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NOTICIAS: NOTICIAS 2004
觬gano de Soluci髇 de Diferencias,
30 de julio de 2004
El OSD establece un Grupo Especial sobre el cumplimiento para examinar las medidas del Jap髇 relativas a las manzanas y remite a arbitraje la solicitud de sanciones de los Estados Unidos
En la reuni髇 del OSD celebrada el 30 de julio de 2004, los Estados Unidos solicitaron que se estableciera un grupo especial sobre el cumplimiento para examinar la compatibilidad con la OMC de las medidas fitosanitarias recientemente revisadas. Al mismo tiempo, los Estados Unidos solicitaron la autorizaci髇 para suspender concesiones.
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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la Divisi髇 de Informaci髇 y
Relaciones con los Medios de Comunicaci髇 de la Secretar韆 de la OMC
para ayudar al p鷅lico a comprender la evoluci髇 de las diferencias
en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretaci髇
jur韉ica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las
mismas, pues esa informaci髇 se puede encontrar en los propios
informes y actas de las reuniones del 觬gano de Soluci髇 de
Diferencias.
DS245:
Jap髇 ?Medidas que afectan a la importaci髇 de manzanas
En esta reuni髇 del OSD, los Estados Unidos solicitaron (WT/DS245/11)
el establecimiento de un grupo especial sobre el cumplimiento. Los Estados
Unidos consideraron que el Jap髇 no hab韆 puesto las nuevas medidas
fitosanitarias sobre las manzanas importadas de los Estados Unidos en
conformidad con las obligaciones que le corresponden en virtud del Acuerdo
MSF tras la expiraci髇 del plazo prudencial (30 de junio de 2004). El Jap髇
dijo que estaba decepcionado por el hecho de que los Estados Unidos no
reconocieran que las medidas modificadas que el Jap髇 adopt?cumpl韆n
plenamente las resoluciones del OSD. No obstante, el Jap髇 reconoci?el
derecho de los Estados Unidos de solicitar un grupo especial sobre el
cumplimiento. De conformidad con el acuerdo entre las dos partes sobre el
procedimiento (WT/DS245/10),
el Grupo Especial se estableci?en esta reuni髇 del OSD.
Al mismo tiempo, los Estados Unidos solicitaron autorizaci髇 para suspender
concesiones por un nivel de 143,4 millones de d髄ares EE.UU. anuales (WT/DS245/12).
Los Estados Unidos dijeron que ese nivel de suspensi髇 era equivalente al
nivel de la anulaci髇 resultante para los Estados Unidos como consecuencia
de que, al 30 de junio de 2004, el Jap髇 no hab韆 puesto sus medidas
fitosanitarias respecto de las manzanas en conformidad con sus obligaciones.
En una carta de fecha 29 de julio de 2004, el Jap髇 impugn?ese nivel y
solicit?un arbitraje sobre el nivel de retorsi髇 (WT/DS245/13).
Adem醩, ambas partes pidieron que, una vez que se constituyera el 醨bitro,
se suspendiera su arbitraje hasta la adopci髇 del informe del Grupo Especial
sobre el cumplimiento.
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Pr髕ima reuni髇
La pr髕ima reuni髇 del OSD est? prevista para el 31 de agosto de 2004.
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