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縋or qu?se realiz?este estudio?
La salud pública es, por su naturaleza, un imperativo mundial y, por lo tanto, supone otorgar una prioridad alta a la cooperación internacional. La Organización Mundial de la Salud es la autoridad rectora y coordinadora en materia de salud, pero la interacción entre los problemas de salud y otras esferas -los derechos humanos, las políticas de desarrollo, la propiedad intelectual y el comercio internacional- constituye una sólida justificación de la necesidad de cooperación y coordinación entre la OMS y otras organizaciones internacionales, como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y la Organización Mundial del Comercio. El presente estudio surge de un programa de cooperación trilateral que ejecutan estos organismos y responde a una demanda creciente, particularmente en los países en desarrollo, de fortalecimiento de la capacidad para formular políticas debidamente documentadas en los ámbitos de confluencia entre la salud, el comercio y la propiedad intelectual, centradas en el acceso a los medicamentos y a otras tecnologías médicas y en la innovación en esos ámbitos. La necesidad de cooperación y coherencia en el plano internacional se ha intensificado en el último decenio, como han confirmado sucesivas decisiones multilaterales (véase el recuadro).
El estudio se enmarca en un contexto de evolución de las políticas de salud: mientras que hace 10 años la atención se centraba en el acceso a los medicamentos para epidemias de enfermedades infecciosas, el debate se ha ampliado actualmente para abarcar las políticas relativas a la innovación y una gama más amplia de enfermedades y tecnologías médicas. Es cada vez más necesario que los responsables de la formulación de políticas comprendan la compleja interacción entre disciplinas diferentes, en un momento en el que la disponibilidad de mejores datos e instrumentos analíticos abre nuevas posibilidades en este ámbito. Un enfoque integrado puede reforzar una interacción dinámica y positiva entre las medidas que fomentan la innovación y las que favorecen el acceso a tecnologías médicas esenciales. Si bien en el estudio se aborda la cuestión más amplia de la innovación de todo tipo de tecnologías médicas y el acceso a ellas, se centra principalmente en el ámbito de los medicamentos, en el que se dispone de más experiencia práctica e información.
Hitos en el aumento de la coherencia |
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2000 |
Observación general de las Naciones Unidas sobre el derecho a la salud |
2001 |
Declaración de Doha de la OMC relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública |
2002 |
Estudio conjunto de la OMS y la OMC titulado Los Acuerdos de la OMC y la salud pública |
2003/5 |
La OMC introduce en el Acuerdo sobre los ADPIC una nueva flexibilidad sobre el acceso a los medicamentos en los países que carecen de capacidad de fabricación |
2006 |
Informe de la Comisión de Derechos de Propiedad Intelectual, Innovación y Salud Pública de la OMS sobre salud pública, innovación y derechos de propiedad intelectual |
2007 |
Agenda de la OMPI para el Desarrollo |
2008 |
Estrategia mundial y plan de acción de la OMS sobre salud pública, innovación y propiedad intelectual |
2009 |
Comienzo de la cooperación trilateral entre la OMS, la OMPI y la OMC |
Estructura del estudio
El estudio se ha concebido como un recurso orientado a fortalecer la capacidad de los responsables de la formulaci髇 de pol韙icas; su estructura permite a los interesados comprender los fundamentos de las pol韙icas y despu閟 analizar de forma m醩 profunda ciertos aspectos de especial inter閟. Por lo tanto, se expone una visi髇 general de las pol韙icas (v閍se el cap韙ulo II) que permite examinar todos los elementos interrelacionados en su contexto. A continuaci髇, se proporcionan descripciones m醩 detalladas de cuestiones relacionadas espec韋icamente con la innovaci髇 (v閍se el cap韙ulo III) y el acceso (v閍se el cap韙ulo IV). En el documento se refleja la evoluci髇 del debate multilateral sobre pol韙icas que ha tenido lugar en el 鷏timo decenio: se reconoce que la innovaci髇 y el acceso est醤 inevitablemente entrelazados, dado que sin innovaci髇 el acceso conllevar韆 una disminuci髇 de la capacidad para hacer frente a los cambios en la carga mundial de morbilidad y los innovadores deben estudiar el modo de poner las nuevas tecnolog韆s al alcance de los m醩 necesitados.
- En el cap韙ulo I se ofrece una perspectiva general sobre las pol韙icas de salud relativas a las tecnolog韆s m閐icas, se definen las distintas funciones y mandatos de las tres organizaciones cooperantes, y se describe la carga mundial de morbilidad que define el reto fundamental en materia de pol韙icas de salud. En vista de la importante contribuci髇 de diversos agentes a estas pol韙icas, en el anexo I se describe una selecci髇 de entidades que participan en los procesos en curso pertinentes.
- En el cap韙ulo II se describen los componentes fundamentales del marco internacional -las pol韙icas de salud, la propiedad intelectual y las pol韙icas comerciales-, y se sienta una base integrada para el an醠isis m醩 detallado de las dimensiones relativas a la innovaci髇 y el acceso expuesto en las p醙inas siguientes. Se exponen las ideas clave de la econom韆 con respecto a la innovaci髇 de las tecnolog韆s m閐icas y el acceso a ellas, en vista de la utilizaci髇 cada vez mayor de conceptos econ髆icos en los debates sobre pol韙icas de salud. En la 鷏tima secci髇 se examinan las cuestiones normativas relacionadas con los conocimientos m閐icos tradicionales, dada su importancia para los sistemas nacionales de salud y como aportaci髇 a la investigaci髇 m閐ica.
