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El Acuerdo sobre Tecnolog韆 de la Informaci髇 (ATI)
El Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ATI) fue concluido por 29 participantes en la Conferencia Ministerial de Singapur en diciembre de 1996. Desde entonces, el número de participantes ha aumentado a 84, lo que representa alrededor del 97% del comercio mundial de productos de tecnología de la información. Los participantes se han comprometido a suprimir totalmente los aranceles que gravan los productos de tecnología de la información abarcados por el Acuerdo. En la Conferencia Ministerial de Nairobi, celebrada en diciembre de 2015, más de 50 Miembros convinieron en ampliar la cobertura del Acuerdo a otros 201 productos. El valor del comercio anual de esos productos supera los 1,3 billones de dólares.
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Introducci髇
El Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ATI) fue concertado en diciembre de 1996 en el marco de la primera Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada en Singapur.
Las exportaciones mundiales de productos comprendidos en el ATI se han cuadruplicado con creces desde 1996, hasta alcanzar los USD 2,5 billones en 2021.
La exportación de productos en el marco de la ampliación del ATI, acordada en 2015, se estima en unos USD 2,1 billones.
Introducci髇 al Acuerdo sobre Tecnolog韆 de la Informaci髇
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El mandato
El mandato del ATI consiste en eliminar y consolidar los derechos de aduana y los demás derechos y cargas a un tipo nulo para unos 200 productos de tecnología de la información enumerados en el Anexo de la Declaración Ministerial, a fin de propiciar el libre comercio entre los Miembros de la OMC. Este compromiso se incorpora a las Listas de concesiones de los Miembros de la OMC y se aplica sobre la base del trato de la nación más favorecida (NMF), lo que significa que incluso los no participantes se benefician de las eliminaciones arancelarias. El ATI también contiene disposiciones destinadas a ampliar los productos comprendidos y abordar los obstáculos no arancelarios a fin de reflejar los avances tecnológicos y la evolución de las necesidades comerciales.
Se pueden consultar las decisiones de los órganos de la OMC relativas al Acuerdo sobre Tecnología de la Información en las diferencias por temas - Guía de las normas y usos de la OMC.
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Listas relativas al ATI
En el ATI se exige que cada participante elimine y consolide a un tipo nulo los derechos de aduana y los demás derechos y cargas de sus aranceles de aduanas para los productos comprendidos en el ATI. Las listas de los participantes pueden consultarse aquí.
Aquí puede consultarse un panorama general de la situación de la aplicación del ATI, incluida la lista más actualizada de los Miembros participantes y la situación de la incorporación de sus compromisos en las Listas de concesiones de la OMC. Este documento se actualiza periódicamente.
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Comit?de Participantes sobre la Expansi髇 del Comercio de Productos de Tecnolog韆 de la Informaci髇
El Comit?de Participantes sobre la Expansi髇 del Comercio de Productos de Tecnolog韆 de la Informaci髇 supervisa la aplicaci髇 del acuerdo de ampliaci髇 del Acuerdo sobre Tecnolog韆 de la Informaci髇 y sirve de foro para que los Miembros planteen y aborden preguntas y preocupaciones conexas. Actualmente est?presidido por .
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Ampliaci髇 del ATI
- Declaraci髇 Ministerial sobre la expansi髇 del comercio de productos de tecnolog韆 de la informaci髇
- Ampliaci髇 del ATI — Proyectos de listas
- Nota informativa: Expansi髇 del comercio de productos de tecnolog韆 de la informaci髇