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Lo que est?ocurriendo en la OMC
NOTICIAS:  COMUNICADOS DE PRENSA 2000

Press/198
17 de noviembre de 2000

El Comit?del ATI aprueba el programa de trabajo sobre medidas no arancelarias

Los participantes en el Acuerdo de la OMC por el que se han eliminado los aranceles aplicados a los productos de tecnolog韆 de la informaci髇 (ATI) centran ahora su atenci髇 en los obst醕ulos no arancelarios existentes en este din醡ico sector del comercio.

El Comit?de Participantes sobre la Expansi髇 del Comercio de Productos de Tecnolog韆 de la Informaci髇 (el Comit?del ATI) aprob? el 13 de noviembre de 2000, un programa de trabajo de un a駉, repartido en tres fases, sobre medidas no arancelarias aplicadas a los productos comprendidos en el ATI.

Durante la primera fase, el Comit?compilar? para marzo de 2001, un cat醠ogo de las medidas no arancelarias que los participantes hayan identificado como impedimentos al comercio de los productos comprendidos en el ATI.

En la segunda fase, los participantes examinar醤 las repercusiones que tienen en la econom韆 y el desarrollo esas medidas sobre el comercio de los productos comprendidos en el ATI y los beneficios que puede entra馻r para los participantes encarar los efectos injustificados de distorsi髇 del comercio de dichas medidas.

La tercera fase quedar韆 concluida para noviembre de 2001 cuando el Comit?se re鷑a con objeto de examinar los resultados de las fases I y II.

El programa de trabajo se basa en una propuesta presentada por Australia y aprobada tras intensas consultas celebradas por la Presidenta del Comit?del ATI, la Sra. Elizabeth Chelliah (Singapur).

De acuerdo con la decisi髇 adoptada, el Comit? “podr? seg鷑 proceda, recurrir a la competencia t閏nica de los 髍ganos de reglamentaci髇 y de la industria y de los 髍ganos pertinentes de la OMC y otros organismos internacionales, respetando debidamente el car醕ter intergubernamental de la OMC”.

En el Simposio de la OMC sobre Tecnolog韆 de la Informaci髇 celebrado en julio del a駉 pasado, varios representantes de la industria de la tecnolog韆 de la informaci髇 se quejaron acerca de los obst醕ulos no arancelarios existentes en el sector, inclusive lo que, a su juicio, eran requisitos de prueba y certificaci髇 superfluos impuestos por varios pa韘es a los productos de tecnolog韆 de la informaci髇, y de los problemas con las licencias de importaci髇. Un orador dijo que entre 1989 y 1998 se hab韆 septuplicado el n鷐ero de normas de reglamentaci髇 y certificaciones para los productos de tecnolog韆 de la informaci髇 en todo el mundo, lo que, en su opini髇, supon韆 para los consumidores un coste adicional de cientos de millones de d髄ares.

En el Comit?del ATI, una serie de participantes ha presentado documentos sobre la experiencia nacional acerca de los beneficios de la reducci髇 o eliminaci髇 de los obst醕ulos no arancelarios aplicados a los productos de tecnolog韆 de la informaci髇. Los participantes tambi閚 han presentado respuestas a un cuestionario sobre las normas que aplican a esos productos.

Los 54 participantes actuales en el ATI (contando a las CE como 15) representan alrededor del 93 por ciento del comercio mundial de productos de tecnolog韆 de la informaci髇. El Acuerdo dispone la eliminaci髇 de todos los aranceles aplicados a los productos comprendidos en el ATI antes del 1?de enero de 2000, pero se han concedido a los pa韘es en desarrollo pr髍rogas de los plazos para la eliminaci髇 gradual respecto de determinados productos.

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Programa de trabajo sobre medidas no arancelarias  

El Comit?de Participantes sobre la Expansi髇 del Comercio de Productos de Tecnolog韆 de la Informaci髇 (el “Comit?#148;),

RECORDANDO que los Ministros reconocieron la importancia de las medidas no arancelarias y sus repercusiones en el comercio de productos de tecnolog韆 de la informaci髇 cuando convinieron en la necesidad de un examen de este tema en relaci髇 con los productos abarcados por la Declaraci髇 Ministerial sobre el Comercio de Productos de Tecnolog韆 de la Informaci髇, hecha en Singapur en diciembre de 1996 (el “ATI”), de conformidad con el p醨rafo 3 del Anexo del ATI,

OBSERVANDO que la liberalizaci髇 del comercio de productos de tecnolog韆 de la informaci髇 puede ayudar a los participantes a aprovechar los beneficios del comercio electr髇ico y de la econom韆 de la informaci髇, que contribuyen directamente a mejorar la competitividad y el desarrollo econ髆ico,

TOMANDO NOTA de que los aranceles sobre los productos comprendidos en el ATI ser醤 eliminados de conformidad con el acuerdo alcanzado y de que se est醤 celebrando consultas entre los participantes en lo que respecta a una mayor liberalizaci髇 arancelaria,

CONVINIENDO en que, junto con la liberalizaci髇 arancelaria, es necesario identificar las medidas no arancelarias que pueden afectar desfavorablemente la expansi髇 del comercio de los productos comprendidos en el ATI y examinar c髆o pueden reducirse o eliminarse los efectos injustificados de distorsi髇 del comercio de dichas medidas,

DESEANDO evitar toda duplicaci髇 en el trabajo llevado a cabo por los 髍ganos de la OMC en virtud de otros acuerdos y complementar tal trabajo,

ACOGIENDO CON BENEPL罜ITO el trabajo sobre medidas no arancelarias que el Comit?ya ha emprendido con la presentaci髇 por los participantes de documentos sobre experiencias en los distintos pa韘es,

ACUERDAN proseguir el programa de trabajo sobre medidas no arancelarias para los productos comprendidos en el ATI sobre la siguiente base:

Fase I: identificar medidas no arancelarias que constituyen impedimentos para el comercio de los productos comprendidos en el ATI;

 

Fase II: examinar las repercusiones que tienen en la econom韆 y el desarrollo esas medidas sobre el comercio de los productos comprendidos en el ATI y los beneficios que puede entra馻r para los participantes encarar los efectos injustificados de distorsi髇 del comercio de dichas medidas;

 

Fase III: examen formal por el Comit?de los resultados de las Fases I y II.

Para marzo de 2001, a m醩 tardar, el Comit?compilar?un cat醠ogo de las medidas no arancelarias que los participantes en el Comit?hayan identificado en sus comunicaciones como impedimentos al comercio de los productos comprendidos en el ATI. Las comunicaciones deber醤 incluir detalles espec韋icos del efecto de distorsi髇 del comercio que tengan las medidas no arancelarias identificadas. Adem醩, el Comit?acordar? modalidades para el comienzo de la Fase II tras la introducci髇 en el programa de trabajo de las modificaciones que puedan resultar necesarias.

El Comit?se reunir?para examinar los resultados de las Fases I y II a m醩 tardar en noviembre de 2001.

El Comit?podr? seg鷑 proceda, recurrir a la competencia t閏nica de los 髍ganos de reglamentaci髇 y de la industria y de los 髍ganos pertinentes de la OMC y otros organismos internacionales, respetando debidamente el car醕ter intergubernamental de la OMC.