- En el cap韙ulo III se ofrece una descripci髇 m醩 pormenorizada de las cuestiones de pol韙ica relativas a la innovaci髇 en el 醡bito de las tecnolog韆s m閐icas. La evoluci髇 hist髍ica de la investigaci髇 y el desarrollo en medicina sirve como referencia para analizar las tendencias actuales en ese 醡bito. En este cap韙ulo se analiza el reto que suponen, a efectos de la innovaci髇, las enfermedades desatendidas, as?como los instrumentos alternativos y complementarios conexos para impulsar la investigaci髇 y el desarrollo. Se describe la funci髇 de los derechos de propiedad intelectual en el ciclo de la innovaci髇 y, en la secci髇 final, se examinan las vacunas antigripales como ejemplo espec韋ico de la gesti髇 de la innovaci髇 y el desarrollo de productos para hacer frente a una necesidad espec韋ica de salud de alcance mundial.
- En el cap韙ulo IV se abordan los aspectos clave de la dimensi髇 del acceso; se describe el contexto relativo al acceso a las tecnolog韆s m閐icas y el marco actual para el acceso a los medicamentos esenciales. A continuaci髇, se exponen los principales factores determinantes del acceso relacionados con los sistemas de salud, la propiedad intelectual y el comercio. En particular, se examinan las pol韙icas de fijaci髇 de precios, los impuestos y los m醨genes comerciales, y los mecanismos de adquisici髇, as?como aspectos de la reglamentaci髇 e iniciativas de transferencia de tecnolog韆 y de impulso a la producci髇 local, la calidad y los procedimientos de examen de las patentes, las licencias obligatorias y voluntarias, los acuerdos comerciales, los aranceles y las pol韙icas de competencia.
Como los problemas relativos al acceso y la innovación se analizan cada vez más a menudo con una perspectiva más amplia, los debates sobre políticas involucran actualmente un conjunto más diverso de partes interesadas, valores, experiencias, conocimientos y datos empíricos mediante:
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Dado el car醕ter transversal de estas esferas de pol韙icas, algunos temas se presentan en el cap韙ulo II, al describir el marco general de pol韙icas, y se profundiza en ellos m醩 adelante, en los cap韙ulos III y IV, en los que se analiza con m醩 detalle la relaci髇 de estos elementos con la innovaci髇 y el acceso, respectivamente. Por ejemplo, en el cap韙ulo II se exponen los elementos y principios generales de las pol韙icas de propiedad intelectual, mientras que en el cap韙ulo III se detallan los aspectos de las pol韙icas, las leyes y las pr醕ticas del 醡bito de la propiedad intelectual que guardan relaci髇 espec韋ica con la innovaci髇 de tecnolog韆s m閐icas, y en el cap韙ulo IV se examina la influencia de aspectos espec韋icos de la propiedad intelectual en el acceso a estas tecnolog韆s. Del mismo modo, en el cap韙ulo II se describe, de forma general, el fundamento de la reglamentaci髇 de las tecnolog韆s m閐icas, mientras que en los cap韙ulos III y IV se tratan, respectivamente, las consecuencias de la reglamentaci髇 de los productos para el proceso de innovaci髇 y el acceso a las tecnolog韆s m閐icas. En cuanto a las pol韙icas comerciales, los elementos principales se exponen en el cap韙ulo II, y en el cap韙ulo IV se analiza el efecto del comercio y de las pol韙icas comerciales en el acceso a los medicamentos y otras tecnolog韆s m閐icas.
La carga mundial de morbilidad es un blanco m髒il y se necesitan respuestas din醡icas …
Actualmente, la mayor韆 de los habitantes de los pa韘es de ingresos altos viven m醩 de 70 a駉s y mueren de enfermedades cr髇icas, que est醤 tambi閚 entre las principales causas de muerte en los pa韘es de ingresos medianos, junto con la tuberculosis, la infecci髇 por el VIH/sida y los accidentes de tr醤sito; sin embargo, en los pa韘es de bajos ingresos la mayor韆 de las personas mueren de enfermedades infecciosas y m醩 de un tercio de los fallecidos son menores de 15 a駉s. Para 2030 se prev閚 fuertes descensos en las tasas de mortalidad por las principales enfermedades transmisibles, maternas, perinatales y nutricionales. Pero el envejecimiento de las poblaciones en los pa韘es de bajos ingresos (PBI) y los de ingresos medianos (PIM) har?que aumente el n鷐ero de muertes por enfermedades no transmisibles, lo que generar?una doble carga de morbilidad. Son fundamentales las medidas preventivas con respecto a la forma de vida, la inactividad f韘ica, el consumo de tabaco y el consumo nocivo de bebidas alcoh髄icas, as?como factores relativos a la alimentaci髇 y el medio ambiente; pero adem醩 el sistema de innovaci髇 deber?adaptarse a estos cambios en la carga mundial de morbilidad. En el pasado, el acceso a los medicamentos se centr?en el 醡bito de las enfermedades transmisibles, como la infecci髇 por el VIH/sida y el paludismo, pero actualmente se ha ampliado el enfoque. El acceso a los tratamientos de las enfermedades no transmisibles, en particular a los caros tratamientos contra el c醤cer en los PIM, ser?el reto del futuro y el tema central del debate sobre el acceso (v閍se la secci髇 C del cap韙ulo I).
