠icos y establecer el derecho de consentimiento fundamentado previo, aprobaci髇 y participaci髇 con respecto al acceso a los conocimientos tradicionales conexos y su uso. Muchas cuestiones destacadas en ese debate hacen referencia a la utilizaci髇 de los materiales gen閠icos como base para la investigaci髇 m閐ica, y al empleo de los conocimientos de la medicina tradicional, ya sea directamente, para elaborar nuevos productos, o como punto de partida para la investigaci髇 de nuevos tratamientos. El cambio principal en el enfoque ha sido reconocer que: i) los guardianes y practicantes de la medicina tradicional pueden tener derechos leg韙imos; ii) no se puede suponer que sus conocimientos son de dominio p鷅lico y que cualquiera puede utilizarlos, y iii) dado que los beneficios econ髆icos y de otra 韓dole derivados de la investigaci髇 y el desarrollo se comparten a lo largo de la l韓ea de obtenci髇 de los productos, debe igualmente asignarse una parte equitativa al origen o a la fuente de los materiales utilizados en la investigaci髇. La Comisi髇 de Derechos de Propiedad Intelectual, Innovaci髇 y Salud P鷅lica ha pedido que los beneficios derivados de los conocimientos tradicionales se compartan con las comunidades respectivas (OMS, 2006b).
El modo de aplicar el consentimiento fundamentado previo y la distribuci髇 equitativa de los beneficios ha suscitado un amplio debate.20 No obstante, en lo que respecta a la propiedad intelectual las cuestiones de pol韙ica se pueden clasificar en dos temas generales:
- En primer lugar, determinar si las patentes y otros derechos de propiedad intelectual pueden y deben obtenerse por invenciones derivadas de los conocimientos tradicionales y los recursos gen閠icos. En particular, qu?mecanismos deben instaurarse, si es que debe hacerse, para velar por que no se concedan por error patentes por conocimientos tradicionales o por recursos gen閠icos, y por que los titulares de las patentes cumplan con los principios de consentimiento fundamentado previo y distribuci髇 equitativa de los beneficios. Las estrategias para velar por que terceras partes no obtengan sobre la materia de los conocimientos tradicionales y los recursos gen閠icos conexos derechos de propiedad intelectual ileg韙imos o infundados se conoce por "protecci髇 defensiva", y se incluyen en ella medidas para excluir o invalidar patentes que reivindiquen como invenciones conocimientos tradicionales existentes.
- En segundo lugar, decidir la forma de reconocer y dar efecto jur韉ico y pr醕tico a los derechos de propiedad intelectual positivos que puedan tener los poseedores o guardianes de los conocimientos tradicionales y los recursos gen閠icos, bien sea mediante el sistema de propiedad intelectual en vigor o mediante derechos sui generis. Ese tipo de protecci髇 se denomina "protecci髇 positiva" e implica tanto la prevenci髇 del uso no autorizado de los conocimientos tradicionales por parte de terceros, como la explotaci髇 activa de los conocimientos tradicionales por la propia comunidad originaria.
La preocupaci髇 por la mejora del examen de las patentes en la esfera de los conocimientos tradicionales con miras a evitar en concreto la concesi髇 por error de patentes sobre medicamentos tradicionales ha dado lugar a varias iniciativas en los 醡bitos internacional y nacional. Un ejemplo destacado es la Biblioteca Digital de Conocimientos Tradicionales (TKDL por la sigla en ingl閟), un proyecto de colaboraci髇 forjado en la India entre el Consejo de Investigaciones Cient韋icas e Industriales, el Ministerio de Ciencia y Tecnolog韆 y el Ministerio de Salud y Bienestar de la Familia. Un equipo interdisciplinario formado por expertos en medicina, examinadores de patentes, expertos en tecnolog韆s de la informaci髇, cient韋icos y funcionarios t閏nicos de la India ha creado un sistema digitalizado que permite consultar la bibliograf韆 existente de dominio p鷅lico en relaci髇 con las disciplinas ayurveda, unani, siddha y yoga. Esa bibliograf韆 se proporciona generalmente en los idiomas y formatos tradicionales. As?pues, la TKDL ofrece informaci髇 sobre los conocimientos de la medicina tradicional en cinco idiomas y formatos internacionales comprensibles por los examinadores de las oficinas internacionales de patentes. El objetivo es evitar la concesi髇 de patentes por error21, y al mismo tiempo publicar los conocimientos tradicionales de una manera que dificulte su apropiaci髇 indebida. La EMPA-SIP de la OMS insta a los gobiernos y las comunidades interesadas a facilitar el acceso a la informaci髇 sobre conocimientos de medicina tradicional para su utilizaci髇 como conocimiento del estado t閏nico22 en el examen de patentes, seg鷑 proceda, mediante la incorporaci髇 de dicha informaci髇 en bibliotecas digitales (apartado f) del p醨rafo 1 del elemento 5). El Consejo de los ADPIC de la OMC ha debatido sobre el modo de excluir patentes err髇eas que utilicen recursos gen閠icos y conocimientos tradicionales conexos mediante el uso de bases de datos. Se incluye en ese contexto una presentaci髇 del Jap髇 previamente sometida a la consideraci髇 del Comit?Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Gen閠icos, Conocimientos Tradicionales y Folclore (IGC).23
