- portada
- temas comerciales
- agricultura
- negociaciones
- visi髇 general de las modalidades
Fase de las modalidades: el documento de car醕ter general (揜ecapitulaci髇? del Presidente
Este documento, que se distribuy?a los Miembros el 18 de diciembre de 2002, se basa en las propuestas que se hicieron durante las negociaciones sobre agricultura entre marzo y diciembre de 2002. Constituir?la base para un examen completo y sustantivo de posibles modalidades, con inclusi髇 de elementos relacionados con las normas, que se llevar?a cabo en una reuni髇 de negociaciones del Comit?de Agricultura del 22 al 24 de enero de 2003.
Las 搈odalidades?constituyen metas (incluidas las num閞icas) destinadas a alcanzar el objetivo de las negociaciones, as?como cuestiones relacionadas con las normas. El 12 de febrero de 2003 se distribuy?un primer proyecto. Dichas modalidades, que deber醤 ultimarse para el 31 de marzo de 2003, establecer醤 los par醡etros para el acuerdo final, al que se ha de llegar el 1?nbsp;de enero 2005.
> M醩 sobre la fase de las modalidades
> Mandato original: art韈ulo 20
(se abrir?una nueva ventana)
> El mandato de Doha
(se abrir?una nueva ventana)
> El mandato de Doha explicado
Explore o descargarla
Documento principal Explore (abajo): > Introducci髇 > Observaciones generales > Acceso a los mercados > Competencia de las exportaciones > Ayuda interna > Pa韘es menos adelantados > Observaciones finales Descargar,
13 p醙inas:
|
TN/AG/6
18 de diciembre de 2002
Comit?de Agricultura
en Sesi髇 Extraordinaria
NEGOCIACIONES SOBRE LA AGRICULTURA
RECAPITULACI覰
I. INTRODUCCI覰 > volver al principio
1. Con arreglo al programa adoptado el 26 de marzo de 2002 por el Comit?de Agricultura en Sesi髇 Extraordinaria, el Presidente debe preparar un documento de car醕ter general acerca de las negociaciones sobre la agricultura que sirva de base para un examen completo y sustantivo de posibles modalidades, con inclusi髇 de elementos relacionados con las normas, que se ha de realizar en la reuni髇 en Sesi髇 Extraordinaria que se celebrar?los d韆s 22 a 24 de enero de 2003 (v閍se el documento TN/AG/1). De conformidad con ese mandato, el Presidente presenta bajo su responsabilidad esta recapitulaci髇 general.
2. El presente documento est?basado en la labor realizada durante la serie de reuniones formales e informales del Comit?de Agricultura en Sesi髇 Extraordinaria y las consultas conexas entre reuniones llevadas a cabo de conformidad con el mandato establecido por los Ministros en Doha y el programa adoptado el 26 de marzo de 2002 en virtud de ese mandato por el Comit?de Agricultura en Sesi髇 Extraordinaria. Los p醨rafos 13 y 14 de la Declaraci髇 Ministerial adoptada el 14 de noviembre de 2001 disponen lo siguiente:
?3. Reconocemos la labor ya realizada en las negociaciones iniciadas a principios de 2000 en virtud del art韈ulo 20 del Acuerdo sobre la Agricultura, incluido el gran n鷐ero de propuestas de negociaci髇 presentadas en nombre de un total de 121 Miembros. Recordamos el objetivo a largo plazo, mencionado en el Acuerdo, de establecer un sistema de comercio equitativo y orientado al mercado mediante un programa de reforma fundamental que abarque normas reforzadas y compromisos espec韋icos sobre la ayuda y la protecci髇 para corregir y prevenir las restricciones y distorsiones en los mercados agropecuarios mundiales. Reconfirmamos nuestra adhesi髇 a dicho programa. Bas醤donos en la labor llevada a cabo hasta la fecha y sin prejuzgar el resultado de las negociaciones nos comprometemos a celebrar negociaciones globales encaminadas a lograr: mejoras sustanciales del acceso a los mercados; reducciones de todas las formas de subvenciones a la exportaci髇, con miras a su remoci髇 progresiva; y reducciones sustanciales de la ayuda interna causante de distorsi髇 del comercio. Convenimos en que el trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo ser?parte integrante de todos los elementos de las negociaciones y se incorporar?a las Listas de concesiones y compromisos y, seg鷑 proceda, a las normas y disciplinas que han de negociarse, de modo que sea operacionalmente efectivo y permita a los pa韘es en desarrollo tener efectivamente en cuenta sus necesidades en materia de desarrollo, con inclusi髇 de la seguridad alimentaria y el desarrollo rural. Tomamos nota de las preocupaciones no comerciales recogidas en las propuestas de negociaci髇 presentadas por los Miembros y confirmamos que en las negociaciones se tendr醤 en cuenta las preocupaciones no comerciales conforme a lo previsto en el Acuerdo sobre la Agricultura.
?4. Las modalidades para los nuevos compromisos, con inclusi髇 de disposiciones en materia de trato especial y diferenciado, se establecer醤 no m醩 tarde del 31 de marzo de 2003. Los participantes presentar醤 sus proyectos de Listas globales basadas en esas modalidades no m醩 tarde de la fecha del quinto per韔do de sesiones de la Conferencia Ministerial. Las negociaciones, con inclusi髇 de las relativas a las normas y disciplinas y los textos jur韉icos conexos, se concluir醤 como parte y en la fecha de conclusi髇 del programa de negociaci髇 en su conjunto.?/p>
3. Habida cuenta de este mandato, el prop髎ito del documento es resumir las principales caracter韘ticas y resultados de los trabajos realizados hasta la fecha con miras a proporcionar una base para la labor encaminada al establecimiento de modalidades para los nuevos compromisos, incluidas las disposiciones en materia de trato especial y diferenciado, no m醩 tarde del 31 de marzo de 2003, conforme al mandato establecido por los Ministros.
