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Lo que est?ocurriendo en la OMC
NOTICIAS: NOTICIAS 2001

觬gano de Soluci髇 de Diferencias, 20 de junio de 2001

Se establecen los Grupos Especiales en relaci髇 con el acero procedente de Turqu韆 y los cigarrillos chilenos

El 20 de junio de 2001, el 觬gano de Soluci髇 de Diferencias de la OMC (OSD) acord?establecer dos Grupos Especiales encargados de examinar, respectivamente, las medidas antidumping aplicadas por Egipto al acero procedente de Turqu韆 y la tributaci髇 aplicada por el Per?a los cigarrillos chilenos.



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> Diferencias en la OMC

 

NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la Divisi髇 de Informaci髇 y Relaciones con los Medios de Comunicaci髇 de la Secretar韆 de la OMC para ayudar al p鷅lico a comprender la evoluci髇 de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretaci髇 jur韉ica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa informaci髇 se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del 觬gano de Soluci髇 de Diferencias.


Grupos Especiales establecidos Volver al principio

Asunto DS211: Egipto ?Medidas antidumping definitivas aplicadas a las barras de refuerzo de acero procedentes de Turqu韆.

Turqu韆 volvi?a solicitar el establecimiento de un grupo especial. (La primera solicitud se hizo en la reuni髇 celebrada el 16 de mayo de 2001.) Egipto reiter?su convencimiento de que sus medidas eran compatibles con la OMC. El OSD acord?establecer un Grupo Especial. Las Comunidades Europeas, Chile, los Estados Unidos y el Jap髇 se reservaron el derecho a participar como terceros en las actuaciones del grupo especial.

  
Asunto DS227: Per??Tributaci髇 aplicada a los cigarrillos.

Chile lament?que no se hubiera podido llegar a un acuerdo con el Per?y solicit? por segunda vez, el establecimiento de un grupo especial. El Per?dijo que hubiera preferido proseguir las consultas y esperaba todav韆 que se pudiera llegar a un acuerdo. El OSD acord?establecer un Grupo Especial. Ninguna delegaci髇 manifest?su inter閟 en participar como terceros.

  
  
Establecimiento de grupos especiales aplazado Volver al principio

Se aplaz?el establecimiento de los siguientes grupos especiales: Asunto DS206: Estados Unidos ?Aplicaci髇 de medidas antidumping y compensatorias a las chapas de acero procedentes de la India, solicitud presentada por la India; Asunto DS231: Comunidades Europeas ?Denominaci髇 comercial de sardinas, solicitud presentada por el Per? Asunto DS219: Comunidades Europeas ?Derechos antidumping sobre los accesorios de tuber韆 de fundici髇 maleable procedentes del Brasil, solicitud presentada por el Brasil.

 
  

Informes de situaci髇: Vigilancia de la aplicaci髇 de las recomendaciones adoptadas por el OSD Volver al principio

Asunto 27: Comunidades Europeas ?R間imen para la importaci髇, venta y distribuci髇 de bananos

Las CE dijeron que hab韆n finalizado la aplicaci髇 de la primera etapa de su r間imen transitorio y que estaban preparando en la actualidad la segunda etapa, que comenzar韆 a partir del 1?de enero de 2002. Las CE dijeron asimismo que la aplicaci髇 de la segunda etapa depend韆 de que obtuvieran una exenci髇 del Consejo del Comercio de Mercanc韆s para su 揂cuerdo de Cotonou? el nuevo acuerdo preferencial entre las CE y los pa韘es ACP.

Las partes en la diferencia dijeron que supervisar韆n las medidas adoptadas en la CE.



Asunto 76: Jap髇 ?Medidas que afectan a los productos agr韈olas

El Jap髇 dijo que modificar韆 en breve sus reglamentaciones pertinentes. Los Estados Unidos instaron al Jap髇 a que lo hiciera lo antes posible. Las CE expresaron su preocupaci髇 acerca del retraso del Jap髇 en la aplicaci髇.

  
 
Asunto 34: Turqu韆 ?Restricciones a las importaciones de productos textiles y de vestido

Turqu韆 y la India dijeron que segu韆n manteniendo conversaciones y que esperaban encontrar pronto una soluci髇 mutuamente aceptable, a la espera de la plena aplicaci髇.

  
  
Aplicaci髇 de las recomendaciones del OSD Volver al principio

Asunto 177/178: Estados Unidos ?Medidas de salvaguardia respecto de las importaciones de carne de cordero fresca, refrigerada o congelada procedentes de Nueva Zelandia y Australia

Los Estados Unidos dijeron que se propon韆n dar aplicaci髇 a las recomendaciones, si bien necesitar韆n un plazo prudencial para ello. Australia, Nueva Zelandia y las CE acogieron positivamente la disposici髇 mostrada por los Estados Unidos para cumplir las recomendaciones, si bien lamentaron que los Estados Unidos no estuvieran en condiciones de darles cumplimiento inmediatamente. Dijeron que la eliminaci髇 de las medidas de salvaguardia era la 鷑ica forma de dar aplicaci髇 a las recomendaciones.

  
  
Pr髕ima reuni髇 Volver al principio

La pr髕ima reuni髇 ordinaria del 觬gano de Soluci髇 de Diferencias se celebrar?el 24 de julio de 2001.


C髆o buscar y descargar documentos oficiales

Para buscar los documentos relativos a las diferencias pulse en este enlace para acceder a la base de datos documental en l韓ea de la OMC.

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