5. Nuevos m閠odos para la protecci髇 de la propiedad intelectual de los conocimientos de medicina tradicional
Varias Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biol骻ica, la OMPI y la OMC han estudiado el concepto del requisito de divulgaci髇 en el sistema de patentes, planteado por sus defensores como un medio para velar por que las patentes por invenciones derivadas de los conocimientos tradicionales y los recursos gen閠icos est閚 en consonancia con los principios del consentimiento fundamentado previo y la distribuci髇 equitativa de los beneficios. Las propuestas y los debates son variados y abarcan 醨eas ajenas a la medicina, aunque el tema central han sido las patentes de la esfera m閐ica. En esencia, la idea subyacente en la propuesta de establecer ese requisito ser韆 exigir al solicitante de una patente que comunique la fuente o el origen de los conocimientos tradicionales o recursos gen閠icos utilizados en las invenciones reivindicadas, y que aporte prueba documental del cumplimiento de los requisitos de consentimiento fundamentado previo y distribuci髇 equitativa de los beneficios. Varios pa韘es han introducido esas disposiciones en sus legislaciones nacionales, pero no se ha acordado ninguna norma internacional al respecto. Una alianza de pa韘es en desarrollo ha propuesto que se revise el Acuerdo sobre los ADPIC para hacer obligatorias las disposiciones indicadas24, pero otros pa韘es siguen poniendo en duda la utilidad y eficacia de ese tipo de mecanismo de divulgaci髇.25
La importancia cultural, cient韋ica, ambiental y econ髆ica de los conocimientos tradicionales ha suscitado llamamientos en favor de su preservaci髇 (salvaguardia contra la p閞dida o desperdicio) y protecci髇 (salvaguardia contra el uso por terceros no autorizado o inadecuado), y en los 醡bitos nacional, regional e internacional hay muchos programas destinados a preservar, promover y proteger los diferentes aspectos de esos conocimientos. Son medidas de ese tipo, en primer lugar, preservar el contexto vivo cultural y social de los conocimientos tradicionales, y mantener el marco habitual de obtenci髇, transmisi髇 y gobierno del acceso a esos conocimientos; y, en segundo lugar, preservar los conocimientos en una forma fija, por ejemplo, catalog醤dolos o registr醤dolos.
La OMPI se ocupa principalmente de la "protecci髇" en el sentido de la propiedad intelectual (es decir, contra la copia, la adaptaci髇 y el uso por terceros no autorizados). El objetivo, en definitiva, es velar por que los materiales no se usen de manera incorrecta. Se han creado y aplicado dos formas de protecci髇 -protecci髇 positiva y protecci髇 defensiva-, como se ha descrito m醩 arriba.
El Comit?Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Gen閠icos, Conocimientos Tradicionales y Folclore (IGC) est?elaborando un instrumento jur韉ico internacional para la protecci髇 efectiva de los conocimientos tradicionales. Estudia asimismo la manera de abordar los aspectos relativos 26a propiedad intelectual del acceso a los recursos gen閠icos y la distribuci髇 de los beneficios que se derivan de ellos. El Consejo de los ADPIC de la OMC tambi閚 ha debatido ampliamente la protecci髇 de los conocimientos tradicionales, en particular una propuesta del Grupo Africano que ped韆 aprobar oficialmente la decisi髇 de crear un sistema de protecci髇 de los conocimientos tradicionales, pero ese debate no ha dado lugar a ninguna conclusi髇. La labor del IGC en relaci髇 con los conocimientos tradicionales27 se est?concentrando en la protecci髇 positiva y en el aspecto de la protecci髇 relativo a la propiedad intelectual, es decir, en el reconocimiento y ejercicio del derecho a evitar que otros hagan un uso ileg韙imo o no autorizado de esos conocimientos. Dado que los Estados miembros de la OMPI siguen negociando sobre esas cuestiones, no se ha alcanzado un acuerdo definitivo. As? pues, se sigue trabajando en el texto de un instrumento jur韉ico internacional para la protecci髇 efectiva de los conocimientos tradicionales, y peri骴icamente se publican nuevas versiones de ese proyecto de texto. La informaci髇 que figura a continuaci髇 tiene por objeto proporcionar una visi髇 general e informal sobre la naturaleza de los debates en curso en el marco de las negociaciones de la OMPI.