El acceso a los medicamentos y el derecho a la salud
El acceso a los servicios de salud y medicamentos esenciales es uno de los elementos necesarios para que todas las personas puedan ejercer el derecho a disfrutar del m醩 alto nivel posible de salud. El fomento del acceso a los medicamentos tambi閚 es parte de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (v閍nse los apartados 1 a 3 de la secci髇 A del cap韙ulo II). En el marco de la OMS para el acceso a los medicamentos se reconoce que la falta de acceso a las tecnolog韆s m閐icas rara vez se debe a un solo factor aislado; por lo tanto, incluye la selecci髇 y el uso racionales de los medicamentos, precios asequibles, financiaci髇 sostenible y unos sistemas de salud y de suministro fiables, con la calidad como elemento subyacente (v閍se la secci髇 A.1 del cap韙ulo IV). Para seleccionar de manera racional los medicamentos que necesita, cada pa韘 debe determinar qu?productos son los m醩 importantes para hacer frente a su carga de morbilidad espec韋ica. La selecci髇 puede basarse en las listas modelo de medicamentos esenciales de la OMS. Una condici髇 b醩ica para el acceso efectivo y sostenible es que exista compromiso pol韙ico de proporcionar una financiaci髇 suficiente y sostenible (v閍se la secci髇 A.1 del cap韙ulo IV). Los precios asequibles son un determinante decisivo del acceso a los medicamentos, especialmente en los pa韘es con un sistema sanitario d閎il y en los que las personas con recursos escasos a menudo deben adquirir los medicamentos a precios de mercado. La competencia de los medicamentos gen閞icos es un factor clave para reducir los precios, pero en muchos PBI y PIM incluso los medicamentos gen閞icos de precios bajos son a menudo inasequibles para gran parte de la poblaci髇 y la disponibilidad de medicamentos esenciales en el sector p鷅lico sigue siendo insuficiente (v閍se la secci髇 A del cap韙ulo IV). La condici髇 general para proporcionar acceso a las tecnolog韆s m閐icas y servicios de salud necesarios es la existencia de un sistema nacional de salud operativo (v閍nse la secci髇 A.5 del cap韙ulo II y la secci髇 B del cap韙ulo IV).
En los 鷏timos a駉s, los responsables de la formulaci髇 de pol韙icas han prestado gran atenci髇 al acceso a los tratamientos para la infecci髇 por el VIH/sida. Los bajos precios de los tratamientos antirretrov韗icos gen閞icos han ayudado a los gobiernos y a los programas de los donantes a avanzar hacia la consecuci髇 del objetivo de dar tratamiento a 15 millones de personas para 2015 (v閍se la secci髇 A.2 del cap韙ulo IV). Otros aspectos cruciales son la innovaci髇 de formulaciones y dispositivos m閐icos para uso pedi醫rico y el acceso a ellos (v閍nse los apartados 2 y 3 de la secci髇 A del cap韙ulo IV). La evoluci髇 de la carga de morbilidad tambi閚 conduce a que se preste una mayor atenci髇 a cuestiones relativas al acceso y la propiedad intelectual en relaci髇 con las enfermedades no transmisibles (v閍se la secci髇 A.2 del cap韙ulo IV). Los programas nacionales de vacunaci髇 son un instrumento de salud p鷅lica muy eficaz para evitar enfermedades infecciosas y prevenir su propagaci髇. Las condiciones particulares de cada mercado y las diferentes necesidades de conocimientos t閏nicos generan entornos diferentes para el desarrollo y la difusi髇 de las vacunas (v閍nse la secci髇 B.4 del cap韙ulo III y la secci髇 A.2 del cap韙ulo IV, as?como la secci髇 E del cap韙ulo III).
Los gobiernos exploran nuevas medidas para limitar los costos y aumentar el acceso
Los gobiernos aplican numerosas medidas diferentes para reducir los precios de las tecnolog韆s m閐icas, entre las que cabe se馻lar los controles directos de los precios, el establecimiento de precios de referencia y la fijaci髇 de cuant韆s m醲imas de reembolso; adem醩, cada vez utilizan m醩 la evaluaci髇 de las tecnolog韆s sanitarias para controlar los costos (v閍se la secci髇 B.1 del cap韙ulo IV). Adem醩 de los aranceles de importaci髇 (v閍se la secci髇 D del cap韙ulo IV), diversos impuestos (v閍se la secci髇 B.3 del cap韙ulo IV) y los m醨genes comerciales aplicados a lo largo de la cadena de suministro (v閍se la secci髇 B.4 del cap韙ulo IV) tambi閚 aumentan los precios que paga el consumidor y limitan el acceso. La eliminaci髇 de aranceles e impuestos y la regulaci髇 de los m醨genes comerciales de distribuci髇 aplicados a lo largo de la cadena de suministro pueden reducir los precios, siempre y cuando se transfieran al consumidor. Sin embargo, la regulaci髇 de los precios tambi閚 debe garantizar m醨genes sostenibles para los proveedores comerciales.
