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Lo que est?ocurriendo en la OMC
NOTICIAS: NOTICIAS 2001

COMIT? DE MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS, 10?1 de JULIO DE 2001

El Comit?MSF examina las cuestiones relativas a la fiebre aftosa, la EEB y la equivalencia



En la reuni髇 del Comit?de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias celebrada los d韆s 10 y 11 de julio de 2001, la UE inst?a los dem醩 Miembros de la OMC a que ajustaran m醩 sus medidas comerciales a las normas cient韋icas e internacionales, dada la actual remisi髇 de la epidemia de fiebre aftosa. En la reuni髇 tambi閚 se examinaron otras cuestiones concretas como por ejemplo la 揺nfermedad de las vacas locas?(EEB) y la 揺quivalencia?de las medidas sanitarias y fitosanitarias, tema del que tambi閚 se ocupa el Consejo General en sus deliberaciones sobre la aplicaci髇 de los Acuerdos de la OMC existentes.


RESUMEN NO OFICIAL DE LA REUNI覰, PREPARADO POR LA DIVISI覰 DE INFORMACI覰 Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACI覰 DE LA SECRETAR虯 DE LA OMC PARA FACILITAR LA COMPRENSI覰 DEL P贐LICO. EL INFORME RESUMIDO OFICIAL DE LA SECRETAR虯 (AN罫OGO AL ACTA DE LA REUNI覰) ES EL 贜ICO DOCUMENTO AUTORIZADO Y DETALLADO.



?b>Medidas Sanitarias y Fitosanitarias?= Medidas o normas relativas a la inocuidad de los alimentos, la salud de los animales y la preservaci髇 de los vegetales


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M醩 informaci髇 sobre las medidas sanitarias y fitosanitarias

 

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Discursos: Mike Moore


Entre las cuestiones que generaron un debate m醩 extenso cabe mencionar las siguientes:


Fiebre aftosa  volver al principio

Esta cuesti髇 fue examinada en el marco de distintos puntos del orden del d韆. La UE facilit?la informaci髇 m醩 reciente sobre la situaci髇 entre sus miembros. En el Reino Unido el n鷐ero de nuevos casos ha disminuido considerablemente, al pasar de m醩 de 40 casos diarios en el peor momento de la epidemia a cifras de un solo d韌ito. En Francia e Irlanda no se han producido nuevos casos desde abril (los brotes en estos dos pa韘es se debieron a importaciones procedentes del Reino Unido) y ambos pa韘es pudieron restablecer en junio la situaci髇 de pa韘 libre de fiebre aftosa. En los Pa韘es Bajos la campa馻 de vacunaci髇 ha detenido la propagaci髇 y en agosto, seg鷑 dijo la UE, podr?restablecerse la situaci髇 de pa韘 libre de fiebre aftosa.

> M醩 informaci髇 en el sitio Web de la Comisi髇 de la UE

La UE dijo que, si bien entend韆 las medidas de urgencia adoptadas por sus interlocutores comerciales, consideraba que en estos momentos las restricciones aplicadas a los productos procedentes de toda la UE o a los productos que no transmiten la enfermedad eran inaceptables. La UE inst?a los pa韘es a que aplicaran las recomendaciones de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE u Organizaci髇 Mundial para la Salud Animal) y a que limitaran sus medidas a los productos procedentes de regiones en las que exist韆 el riesgo, en vez de aplicarlas a toda la UE.

La UE dijo que los controles fronterizos internos suprimidos en el marco del mercado 鷑ico europeo hab韆n sido sustituidos por un control y una supervisi髇 m醩 estrictos del origen del ganado y de los productos y que, por consiguiente, no era cierto que el transporte dentro de la Uni髇 facilitara la propagaci髇 de la enfermedad.

La UE inst?al Comit?MSF a que mostrara firmeza frente a medidas 搃njustificadas? e impedir as?que se sentara un precedente al tolerarlas.

La Argentina plante?preocupaciones an醠ogas acerca de las medidas adoptadas respecto de sus productos ante los brotes que se hab韆n producido en algunas regiones del pa韘. El Uruguay dijo asimismo que las restricciones respecto de algunos productos tales como los productos l醕teos tratados a temperaturas muy elevadas (UHT) eran injustificadas.

