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PRESS/101
3 de junio de 1998
La OMC ultima el marco para las subvenciones a favor del medio ambiente, las regiones desfavorecidas y la investigaci髇 y el desarrollo
Ya es plenamente operativo un sistema de la OMC que permite a los gobiernos establecer ciertos programas de subvenciones destinados a la protecci髇 del medio ambiente, la asistencia a regiones desfavorecidas y la promoci髇 de la investigaci髇 y el desarrollo, sin la adopci髇 de contramedidas por otros Miembros.
El marco de la OMC sobre subvenciones no recurribles fue completado el 2 de junio, fecha en que el Comit?de Subvenciones y Medidas Compensatorias adopt?el procedimiento de arbitraje vinculante para determinar la condici髇 de esos tipos de subvenciones. Previamente el Comit?hab韆 adoptado los dem醩 elementos del marco, que son los modelos para la notificaci髇 inicial de esos programas y para las notificaciones de actualizaci髇.
El Acuerdo sobre Subvenciones prev?que los gobiernos notifiquen los programas de subvenciones que consideren no recurribles antes de su aplicaci髇. El Comit?de Subvenciones examina esas notificaciones. Si el Comit?no llega a un consenso en cuanto a si un programa notificado cumple los criterios establecidos en el Acuerdo para ser tratado como no recurrible, cualquier Miembro puede solicitar un arbitraje vinculante para determinar la naturaleza del programa. El 髍gano arbitral debe presentar sus conclusiones en un plazo de 120 d韆s.
El texto completo del procedimiento de arbitraje (documento G/SCM/19) y los modelos para las notificaciones iniciales y las notificaciones de actualizaci髇 (documentos G/SCM/14 y G/SCM/13, respectivamente) est醤 disponibles en el sitio de la OMC en la Web (www.2n2y.com).