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ENTENDER LA OMC: LOS ACUERDOS

Normas y seguridad

El art韈ulo 20 del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) permite a los gobiernos adoptar medidas que afecten al comercio con el fin de proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o preservar los vegetales, a condici髇 de que no sean discriminatorias ni se utilicen como un proteccionismo encubierto. Hay adem醩 dos acuerdos espec韋icos de la OMC que tratan de la inocuidad de los alimentos, la sanidad de los animales y la preservaci髇 de los vegetales, y de las normas sobre los productos en general. Ambos intentan determinar los medios de satisfacer la necesidad de aplicar normas y, al mismo tiempo, evitar el proteccionismo encubierto. Estas cuestiones est醤 adquiriendo m醩 importancia a medida que se van suprimiendo los obst醕ulos arancelarios hay quienes comparan esto a las rocas que aparecen en el mar cuando se retira la marea . En ambos casos, si un pa韘 aplica normas internacionales, es menos probable que sea impugnado jur韉icamente que si establece sus propias normas.


 

M醩 informaci髇 de introducci髇
> La OMC en pocas palabras

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Productos alimenticios y productos animales y vegetales: 縣asta d髇de es segura la seguridad?

Problema: 緾髆o se puede asegurar que los consumidores de un pa韘 reciben alimentos cuyo consumo es inocuo ?搃nocuo?seg鷑 las normas que cada pa韘 considera adecuadas? Y al mismo tiempo, 縞髆o se puede asegurar que los reglamentos estrictos en materia de salud y seguridad no se utilizan como excusa para proteger a los productores nacionales?

En un acuerdo destinado especialmente a las normas sobre inocuidad de los alimentos, sanidad de los animales y preservaci髇 de los vegetales el Acuerdo sobre la Aplicaci髇 de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias se establecen las normas fundamentales.

El Acuerdo autoriza a los pa韘es a establecer sus propias normas. Sin embargo, tambi閚 se estipula que las reglamentaciones se deben basar en principios cient韋icos. S髄o se deben aplicar en la medida necesaria para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales. Adem醩, no deben discriminar de manera arbitraria o injustificable entre pa韘es en que prevalezcan condiciones id閚ticas o similares.

Se alienta a los pa韘es Miembros a que utilicen las normas, directrices y recomendaciones internacionales, cuando existan. Si lo hacen, es poco probable que sean impugnados jur韉icamente en el marco de una diferencia sustanciada en la OMC. No obstante, los Miembros pueden aplicar normas m醩 rigurosas si existe una justificaci髇 cient韋ica. Tambi閚 pueden establecer normas m醩 rigurosas que se basen en una evaluaci髇 apropiada de los riesgos, siempre que el criterio sea coherente y no arbitrario. Y pueden aplicar en cierta medida el 損rincipio de precauci髇? un enfoque en el que se da la m醲ima prioridad a la seguridad frente a la incertidumbre cient韋ica. En el p醨rafo 7 del art韈ulo 5 del Acuerdo MSF se autoriza la adopci髇 temporal de medidas 損recautorias?

El Acuerdo autoriza asimismo a los pa韘es a utilizar normas y m閠odos diferentes para la inspecci髇 de los productos. Siendo as? 縞髆o puede un pa韘 exportador estar seguro de que las pr醕ticas que aplica a sus productos son aceptables en un pa韘 importador? Si un pa韘 exportador puede demostrar que las medidas que aplica a sus exportaciones logran el mismo nivel de protecci髇 sanitaria que las del pa韘 importador, se espera que el pa韘 importador acepte las normas y m閠odos del pa韘 exportador.

El Acuerdo contiene disposiciones en materia de procedimientos de control, inspecci髇 y aprobaci髇.Los gobiernos deben publicar avisos previos de los reglamentos sanitarios y fitosanitarios nuevos o de las modificaciones de los ya existentes, y establecer un servicio encargado de facilitar informaci髇. El Acuerdo complementa el relativo a los obst醕ulos t閏nicos al comercio.

