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ACUERDO DE LA RONDA URUGUAY
Decisi髇 Relativa al Proyecto de Entendimiento sobre un Sistema de Informaci髇 OMC-ISO sobre Normas
Los textos que se reproducen en esta secci髇 no tienen el valor legal de los documentos originales que se depositan y guardan en la Secretar韆 de la OMC en Ginebra.
Los Ministros, deciden recomendar que la Secretar韆 de la Organizaci髇 Mundial del Comercio llegue a un entendimiento con la Organizaci髇 Internacional de Normalizaci髇 (揑SO? con miras a establecer un sistema de informaci髇 conforme al cual:
1. los miembros de la
ISONET transmitir醤 al Centro de Informaci髇 de la ISO/CEI en
Ginebra las notificaciones a que se hace referencia en los p 醨rafos
C y J del C骴igo de Buena Conducta para la Elaboraci髇, Adopci髇 y
Aplicaci髇 de Normas que figura en el Anexo 3 del Acuerdo sobre Obst醕ulos
T閏nicos al Comercio, del modo que all?se indica;
2. en los programas de
trabajo a que se hace referencia en el p醨rafo J se utilizar醤 los
siguientes sistemas de clasificaci髇 alfanum閞icos:
a) un
sistema de
clasificaci髇 de normas que permita a las instituciones con
actividades de normalizaci 髇 dar a cada norma mencionada en el
programa de trabajo una indicaci髇 alfab閠ica o num閞ica de la
materia;
b) un sistema de c骴igos de las etapas que permita a las instituciones con actividades de normalizaci 髇 dar a cada una de las normas mencionadas en el programa de trabajo una indicaci髇 alfanum閞ica de la etapa de elaboraci髇 en que se encuentra esa norma; a este fin, deber醤 distinguirse al menos cinco etapas de elaboraci髇: 1) la etapa en que se ha adoptado la decisi髇 de elaborar una norma pero no se ha iniciado todav韆 la labor t閏nica; 2) la etapa en que se ha empezado la labor t閏nica pero no se ha iniciado todav韆 el plazo para la presentaci髇 de observaciones; 3) la etapa en que se ha iniciado el plazo para la presentaci髇 de observaciones pero 閟te todav韆 no ha finalizado; 4) la etapa en que el plazo para la presentaci髇 de observaciones ha terminado pero la norma no ha sido todav韆 adoptada; y 5) la etapa en que la norma ha sido adoptada;
c) un sistema de
identificaci髇 que abarque todas las normas internacionales, que
permita a las instituciones con actividades de normalizaci髇 dar a
cada norma mencionada en el programa de trabajo una indicaci髇
alfanum閞ica de la(s) norma(s) internacional(es) utilizada(s) como
base;
3. el Centro de
Informaci髇 de la ISO/CEI remitir?inmediatamente a la Secretar韆
el texto de las notificaciones a que se hace referencia en el p醨rafo
C del C骴igo de Buena Conducta;
4. el Centro de Informaci髇 de la ISO/CEI publicar?regularmente la informaci髇 recibida en las notificaciones que se le hayan hecho en virtud de los p醨rafos C y J del C骴igo de Buena Conducta; esta publicaci髇, por la que podr?cobrarse un derecho razonable, estar? a disposici髇 de los miembros de la ISONET y, por conducto de la Secretar韆, de los Miembros de la OMC.
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