(a) 縋or qu?proteger los conocimientos tradicionales?
El IGC ha estudiado los objetivos de pol韙ica de la protecci髇 internacional28, a saber:
- reconocer el car醕ter global y el valor intr韓seco de los conocimientos tradicionales;
- promover el respeto;
- responder a las verdaderas necesidades de los poseedores de conocimientos tradicionales y potenciar a los poseedores de los conocimientos tradicionales;
- promover la conservaci髇 y la preservaci髇 de los conocimientos tradicionales;
- apoyar las pr醕ticas consuetudinarias y la cooperaci髇 en las comunidades;
- contribuir a la salvaguardia de los conocimientos tradicionales;
- impedir la utilizaci髇 desleal e injusta y la concesi髇 de derechos de propiedad intelectual no autorizados;
- promover la innovaci髇 y la creatividad, el desarrollo de las comunidades y las actividades comerciales leg韙imas;
- garantizar que el consentimiento fundamentado previo y los intercambios est閚 basados en condiciones mutuamente convenidas, y promover la participaci髇 equitativa en los beneficios.
(b) 縌u? ha de protegerse y en beneficio de qui閚?
No existe una definici髇 de conocimientos tradicionales que sea aceptada en el 醡bito internacional. En principio, el concepto se refiere al conocimiento como tal, en particular al derivado de la actividad intelectual en un contexto tradicional, e incluye experiencia, pr醕ticas, habilidades e innovaciones. Se acepta de forma general que la protecci髇 debe beneficiar principalmente a los propios poseedores de los conocimientos tradicionales, en particular los pueblos ind韌enas y las comunidades locales. Sin embargo, no hay acuerdo sobre si los beneficiarios deber韆n ser las familias, las naciones, los individuos u otros (como el propio Estado). En general se considera que los conocimientos tradicionales se generan, preservan y transmiten colectivamente, por lo que los derechos e intereses deber韆n concederse a los pueblos ind韌enas y a las comunidades locales; pero en algunos casos tambi閚 puede incluirse entre los beneficiarios a personas concretas dentro de las comunidades, como es el caso de ciertos curanderos (en referencia concreta a los conocimientos de la medicina tradicional). Algunos pa韘es no hacen referencia a pueblos ind韌enas ni a comunidades locales y consideran que son los individuos o las familias quienes mantienen esos conocimientos.
(c) 緿e qu?hay que proteger los conocimientos tradicionales?
Un problema al que deben hacer frente los poseedores de conocimientos tradicionales es la explotaci髇 comercial de sus conocimientos por terceros, lo que plantea cuestiones relacionadas con la protecci髇 jur韉ica de esos conocimientos contra el uso no autorizado, la importancia del consentimiento fundamentado previo y la necesidad de la participaci髇 equitativa en los beneficios. Los poseedores de esos conocimientos tambi閚 se馻lan falta de respeto y reconocimiento. Por ejemplo, cuando un curandero utiliza una mezcla de hierbas para curar una enfermedad, no ha aislado ni descrito los compuestos qu韒icos pertinentes, ni ha explicado su efecto en el organismo seg鷑 la bioqu韒ica moderna; sin embargo, ha basado el tratamiento m閐ico proporcionado en generaciones de experimentos cl韓icos realizados por otros curanderos en el pasado, y en una s髄ida comprensi髇 de la interacci髇 entre la mezcla de hierbas y el funcionamiento del cuerpo humano.
(d) 緾髆o proteger los conocimientos tradicionales?
La diversidad de estos conocimientos implica que no hay una soluci髇 鷑ica que se adapte a todos los pa韘es y comunidades. Es asimismo importante determinar de qu?forma se puede aplicar en los 醡bitos regional e internacional la protecci髇 establecida con arreglo a un sistema nacional.