4. El cuerpo del documento contiene una evaluaci髇 general de la situaci髇 de las negociaciones e identifica cuestiones clave que requieren una atenci髇 y una labor inmediatas por existir una necesidad apremiante de convergencia. Esta parte del documento se ha preparado con la intenci髇 de ayudar a centrar la labor futura. No es su prop髎ito limitar las negociaciones en modo alguno, ni excluir las propuestas y contribuciones a las que no hace referencia. Los cuadros que figuran en el anexo del presente documento proporcionan un panorama m醩 completo de las posibles modalidades propuestas por los participantes en las negociaciones. Tanto el cuerpo del documento como el anexo incluyen, como parte integrante de todos los elementos de las negociaciones, opciones y propuestas de trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo. Tambi閚 se reflejan propuestas relativas a las preocupaciones no comerciales y a c髆o tenerlas en cuenta, ya sea expl韈itamente o impl韈itamente como parte de determinadas modalidades para la prosecuci髇 de la reforma.
5. En la columna 1 de los cuadros del anexo se presentan, cuesti髇 por cuesti髇, par醡etros pertinentes relativos a las modalidades. En la columna 2 se identifican hip髏esis de trabajo preliminares en relaci髇 con varios par醡etros, basadas en la determinaci髇 del Presidente de que, respecto de una modalidad concreta, hay ya un amplio apoyo, aunque no necesariamente un consenso. Como se ve en los cuadros, en muchos casos esta columna se ha dejado en blanco. En la columna 3 se presentan variantes de las hip髏esis de trabajo o adiciones a ellas que reflejan modalidades espec韋icas propuestas por los participantes. En los casos en que no se ha identificado ninguna hip髏esis de trabajo, las modalidades que figuran en la columna 3 se presentan como una base para establecer modalidades para los nuevos compromisos dentro del plazo prescrito.
6. Conviene se馻lar que el presente documento tiene por objeto hacer una recapitulaci髇 y no un compendio de todas y cada una de las contribuciones hechas por los participantes. No pretende ser exhaustivo; se entiende sin perjuicio de la posici髇 de los participantes y sin perjuicio de su interpretaci髇 de los Acuerdos de la OMC, en particular el Acuerdo sobre la Agricultura, y no es su intenci髇 prejuzgar, de una forma o de otra, el alcance y el contenido de las negociaciones ni los resultados de 閟tas.
II. OBSERVACIONES GENERALES > volver al principio
7. En el curso de las reuniones informales y formales en Sesi髇 Extraordinaria y las consultas celebradas de conformidad con el programa de trabajo adoptado el 26 de marzo de 2002 por el Comit?de Agricultura, los participantes han tenido la oportunidad de proponer y debatir de manera amplia y sustantiva posibles modalidades para nuevos compromisos, con inclusi髇 de elementos relacionados con las normas. Por regla general han utilizado esta oportunidad de manera dedicada y constructiva.
8. Al d韆 de hoy, cuando queda poco m醩 de tres meses para la fecha en que han de establecerse esas modalidades, se han presentado muchas propuestas, se ha realizado una extensa labor t閏nica y, en un sentido general, se han puesto de manifiesto las posiciones que los diversos participantes sustentan en el momento actual. La labor realizada en las reuniones celebradas en Sesi髇 Extraordinaria y en las consultas t閏nicas complementarias ha dado lugar a progresos sustantivos en lo que se refiere a algunas cuestiones, tales como la administraci髇 de contingentes arancelarios y los cr閐itos a la exportaci髇. Por lo que respecta a algunas otras cuestiones, ya se puede apreciar una tendencia a la formaci髇 de un consenso en relaci髇 con algunos par醡etros (v閍se la columna 2 del anexo).
9. A pesar de esos progresos, sigue pendiente un n鷐ero sustancial de cuestiones importantes. Son puntos clave los siguientes:
- A鷑 existen grandes diferencias entre las posiciones de los participantes por lo que respecta a aspectos fundamentales del programa para la prosecuci髇 de la reforma. Por consiguiente, si bien los participantes han insistido en su compromiso con el mandato de Doha, incluido su calendario, persisten diferencias significativas en la interpretaci髇 del nivel de ambici髇 impl韈ito en el texto del p醨rafo 13 de la Declaraci髇 Ministerial.
- Si bien varios participantes han presentado en forma desarrollada posibles modalidades para nuevos compromisos en las esferas del acceso a los mercados, la competencia de las exportaciones y la ayuda interna, los que se oponen a esas propuestas a鷑 no han especificado sus contrapropuestas con un nivel correspondiente de detalle cuantitativo. Ello ha dificultado el avance del proceso.
- Persisten diferencias de opini髇, incluso entre pa韘es en desarrollo, con respecto a las disposiciones adecuadas en materia de trato especial y diferenciado, aunque ya hay un apoyo significativo a la idea de eximir a los pa韘es menos adelantados de los compromisos de reducci髇.
- Los peque駉s Estados insulares en desarrollo y otros pa韘es en desarrollo vulnerables han propuesto modalidades para abordar sus problemas espec韋icos. Los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios han exhortado a que se aplique la Decisi髇 sobre medidas relativas a los posibles efectos negativos del programa de reforma en los pa韘es menos adelantados y en los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios. Un grupo de econom韆s en transici髇 propone que en algunas esferas se introduzca una flexibilidad especial en su favor, aunque en la mayor韆 de los casos se trata de una flexibilidad transitoria. Por su parte, los pa韘es de adhesi髇 reciente han hecho propuestas similares que se refieren, entre otras cosas, al p醨rafo 9 de la Declaraci髇 Ministerial de Doha. Algunos de estos participantes se馻lan tambi閚 que sus ingresos per c醦ita son inferiores a los de determinados pa韘es en desarrollo y sugieren que el derecho a acogerse a futuras disposiciones en materia de trato especial y diferenciado quede sujeto a criterios econ髆icos objetivos.