Una herramienta complementaria para aumentar el acceso puede ser la fijaci髇 por las empresas de precios diferenciales, vinculando los precios al poder adquisitivo en funci髇 de los diferentes niveles de ingresos en mercados distintos (v閍se la secci髇 B.2 del cap韙ulo IV). Otra estrategia para mejorar el acceso a los medicamentos se centra en el desarrollo de la capacidad de producci髇 local y el impulso a la transferencia de tecnolog韆, lo que plantea cuestiones relativas al acceso a los medicamentos, los factores econ髆icos y comerciales y las pol韙icas industriales (v閍se la secci髇 B.6 del cap韙ulo IV).
En cuanto al acceso a los productos patentados, los pa韘es tambi閚 hacen uso de las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los ADPIC.
La reglamentaci髇 de las tecnolog韆s es esencial en s?misma, pero puede afectar a la innovaci髇 y el acceso
La reglamentaci髇 de las tecnolog韆s m閐icas responde a los siguientes objetivos esenciales en materia de pol韙icas de salud: los productos deben ser inocuos, eficaces y de calidad aceptable. Adem醩, conforma el entorno en que ocurren el acceso y la innovaci髇; por ejemplo, unas normas de seguridad m醩 estrictas obligan a generar m醩 datos y, por consiguiente, aumentan el costo de la innovaci髇. Los obst醕ulos normativos injustificados y los procesos prolongados de autorizaci髇 de la comercializaci髇 retrasan el acceso a tecnolog韆s m閐icas necesarias (v閍se la secci髇 A.6 del cap韙ulo II). La mayor韆 de los ensayos cl韓icos los realizan las empresas que desarrollan los productos objeto de los ensayos u otras empresas en su nombre. El registro de estos ensayos es una responsabilidad cient韋ica y 閠ica, y por ello la OMS administra la Plataforma de registros internacionales de ensayos cl韓icos (ICTRP). Desde la perspectiva de las pol韙icas de salud p鷅lica, los resultados de los ensayos cl韓icos deber韆n hacerse p鷅licos para que los investigadores y otras partes interesadas puedan evaluar por s?mismos la eficacia y los posibles efectos secundarios de los nuevos productos (v閍se la secci髇 B.5 del cap韙ulo III). La aparici髇 de los medicamentos biol骻icos ha planteado dificultades a los sistemas de reglamentaci髇, en particular para reglamentar los productos derivados "biosimilares" (consulte la secci髇 B.6 del cap韙ulo II) y proporcionar, al mismo tiempo, suficientes incentivos a las empresas que elaboran el producto original.
Otro escollo para los sistemas de reglamentaci髇 es el aumento constante del n鷐ero de productos m閐icos de calidad subest醤dar, espurios, de etiquetado enga駉so, falsificados o de imitaci髇 que est醤 planteando problemas de salud p鷅lica graves a escala mundial, y sobre todo en las regiones que cuentan con sistemas d閎iles de reglamentaci髇 y observancia. Para luchar eficazmente contra dichos productos debe aplicarse una combinaci髇 de medidas. Con el fin de eliminar los productos de calidad subest醤dar ha de exigirse la observancia de las normas sobre buenas pr醕ticas de fabricaci髇, mientras que para luchar contra los productos espurios, de etiquetado enga駉so, falsificados o de imitaci髇 se necesitan otras medidas, por ejemplo, controles fronterizos y disposiciones del derecho penal, as?como la colaboraci髇 entre los 髍ganos legislativos, las fuerzas del orden p鷅lico y los tribunales en los 醡bitos nacional e internacional (v閍nse la secci髇 B.1 del cap韙ulo II y la secci髇 B.7 del cap韙ulo IV).
En general, los responsables de la reglamentaci髇 deben sopesar los beneficios derivados de una comercializaci髇 temprana de los productos nuevos y los problemas relativos a su seguridad, as?como determinar un nivel de riesgo aceptable. La necesidad de simplificar la reglamentaci髇, manteniendo al mismo tiempo su rigor y eficacia en funci髇 del costo, requiere m醩 coordinaci髇 a trav閟 de los mecanismos de reglamentaci髇 regionales e internacionales, de modo que los proveedores puedan abastecer los mercados regionales sin enfrentarse a una reglamentaci髇 demasiado compleja o a unos costos excesivos (v閍se la secci髇 A.6 del cap韙ulo II). La armonizaci髇 internacional plena de las normas de reglamentaci髇 sigue siendo un objetivo dif韈il de alcanzar. El Programa de la OMS de Precalificaci髇 de Medicamentos ha facilitado en gran medida el acceso de los pa韘es en desarrollo a productos m閐icos de calidad (v閍se la secci髇 B.7 del cap韙ulo IV).
