ACUERDO SOBRE CONTRATACI覰 P贐LICA
Notificaciones
La notificaci髇 de informaci髇 pertinente por las partes es una forma importante de asegurar la transparencia y previsibilidad de sus reg韒enes de contrataci髇 p鷅lica. En el Acuerdo sobre Contrataci髇 P鷅lica (ACP de 2012) y diversas decisiones del Comit?de Contrataci髇 P鷅lica se detallan las obligaciones de notificaci髇 de las Partes.
Las Partes en el Acuerdo sobre Contrataci髇 P鷅lica est醤 obligadas a notificar al Comit?de Contrataci髇 P鷅lica la siguiente informaci髇:
- estadísticas sobre contratación pública
- valores de umbral para la contratación pública en moneda nacional
- legislación nacional de aplicación en materia de contratación pública
- modificación de las listas de compromisos
- medios para la publicación de información sobre contratación pública
Puede consultarse una recopilación completa de los documentos relativos a las notificaciones en la nota de la Secretaría titulada “Recopilación sistemática de notificaciones en virtud del Acuerdo sobre Contratación Pública”, que se actualiza periódicamente para incluir los documentos más recientes ( GPA/S/3 ).
La información pertinente sobre las obligaciones de notificación en virtud del ACP de 2012 figura también en el Portal de Notificaciones de la OMC, en el portal e-ACPy en el Manual de Cooperaci髇 T閏nica sobre Prescripciones en materia de Notificaci髇.
volver al principioComunicaci髇 de estad韘ticas relativas a la contrataci髇
Cada Parte recopilar?y comunicar?al Comit?las estad韘ticas relativas a los contratos abarcados por el ACP de 2012 que haya celebrado. Cada informe abarcar?un per韔do de un a駉 y ser?presentado en un plazo de dos a駉s contados a partir del final del per韔do sobre el que se informa (art韈ulo XVI:4 del ACP de 2012).
Las notificaciones de las Partes sobre estad韘ticas de contrataci髇 recibidas hasta la fecha pueden consultarse en el Portal de Notificaciones de la OMC y en el portal e-ACP.
volver al principioValores de umbral establecidos en el Ap閚dice I del ACP de 2012 expresados en moneda nacional
De conformidad con la Decisi髇 sobre las modalidades de notificaci髇 de los valores de umbral expresados en moneda nacional (v閍se el documento GPA/1, anexo 3), cada Parte deber?notificar los valores de umbral que figuran en su lista de cobertura y que se expresan en derechos especiales de giro (DEG) en la respectiva moneda nacional.
Los valores de umbral expresados en moneda nacional se fijan por un per韔do de dos a駉s.
Las notificaciones recibidas hasta la fecha est醤 disponibles en el portal e-ACP y en la Portal de Notificaciones de la OMC y en el portal e-ACP
volver al principioLegislaci髇 interna relacionada con el Acuerdo
Cada Parte tiene la obligaci髇 permanente no peri骴ica de notificar las modificaciones introducidas en sus leyes y reglamentos que tengan relaci髇 con el ACP y en la aplicaci髇 de dichas leyes y reglamentos (v閍se el art韈ulo XXII:5 del ACP de 2012). En determinadas condiciones y en el caso de modificaciones no sustantivas, la Decisi髇 del Comit?sobre las prescripciones de notificaci髇 establecidas en los art韈ulos XIX y XXII del Acuerdo ofrece flexibilidad para presentar las notificaciones anualmente (GPA/113, anexo A).
Adem醩, la Decisi髇 del Comit?de 1996 (GPA/1/Add.1) establece que las Partes en el Acuerdo deben presentar a la Secretar韆 de la OMC los textos completos de su legislaci髇 b醩ica sobre contrataci髇 p鷅lica en el idioma original, as?como un resumen de la misma y de otra legislaci髇 pertinente en uno de los idiomas oficiales de la Organizaci髇. Las Partes deben facilitar respuestas a la lista de cuestiones sobre su legislaci髇 nacional y sus disposiciones institucionales.
Las notificaciones recibidas hasta la fecha pueden consultarse en el Portal de Notificaciones de la OMC.
volver al principioModificaciones y rectificaciones del 醡bito de aplicaci髇 (Ap閚dice I) en el marco del ACP de 2012
Las Partes tienen la obligaci髇 permanente no peri骴ica de notificar al Comit?las rectificaciones propuestas, las transferencias de una entidad de un anexo a otro, el retiro de una entidad, u otras modificaciones de su lista de cobertura (art韈ulo XIX del ACP de 2012). En determinadas condiciones, la Decisi髇 del Comit?sobre las prescripciones de notificaci髇 establecidas en los art韈ulos XIX y XXII del Acuerdo ofrece flexibilidad para presentar las notificaciones cada dos a駉s (GPA/113 , anexo A).
Las Partes afectadas por una modificaci髇 propuesta podr醤 notificar al Comit?sus objeciones a la misma. La Parte modificante o cualquier Parte objetante podr?establecer procedimientos de arbitraje destinados a facilitar la resoluci髇 de objeciones presentando una notificaci髇 a tal efecto (art韈ulo XIX del ACP de 2012 y la Decisi髇 del Comit?sobre los procedimientos de arbitraje) (GPA/139)). Estas notificaciones, as?como cualesquiera otras relacionadas con la modificaci髇 de las listas, son documentos de car醕ter reservado a los que solo pueden acceder los Gobiernos de las Partes en el ACP y los observadores en el Comit? Se suprimir?autom醫icamente su car醕ter reservado cuando se efect鷈 la certificaci髇 de las modificaciones pertinentes.
Las notificaciones pertinentes pueden consultarse en el portal e-ACP y en la Portal de Notificaciones de la OMC.
volver al principioModificaci髇 de la informaci髇 sobre el sistema de contrataci髇 que figure en el Ap閚dice II, III o IV del ACP de 2012
El ACP de 2012 obliga a las Partes a proporcionar informaci髇 sobre los medios que emplean para publicar informaci髇 sobre contrataci髇 p鷅lica (por ejemplo, sobre legislaci髇 relativa a la contrataci髇 p鷅lica, avisos de contrataci髇, etc.). La informaci髇 figura en distintos ap閚dices del Acuerdo.
- Ap閚dice II — Leyes, reglamentos, decisiones judiciales, resoluciones administrativas, cl醬sulas contractuales y procedimientos relativos a la contrataci髇 p鷅lica abarcada
- Ap閚dice III — Avisos de contrataci髇, listas de uso m鷏tiple de proveedores, informaci髇 sobre la adjudicaci髇
- Ap閚dice IV — Estad韘ticas relativas a la contrataci髇 p鷅lica
Cada Parte tiene la obligaci髇 permanente no peri骴ica de notificar prontamente al Comit?toda modificaci髇 de la informaci髇 que figure en el Ap閚dice II, III o IV del ACP de 2012 (art韈ulo VI:3 del ACP de 2012).
La informaci髇 facilitada por las Partes est?disponible en el portal e-ACP.
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