Los derechos de propiedad intelectual ya establecidos se han utilizado de forma satisfactoria como protecci髇 frente a algunas formas de utilizaci髇 y apropiaci髇 indebidas de determinados aspectos de los conocimientos tradicionales. Varios pa韘es han adaptado los sistemas de propiedad intelectual existentes a las necesidades de los poseedores de conocimientos tradicionales, incluso estableciendo normas o procedimientos concretos para proteger esos conocimientos. Por ejemplo, la Oficina Estatal de la Propiedad Intelectual de China cuenta con un equipo de examinadores de patentes especializados en medicina tradicional china. Otros pa韘es han creado sistemas sui generis de funcionamiento independiente para proteger los conocimientos tradicionales. La Ley de Protecci髇 y Promoci髇 de los Conocimientos Medicinales Tradicionales de Tailandia, B.E. 2542 (1999)29 protege las f髍mulas de los f醨macos tradicionales tailandeses, as?como los textos sobre medicina tradicional tailandesa. Adem醩, define "los conocimientos especiales de medicina tradicional tailandesa" como los conocimientos y las competencias b醩icas en esta disciplina. La Ley confiere a los titulares de los derechos -aquellos que han registrado sus derechos de propiedad intelectual sobre los conocimientos especiales de medicina tradicional tailandesa- la titularidad 鷑ica sobre la producci髇 del medicamento y de su investigaci髇 y desarrollo. La Ley del Per?N? 27811, de 24 de julio de 2002, mediante la cual se establece el r間imen de protecci髇 de los conocimientos colectivos de los pueblos ind韌enas vinculados a los recursos biol骻icos30, es un r間imen sui generis. El Protocolo de Swakopmund sobre la Protecci髇 de Conocimientos Tradicionales y las Expresiones de Folclore en el marco de la Organizaci髇 Regional Africana de la Propiedad Intelectual (ARIPO), aprobado por los Estados miembros en agosto de 201031, tiene por objeto: a) proteger a los titulares de los conocimientos tradicionales contra toda violaci髇 de los derechos reconocidos en el Protocolo; y b) proteger las expresiones del folclore contra la apropiaci髇 indebida, el uso indebido y la explotaci髇 il韈ita m醩 all?de su contexto tradicional. El instrumento jur韉ico internacional para la protecci髇 efectiva de los conocimientos tradicionales, en negociaci髇 en el marco del IGC, es un sistema sui generis. Hay asimismo otras opciones, tales como el derecho de contratos, las leyes relacionadas con la diversidad biol骻ica, y las leyes y protocolos consuetudinarios e ind韌enas.
(e) Catalogaci髇
La catalogaci髇 reviste especial importancia, ya que suele ser el medio por el que las personas ajenas a los c韗culos tradicionales obtienen acceso a los conocimientos tradicionales. No garantiza la protecci髇 jur韉ica de los conocimientos tradicionales; es decir, no evita que otros puedan utilizarlos. Dependiendo de la forma en que se realice la catalogaci髇, puede favorecer o perjudicar los intereses de la comunidad. Cuando se catalogan los conocimientos tradicionales, los derechos de propiedad intelectual pueden perderse o resultar fortalecidos. La OMPI ha elaborado la Gu韆 de la OMPI para la catalogaci髇 de conocimientos tradicionales, con el objeto de ayudar a los poseedores de ese tipo de conocimientos, en particular los pueblos ind韌enas y las comunidades locales, a proteger sus intereses si deciden catalogarlos.32 La gu韆 se centra en la gesti髇 de las cuestiones relativas a la propiedad intelectual a lo largo de la catalogaci髇, y toma esta como punto de partida para una gesti髇 m醩 ventajosa de los conocimientos tradicionales como un activo intelectual y cultural perteneciente a la comunidad.