- Sigue habiendo diferentes opiniones tambi閚 por lo que respecta a la medida y el modo en que se han de tener en cuenta las preocupaciones no comerciales planteadas en las negociaciones, tales como la seguridad alimentaria, los medios de subsistencia y la mitigaci髇 de la pobreza, el desarrollo rural, la protecci髇 del medio ambiente, la inocuidad de los alimentos y la protecci髇 de los animales. En el contexto de los debates mantenidos sobre estas cuestiones, varios pa韘es en desarrollo han se馻lado que sus preocupaciones no comerciales son de una dimensi髇 fundamentalmente diferente de la de las preocupaciones no comerciales de los pa韘es desarrollados.
- Por 鷏timo, algunos participantes han establecido un v韓culo entre su disposici髇 a avanzar en la esfera de la agricultura y la admisi髇 de sus ambiciones en otras esferas de las negociaciones.
10. En esta etapa crucial los esfuerzos se benefician del hecho de que ya se ha realizado gran parte del trabajo t閏nico preliminar. Lo que hay que hacer ahora es concentrarse en los aspectos clave, teniendo presente que las negociaciones sobre la agricultura no se acaban el 鷏timo d韆 de marzo de 2003 y que habr?tiempo a continuaci髇 para abordar cuestiones que no son directamente necesarias a efectos de establecer los proyectos de Listas de los nuevos compromisos. Entre las cuestiones y preguntas espec韋icas que requieren una atenci髇 y una labor inmediatas se encuentran las que se destacan en las secciones subsiguientes del presente documento.
11. Se recuerda a los participantes que el tiempo que queda para el establecimiento de las modalidades es extremadamente limitado. Habida cuenta de las grandes diferencias entre las posiciones, el presente documento deber韆 marcar el comienzo de una nueva etapa en las operaciones. En esta etapa es necesario que los participantes dejen atr醩 la reiteraci髇 de las posiciones nacionales, por todos conocidas. En consecuencia, se insta a los participantes a que, al examinar los p醨rafos siguientes, no se limiten a identificar la opci髇 que corresponde a su posici髇, sino que piensen de manera creativa en v韆s de convergencia.
III. ACCESO A LOS MERCADOS > volver al principio
12. En la esfera del acceso a los mercados, las negociaciones han abarcado cinco cuestiones: aranceles, contingentes arancelarios, administraci髇 de los contingentes arancelarios, medidas de salvaguardia especial, empresas comerciales del Estado importadoras y otras cuestiones relacionadas con el acceso a los mercados.
Aranceles
13. La principal cuesti髇 pendiente en esta esfera se refiere a la f髍mula y los objetivos cuantitativos que han de aplicarse para las nuevas reducciones arancelarias. A este respecto se ha presentado una variedad de propuestas. Los dos enfoques que han recibido el apoyo m醩 amplio son: i) una f髍mula de armonizaci髇 para las reducciones arancelarias, y ii) la f髍mula de la Ronda Uruguay. En lo que respecta a la primera posibilidad, se ha propuesto una f髍mula suiza con un coeficiente de 25 que se aplicar韆 a lo largo de cinco a駉s, a reserva de un trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo (una versi髇 incluye igualmente una reducci髇 inicial del 50 por ciento en el primer a駉 de aplicaci髇; otra versi髇 prev? como segundo paso, la eliminaci髇 de todos los aranceles en una fecha que se ha de acordar). Los partidarios de la f髍mula de la Ronda Uruguay a鷑 no han presentado cifras de las tasas medias y m韓imas de reducci髇 que querr韆n ver aplicadas por los pa韘es desarrollados y en desarrollo, respectivamente, ni cifras relativas a la duraci髇 del per韔do de aplicaci髇.
14. Con el objetivo de avanzar en las negociaciones sobre este tema, los participantes deber醤 examinar, entre otras, las siguientes cuestiones:
(a) 縌u?margen existe para modificar las propuestas espec韋icas relativas a la f髍mula suiza para dar cabida a la necesidad de flexibilidad, incluida flexibilidad para abordar las preocupaciones no comerciales, que han subrayado otros participantes?
(b) 縌u?tasas de reducci髇 y qu?per韔do de aplicaci髇 tienen en mente los partidarios de la f髍mula de la Ronda Uruguay? 縌u?margen existe para modificar la f髍mula de la Ronda Uruguay a fin de dar cabida a la aspiraci髇 de otros participantes de armonizar la estructura arancelaria y abordar las crestas arancelarias y la progresividad arancelaria?
(c) En t閞minos m醩 generales, en caso de no llegarse a un consenso sobre ninguno de estos dos enfoques, en la forma en que han sido propuestos o en forma modificada, 縠xiste alguna otra modalidad, ya se trate de una combinaci髇 de ambas f髍mulas o de una tercera f髍mula diferente, que pudiese aceptarse como transacci髇? 緾u醠es ser韆n sus caracter韘ticas, con inclusi髇 de las tasas de reducci髇 y el per韔do de aplicaci髇?
15. Al examinar estas cuestiones, deben abordarse tambi閚 las modalidades para las disposiciones de trato especial y diferenciado, a partir del amplio abanico de propuestas ya presentadas. Una de ellas es la propuesta de establecer una mayor mejora de las oportunidades y condiciones de acceso de los productos agropecuarios de inter閟 especial para los pa韘es en desarrollo participantes. Otra es si la f髍mula que se aplicar?a los pa韘es en desarrollo ser?la misma f髍mula que se aplicar?a otros participantes, o una versi髇 modificada de 閟ta (u otra f髍mula distinta). En tercer lugar, sea cual sea la f髍mula, la concesi髇 de trato especial y diferenciado en forma de un per韔do de aplicaci髇 m醩 largo y reducciones menores ya cuenta con un amplio apoyo, pero a鷑 quedan por determinar los detalles. Entre otras cuestiones, falta ver si, como han propuesto algunos pa韘es en desarrollo participantes dentro del concepto y como parte del compartimento desarrollo, el trato especial y diferenciado deber韆 ampliarse para incluir i) la exenci髇 de los compromisos de reducci髇 para determinados productos agropecuarios de importancia estrat間ica para la consecuci髇 de la seguridad alimentaria, la diversificaci髇 de la producci髇, el desarrollo rural y el empleo, y la mitigaci髇 de la pobreza, y ii) la flexibilidad para ajustar sin compensaci髇 las consolidaciones arancelarias bajas.
