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OMC: NOTICIAS 2005

觬gano de Soluci髇 de Diferencias, 1?de junio de 2005

El OSD establece un Grupo Especial sobre el cumplimiento para examinar la aplicaci髇 por los Estados Unidos de las recomendaciones y resoluciones adoptadas en el asunto relativo a la madera blanda ?Se somete a arbitraje la solicitud de sanciones presentada por el Canad?

En su reuni髇 celebrada el 1?de junio de 2005, el 觬gano de Soluci髇 de Diferencias estableci?a petici髇 del Canad?un Grupo Especial sobre el cumplimiento para que examinara la aplicaci髇 por los Estados Unidos de las recomendaciones y resoluciones adoptadas en el asunto 揈stados Unidos ?Determinaci髇 definitiva de la existencia de dumping respecto de la madera blanda procedente del Canad?quot; (DS264). El Canad?solicit?tambi閚 el derecho de aplicar sanciones contra los Estados Unidos, pero este pa韘 pidi?que se sometiera a arbitraje la cuant韆 de tales sanciones.

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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la Divisi髇 de Informaci髇 y Relaciones con los Medios de Comunicaci髇 de la Secretar韆 de la OMC para ayudar al p鷅lico a comprender la evoluci髇 de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretaci髇 jur韉ica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa informaci髇 se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del 觬gano de Soluci髇 de Diferencias.

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Solicitud de establecimiento de un grupo especial sobre el cumplimiento   

Al finalizar el per韔do concedido a un gobierno para que cumpla una resoluci髇, las partes en la diferencia discrepan en ocasiones acerca de si ese gobierno ha cumplido plenamente. En esas situaciones, la cuesti髇 puede remitirse al grupo especial que entendi?inicialmente en el asunto, que decidir?si la resoluci髇 ha sido aplicada de manera adecuada.

DS264: Estados Unidos ?Determinaci髇 definitiva de la existencia de dumping respecto de la madera blanda procedente del Canad?

El Canad?aleg?que los Estados Unidos no hab韆n cumplido las recomendaciones y resoluciones del OSD, puesto que en su nueva determinaci髇 segu韆n utilizando la pr醕tica de la reducci髇 a cero para determinar la existencia de dumping. El Canad?solicit?que el asunto fuera examinado por un grupo especial sobre el cumplimiento de conformidad con el p醨rafo 5 del art韈ulo 21 del ESD.

Los Estados Unidos respondieron que hab韆n puesto plenamente en aplicaci髇 las recomendaciones y resoluciones dentro del plazo acordado. Los Estados Unidos dijeron que estaban en desacuerdo con la afirmaci髇 del Canad?de que la nueva determinaci髇 de existencia de dumping realizada por el Departmento de Comercio no era compatible con el Acuerdo Antidumping de la OMC.

El OSD acord?remitir la cuesti髇 al Grupo Especial que hab韆 entendido inicialmente en el asunto. Las Comunidades Europeas, el Jap髇, la India y China se reservaron sus derechos como terceros.

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Solicitud de sanciones  

Si un gobierno no cumple una resoluci髇, la parte que gan?en la diferencia puede solicitar autorizaci髇 para suspender concesiones ? aplicar sanciones ?con respecto a la parte que incurri?en la infracci髇.

DS264: Estados Unidos ?Determinaci髇 definitiva de la existencia de dumping respecto de la madera blanda procedente del Canad?/b>

El Canad?pidi?autorizaci髇 para suspender la aplicaci髇 a los Estados Unidos de sus concesiones u otras obligaciones en una cuant韆 establecida anualmente, equivalente al nivel de anulaci髇 y menoscabo causado por la aplicaci髇 incorrecta de los Estados Unidos. En su solicitud presentada al OSD, el Canad?indic?que sus sanciones abarcar韆n intercambios comerciales por valor de 400 millones de d髄ares canadienses.

Los Estados Unidos se馻laron que, en una nota distribuida el 31 de mayo de 2005, hab韆n impugnado los niveles de la suspensi髇 de concesiones propuesta por el Canad?y que, por consiguiente, la cuesti髇 se hab韆 sometido autom醫icamente a arbitraje.

El OSD acord?que la cuesti髇 quedaba sometida a arbitraje.

A ra韟 de un acuerdo alcanzado entre el Canad?y los Estados Unidos antes de la reuni髇, el procedimiento relativo a las sanciones se suspendi? hasta que se adoptaran las resoluciones dictadas en el procedimiento sobre el cumplimiento previsto en el p醨rafo 5 del art韈ulo 21.

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Pr髕ima reuni髇  

La pr髕ima reuni髇 ordinaria del OSD se celebrar?el 20 de junio de 2005.

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