Algunos pa韘es como los Estados Unidos y Australia dijeron que hab韆n impuesto restricciones para poder hacer frente al riesgo que planteaba esa grave enfermedad, pero que estaban supervisando la situaci髇 y adaptando sus medidas. Los Estados Unidos dijeron que en la actualidad las restricciones se aplicaban a los productos procedentes del Reino Unido, Irlanda, Francia y los Pa韘es Bajos y felicitaron a la UE por las medidas en閞gicas y r醦idas que hab韆 adoptado.

Australia dijo que ten韆 que proteger los 120 millones de reses de su caba馻 ovina, pero que hab韆 suprimido las restricciones respecto de los productos procedentes de Austria y Dinamarca y estaba examinando la situaci髇 con las autoridades francesas.

Sud醘rica inform?al Comit?de los recientes brotes que se hab韆n producido en el pa韘. Indonesia formul?una queja acerca de la prohibici髇 impuesta por el Jap髇 a la ca馻 de az鷆ar (utilizada como pienso) sobre la base del riesgo de propagaci髇 de la fiebre aftosa y dijo que la OIE hab韆 declarado que el pa韘 estaba libre de la enfermedad e insisti?en que la ca馻 de az鷆ar no pod韆 transmitir la fiebre aftosa. El Jap髇 respondi?que estaba a la espera de recibir informaci髇 adicional de Indonesia.


Enfermedad de las vacas locas  volver al principio

La encefalopat韆 espongiforme bovina (EEB o enfermedad de las vacas locas) tambi閚 se examin?en el marco de distintos puntos del orden del d韆. La UE inform?al Comit?de que el 1?de julio hab韆n entrado en vigor nuevos reglamentos sobre las encefalopat韆s espongiformes transmisibles (EET, el grupo m醩 amplio de enfermedades cerebrales degenerativas que pueden trasmitirse entre personas o especies, y entre las que figura la EEB). En la reglamentaci髇 se incluye una clasificaci髇 de pa韘es, tanto dentro como fuera de la UE, en funci髇 del riesgo y basada en la clasificaci髇 de la OIE. Las medidas afectan a las importaciones, a las exportaciones y al comercio dentro de la UE.

> M醩 informaci髇 en el sitio Web de la Comisi髇 de la UE

Los pa韘es que se consideran zonas libres de EEB, en particular el Canad?y los Estados Unidos, cuestionaron el m閠odo utilizado por la UE para hacer evaluaciones regionales del riesgo de EEB. Australia y Nueva Zelandia dijeron que las medidas de urgencia introducidas recientemente se sustituir韆n pronto por medidas permanentes.

El Per? Chile y los Estados Unidos expresaron su preocupaci髇 acerca de las restricciones impuestas por la UE a la utilizaci髇 de harinas de pescado como pienso para los rumiantes (ganado ovino, bovino, etc.). Dijeron que la prohibici髇 era injustificada porque la harina de pescado no transmite la EEB. Chile dijo que su harina de pescado no procede de peces criados en viveros. El Per?dijo que la restricci髇 estaba creando desempleo.

La UE dijo que segu韆 examinando la reglamentaci髇 y tratando de reducir al m韓imo las repercusiones en el comercio. La UE se馻l? que era necesario obrar con cautela para evitar contaminaciones cruzadas con otros ingredientes de los piensos. La harina de pescado no est?prohibida, pero s?se aplican condiciones estrictas para su utilizaci髇 en la UE, por ejemplo se puede utilizar para alimentaci髇 de animales no rumiantes si se produce en f醔ricas especializadas, etc.


Otras cuestiones espec韋icas  volver al principio

Entre las dem醩 cuestiones examinadas cabe mencionar las siguientes:

  • El 3-MCPD en la salsa de soja: la ASEAN acogi?con satisfacci髇 el anuncio hecho por la UE de que en breve se aplicar韆n l韒ites menos estrictos.

  • Los Estados Unidos, Nueva Zelandia y Chile se quejaron de las restricciones aplicadas por el Jap髇 a las manzanas para luchar contra la niebla del peral y del manzano, una enfermedad bacteriana, porque, seg鷑 dijeron, las investigaciones cient韋icas demuestran que el riesgo de transmisi髇 es insignificante.

  • La UE se quej?de que las medidas que aplican los Estados Unidos a las importaciones de plantas en tiesto entra馻n tr醡ites largos y complicados.

