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Lo que est?ocurriendo en la OMC
NOTICIAS: NOTICIAS 2001

觬gano de Soluci髇 de Diferencias, 5 de noviembre de 2001

El OSD adopta los informes relativos a la diferencia sobre los textiles entre el Pakist醤 y los Estados Unidos


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> Diferencias en la OMC

 

NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la Divisi髇 de Informaci髇 y Relaciones con los Medios de Comunicaci髇 de la Secretar韆 de la OMC para ayudar al p鷅lico a comprender la evoluci髇 de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretaci髇 jur韉ica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa informaci髇 se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del 觬gano de Soluci髇 de Diferencias.

DS192:  Estados Unidos ?Medida de salvaguardia de transici髇 aplicada a los hilados peinados de algod髇 procedentes del Pakist醤
En su reuni髇 de 5 de noviembre de 2001, el OSD adopt?el informe del 觬gano de Apelaci髇 sobre la diferencia 揈stados Unidos ? Medida de salvaguardia de transici髇 aplicada a los hilados peinados de algod髇 procedentes del Pakist醤? as?como el informe del Grupo Especial. El Pakist醤, que hab韆 sido objeto de una resoluci髇 favorable, dijo que era la primera reclamaci髇 que presentaba por separado en el marco de los procedimientos de soluci髇 de diferencias de la OMC.

  
DS236: Estados Unidos ?nbsp; Determinaciones preliminares con respecto a determinada madera blanda procedente del Canad?/b>
Los Estados Unidos dijeron que no estaban dispuestos a aceptar que en esa reuni髇 se diera curso a la primera solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por el Canad?

  
DS189: Argentina ?Medidas antidumping definitivas aplicadas a las importaciones de baldosas de cer醡ica para el suelo procedentes de Italia
El OSD adopt?el informe del Grupo Especial. La resoluci髇 fue favorable a la Uni髇 Europea. La Argentina dijo que no estaba satisfecha con la resoluci髇 pero que hab韆 decidido no presentar un recurso en apelaci髇, habida cuenta de que los recursos del sistema son limitados y deben utilizarse con prudencia.

En el asunto (DS27/51) las CE presentaron un informe de situaci髇 sobre la aplicaci髇 de las recomendaciones y resoluciones con respecto a la diferencia sobre los bananos y dijeron que las CE prosegu韆n activamente los trabajos relacionados con los instrumentos jur韉icos que se requieren para la aplicaci髇 del nuevo r間imen a partir del 1?de enero de 2002. Las CE tambi閚 acogieron con satisfacci髇 el hecho de que se hubiera iniciado el procedimiento de examen de las exenciones solicitadas en relaci髇 con su asociaci髇 con los pa韘es ACP. Algunos exportadores de bananos de Am閞ica Latina expresaron su preocupaci髇 acerca de las consecuencias de esa exenci髇.

El OSD aprob?asimismo las tres candidaturas propuestas por la Argentina para su inclusi髇 en la lista de integrantes de grupos especiales.

El OSD adopt?el informe del Grupo Especial. La resoluci髇 fue favorable a la Uni髇 Europea. La Argentina dijo que no estaba satisfecha con la resoluci髇 pero que hab韆 decidido no presentar un recurso en apelaci髇, habida cuenta de que los recursos del sistema son limitados y deben utilizarse con prudencia.
  
  
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El 21 de noviembre se celebrar?una reuni髇 extraordinaria del OSD y la pr髕ima reuni髇 ordinaria tendr?lugar el 18 de diciembre.

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