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觬gano
de Soluci髇 de Diferencias,
7 de mayo de 2003
La Uni髇 Europea, autorizada a aplicar sanciones contra los Estados Unidos por una cuant韆 de 4.000 millones de d髄ares EE.UU. en el asunto de las 揺mpresas de ventas en el extranjero?pero retrasa la aplicaci髇 de la medida
El 7 de mayo de 2003, el 觬gano de Soluci髇 de Diferencias concedi? autorizaci髇 a la Uni髇 Europea para que incremente sus aranceles de importaci髇 sobre productos procedentes de los Estados Unidos en la cuant韆 de 4.000 millones de d髄ares EE.UU.
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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la Divisi髇 de Informaci髇 y
Relaciones con los Medios de Comunicaci髇 de la Secretar韆 de la OMC
para ayudar al p鷅lico a comprender la evoluci髇 de las diferencias
en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretaci髇
jur韉ica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las
mismas, pues esa informaci髇 se puede encontrar en los propios
informes y actas de las reuniones del 觬gano de Soluci髇 de
Diferencias.
DS277: Estados Unidos ?Investigaci髇 de la Comisi髇 de Comercio Internacional respecto de la madera blanda procedente del Canad?/b>
El Canad?solicit?por segunda vez el establecimiento de un grupo especial para que examine el asunto.
Los Estados Unidos expresaron que la alegaci髇 del Canad?era infundada dado que los hechos objetivos hab韆n demostrado la amenaza de da駉 importante para la rama de producci髇 de los Estados Unidos.
El Grupo Especial fue establecido y los Miembros siguientes solicitaron participar en calidad de terceros: las CE y el Jap髇.
Autorizaci髇 para la suspensi髇 de concesiones volver al principio
DS108: Estados Unidos ?Trato fiscal aplicado a las 揺mpresas de ventas en el extranjero?/b>
Las CE pidieron la autorizaci髇 del OSD para adoptar contramedidas apropiadas (v閍se WT/DS108/26) y suspender concesiones con respecto a los Estados Unidos por una cuant韆 de 4.043 millones de d髄ares EE.UU. anuales de conformidad con el informe del arbitraje WT/DS108/ARB emitido en agosto de 2002. En un tono m醩 positivo, las CE a馻dieron que la obtenci髇 de la autorizaci髇 no implicar韆 que recurrir韆n de inmediato a las contramedidas. Las CE dijeron que su intenci髇 segu韆 siendo dar a los Estados Unidos un plazo adicional corto para que introdujesen los cambios legislativos necesarios.
Los Estados Unidos analizaron exhaustivamente el arbitraje en cuya virtud se fij?la cuant韆 de las contramedidas en 4.043 millones de d髄ares EE.UU. Los Estados Unidos expresaron que la decisi髇 arbitral era caprichosa y estaba seriamente viciada. No obstante, los Estados Unidos informaron al OSD de su intenci髇 de cumplir sus obligaciones y, por consiguiente, a馻dieron que no cre韆n que fuese necesario llevar en alg鷑 momento a la pr醕tica la autorizaci髇 del OSD.
Pr髕ima reuni髇 volver al principio
La pr髕ima reuni髇 del OSD se celebrar?el 19 de mayo de 2003.
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