La innovaci髇 de tecnolog韆s m閐icas tiene lugar en un marco normativo complejo, en r醦ida evoluci髇 …
La innovaci髇 de tecnolog韆s m閐icas requiere una compleja combinaci髇 de aportaciones de los sectores privado y p鷅lico y se diferencia de la innovaci髇 general por la dimensi髇 閠ica de la investigaci髇 m閐ica, un marco de reglamentaci髇 riguroso, las consideraciones en materia de responsabilidad civil, los costos elevados y el alto riesgo de fracasos. El panorama actual de la investigaci髇 y el desarrollo ha sufrido una r醦ida transformaci髇 (debida a factores econ髆icos, comerciales, tecnol骻icos y reglamentarios) y hoy incluye modelos de innovaci髇 m醩 diversos y una gama m醩 amplia de participantes. Hist髍icamente, la funci髇 del sistema de patentes, en particular en el sector de los productos farmac閡ticos, ha sido proporcionar incentivos enderezados a absorber los altos costos y los riesgos y responsabilidades conexos, una de las principales dificultades en materia de pol韙icas. Las estimaciones del costo efectivo de la investigaci髇 y el desarrollo de productos m閐icos var韆n, pero la innovaci髇 es, sin duda, costosa y tarda mucho. El riesgo y la incertidumbre de la innovaci髇 aumentan los costos de la investigaci髇 y el desarrollo en este sector, pues hay que a馻dir el costo de los productos que no logran superar los requisitos reglamentarios para llegar a ser comercializados (v閍se la secci髇 B.3 del cap韙ulo III). El aumento de los gastos en investigaci髇 m閐ica no ha ido acompa馻do de un aumento proporcional del n鷐ero de productos nuevos introducidos en el mercado, lo que ha desencadenado un debate sobre la productividad de la investigaci髇 y una b鷖queda de nuevos modelos de innovaci髇 y de financiaci髇 de la investigaci髇 y el desarrollo. Numerosas iniciativas est醤 explorando nuevas estrategias para el desarrollo de productos, lo que ha dado pie a un intenso debate sobre la manera de mejorar y diversificar las estructuras de innovaci髇 para hacer frente a las necesidades a鷑 no satisfechas en el 醡bito de la salud. En los debates sobre pol韙icas recientes se han examinado las posibilidades de los sistemas de innovaci髇 abiertos, as?como una serie de incentivos y desincentivos, como los sistemas de fondos para premios que desvincular韆n el precio de los productos del costo de la investigaci髇 y el desarrollo (v閍se la secci髇 C.2 del cap韙ulo III).
… lo que ha impulsado una nueva perspectiva sobre la funci髇 y la estructura del sector, y acerca de la divisi髇 entre lo p鷅lico y lo privado
Esta transformaci髇 del panorama de la innovaci髇 est?impulsando cambios en la industria farmac閡tica, desencadenados por factores como unos presupuestos m醩 limitados para la salud p鷅lica; la participaci髇 de entidades sin 醤imo de lucro en la investigaci髇 y el desarrollo de productos m閐icos; la exposici髇 a una reglamentaci髇 m醩 estricta de los productos y mayores riesgos en materia de responsabilidad civil; las nuevas tecnolog韆s que permiten tratamientos mejor dirigidos, y el crecimiento de la proporci髇 de la demanda mundial que procede de los mercados emergentes. El modelo hist髍ico del sector consistente en una investigaci髇 y un desarrollo integrados verticalmente en la empresa y la comercializaci髇 en exclusiva est?dando paso a sistemas m醩 diversos y colaborativos en los que grandes empresas del sector desarrollan productos que integran tecnolog韆s obtenidas de terceros, ya sea comprando las licencias o mediante la fusi髇 e integraci髇 de empresas m醩 peque馻s. Las empresas de investigaci髇 tambi閚 han invertido en la capacidad de producci髇 de gen閞icos. Tambi閚 se ha analizado el papel de las universidades y centros de investigaci髇 p鷅licos, cada vez mayor en los pa韘es en desarrollo, que aspiran a conciliar sus responsabilidades de cara al inter閟 p鷅lico con la necesidad de establecer asociaciones con el sector privado para ofrecer nuevos productos m閐icos (v閍nse las secciones A y B del cap韙ulo III y la secci髇 C del cap韙ulo II).
Las enfermedades desatendidas: un problema en materia de pol韙icas, pero tambi閚 un asunto de inter閟 creciente para las iniciativas pr醕ticas
En los modelos de innovaci髇 basados en el mercado no se tiene en cuenta la carga de morbilidad espec韋ica de los pa韘es en desarrollo: las llamadas enfermedades desatendidas. Desde que se detect?este d閒icit de la investigaci髇 en el sector de la salud, el panorama de la investigaci髇 sobre estas enfermedades ha evolucionado. Una importante novedad en el 鷏timo decenio ha sido la creaci髇 de asociaciones para el desarrollo de productos, que re鷑en a entidades sin fines de lucro y a agentes del sector industrial, que reciben importantes fondos filantr髉icos; esto ha generado un aumento considerable del n鷐ero de productos en desarrollo para enfermedades desatendidas y ha se馻lado v韆s para colmar las lagunas de investigaci髇 existentes (v閍se la secci髇 C.4 del cap韙ulo III). Adem醩, cada vez m醩 empresas de investigaci髇 farmac閡tica emprenden actividades de investigaci髇 filantr髉icas. Varias empresas han creado centros dedicados exclusivamente a la investigaci髇 de las enfermedades que afectan de manera desproporcionada a los pa韘es en desarrollo o han participado en proyectos de cooperaci髇 para compartir activos y conocimientos; es el caso del consorcio WIPO Re:Search, una iniciativa de la OMPI desplegada para hacer un mejor uso de los activos protegidos por la propiedad intelectual y mejorar el acceso (v閍nse los apartados 5 y 6 de la secci髇 C del cap韙ulo III). No obstante, la comunidad internacional a鷑 tiene mucho por hacer en este 醡bito. El Grupo consultivo de expertos de la OMS en investigaci髇 y desarrollo: financiaci髇 y coordinaci髇 ha recomendado que comience a negociarse un tratado jur韉icamente vinculante a nivel mundial sobre la investigaci髇 y el desarrollo orientados a las enfermedades desatendidas. Los Estados miembros de la OMS debatieron las recomendaciones del Grupo en una reuni髇 intergubernamental que se celebr?en noviembre de 2012 (v閍se la secci髇 C.3 del cap韙ulo III).