16. Por 鷏timo, queda la cuesti髇 de si deber韆n simplificarse las formas arancelarias permitiendo 鷑icamente aranceles ad valorem, o aranceles ad valorem y espec韋icos.
Contingentes arancelarios
Volumen
17. Muchos de los participantes, aunque no todos, consideran que la ampliaci髇 de los vol鷐enes de importaci髇 dentro de los actuales contingentes arancelarios es un elemento esencial de los nuevos compromisos de acceso a los mercados, y varios de ellos han propuesto modalidades espec韋icas al respecto. Esta cuesti髇 no puede aislarse de la magnitud de las reducciones arancelarias que deben ser negociadas. Las principales cuestiones pendientes son:
(a) si los vol鷐enes finales consolidados de los contingentes arancelarios especificados en las Listas de los Miembros se ampliar醤 en un [x] por ciento y, en tal caso, qu?valor de x ser韆 el apropiado; o
(b) si los vol鷐enes de importaci髇 comprendidos en los contingentes arancelarios se ampliar醤 en una cuant韆 igual al [y] por ciento del consumo interno en un per韔do representativo reciente para el respectivo producto afectado y, en tal caso, qu?valor de y ser韆 el apropiado; o
(c) si los vol鷐enes de importaci髇 comprendidos en los contingentes arancelarios se ampliar醤 en un [z] por ciento del consumo interno en un per韔do representativo reciente para el respectivo producto afectado y, en tal caso, qu?valor de z ser韆 el apropiado.
Se han presentado propuestas concretas sobre los valores de x, y, y z, as?como sobre el per韔do de aplicaci髇.
18. Tambi閚 se ha presentado una propuesta encaminada a actualizar la base para los contingentes arancelarios de acceso m韓imo utilizando los datos m醩 recientes del consumo interno, y a eliminar los vol鷐enes de acceso adicional debidos a una arancelizaci髇 retrasada.
19. Las cuestiones relativas al trato especial y diferenciado incluyen: i) si puede acordarse una tasa m醩 baja de ampliaci髇 y un plazo m醩 largo, y ii) si debe reservarse una proporci髇 fija del volumen anual del contingente arancelario para los exportadores en peque馻 escala o los exportadores de un n鷐ero limitado de productos b醩icos.
Aranceles dentro del contingente
20. La principal cuesti髇 es si los aranceles dentro del contingente deber韆n reducirse a cero, como una serie de participantes ha propuesto, o si deber韆 aplicarse otra f髍mula, por ejemplo la misma f髍mula que se utilice para la reducci髇 de los aranceles fuera del contingente. Algunos participantes consideran que los aranceles dentro del contingente no deber韆n reducirse en absoluto o, en el caso de los pa韘es en desarrollo, deber韆n mantenerse en niveles acordes con sus necesidades en materia de desarrollo, comercio, seguridad alimentaria y finanzas.
Administraci髇 de los contingentes arancelarios
21. La mejora de la administraci髇 de los contingentes arancelarios es un objetivo ampliamente compartido. Es necesario proseguir la labor t閏nica para ampliar los progresos realizados en esta esfera, incluso en lo relativo al trato especial y diferenciado.
Medidas de salvaguardia especial
22. Los participantes tienen que decidir si las disposiciones relativas a la salvaguardia especial del art韈ulo 5 del Acuerdo sobre la Agricultura deben eliminarse y, en tal caso, i) si se eliminar醤 con efecto inmediato en la fecha de entrada en vigor de los nuevos compromisos de acceso a los mercados o en una fecha posterior, y ii) si se eliminar醤 para todos los pa韘es o s髄o para los pa韘es desarrollados.
23. Otras cuestiones, o cuestiones alternativas:
(a) En caso de que el art韈ulo 5 se mantenga despu閟 de la fecha de entrada en vigor de los nuevos compromisos de acceso a los mercados, si deber韆 mantenerse o modificarse la cobertura de productos existente y, en caso de modificarse, si se modificar韆 para todos los pa韘es o s髄o para los pa韘es en desarrollo.
(b) Si, en el marco del trato especial y diferenciado, deber韆 establecerse un nuevo mecanismo de salvaguardia y/o una medida compensatoria para los pa韘es en desarrollo y, en tal caso, si ser韆 para todos los productos agropecuarios o para un n鷐ero limitado de productos, como los productos estrat間icos/necesarios para la seguridad alimentaria/necesarios para la subsistencia. Ya se han presentado posibles modalidades detalladas para estas disposiciones.
(c) Si deber韆 establecerse un mecanismo de seguridad alimentaria.
(d) Si deber韆 establecerse un nuevo mecanismo de salvaguardia para los productos estacionales y perecederos, como han propuesto algunos participantes.
Empresas comerciales del Estado importadoras
24. Es necesario proseguir la labor t閏nica en esta esfera, en particular en lo que respecta a: i) prescripciones reforzadas en materia de transparencia y notificaci髇, y ii) otras posibles disciplinas que superen y/o suplementen las disposiciones de la OMC existentes, por ejemplo, en lo que respecta a los derechos de realizar actividades comerciales. Algunos participantes no est醤 a鷑 convencidos de que sea necesario a馻dir nada a las disciplinas existentes.