1. OMS, "Traditional Medicine", Hoja descriptiva N?134, 2008, en: http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs134/en/. back to text
2. Se proporciona una definici髇 de medicamento herbario en la direcci髇: http://apps.who.int/medicinedocs/en/d/Jh2987s/. back to text
3. OMS, "Traditional Medicine", Hoja descriptiva N?134, 2008, en: http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs134/en/. back to text
4. China Daily, "TCM Exports Set to Rise at a Healthy Clip", 10 de febrero de 2012, en: www.china.org.cn/business/2012-02/10/content_24601720.htm. back to text
5. OMS, "Traditional Medicine", Hoja descriptiva N?134, 2008, en: http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs134/en/. back to text
6. Resoluci髇 de la Asamblea Mundial de la Salud WHA41.19: Medicina tradicional y plantas medicinales. back to text
7. Resoluci髇 de la Asamblea Mundial de la Salud WHA56.31: Medicina tradicional. back to text
8. Resoluci髇 de la Asamblea Mundial de la Salud WHA61.21: Estrategia mundial y plan de acci髇 sobre salud p鷅lica, innovaci髇 y propiedad intelectual. back to text
9. Resoluci髇 de la Asamblea Mundial de la Salud WHA62.13: Medicina tradicional. back to text
10. V閍nse asimismo los documentos de la OMPI WIPO/GRTKF/IC/3/9 y WIPO/GRTKF/IC/17/INF/9. back to text
11. Documento de la OMPI WIPO/GRTKF/IC/3/6. back to text
12. Documento de las Naciones Unidas A/RES/61/295. back to text
13. V閍se: http://www.who.int/medicines/areas/traditional/irch/en/index.html. En agosto de 2009 eran Estados miembros Armenia, Australia, el Brasil, el Canad? China, los Emiratos 羠abes Unidos, los Estados Unidos, Ghana, Hungr韆, la India, Indonesia, el Jap髇, Malasia, M閤ico, el Pakist醤, el Reino de Arabia Saudita, el Reino Unido, la Rep鷅lica de Corea y Singapur. Los tres organismos regionales o subregionales son la Asociaci髇 de Naciones de Asia Sudoriental (ASEAN), la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y el Parlamento Latinoamericano (PARLATINO). back to text
14. Se pueden consultar directrices y otros documentos pertinentes en la direcci髇: http://apps.who.int/medicinedocs/en/cl/CL10.1.3/clmd,50.html#hlCL10_1_3. back to text
15. Se pueden consultar las monograf韆s de la OMS en la direcci髇: http://apps.who.int/medicinedocs/en/cl/CL10.1.4.3/clmd,50.html#|hlCL10_1_4_3. back to text
16. Para obtener m醩 informaci髇, v閍se el Sistema de Gesti髇 de la Informaci髇 OTC de la OMC, en: http://tbtims.wto.org/default.aspx. back to text
17. Se pueden consultar directrices y otros documentos pertinentes en la direcci髇: http://apps.who.int/medicinedocs/en/cl/CL10.1.3/clmd,50.html#hlCL10_1_3. back to text
18. Directiva 2004/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo, de 31 de marzo de 2004, por la que se modifica, en lo que se refiere a los medicamentos tradicionales a base de plantas, la directiva 2001/83/CE por la que se establece un c骴igo comunitario sobre medicamentos para uso humano. back to text
19. V閍se: http://www.roche.com/med_mbtamiflu05e.pdf back to text
20. Para obtener m醩 informaci髇 sobre el debate de pol韙icas relativas a acceso y distribuci髇 de los beneficios en relaci髇 con el intercambio de virus, v閍se la secci髇 E del cap韙ulo III. back to text
21. V閍se: http://www.tkdl.res.in/tkdl/langdefault/common/outcome.asp?GL=Eng. back to text
22. Para obtener m醩 informaci髇 sobre el estado de la t閏nica, v閍se la nota 67 m醩 arriba. back to text
23. Documento de la OMC IP/C/W/472. El Jap髇 present?la propuesta originalmente al IGC mediante el documento WIPO/GRTKF/IC/9/13. V閍nse asimismo los documentos de la OMPI WIPO/GRTKF/IC/20/INF/9 y WIPO/GRTKF/IC/20/INF/11. back to text
24. V閍nse el documento de la OMC IP/C/W/474 y sus adiciones. back to text
25. V閍nse los documentos de la OMC IP/C/W/368/Rev.1 y Corr.1, IP/C/W/370/Rev.1. La cuesti髇 se sigue debatiendo en el marco del Consejo de los ADPIC. Los pormenores de dichos debates se publican regularmente en las actas de las reuniones. El informe m醩 reciente se puede consultar en el documento de la OMC IP/C/M/70. back to text
26. Documentos de la OMC IP/C/W/368/Rev.1 e IP/C/W/370/Rev.1. back to text
27. V閍se: http://www.wipo.int/tk/es/igc/index.html. back to text
28. La versi髇 m醩 reciente del documento en curso de negociaci髇 se puede consultar en: http://www.wipo.int/tk/es/igc/index.html. back to text
29. V閍se: http://www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=5790. back to text
30. V閍se: www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=3420. back to text
31. V閍se: www.wipo.int/wipolex/es/other_treaties/details.jsp?treaty_id=294. back to text
32. El Borrador de consulta de la Gu韆 de la OMPI para la catalogaci髇 de los conocimientos tradicionales se puede consultar en: http://www.wipo.int/tk/es/resources/tkdocumentation.html. back to text