El r間imen de propiedad intelectual ocupa un lugar central en el debate sobre la innovaci髇 y el acceso …
Son varios los elementos del sistema de propiedad intelectual que guardan relación con la innovación y el acceso (véase la sección B.1 del capítulo II). La atención se ha centrado en el sistema de patentes y en la protección de los datos de las pruebas, pero hay otros aspectos de la propiedad intelectual de interés, como la relación entre las marcas de fábrica o de comercio y las denominaciones comunes internacionales (DCI) de la OMS, y cuestiones relativas a los derechos de autor del prospecto de envase de los medicamentos (véase la sección B.1 del capítulo II). El sistema de patentes ha sido utilizado ampliamente en el ámbito de las tecnologías médicas, especialmente por el sector farmacéutico. De hecho, el sector farmacéutico destaca por su dependencia de las patentes para obtener beneficios de la inversión en investigación y desarrollo, pero continúa debatiéndose su función en la innovación y la manera de mejorar su eficacia (véase la sección B del capítulo III). Las patentes, en principio, promueven la innovación proporcionando incentivos para invertir en investigación y desarrollo, una consideración de interés particular para el sector privado. Las patentes permiten estructurar, definir y hacer crecer las asociaciones cuya finalidad es la innovación. El efecto de las patentes sobre el acceso es complejo y un ámbito al que se presta especial atención: dadas las diferentes opciones de políticas, la mera existencia de una patente no tiene por qué constituir una barrera absoluta para el acceso pero, de igual modo, la ausencia del derecho que confiere una patente no ofrece garantía alguna en lo que respecta al acceso efectivo (véase la sección C del capítulo IV).
En el Acuerdo sobre los ADPIC se establecen normas mínimas relativas a la protección y la observancia de la propiedad intelectual. Por ejemplo, se deben poder patentar todas las innovaciones en todos los campos de la tecnología, siempre que sean nuevas, impliquen actividad inventiva (no sean evidentes) y sean susceptibles de aplicación industrial (o sean útiles). En la sección D del capítulo III se describe la función de los derechos de propiedad intelectual en el ciclo de la innovación. Los criterios de patentabilidad rigurosos y el examen estricto de las patentes con el apoyo de directrices para tal efecto contribuyen a evitar estrategias empleadas para retrasar la introducción de medicamentos genéricos, como la "perpetuación" (evergreening) o renovación permanente de la validez de sus patentes (véanse la sección D.3 del capítulo III y la sección C.1 del capítulo IV). Un componente integral del sistema de patentes es la obligación de facilitar el acceso a la innovación patentada mediante su divulgación pública, creando así una amplia base de conocimientos. La información sobre la patente divulgada sirve como instrumento para determinar la libertad de acción, las posibles asociaciones de carácter tecnológico y las opciones de adquisición, y ofrece a los responsables de la formulación de políticas información acerca de las pautas de la innovación (véase la sección B.5 del capítulo IV). La información de las patentes es, por lo general, más accesible pero sigue siendo difícil obtener datos relativos a muchos países en desarrollo. Recientemente se ha observado un aumento de las solicitudes de patentes sobre tecnologías médicas de una gama más diversa de entidades públicas y privadas, y de las principales economías emergentes (véase la sección B.1 del capítulo II).
La protección de los datos de los ensayos clínicos también ilustra la compleja relación entre el régimen de propiedad intelectual y la innovación y el acceso. Es importante proteger estos datos contra el uso comercial desleal, dados los considerables esfuerzos realizados para generar estos datos e introducir así nuevos medicamentos en el mercado. Por el contrario, ciertos tipos de protección de los datos de las pruebas pueden retrasar la entrada de los medicamentos genéricos. En el Acuerdo sobre los ADPIC se exige la protección de los datos de pruebas, pero no se especifica cómo debe hacerse, y las autoridades de cada país han adoptado criterios diversos (véase la sección B.1 del capítulo II).
El tipo de licencia de las patentes puede determinar su repercusi髇 en la salud p鷅lica …
Un sistema adecuado de concesi髇 de licencias de patentes puede ayudar a forjar alianzas y facilitar la innovaci髇 a trav閟 de la cooperaci髇 para generar nuevas tecnolog韆s m閐icas. Las estrategias de concesi髇 de licencias del sector privado normalmente tienen objetivos comerciales, pero las entidades del sector p鷅lico pueden utilizar las patentes expresamente para lograr resultados en la esfera de la salud p鷅lica. Los nuevos modelos de concesi髇 de licencias socialmente responsables protegen la propiedad intelectual y al mismo tiempo favorecen que las comunidades desatendidas tengan acceso a las nuevas tecnolog韆s m閐icas en condiciones asequibles. Por medio de las asociaciones p鷅lico-privadas se han alcanzado acuerdos creativos de concesi髇 de licencias en los que se renuncia a maximizar el beneficio para proporcionar a cambio tecnolog韆s esenciales para los pa韘es m醩 pobres a precios asequibles. En los programas de responsabilidad social de las empresas se incluye tambi閚 la concesi髇 de licencias voluntarias, especialmente para los tratamientos de la infecci髇 por el VIH/sida. El consorcio Medicines Patent Pool (Fondo de patentes de medicamentos) ha reforzado la tendencia a establecer programas de concesi髇 de licencias voluntarias, que aumentan el acceso a los medicamentos al permitir nuevas formulaciones y mejorar el suministro de medicamentos gen閞icos m醩 baratos para los pa韘es en desarrollo (v閍se la secci髇 C.2 del cap韙ulo IV).