25. En el contexto del trato especial y diferenciado, una cuesti髇 clave es la de si se eximir韆 a los pa韘es en desarrollo de cualquier nueva disciplina y, en ese caso, en qu?medida o en qu?condiciones.
Otras cuestiones relacionadas con el acceso a los mercados
Esquemas preferenciales
26. Varios participantes han subrayado la necesidad de que los esquemas preferenciales sigan siendo previsibles, significativos y seguros, y han propuesto modalidades espec韋icas al respecto. Entre otras cuestiones se ha de decidir si los participantes acordar醤: i) prestar seguridad jur韉ica a los acuerdos comerciales preferenciales no rec韕rocos existentes, por ejemplo mediante una cl醬sula de anterioridad; ii) mantener o mejorar los m醨genes de preferencia, por ejemplo reduciendo en un m醲imo de un 15 por ciento los aranceles de los pa韘es desarrollados para los productos cuya exportaci髇 interesa a los pa韘es vulnerables o que sean originarios de 閟tos, y eliminando progresivamente los aranceles dentro de contingentes; iii) prever plazos m醩 largos de aplicaci髇 para las reducciones arancelarias que afecten a las preferencias tradicionales en favor de productos cuya exportaci髇 es de vital importancia para los pa韘es en desarrollo beneficiarios de esas preferencias; iv) dar a los esquemas preferenciales el car醕ter de compromisos vinculantes y, si as?se hiciera, a qu?esquemas; y/o v) hacer extensivas a los peque駉s Estados insulares en desarrollo las facilidades actualmente al alcance de los PMA que permiten la conclusi髇 de acuerdos especiales de acceso a los mercados compatibles con la OMC con pa韘es desarrollados en t閞minos que no exigen la concesi髇 de preferencias rec韕rocas. Tambi閚 se ha presentado la propuesta de ampliar el alcance del acceso libre de derechos y de contingentes para los productos agropecuarios en t閞minos de pa韘es importadores que concedan tal acceso y/o de beneficiarios.
27. En los debates de las propuestas encaminadas a tratar las situaciones o problemas espec韋icos de algunos grupos de pa韘es en desarrollo, otros pa韘es en desarrollo han planteado la preocupaci髇 de que tal diferenciaci髇 resulte en una discriminaci髇 a鷑 mayor entre los pa韘es en desarrollo.
Otras cuestiones
28. Tambi閚 se han presentado propuestas espec韋icas con relaci髇 a lo siguiente:
(a) Indicaciones geogr醘icas. Si bien algunos participantes consideran que sus propuestas espec韋icas con respecto a las indicaciones geogr醘icas (protecci髇 del derecho de utilizar indicaciones geogr醘icas o denominaciones de origen para los productos agropecuarios; protecci髇 efectiva contra la usurpaci髇 de nombres de productos agropecuarios y productos alimenticios; protecci髇 del consumidor y competencia leal) deben tratarse en el marco de las negociaciones sobre la agricultura, otros participantes insisten en que el foro apropiado para tratar esta cuesti髇 es el Consejo de los ADPIC.
(b) Inocuidad de los alimentos. Si bien algunos participantes consideran que sus propuestas espec韋icas con respecto a la aclaraci髇 de cuestiones relacionadas con el principio de precauci髇 o relacionadas con el p醨rafo 7 del art韈ulo 5 del Acuerdo MSF deben tratarse en el marco de las negociaciones sobre la agricultura, otros participantes insisten en que el foro apropiado para tratar las cuestiones relacionadas con la inocuidad de los alimentos es el Comit?MSF.
(c) Etiquetado. Si bien algunos participantes consideran que sus propuestas espec韋icas con respecto a una mejor informaci髇 al consumidor y criterios y directrices para la aplicaci髇 del etiquetado obligatorio de los productos alimenticios y agropecuarios deben tratarse en el marco de las negociaciones sobre la agricultura, otros participantes insisten en que el foro apropiado para abordar las cuestiones relacionadas con el etiquetado es el Comit?OTC.
(d) Un grupo de pa韘es en desarrollo ha presentado la propuesta de que los pa韘es desarrollados asuman el compromiso de asignar su asistencia t閏nica y financiera, ya sea en sus Listas o mancomunando recursos, a la mejora de la capacidad de los pa韘es en desarrollo en las esferas de las MSF, los OTC y las normas de origen en cooperaci髇 con las organizaciones de normalizaci髇 competentes y otros organismos involucrados en la creaci髇 de capacidad relacionada con el comercio.
29. Adem醩, est?la cuesti髇 de si las propuestas espec韋icas en materia de flexibilidad en la esfera del acceso a los mercados presentadas, respectivamente, por las econom韆s en transici髇 y los pa韘es de adhesi髇 reciente son aceptables, ya sea en la forma propuesta o en alguna forma modificada.
30. Por 鷏timo, cabe se馻lar que varios participantes han indicado su inter閟 por negociar iniciativas sectoriales como suplemento a las mejoras del acceso a los mercados resultantes de las modalidades de aplicaci髇 general que se determinar醤.
IV. COMPETENCIA DE LAS EXPORTACIONES > volver al principio
31. En esta esfera, las negociaciones han abarcado las subvenciones a la exportaci髇, los cr閐itos a la exportaci髇, la ayuda alimentaria y las empresas comerciales del Estado exportadoras. Adem醩, tambi閚 se han examinado propuestas para reforzar las disposiciones existentes sobre las restricciones a la exportaci髇, en particular con miras a tener en cuenta las preocupaciones relativas a la seguridad alimentaria.
