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ACUERDO DE LA RONDA URUGUAY

Declaraci髇 de Marrakech de 15 de abril de 1994

Los Ministros,

Representando a los 124 Gobiernos, y las Comunidades Europeas, participantes en la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, con ocasi髇 de la reuni髇 final del Comit?de Negociaciones Comerciales a nivel ministerial celebrada en Marrakech, Marruecos, del 12 al 15 de abril de 1994,

Recordando la Declaraci髇 Ministerial adoptada en Punta del Este, Uruguay, el 20 de septiembre de 1986, por la que se dio inicio a la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales,

Recordando los progresos realizados en las Reuniones Ministeriales celebradas en Montreal, Canad? y Bruselas, B閘gica, en diciembre de 1988 y diciembre de 1990, respectivamente,

Tomando nota de que las negociaciones se concluyeron en lo sustancial el 15 de diciembre de 1993,

Decididos a apoyarse en lo conseguido en la Ronda Uruguay para lograr nuevos avances a trav閟 de la participaci髇 de sus econom韆s en el sistema de comercio mundial, sobre la base de pol韙icas orientadas al mercado y de los compromisos enunciados en los Acuerdos y Decisiones de la Ronda Uruguay,

Adoptan hoy la siguiente:


DECLARACI覰

1.   Los Ministros saludan el logro hist髍ico que representa la conclusi髇 de la Ronda, con el convencimiento de que fortalecer?la econom韆 mundial y dar?paso a un mayor crecimiento del comercio, las inversiones, el empleo y los ingresos en todo el mundo. En particular, acogen con satisfacci髇:

?el marco jur韉ico m醩 fuerte y m醩 claro que han adoptado para el desarrollo del comercio internacional, y que incluye un mecanismo de soluci髇 de diferencias m醩 eficaz y fiable,
 

?la reducci髇 global de los aranceles en un 40 por ciento y los acuerdos m醩 amplios de apertura de los mercados en el sector de las mercanc韆s, as?como la mayor previsibilidad y seguridad que representa la importante expansi髇 del alcance de los compromisos arancelarios, y
 

?el establecimiento de un marco multilateral de disciplinas para el comercio de servicios y para la protecci髇 de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio, as?como el reforzamiento de las disposiciones multilaterales sobre el comercio de productos agropecuarios y de textiles y prendas de vestir.

2.   Los Ministros afirman que el establecimiento de la Organizaci髇 Mundial del Comercio (OMC) anuncia una nueva era de cooperaci髇 econ髆ica mundial, que responde al deseo generalizado de actuar en un sistema multilateral de comercio m醩 justo y m醩 abierto en beneficio y por el bienestar de los pueblos. Los Ministros expresan su determinaci髇 de resistir las presiones proteccionistas de toda clase. Est醤 convencidos de que la liberalizaci髇 del comercio y el fortalecimiento de las normas conseguidos en la Ronda Uruguay conducir醤 a un entorno comercial mundial cada vez m醩 abierto. Los Ministros se comprometen, con efecto inmediato y hasta la entrada en vigor de la OMC, a no adoptar medidas comerciales que puedan socavar o afectar adversamente los resultados de las negociaciones de la Ronda Uruguay o la aplicaci髇 de los mismos.

3.   Los Ministros confirman su resoluci髇 de esforzarse por dar mayor coherencia en el plano mundial a las pol韙icas en materia de comercio, moneda y finanzas, incluso mediante la cooperaci髇 entre la OMC, el FMI y el Banco Mundial a tal efecto.

4.   Los Ministros celebran el hecho de que la participaci髇 en la Ronda Uruguay haya sido considerablemente m醩 amplia que en cualquier negociaci髇 comercial multilateral anterior y, en particular, la funci髇 notablemente activa desempe馻da en ella por los pa韘es en desarrollo; ello marca un hito hist髍ico en el camino hacia una mancomunidad comercial mundial m醩 equilibrada e integrada. Los Ministros toman nota de que durante el per韔do abarcado por estas negociaciones se pusieron en aplicaci髇 medidas significativas de reforma econ髆ica y de liberalizaci髇 aut髇oma del comercio en numeros pa韘es en desarrollo y econom韆s anteriormente planificadas.

5.   Los Ministros recuerdan que los resultados de las negociaciones comportan disposiciones que confieren un trato diferenciado y m醩 favorable a los pa韘es en desarrollo, con especial atenci髇 a la situaci髇 particular de los pa韘es menos adelantados. Los Ministros reconocen la importancia de la aplicaci髇 de estas disposiciones para los pa韘es menos adelantados y declaran su intenci髇 de continuar apoyando y facilitando la expansi髇 de las oportunidades de comercio e inversi髇 de dichos pa韘es. Convienen en someter al examen peri骴ico de la Conferencia Ministerial y de los 髍ganos competentes de la OMC la repercusi髇 de los resultados de la Ronda en los pa韘es menos adelantados, as?como en los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios, con objeto de promover medidas positivas que les permitan alcanzar sus objetivos de desarrollo. Los Ministros reconocen la necesidad de fortalecer la capacidad del GATT y de la OMC para prestar una mayor asistencia t閏nica en sus esferas de competencia y, en particular, para acrecentar sustancialmente la prestaci髇 de dicha asistencia a los pa韘es menos adelantados.

6.   Los Ministros declaran que al firmar el 揂cta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales?y al adoptar las Decisiones Ministeriales conexas inician la transici髇 del GATT a la OMC. En particular, han establecido un Comit?Preparatorio que ha de sentar las bases para la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, y se comprometen a tratar de llevar a cabo todos los tr醡ites necesarios para la ratificaci髇 de dicho Acuerdo de modo que pueda entrar en vigor el 1?de enero de 1995 o lo antes posible despu閟 de esa fecha. Los Ministros han adoptado adem醩 una Decisi髇 sobre comercio y medio ambiente.

7.   Los Ministros expresan su sincera gratitud a Su Majestad el Rey Hassan II por su contribuci髇 personal al 閤ito de esta Reuni髇 Ministerial, y a su Gobierno y al pueblo de Marruecos por la cordial hospitalidad dispensada y la excelente labor de organizaci髇 cumplida. El hecho de que esta Reuni髇 Ministerial final de la Ronda Uruguay se haya celebrado en Marrakech es una manifestaci髇 m醩 de la adhesi髇 de Marruecos a un sistema de comercio mundial y abierto y de su vocaci髇 de plena integraci髇 a la econom韆 mundial.

8.   Al adoptar y firmar el Acta Final, y al abrir a la aceptaci髇 el Acuerdo sobre la OMC, los Ministros declaran terminada la labor del Comit?de Negociaciones Comerciales y formalmente concluida la Ronda Uruguay.

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