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PRESS/154
29 de noviembre de 1999
Elementos de cooperaci髇 entre la OMC y el PNUMA
El 29 de septiembre de 1995, mediante un canje de notas firmadas por el Director General de la OMC y el Secretario General de las Naciones Unidas, las Secretar韆s de ambas organizaciones concluyeron un acuerdo global. De conformidad con los mandatos confiados respectivamente a la Secretar韆 de la OMC y a la secretar韆 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), se reconoce la importancia de la cooperaci髇 y la colaboraci髇 entre ambas Secretar韆s en lo relativo a su labor sobre cuestiones de inter閟 mutuo.
El Director General de la OMC y el Director Ejecutivo del PNUMA han celebrado consultas, bas醤dose en el acuerdo global concluido entre las Naciones Unidas y la OMC, para fomentar la cooperaci髇 eficaz entre las dos Secretar韆s en las esferas de inter閟 mutuo y contribuir a alcanzar los fines de la Declaraci髇 de R韔. Queda entendido que la cooperaci髇 entre las Secretar韆s de la OMC y del PNUMA deber?abarcar medidas pr醕ticas capaces de contribuir al funcionamiento fluido y eficaz de ambas organizaciones en esferas en que la interacci髇 pueda ser de utilidad mutua. La finalidad de esta colaboraci髇 es mejorar las relaciones de trabajo entre ambas Secretar韆s, en todos los planos, comprendidas las actividades de cooperaci髇 t閏nica y las iniciativas de investigaci髇.
La cooperaci髇 entre la Secretar韆 de la OMC y del PNUMA abarcar? por lo tanto, la distribuci髇 y el intercambio de la informaci髇 pertinente no confidencial, comprendido el acceso a las bases de datos sobre cuestiones medioambientales relacionadas con el comercio y la representaci髇 rec韕roca en las reuniones de car醕ter no confidencial, de conformidad con las decisiones de los 髍ganos competentes de las respectivas organizaciones. En cuanto a la participaci髇 y representaci髇, cabe se馻lar que la Secretar韆 de la OMC tiene la condici髇 de observador en el Consejo de Administraci髇 del PNUMA, y el PNUMA, la condici髇 de observador en el Comit?de Comercio y Medio Ambiente de la OMC.
Las Secretar韆s de ambas organizaciones, sobre la base de la pr醕tica anterior, tambi閚 seguir醤 cooperando y colaborando, seg鷑 proceda, en particular mediante reuniones informales del personal y sesiones informativas, y de ser posible, con la participaci髇 de las Secretar韆s de los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente.
La creaci髇 de capacidades para los pa韘es en desarrollo y los pa韘es con econom韆s en transici髇 es otra forma de colaboraci髇 entre ambas Secretar韆s que ser韆 鷗il proseguir y reforzar, contribuyendo de esa forma a un conocimiento mejor de las relaciones entre comercio, medio ambiente y desarrollo sostenible y la elaboraci髇 de pol韙icas que incorporan consideraciones relativas al desarrollo sostenible a las pol韙icas comerciales. Ambas Secretar韆s est醤 dispuestas a trabajar de forma complementaria en el 醡bito de la cooperaci髇 t閏nica con el fin de mejorar la cooperaci髇 en todas las dem醩 esferas y aprovechar mejor los recursos disponibles.