Subvenciones a la exportaci髇
32. Las principales cuestiones pendientes consisten en determinar:
(a) La magnitud de la reforma ulterior en esta esfera. Se han presentado varias modalidades espec韋icas que llevar韆n a una remoci髇 progresiva de los compromisos en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades a partir de los niveles finales consolidados especificados en las Listas de los Miembros, incluida, en una versi髇, una reducci髇 inicial del 50 por ciento el primer d韆 del per韔do de aplicaci髇. Tambi閚 hay propuestas de utilizar de nuevo la f髍mula de la Ronda Uruguay, aunque los defensores de este enfoque todav韆 no han propuesto objetivos espec韋icos de reducci髇, salvo para indicar que unas reducciones relativamente mayores de los desembolsos presupuestarios podr韆n constituir una caracter韘tica de los nuevos compromisos.
(b) El per韔do de aplicaci髇 para los nuevos compromisos. Se han presentado propuestas concretas como parte de las modalidades de remoci髇 progresiva arriba mencionadas.
(c) Trato especial y diferenciado. 縌u?plazo adicional se conceder韆 a los pa韘es en desarrollo para la aplicaci髇 de los nuevos compromisos? 縋uede acordarse que la disposici髇 sobre trato especial y diferenciado del p醨rafo 4 del art韈ulo 9 del Acuerdo sobre la Agricultura deber?mantenerse hasta que se hayan aplicado plenamente los nuevos compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇? 縌u?se har?con las propuestas de modificar y aclarar el alcance del p醨rafo 4 del art韈ulo 9? Hay tambi閚 una propuesta encaminada a extender las flexibilidades previstas para los pa韘es en desarrollo en el art韈ulo 27 del Acuerdo SMC a los productos agropecuarios.
Cr閐itos a la exportaci髇
33. El establecimiento de disciplinas reforzadas para los cr閐itos a la exportaci髇, garant韆s de cr閐itos a la exportaci髇 y programas de seguro con apoyo oficial constituye un objetivo ampliamente compartido. Es necesario proseguir la labor t閏nica para desarrollar los progresos realizados en esta esfera con respecto a un enfoque basado en normas, con inclusi髇 de disposiciones en materia de trato especial y diferenciado, tomando particularmente en cuenta el p醨rafo 4 de la Decisi髇 Ministerial sobre medidas relativas a los posibles efectos negativos del programa de reforma en los pa韘es menos adelantados y en los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios y utilizando las contribuciones espec韋icas que se han presentado.
34. Tambi閚 se ha presentado la propuesta cuyo objeto es hacer que el componente de subvenci髇 de todos los cr閐itos a la exportaci髇 y los programas de garant韆 y seguro del cr閐ito a la exportaci髇 con apoyo oficial est?sujeto a reducci髇 en consonancia con la reducci髇 de las subvenciones a la exportaci髇.
Ayuda alimentaria
35. En general los participantes coinciden en que i) nada en la OMC deber韆 obstaculizar el suministro de ayuda alimentaria en casos de necesidad real (揳ut閚tica ayuda alimentaria? y ii) el objetivo de las disciplinas de la OMC en esta esfera es impedir que la ayuda alimentaria se utilice como un instrumento de colocaci髇 de excedentes y de elusi髇 de los compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇. Las siguientes son cuestiones clave:
(a) Si los participantes pueden acordar criterios sobre los tipos de ayuda alimentaria que ser韆n considerados como ayuda alimentaria aut閚tica.
(b) Si, tal como propone una amplia gama de participantes, la ayuda alimentaria deber韆 suministrarse 鷑icamente en forma de donaci髇 total y, en ese caso, si esta disciplina reforzada deber韆 aplicarse a partir de la fecha de entrada en vigor de los nuevos compromisos contra韉os en el sector agropecuario o si deber韆 ser incorporada gradualmente durante un per韔do de transici髇 (se ha propuesto una modalidad espec韋ica a tal efecto).
(c) Si se deber韆 asumir el compromiso de no reducir los vol鷐enes de la ayuda alimentaria cuando los precios son elevados.
(d) Si se deber韆 establecer la prohibici髇 de que los pa韘es receptores reexporten la ayuda alimentaria.
(e) Si se deber韆 establecer el sistema de constituci髇 de existencias internacionales de productos alimenticios que se ha propuesto como instrumento para hacer frente a las graves crisis alimentarias temporales en los pa韘es en desarrollo, en especial en los pa韘es menos adelantados y los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios.
(f) Qu?prescripciones adicionales en materia de transparencia deber韆n establecerse en esta esfera.
36. Tambi閚 se han presentado propuestas en el sentido de que la ayuda alimentaria que no est?en conformidad con las nuevas disciplinas i) deber韆 estar sujeta a los nuevos compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇 (ayuda alimentaria con precios de favor) o las nuevas disciplinas sobre cr閐itos a la exportaci髇 (ayuda alimentaria con pr閟tamos en condiciones de favor) o ii) eber韆 estar prohibida. Tambi閚 se ha se馻lado la importancia de la asistencia t閏nica para reducir la dependencia a largo plazo de la ayuda alimentaria.
Empresas comerciales del Estado exportadoras
37. Se requiere una prosecuci髇 de la labor t閏nica en esta esfera, en particular en lo que respecta a i) las prescripciones reforzadas en materia de transparencia y notificaci髇, y ii) otras posibles disciplinas adicionales a las disposiciones existentes de la OMC y/o que las suplementen, por ejemplo, con respecto a cuestiones tales como los derechos de realizar actividades comerciales, los fondos comunes de precios y las subvenciones cruzadas. Algunos participantes consideran que no es necesario a馻dir nada a las existentes.
38. En el contexto del trato especial y diferenciado, una cuesti髇 clave es si los pa韘es en desarrollo deber韆n estar exentos de cualquier nueva disciplina y, en caso afirmativo, en qu?medida o en qu?condiciones.