> m醩 informaci髇 sobre medidas sanitarias y fitosanitarias

 

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Reglamentos t閏nicos y normas

Los reglamentos t閏nicos y las normas industriales son importantes, pero var韆n de un pa韘 a otro. Tener demasiadas normas diferentes hace la vida dif韈il a los productores y los exportadores. Las normas pueden convertirse en obst醕ulos para el comercio. Sin embargo, tambi閚 son necesarias por una diversidad de razones, desde la protecci髇 ambiental, pasando por la seguridad personal y la seguridad nacional, hasta la informaci髇 al consumidor. Y pueden ayudar al comercio. Por lo tanto, se plantea una vez m醩 la misma pregunta b醩ica: 縞髆o asegurar que las normas sean realmente 鷗iles, y no arbitrarias o una excusa para el proteccionismo?

El Acuerdo sobre Obst醕ulos T閏nicos al Comercio (OTC) trata de asegurar que los reglamentos, las normas y los procedimientos de prueba y certificaci髇 no creen obst醕ulos innecesarios.

Sin embargo, en el Acuerdo se reconoce tambi閚 el derecho de los pa韘es a adoptar las normas que consideren apropiadas; por ejemplo, para la protecci髇 de la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservaci髇 de los vegetales, para la protecci髇 del medio ambiente o en defensa de otros intereses de los consumidores. Por otra parte, no se impide a los Miembros adoptar las medidas necesarias para hacer cumplir sus normas. Pero existe un marco de principios que aportan contrapeso. Una mir韆da de reglamentos puede ser una pesadilla para los fabricantes y exportadores. La vida ser韆 m醩 f醕il si los gobiernos aplicaran normas internacionales, y el Acuerdo los alienta a que as?lo hagan. De cualquier modo, sean cuales fueren los reglamentos que utilicen, no han de ser discriminatorios.

El Acuerdo tambi閚 contiene un c骴igo de buena conducta por el que se rigen los 髍ganos gubernamentales, no gubernamentales o industriales para la preparaci髇, adopci髇 y aplicaci髇 de normas voluntarias. Son m醩 de 200 los 髍ganos de normalizaci髇 que aplican el c骴igo.

El Acuerdo estipula que los procedimientos utilizados para decidir si un producto est?en conformidad con las normas pertinentes tienen que ser justos y equitativos. Se desaconseja la utilizaci髇 de m閠odos que den a los bienes de producci髇 nacional una ventaja injusta. El Acuerdo fomenta tambi閚 el reconocimiento mutuo entre los pa韘es de los procedimientos de evaluaci髇 de la conformidad. Sin ese reconocimiento, tal vez habr韆 que duplicar las pruebas de las mercanc韆s, llev醤dolas a cabo primero en el pa韘 exportador y luego en el pa韘 importador.

Los fabricantes y los exportadores necesitan saber cu醠es son las normas que se aplican en sus posibles mercados. Para contribuir a que esa informaci髇 se facilite de manera conveniente, se exige a todos los gobiernos Miembros de la OMC que establezcan servicios nacionales de informaci髇 y se mantengan mutuamente informados por conducto de la OMC ?alrededor de 900 reglamentos nuevos o modificados se notifican cada a駉. El Comit?de Obst醕ulos T閏nicos al Comercio es el principal centro de intercambio de informaci髇 para los Miembros y tambi閚 el foro principal para el examen de las inquietudes relacionadas con los reglamentos y su aplicaci髇.

> m醩 informaci髇 sobre obst醕ulos t閏nicos al comercio

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縇as normas internacionales de qui閚?

En un anexo del Acuerdo sobre la Aplicaci髇 de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias se citan los siguientes nombres:

Comisi髇 del Codex Alimentarius FAO/OMS:  para los alimentos

la Organizaci髇 Mundial de Sanidad Animal (Oficina Internacional de Epizootias):  para la sanidad animal

la Secretar韆 de la Convenci髇 Internacional de Protecci髇 Fitosanitaria de la FAO:  para la preservaci髇 de los vegetales.

Los gobiernos pueden a馻dir otras organizaciones o acuerdos internacionales en los que puedan participar todos los Miembros de la OMC.

Cuando los miembros aplican estas normas, es poco probable que sean objeto de una impugnaci髇 jur韉ica en el marco de una diferencia sustanciada en la OMC.

 

 

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