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MEDIO AMBIENTE: TRABAJOS ORDINARIOS
Puntos del programa de trabajo del CCMA
El Comit?de Comercio y Medio Ambiente (CCMA) en sesi髇 ordinaria comenz?a trabajar con un programa de trabajo de 10 puntos. Desde la Conferencia Ministerial de Doha de 2001, estudia algunos de ellos, mientras que otros se han incluido ahora formalmente en las negociaciones de Doha.
El CCMA se estableci?en virtud de la Decisi髇 Ministerial de Marrakech sobre Comercio y Medio Ambiente de 1994, que b醩icamente encomienda al Comit?que:
-
establezca la relaci髇 existente entre las medidas comerciales y las medidas ambientales con el fin de promover un desarrollo sostenible
-
haga recomendaciones oportunas sobre si son necesarias modificaciones de las disposiciones del sistema multilateral de comercio, compatibles con el car醕ter abierto, equitativo y no discriminatorio del sistema.
Bas醤dose en ese amplio mandato,
el CCMA ha contribuido a establecer y comprender la relaci髇 existente
entre las medidas comerciales y las medidas ambientales con el fin
de promover un desarrollo sostenible.
Si bien el CCMA no ha recomendado ninguna modificaci髇 de las normas del sistema
multilateral de comercio, su labor ha conducido a la inclusi髇 de algunas cuestiones
comerciales y ambientales en las negociaciones como componentes fundamentales
de la Ronda de Doha (negociaciones).
Un ejemplo es la pesca (en el marco de las negociaciones
sobre las normas): 閟ta es una esfera en la que la eliminaci髇 de las subvenciones
a la pesca puede ayudar a proteger las poblaciones de peces.
Otros puntos contenidos en el mandato original de 1994 han sido objeto de especial
inter閟 (punto
central) en las reuniones ordinarias del CCMA celebradas despu閟
de la Conferencia Ministerial de Doha de 2001.
El programa
de trabajo volver al principio
Los puntos originales de 1994. Algunos actualmente son objeto de negociaciones,
otros constituyen cuestiones centrales en las reuniones ordinarias del Comit?
Puntos 1 y 5 (actualmente objeto de negociaciones)
Normas comerciales, acuerdos ambientales y diferencias
La relaci髇 entre las normas del sistema multilateral de comercio y las medidas
comerciales contenidas en los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente
(AMUMA), y entre sus mecanismos de soluci髇 de diferencias.
Punto 2
Protecci髇 del medio ambiente y sistema de comercio
La relaci髇 entre las pol韙icas ambientales relacionadas con el comercio y
las medidas ambientales que tengan efectos comerciales significativos y las
disposiciones del sistema multilateral de comercio.
Punto 3 (actualmente punto
central)
C髆o se integran los impuestos y otras disposiciones ambientales
en el sistema
La relaci髇 entre las disposiciones del sistema multilateral de comercio y:
a) las cargas e impuestos aplicados con fines ambientales; y b) las prescripciones
aplicadas con fines ambientales a los productos, con inclusi髇 de normas y
reglamentos t閏nicos y prescripciones en materia de envase y embalaje, etiquetado
Punto 4
Transparencia de las medidas comerciales utilizadas con fines ambientales
Las disposiciones del sistema multilateral de comercio con respecto a la transparencia
de las medidas comerciales utilizadas con fines ambientales. En 1998 se estableci?una
Base de Datos sobre Medio Ambiente documentos
WT/CTE/EDB/* y documentos WT/CTE/W/46,
77, 118, 143 y 195 para que la Secretar韆 de la OMC recopile y actualice
anualmente todas las medidas relacionadas con el medio ambiente que los gobiernos
hayan notificado a la OMC o que hayan sido se馻ladas en los ex醡enes de las
pol韙icas comerciales. Esto se hizo como resultado de intensos debates sobre
la transparencia mantenidos en el CCMA y las recomendaciones contenidas en
el informe del CCMA de 1996 a la Conferencia Ministerial de Singapur.
Punto 6 (punto
central)
El medio ambiente y la liberalizaci髇 del comercio
El efecto de las medidas ambientales en el acceso a los mercados, especialmente
en lo relativo a los pa韘es en desarrollo y los pa韘es menos adelantados, y
los beneficios resultantes para el medio ambiente de la eliminaci髇 de las
restricciones y distorsiones del comercio.
Punto 7
Mercanc韆s cuya venta est?prohibida en el pa韘 de origen
La cuesti髇 de la exportaci髇 de mercanc韆s cuya venta est?prohibida en el
pa韘 de origen, en particular los desechos peligrosos.
Punto 8
Propiedad intelectual (punto
central)
Las disposiciones pertinentes del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos
de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).
Punto 9
Servicios
El programa de trabajo previsto en la Decisi髇
sobre el comercio de servicios y el medio ambiente.
Punto 10 (actualmente objeto de negociaciones)
La OMC y otras organizaciones
Contribuci髇 a los organismos competentes de la OMC en relaci髇 con las disposiciones
apropiadas que han de adoptarse en lo que respecta a las relaciones con las
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales (ONG).