Restricciones a la exportaci髇
39. Algunos participantes consideran que las restricciones a la exportaci髇 y, en particular, los impuestos a la exportaci髇 no forman parte de las negociaciones sobre la agricultura. A su juicio, estos instrumentos sirven como contramedidas frente a la progresividad arancelaria en sus mercados de exportaci髇 y, en el caso de los impuestos a la exportaci髇, tambi閚 constituyen una fuente importante de ingresos p鷅licos. Aunque no necesariamente rebatiendo estas observaciones, otros participantes han presentado propuestas concretas para reforzar las disciplinas actualmente establecidas en el art韈ulo 12 del Acuerdo sobre la Agricultura. Las siguientes cuestiones est醤 pendientes:
(a) Si se prohibir醤 las restricciones a la exportaci髇 y, en caso afirmativo, i) si estar醤 prohibidas para todos los Miembros o ii) todos los Miembros excepto los pa韘es en desarrollo.
(b) Como alternativa, si las restricciones a la exportaci髇 deber韆n convertirse en impuestos a la exportaci髇 y posteriormente ser objeto de consolidaci髇 en las Listas de los Miembros y de compromisos de reducci髇.
(c) Si se prohibir醤 los impuestos a la exportaci髇 y, en caso afirmativo, si estar醤 prohibidos para i) todos los Miembros salvo los pa韘es en desarrollo, o ii) todos los Miembros excepto los pa韘es en desarrollo a menos que sean exportadores netos de los productos alimenticios de que se trate (una propuesta alternativa sobre trato especial y diferenciado que se ha presentado permitir韆 a los pa韘es en desarrollo aplicar un impuesto a la exportaci髇 con sujeci髇 a condiciones estrictas).
V. AYUDA INTERNA > volver al principio
40. En la esfera de la ayuda interna, las negociaciones han abarcado el compartimento verde, el p醨rafo 2 del art韈ulo 6 del Acuerdo sobre la Agricultura, el compartimento azul y el compartimento 醡bar.
41. Aunque algunos participantes consideran que la estructura del cap韙ulo relativo a la ayuda interna del Acuerdo sobre la Agricultura deber韆 quedar como est? tambi閚 se han sugerido modificaciones de la estructura existente, en particular, propuestas de: i) establecer un 鷑ico compartimento de subvenciones generales, ii) reducir el n鷐ero de compartimentos a dos, uno para la ayuda interna causante de distorsi髇 del comercio y otro para la ayuda que no tenga efectos de distorsi髇 del comercio o los tenga en grado m韓imo, y iii) diferenciar los compromisos de reducci髇 comprendidos en el compartimento 醡bar seg鷑 que la producci髇 interna que se apoya est?orientada al mercado interno o a la exportaci髇. Tambi閚 hay una propuesta de establecer un l韒ite m醲imo general para todas las medidas de ayuda interna distintas de las que est醤 en conformidad con las disposiciones de los p醨rafos 2, 3 y 4 del Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura.
Compartimento verde
42. Hay tres categor韆s de propuestas de lo que respecta a posibles modificaciones de las disposiciones del Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura (揷ompartimento verde?: i) propuestas para reforzar las disposiciones del compartimento verde, incluidas las dirigidas a eliminar determinados pagos directos del compartimento verde o a someter dichos pagos a compromisos de reducci髇, ii) propuestas para mejorar las disposiciones existentes del compartimento verde o a馻dir nuevos tipos de programas o pagos al compartimento verde, y iii) propuestas para aclarar determinadas disposiciones del Anexo 2. Las siguientes son cuestiones clave:
(a) Si, como han propuesto algunos participantes, deber韆 establecerse un l韒ite m醲imo al total o a un grupo seleccionado de los gastos del compartimento verde y, en caso afirmativo, para todos los pa韘es o 鷑icamente para los pa韘es desarrollados, y a qu?nivel(es).
(b) Si, como han propuesto algunos participantes, determinados pagos directos deber韆n quedar sujetos a compromisos de reducci髇 y, en caso afirmativo, cu醠es de los pagos directos propuestos a tal efecto deber韆n ser objeto de esta disciplina y cu醠es deber韆n ser la tasa de reducci髇 y el per韔do de aplicaci髇.
(c) Cu醠es de las modificaciones o adiciones propuestas a las disposiciones del Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura deber韆n incluirse para una mejor atenci髇 de las necesidades y cobertura de los programas de los pa韘es en desarrollo.
(d) Si deber韆n incluirse otras modificaciones o adiciones propuestas a las disposiciones del Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura, tales como los pagos compensatorios por una mayor exigencia en materia de protecci髇 de los animales u otras normas de producci髇 o los pagos para atender otras preocupaciones no comerciales.
P醨rafo 2 del art韈ulo 6 del Acuerdo sobre la Agricultura
43. Hay entre los participantes un amplio apoyo a la idea de mantener y mejorar las disposiciones del p醨rafo 2 del art韈ulo 6 del Acuerdo sobre la Agricultura. Se han presentado diversas propuestas espec韋icas con miras a ampliar el alcance de dicho p醨rafo (v閍se la parte pertinente del anexo de este documento).
- 緾u醠es de las adiciones propuestas al p醨rafo 2 del art韈ulo 6 deber韆n incluirse?
Compartimento azul
44. Esencialmente se plantean tres cuestiones fundamentales en lo que respecta al compartimento azul:
(a) si se deber韆 mantener el p醨rafo 5 del art韈ulo 6 del Acuerdo sobre la Agricultura tal como est? o
(b) si se deber韆 eliminar el p醨rafo 5 del art韈ulo 6 y, en caso afirmativo, con efecto inmediato a partir de la fecha de entrada en vigor de los nuevos compromisos, o para qu?otra fecha; o
(c) si se deber韆 imponer un l韒ite a los pagos que est醤 en conformidad con las disposiciones del p醨rafo 5 del art韈ulo 6 y/o si deber韆n 閟tos quedar sujetos a compromisos de reducci髇 y, en caso afirmativo, cu醠es deber韆n ser la tasa de reducci髇 y el per韔do de aplicaci髇.
