国产麻豆一精品一av一免费,亚洲av无码日韩av无码网址,夜精品无码a片一区二区蜜桃,A级成人片一区二区三区

NOTICIAS: NOTICIAS 2003

觬gano de Soluci髇 de Diferencias, 21 y 23 de julio de 2003

Australia, el Brasil y Tailandia solicitan el establecimiento de un grupo especial que examine el r間imen de subvenciones al az鷆ar de la UE

El 21 de julio de 2003, Australia, el Brasil y Tailandia presentaron su primera solicitud de establecimiento de un grupo especial que examinara las subvenciones de la Uni髇 Europea a la exportaci髇 de az鷆ar (DS265, DS266 y DS283).


  

VER TAMBI蒒:

Comunicados de prensa
Noticias
Discursos: Supachai Panitchpakdi

 

> Diferencias en la OMC
> B鷖queda de casos de soluci髇 de diferencias
> B鷖queda de documentos relativos a las diferencias

> Diferencias por orden cronol骻ico
> Diferencias por tema
> Diferencias por pa韘

 

NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la Divisi髇 de Informaci髇 y Relaciones con los Medios de Comunicaci髇 de la Secretar韆 de la OMC para ayudar al p鷅lico a comprender la evoluci髇 de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretaci髇 jur韉ica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa informaci髇 se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del 觬gano de Soluci髇 de Diferencias.

volver al principio

Vigilancia de la aplicaci髇 

DS136 y DS162: Estados Unidos ?Ley antidumping de 1916

Los Estados Unidos dijeron que el 19 de mayo de 2003 se hab韆 presentado al Senado un proyecto de ley por el que se derogaba la Ley de 1916 y se pon韆 fin a todos los casos pendientes. Los Estados Unidos mencionaron tambi閚 anteriores proyectos de ley de derogaci髇 de la Ley de 1916 presentados a la C醡ara de Representantes.

Las CE instaron a la Administraci髇 de los Estados Unidos a que transmitiera al Congreso la necesidad de derogar la Ley Antidumping de 1916 y de poner fin a los procesos pendientes antes de la pausa estival del Congreso.

El Jap髇 pidi?a los Estados Unidos que informaran con m醩 detalle al OSD sobre el modo en que el Congreso proceder韆 con respecto a los tres proyectos de ley y con respecto a otros futuros.
  

DS176: Estados Unidos ?Art韈ulo 211 de la Ley Omnibus de Asignaciones de 1998

Los Estados Unidos comunicaron al OSD que hab韆n convenido con las CE en prorrogar el plazo para la aplicaci髇 hasta el 31 de diciembre de 2003.

Las CE explicaron que hab韆n accedido a conceder m醩 tiempo a los Estados Unidos habida cuenta de que en junio se hab韆 presentado al Congreso un proyecto de ley por el que se derogar韆 el art韈ulo 211.

Cuba se quej?de la lentitud con que los Estados Unidos proced韆n a la aplicaci髇 de las recomendaciones y resoluciones del OSD.
  

DS184: Estados Unidos ?Medidas antidumping sobre determinados productos de acero laminado en caliente procedentes del Jap髇

Los Estados Unidos dijeron que la Administraci髇 estadounidense hab韆 expresado su apoyo a la introducci髇 de modificaciones legislativas espec韋icas que aplicar韆n las recomendaciones y resoluciones del OSD.

El Jap髇 dijo que los Estados Unidos no hab韆n aportado ninguna prueba para demostrar que ten韆n intenci髇 de apoyar la introducci髇 de la legislaci髇 necesaria. El Jap髇 pidi?que los Estados Unidos se aseguraran de que la legislaci髇 pertinente se presentara y aprobara lo antes posible.
  

DS211: Egipto ?Medidas antidumping definitivas aplicadas a las barras de refuerzo de acero procedentes de Turqu韆

Egipto dijo que hab韆 presentado a las partes interesadas su evaluaci髇 revisada del da駉 y del dumping. A馻di?que examinar韆 las observaciones de Turqu韆.

Turqu韆 dijo que, aunque era consciente de los esfuerzos de Egipto, no se hab韆 llegado a ninguna soluci髇 tangible y que el plazo para la aplicaci髇 finalizar韆 transcurridos 10 d韆s (el 31 de julio de 2003).

  

volver al principio

Grupos especiales establecidos 

DS273: Corea ?Medidas que afectan al comercio de embarcaciones comerciales

Las CE solicitaron por segunda vez el establecimiento de un grupo especial que examinara las medidas de Corea que afectan al comercio de embarcaciones comerciales.

Corea observ?que cre韆 firmemente que el Gobierno coreano no hab韆 concedido ninguna ayuda incompatible con el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC. Dijo que la principal cuesti髇 en este asunto era si las medidas adoptadas por las instituciones financieras coreanas en las que el Gobierno se vio forzado a inyectar fondos como consecuencia de una crisis financiera constitu韆n subvenciones prohibidas o recurribles.

El OSD estableci?un Grupo Especial. Solicitaron ser terceros los siguientes pa韘es: el Jap髇, los Estados Unidos, Noruega, China, M閤ico y el Taipei Chino.