  • El Ecuador dijo que sospecha que el sistema de certificaci髇 de Turqu韆 para las importaciones de bananos responde al prop髎ito de proteger los bananos nacionales durante la temporada de recolecci髇.

  • Bolivia, con el respaldo del Brasil, Chile, la Argentina y la India, reiter?su queja acerca de los niveles m醲imos de aflatoxinas permitidos por la UE respecto de las nueces procedentes del Brasil y otros tipos de nueces.

  • Los Estados Unidos, con el respaldo de la UE y de la ASEAN, reiter? su queja respecto del tiempo que Australia estaba tardando en autorizar las importaciones de uvas de mesa de California. Australia dijo que necesitaba tiempo para evaluar el riesgo de la 揷hicharrita de alas cristalinas? Los Estados Unidos dijeron que la plaga ten韆 su alimento, viv韆 y pon韆 sus huevos en las uvas de mesa y se propagaba durante su transporte.

En el marco del punto 揙tros asuntos?se plantearon otras 12 cuestiones que podr醤 examinarse m醩 detenidamente en el futuro.


Equivalencia
(cuesti髇 relativa a la aplicaci髇 de la que tambi閚 se ocupa el
Consejo General en el marco de los preparativos de la Conferencia Ministerial de Doha)  volver al principio

Se trata del reconocimiento por los pa韘es de que distintas medidas pueden ser equivalentes para proporcionar el mismo nivel de protecci髇 sanitaria frente a los riesgos de enfermedad o contaminaci髇.

Se prosiguieron las deliberaciones sobre esta cuesti髇. La Secretar韆 ha recopilado las ideas presentadas hasta la fecha y ha identificado cinco cuestiones, a saber, si los requisitos aplicables en un pa韘 exportador han de ser los mismos que los exigidos en el pa韘 importador, las cargas administrativas que se derivan de los acuerdos que reconocen la equivalencia, el 搉ivel adecuado de protecci髇? la armonizaci髇 internacional y la transparencia y confianza.

La Argentina present?un nuevo documento en el que se examinaba, entre otras cuestiones, el an醠isis de la equivalencia sobre la base de productos espec韋icos y no sobre la totalidad de los sistemas nacionales de control.

A finales de julio o en septiembre se podr韆 celebrar una reuni髇 adicional para desarrollar ideas concretas para el Consejo General.

Explicaci髇: Las medidas sanitarias y fitosanitarias tienen por objeto reducir a niveles aceptables los riesgos para los consumidores, los animales o los vegetales. A menudo existen diversos medios para lograr niveles de riesgo aceptables. Siempre que esos medios sean viables desde el punto de vista t閏nico y econ髆ico y garanticen el mismo nivel de inocuidad de los alimentos o de salud de los animales y preservaci髇 de los vegetales, los gobiernos deben optar por los que no entra馿n un grado de restricci髇 del comercio mayor del requerido para lograr sus objetivos de salud. Adem醩, si otro pa韘 demuestra que las medidas por 閘 aplicadas garantizan el mismo nivel de protecci髇 sanitaria, 閟tas deben aceptarse como medidas equivalentes. Ello contribuye a asegurar que se mantenga la protecci髇 y garantiza al mismo tiempo que los consumidores dispongan de la mayor cantidad y variedad posible de productos alimenticios inocuos, que se facilite el acceso de los productores a insumos inocuos y que exista una competencia saludable en la esfera econ髆ica. (Art韈ulo 4 del Acuerdo MSF.)

Los pa韘es en desarrollo en concreto dicen que los pa韘es desarrollados no se esfuerzan lo bastante para aceptar que las medidas que adoptan respecto de los productos exportados ofrecen niveles de protecci髇 equivalentes a los que se exigen en los pa韘es desarrollados. Esta reclamaci髇 es una de las numerosas cuestiones que se han planteado en el Consejo General de la OMC en el marco de las cuestiones relativas a la 揳plicaci髇?

蓅ta fue la segunda reuni髇 de 2001, que se celebr?bajo la presidencia del Sr. William Ehler del Uruguay. La pr髕ima reuni髇 se celebrar? los d韆s 31 de octubre y 1?de noviembre de 2001, y es posible que se celebre una reuni髇 m醩 sobre la 揺quivalencia?antes de esas fechas.