… al igual que las opciones en materia de pol韙icas y las flexibilidades del sistema de propiedad intelectual
El r間imen internacional de la propiedad intelectual comprende una amplia gama de flexibilidades y opciones para la formulaci髇 de pol韙icas que se pueden utilizar para perseguir objetivos de salud p鷅lica. Sin embargo, estas opciones no se aplican de forma autom醫ica a escala internacional, y en los pa韘es es necesario estudiar el mejor modo de aplicar este tipo de flexibilidades de forma 髉tima, para que el r間imen nacional de la propiedad intelectual responda a las necesidades y objetivos en materia de pol韙icas particulares de cada pa韘. Entre las principales opciones figuran los per韔dos de transici髇 para los pa韘es menos adelantados (v閍se la secci髇 B.1 del cap韙ulo II), diferentes reg韒enes de agotamiento de los derechos de propiedad intelectual, el perfeccionamiento de los criterios para la concesi髇 de una patente, los procedimientos de oposici髇 anterior y posterior a la concesi髇, y las excepciones y limitaciones a los derechos de patente una vez conferidos, en particular la excepci髇 del examen reglamentario (excepci髇 Bolar) para facilitar la entrada en el mercado de medicamentos gen閞icos, las licencias obligatorias y la utilizaci髇 por los gobiernos. Los pa韘es han utilizado estos instrumentos para mejorar el acceso a los medicamentos tanto para las enfermedades transmisibles como para las no transmisibles (v閍nse los apartados 1 a 3 de la secci髇 C del cap韙ulo IV). Los Miembros de la OMC han acordado modificar el Acuerdo sobre los ADPIC para permitir un uso m醩 amplio de las licencias obligatorias para el acceso a los medicamentos, eliminando una posible barrera jur韉ica para los pa韘es que necesitan importar medicamentos producidos en el extranjero al amparo de una licencia obligatoria, a trav閟 de la concesi髇 de licencias obligatorias especiales para la exportaci髇 en virtud del denominado "sistema del p醨rafo 6" (v閍nse la secci髇 C.2 del cap韙ulo IV y el anexo II). Si bien ahora, gracias tambi閚 a la Declaraci髇 de Doha sobre la salud p鷅lica, est?m醩 claro el alcance jur韉ico de las flexibilidades y algunas se aplican con frecuencia (como las excepciones Bolar), los responsables de la formulaci髇 de pol韙icas contin鷄n debatiendo acerca del uso de medidas como las licencias obligatorias.
El comercio internacional es una v韆 indispensable para el acceso, pero no elimina las diferencias econ髆icas
El comercio internacional es vital para el acceso a los medicamentos y otras tecnolog韆s m閐icas, especialmente en los pa韘es m醩 peque駉s y con menos recursos. El comercio estimula la competencia, que a su vez reduce los precios y ampl韆 la gama de proveedores, lo que mejora la seguridad y la previsibilidad del suministro. Por lo tanto, las pol韙icas comerciales, como los aranceles sobre los medicamentos, los ingredientes farmac閡ticos y las tecnolog韆s m閐icas, afectan directamente a su accesibilidad (v閍nse los apartados 3 al 5 de la secci髇 B del cap韙ulo II y la secci髇 D del cap韙ulo IV). Las pol韙icas comerciales y la econom韆 de los sistemas de producci髇 mundiales son tambi閚 factores clave en los planes estrat間icos de los pa韘es para fortalecer su capacidad de producci髇 interior de productos m閐icos. Para contar con un suministro estable de productos sanitarios de calidad tambi閚 es importante que los pa韘es cuenten con reglamentos no discriminatorios basados en principios s髄idos en materia de pol韙icas de salud. El acceso a las oportunidades que genera el comercio exterior puede crear econom韆s de escala que permitan compensar los costos e incertidumbres de la investigaci髇 m閐ica y los procesos de desarrollo de productos.
Los pa韘es desarrollados han dominado el comercio de productos relacionados con la salud, pero la India y China se han convertido en los principales exportadores mundiales de insumos farmac閡ticos y qu韒icos, y en otros pa韘es en desarrollo las exportaciones tambi閚 han experimentado un fuerte crecimiento. Las importaciones de productos relacionados con la salud difieren dr醩ticamente de unos pa韘es a otros en funci髇 de su nivel de desarrollo, lo que pone de manifiesto la existencia de brechas sustanciales -y cada vez mayores- en el acceso: en los 鷏timos a駉s, las importaciones de los pa韘es menos adelantados, que ya ten韆n un nivel bajo, son las que menos han crecido.
Los aranceles a la importaci髇 de productos relacionados con la salud pueden afectar al acceso: el aumento del costo que generan en el comienzo de la cadena de valor puede multiplicar su impacto en los precios. Los pa韘es desarrollados han eliminado la mayor parte de estos aranceles, de conformidad con un acuerdo de la OMC sobre el comercio de productos farmac閡ticos. Otros pa韘es los han reducido considerablemente, pero sigue habiendo un panorama heterog閚eo: algunos pa韘es en desarrollo dise馻n sus reg韒enes arancelarios para fomentar la producci髇 local, mientras que los pa韘es menos adelantados aplican aranceles m醩 bajos (v閍se la secci髇 D.1 del cap韙ulo IV).