De conformidad con el Anexo V del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, el OSD accedi?a iniciar un procedimiento para reunir informaci髇 sobre las subvenciones a las embarcaciones comerciales coreanas y sus efectos desfavorables. El Dr. Andr醩 Szepesi, actual Presidente del 觬gano de Supervisi髇 de los Textiles, fue escogido por las CE y Corea para facilitar el proceso de acopio de informaci髇. Las CE designaron a China y el Jap髇 搈ercados de terceros pa韘es? esto es, pa韘es que deben presentar informaci髇 sobre los posibles efectos desfavorables de las subvenciones coreanas para su rama de producci髇 de embarcaciones comerciales. El proceso de acopio de informaci髇 debe completarse en un plazo de 60 d韆s contados desde que se inici?
  

DS285: Estados Unidos ?Medidas que afectan al suministro transfronterizo de servicios de juegos de azar y apuestas

Antigua y Barbuda solicit?por segunda vez el establecimiento de un grupo especial. Antigua y Barbuda reiter?su reclamaci髇 por la prohibici髇 del suministro transfronterizo de servicios de juegos establecida por los Estados Unidos.

Los Estados Unidos reiteraron que los servicios transfronterizos de juegos de azar y apuestas no estaban comprendidos en el 醡bito de los compromisos espec韋icos en materia de acceso a los mercados que hab韆n asumido en el marco del AGCS.

El OSD estableci?un Grupo Especial. Solicitaron ser terceros los siguientes pa韘es: las CE, M閤ico, el Canad?y el Taipei Chino.

  

volver al principio

Solicitudes de establecimiento de un grupo especial

DS270: Australia ?Determinadas medidas que afectan a la importaci髇 de frutas y hortalizas frescas

Filipinas solicit?por primera vez el establecimiento de un grupo especial. Dijo que, aunque hab韆 planteado reiteradamente a Australia sus preocupaciones en relaci髇 con las medidas sanitarias y fitosanitarias adoptadas por este pa韘 respecto de la fruta, no hab韆 obtenido ning鷑 resultado. Filipinas a馻di?que los dos pa韘es hab韆n celebrado consultas a mediados de noviembre de 2002, pero que 閟tas no hab韆n permitido resolver la diferencia.

Australia adujo que su sistema de cuarentena era plenamente compatible con las normas de la OMC y dijo que no pod韆 aceptar el establecimiento de un grupo especial en esa reuni髇.

Por consiguiente, la solicitud de Filipinas qued?bloqueada.
  

DS265, DS266 y DS283: Comunidades Europeas ? Subvenciones a la exportaci髇 de az鷆ar

Australia, el Brasil y Tailandia solicitaron el mismo d韆 el establecimiento de un grupo especial que examinara el r間imen de subvenciones al az鷆ar de las CE. Los tres pa韘es alegaron que las subvenciones directas e indirectas concedidas por las CE a la exportaci髇 de su az鷆ar no eran compatibles con las obligaciones en materia de subvenciones a la exportaci髇 dimanantes de la OMC que las CE hab韆n contra韉o durante la Ronda Uruguay.

Las Comunidades Europeas bloquearon esta primera solicitud diciendo que estaban plenamente convencidas de la compatibilidad de su r間imen del az鷆ar con las normas de la OMC. Las CE a馻dieron que sus exportaciones hab韆n permanecido estables durante muchos a駉s y que en consecuencia no se les pod韆n atribuir los bajos precios del mercado mundial del az鷆ar.

Mauricio, en nombre de varios pa韘es africanos, caribe駉s y del Pac韋ico, hizo una extensa declaraci髇 sobre la importancia que las preferencias concedidas por las CE respecto del az鷆ar ten韆n para los Estados ACP.

  

volver al principio

Adopci髇 de un informe de un Grupo Especial

DS243: Estados Unidos ?Normas de origen aplicables a los textiles y las prendas de vestir

Los Estados Unidos acogieron con satisfacci髇 las constataciones del Grupo Especial de que las normas de origen estadounidenses objeto de la diferencia no eran incompatibles con las obligaciones asumidas por los Estados Unidos en el marco de la OMC.

La India, China y Filipinas expresaron su decepci髇 por las resoluciones del Grupo Especial.

El OSD adopt?el informe del Grupo Especial.

  

volver al principio

Nombramiento de miembros del 觬gano de Apelaci髇

El mandato de cuatro de los miembros del 觬gano de Apelaci髇 est?pr髕imo a expirar. El OSD adopt?una decisi髇 sobre los procedimientos adecuados para cubrir los cuatro puestos.

  

volver al principio

Pr髕imas reuniones 

La siguiente reuni髇 del OSD tendr? lugar el 29 de agosto de 2003.

B鷖queda en Documentos en L韓ea
Los enlaces en cada n鷐ero de asunto buscan todos los documentos sobre ese asunto en Documentos en L韓ea. Estos enlaces abren una nueva ventana: espere un momento hasta que aparezca la lista de resultados.

> ayuda

Se pueden efectuar b鷖quedas m醩 elaboradas en el dispositivo de b鷖queda de Documentos en L韓ea (se abrir? una nueva ventana) definiendo varios criterios de b鷖queda, tales como la signatura del documento WT/DSxxx (donde 搙xx?es el n鷐ero del asunto), b鷖queda de texto completo o fecha del documento.