Compartimento 醡bar
45. La cuesti髇 pendiente fundamental es decidir el m閠odo y el objetivo de reducci髇 para los nuevos compromisos en materia de MGA. Existen esencialmente cuatro tipos de propuestas espec韋icas a este respecto. Un ejemplo del primer tipo es una f髍mula para reducir a cero en un per韔do de cinco a駉s, el compromiso final consolidado y consignado en materia de MGA, con una reducci髇 inicial del 50 por ciento en el primer a駉 de aplicaci髇 (pa韘es desarrollados). En una variante de esta f髍mula, los compromisos de reducci髇 se asumir韆n sobre la base de productos espec韋icos, y la ayuda de minimis tambi閚 ser韆 reducida con miras a su eliminaci髇 en un per韔do convenido. Un ejemplo del segundo tipo es una f髍mula para reducir la ayuda interna no exenta (con inclusi髇 de la ayuda interna definida por la MGA y la ayuda de limitaci髇 de la producci髇 definida en el p醨rafo 5 del art韈ulo 6 del Acuerdo sobre la Agricultura) a un 5 por ciento del promedio del valor de la producci髇 agropecuaria total del Miembro en el per韔do de base 1996-1998 en un plazo de cinco a駉s. La f髍mula tambi閚 incluye una disposici髇 para eliminar toda la ayuda interna no exenta no m醩 tarde de una fecha que se ha de establecer en las negociaciones. Con arreglo a esta f髍mula, la ayuda interna de minimis no estar韆 incluida en el c醠culo de la ayuda interna no exenta. En cuanto al tercer tipo, se ha propuesto la utilizaci髇 de la f髍mula de la Ronda Uruguay. Con arreglo al cuarto tipo, el compartimento 醡bar se dividir韆, tal como se ha se馻lado anteriormente, en dos partes con compromisos de reducci髇 distintos. El trato especial y diferenciado es una caracter韘tica integral de la mayor parte de las f髍mulas clave.
46. Con respecto al compartimento 醡bar, se plantean tres cuestiones clave:
(a) Cu醠es de los enfoques antes mencionados deber韆n mantenerse y en qu?condiciones en lo que se refiere a las tasas de reducci髇, el per韔do de aplicaci髇 y las disposiciones de minimis.
(b) Si los nuevos compromisos de reducci髇 deber韆n o no contraerse sobre la base de productos espec韋icos.
(c) Qu?disposiciones espec韋icas relativas a la flexibilidad deber韆n ser integradas en forma de trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo. Ya hay un amplio apoyo al trato especial y diferenciado en forma de un per韔do de aplicaci髇 m醩 largo y menores reducciones, pero quedan por determinar los detalles. Otras cuestiones incluyen si los pa韘es en desarrollo deber韆n tener flexibilidad para agregar la ayuda interna a productos espec韋icos dentro de los niveles de minimis.
47. Otras cuestiones planteadas en el contexto del compartimento 醡bar incluyen posibles modalidades para: i) mejorar la metodolog韆 de la MGA y la medida de la ayuda equivalente (disposici髇 contra la elusi髇; c醠culo de la MGA sobre la base de una moneda o cesta de monedas estable) y ii) reforzar las prescripciones en materia de transparencia y notificaci髇 para las medidas del compartimento 醡bar. La cuesti髇 del ajuste por inflaci髇 tambi閚 ha sido planteada por algunos participantes, mientras que otros participantes consideran suficientes las disposiciones actualmente establecidas en el p醨rafo 4 del art韈ulo 18 del Acuerdo sobre la Agricultura.
48. Por 鷏timo, se plantea la cuesti髇 de si las propuestas espec韋icas relativas a la flexibilidad en la esfera de la ayuda interna presentadas, respectivamente, por un grupo de econom韆s en transici髇 y un grupo de pa韘es de adhesi髇 reciente son aceptables, en la forma propuesta o en una forma modificada.
VI. PA蚐ES MENOS ADELANTADOS > volver al principio
49. La cuesti髇 fundamental es si se puede acordar que, de conformidad con las disposiciones de la segunda frase del p醨rafo 2 del art韈ulo 15 del Acuerdo sobre la Agricultura, no se deber?exigir a los pa韘es menos adelantados que contraigan compromisos de reducci髇 en las esferas de acceso a los mercados, competencia de las exportaciones y ayuda interna. Como se ha se馻lado en el p醨rafo 9 supra, esa modalidad cuenta con un apoyo significativo.
VII. OBSERVACIONES FINALES > volver al principio
50. Se desprende claramente de esta recapitulaci髇 que, tal como est醤 las cosas, ser?esencial que todas las partes realicen un gran esfuerzo de negociaci髇 y act鷈n con flexibilidad para poder establecer modalidades dentro del plazo prescrito. Los participantes recordar醤 que, con arreglo al programa de trabajo acordado, en la reuni髇 en Sesi髇 Extraordinaria que se celebrar?los d韆s 24 a 28 de febrero de 2003 se considerar?un anteproyecto de modalidades para los nuevos compromisos. Este anteproyecto y las modalidades que posteriormente se establezcan deben, por supuesto, reflejar fielmente el mandato de Doha citado en el p醨rafo 2 supra. Es esencial utilizar de manera eficiente el limitado tiempo de que se dispone.
51. Por lo tanto, ha llegado el momento de adoptar las decisiones pol韙icas y operacionales requeridas que permitir醤 a los participantes confeccionar colectivamente un paquete de modalidades acorde con el mandato impartido por los Ministros. En la consecuci髇 de este objetivo, la norma b醩ica continuar?siendo que nada est?acordado hasta que est?acordado todo, entre otras cosas porque existen v韓culos entre las esferas del acceso a los mercados, la competencia de las exportaciones y la ayuda interna y, de hecho, con las negociaciones del Programa de Doha para el Desarrollo en su conjunto.
ANEXO(se lo puede descargar arriba)