Las pol韙icas de competencia promueven una innovaci髇 eficaz y ayudan a determinar las condiciones de acceso
Las pol韙icas de competencia afectan a todas las etapas del proceso de suministro de tecnolog韆 m閐ica a los pacientes, desde la etapa de desarrollo hasta las de la venta y la aplicaci髇. La creaci髇 de estructuras de mercado s髄idas y que fomentan la competencia mediante la promulgaci髇 y aplicaci髇 de leyes sobre el particular desempe馻, por lo tanto, una funci髇 importante tanto en la mejora del acceso a la tecnolog韆 m閐ica como en el fomento de la innovaci髇 en el sector farmac閡tico. Si los derechos de propiedad intelectual obstaculizan la competencia y, por lo tanto, constituyen un posible obst醕ulo para la innovaci髇 y el acceso, esas estructuras pueden servir como mecanismo corrector. Las autoridades responsables de la competencia de varias jurisdicciones han tomado medidas para hacer frente a las pr醕ticas contrarias a la competencia en el sector farmac閡tico, en particular algunos acuerdos sobre patentes y ciertas pr醕ticas de concesi髇 de licencias y pol韙icas de fijaci髇 de precios. Las pol韙icas de competencia tambi閚 desempe馻n una funci髇 importante en la prevenci髇 de la colusi髇 entre los proveedores de tecnolog韆 m閐ica que participan en los procesos de contrataci髇 (v閍nse la secci髇 C.2 del cap韙ulo II y la secci髇 D.2 del cap韙ulo IV).
El acceso a las tecnolog韆s m閐icas a trav閟 de una contrataci髇 p鷅lica m醩 eficaz
En muchos pa韘es, el acceso a las tecnolog韆s m閐icas se realiza, en gran parte, mediante contrataci髇 p鷅lica y los productos farmac閡ticos se costean con fondos p鷅licos o subvenciones. La finalidad de los sistemas de adquisici髇 es obtener medicamentos y otros productos m閐icos de buena calidad, en el momento adecuado, en las cantidades requeridas y a un costo favorable. Estos principios son especialmente importantes en el sector de la salud dado el gran nivel de gastos, el impacto en la salud de la relaci髇 calidad-precio y las consideraciones relativas a la calidad; seg鷑 consta, en algunos programas se paga por los medicamentos mucho m醩 de lo necesario (v閍se la secci髇 B.5 del cap韙ulo IV). Las pol韙icas de adquisici髇 que favorecen la licitaci髇 abierta y competitiva son cada vez m醩 importantes en un contexto fiscal en el que los presupuestos nacionales est醤 sujetos a presi髇 y los programas filantr髉icos restringen la financiaci髇. La buena gobernanza en la contrataci髇 se asocia con el aumento del acceso a las tecnolog韆s m閐icas, ya que permite que los precios sean m醩 bajos y el suministro no se interrumpa. El Acuerdo sobre Contrataci髇 P鷅lica de la OMC es un mecanismo plurilateral que ofrece un marco normativo internacional para promover la eficiencia y la buena gobernanza en la contrataci髇 p鷅lica, en particular para la adquisici髇 de medicamentos, la promoci髇 de la transparencia, la competencia leal y la mejora de la relaci髇 calidad-precio en el gasto p鷅lico (v閍se la secci髇 B.4 del cap韙ulo II).
Cada vez es mayor la repercusi髇 en el acceso de los acuerdos de libre comercio alcanzados al margen de la esfera multilateral
El marco internacional de formulaci髇 de pol韙icas y jur韉ico se ha hecho m醩 complejo debido al n鷐ero cada vez mayor de acuerdos comerciales y de propiedad intelectual alcanzados recientemente al margen de los foros multilaterales establecidos. El debate sobre pol韙icas se ha centrado en las medidas relativas a la propiedad intelectual y la reglamentaci髇 farmac閡tica que figuran en estos acuerdos, y en su repercusi髇 sobre el acceso a los medicamentos. Por ejemplo, las medidas de pr髍roga de la vigencia de las patentes o de exclusividad de los datos, y otras medidas como la vinculaci髇 de patentes que figuran en algunos acuerdos de libre comercio est醤 concebidas para incentivar la innovaci髇, pero tambi閚 pueden repercutir en el acceso a los medicamentos al retrasar la entrada de los productos gen閞icos en el mercado (v閍se la secci髇 C.5 del cap韙ulo IV). En estos acuerdos tambi閚 se establecen normas en otros 醡bitos de pol韙icas que inciden en el acceso, en particular las normas establecidas en materia de contrataci髇 p鷅lica y las pol韙icas de competencia, as?como los aranceles preferenciales para los productos farmac閡ticos, los insumos y otros productos sanitarios (v閍nse la secci髇 B.5 del cap韙ulo II y la secci髇 C.5 del cap韙ulo IV). A鷑 no se ha analizado de modo sistem醫ico el efecto general de esta tendencia en el sistema internacional, en particular la repercusi髇 total de todos estos acuerdos en el acceso a las tecnolog韆s m閐icas.
