ACCESO A LOS MERCADOS: NEGOCIACIONES
El texto de las modalidades para el AMNA de diciembre de 2008 en t閞minos sencillos
El nuevo texto sobre las modalidades para el AMNA, presentado por el Presidente de las negociaciones sobre el acceso a los mercados para los productos no agr韈olas, se basa en los tres textos anteriores y ofrece a los Ministros m醩 detalles y opciones m醩 amplias para negociar un conjunto final de resultados equilibrado en relaci髇 con las modalidades plenas.
Ver tambi閚:
> Portal de las
negociaciones
> Marco
Acordado de 2004
>
Declaraci髇 Ministerial de Hong Kong 2005
> M醩 sobre
la fase de las modalidades
> Proyecto de modalidades para
la agricultura
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A continuaci髇 figuran los principales elementos del documento:
F髍mula y flexibilidad
Las reducciones arancelarias con respecto a
los productos industriales se realizar韆n utilizando una f髍mula
搒uiza simple?con distintos coeficientes para los pa韘es
desarrollados Miembros y para los pa韘es en desarrollo Miembros. Pero
mientras que el coeficiente para los Miembros desarrollados ser?el
mismo aplicable a todos ellos, habr?una lista de opciones para los
Miembros en desarrollo que se aplicar醤 seg鷑 el grado de flexibilidad
que opten por utilizar. Cuanto m醩 bajo sea el coeficiente, mayor ser?
la flexibilidad, y viceversa. Una f髍mula suiza da por resultado
recortes mayores para los aranceles m醩 elevados. (Un coeficiente m醩
elevado, como el previsto para los Miembros en desarrollo, significa
reducciones menores de los aranceles.)
El proyecto de modalidades del Presidente contiene los siguientes
coeficientes: 8 para los Miembros desarrollados y 20, 22 y
25 para los Miembros en desarrollo. Por tanto, no todos los pa韘es
en desarrollo que utilicen la f髍mula aplicar韆n el mismo coeficiente.
La utilizaci髇 de los distintos coeficientes depender韆 de tres nuevas
opciones:
-
Un Miembro que opte por aplicar el coeficiente m醩 bajo, 20, tendr韆 derecho a efectuar recortes menores, o a no efectuar recortes, en el 14 por ciento de sus l韓eas arancelarias de productos industriales m醩 sensibles, siempre que esas l韓eas arancelarias no excedan del 16 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agr韈olas. Esos aranceles estar韆n sujetos a recortes iguales a la mitad de la reducci髇 basada en la f髍mula convenida. Como alternativa, el Miembro podr?mantener un 6,5 por ciento de sus l韓eas arancelarias sin consolidar, o excluirlas de los recortes arancelarios, siempre que no excedan del 7,5 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agr韈olas.
-
Un Miembro que opte por aplicar un coeficiente de 22 tendr韆 derecho a efectuar recortes menores, o a no efectuar recortes, en un n鷐ero menor de productos, protegiendo del pleno efecto de la f髍mula hasta un 10 por ciento de sus l韓eas arancelarias de productos industriales m醩 sensibles, siempre que esas l韓eas arancelarias no excedan del 10 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agr韈olas. Esos aranceles estar韆n sujetos a recortes iguales a la mitad de la reducci髇 basada en la f髍mula convenida. Como alternativa, el Miembro podr?mantener un 5 por ciento de sus l韓eas arancelarias sin consolidar, o excluirlas de los recortes arancelarios, siempre que no excedan del 5 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agr韈olas.
-
Un Miembro que opte por aplicar el coeficiente m醩 elevado, 25, tendr?que aplicarlo a todos sus productos, sin excepciones.
Como resultado de la aplicaci髇 de los
coeficientes propuestos:
El arancel m醲imo en los pa韘es desarrollados ser韆 inferior al 8 por
ciento. Esto significar韆 que los pa韘es desarrollados tendr韆n
aranceles consolidados bastante inferiores en promedio al 3 por ciento y
crestas arancelarias inferiores al 8 por ciento incluso en el caso de
sus productos m醩 sensibles.
En la mayor韆 de las l韓eas arancelarias de los pa韘es en desarrollo
Miembros que aplicaran la f髍mula los aranceles ser韆n inferiores al
12-14 por ciento, seg鷑 el coeficiente acordado y la flexibilidad
utilizada. En los pa韘es en desarrollo que aplicaran la f髍mula, los
aranceles consolidados ser韆n en promedio de entre el 11 y el 12 por
ciento, y s髄o un reducido n鷐ero de l韓eas arancelarias tendr韆n
niveles superiores al 15 por ciento.
Quedar韆 sustancialmente reducida la diferencia entre los tipos
consolidados y los realmente aplicados.
Las reducciones arancelarias se llevar醤 a cabo gradualmente a lo largo
de un per韔do de cinco a駉s en el caso de los Miembros desarrollados y
de 10 a駉s en el de los Miembros en desarrollo, a partir del 1?de enero
del a駉 siguiente a la entrada en vigor de los resultados de Doha.
En conjunto, los 40 Miembros aproximadamente que aplican la f髍mula
suiza (los dem醩 tienen disposiciones especiales) representan cerca del
90 por ciento del comercio mundial de productos no agr韈olas. De ellos,
cuatro son Miembros de reciente adhesi髇.
El texto tambi閚 contiene lo siguiente:
La denominada cl醬sula anticoncentraci髇, para evitar que
sectores enteros queden excluidos de los recortes arancelarios. Como
m韓imo el 20 por ciento de las l韓eas arancelarias o el 9 por ciento del
valor de las importaciones de cada cap韙ulo estar韆 sujeto a reducciones
arancelarias plenas basadas en la f髍mula.
Disposiciones para pa韘es espec韋icos volver al principio
El texto contiene algunas precisiones para el posible trato de:
-
Sud醘rica, Botswana, Lesotho, Namibia y Swazilandia, miembros de la Uni髇 Aduanera del 羏rica Meridional (SACU). Estos pa韘es tendr韆n una flexibilidad adicional todav韆 por negociar.
-
La Argentina, el Brasil, el Paraguay y el Uruguay, por lo que respecta al c醠culo de la limitaci髇 del valor del comercio afectado por la flexibilidad. Se utilizar韆 el valor total de las importaciones del Brasil de productos no agr韈olas.
-
Om醤. Teniendo en cuenta su condici髇 de Miembro de reciente adhesi髇 y de miembro del Consejo de Cooperaci髇 del Golfo, no estar?obligado a reducir ning鷑 arancel consolidado por debajo del 5 por ciento despu閟 de aplicar las modalidades.
Todav韆 se est醤 negociando otras posibles disposiciones para pa韘es espec韋icos (la Argentina y Venezuela).
Sectores en los que se prev?una mayor reducci髇 o la eliminaci髇 de los aranceles volver al principio
En el texto del Presidente se indica que es necesario continuar trabajando en las denominadas 搃niciativas sectoriales? Algunos Miembros han mantenido negociaciones en las que se contemplaba la realizaci髇 de mayores reducciones arancelarias en algunos sectores no agr韈olas. Actualmente son objeto de examen 14 sectores: autom髒iles y sus partes; bicicletas y sus partes; productos qu韒icos; productos electr髇icos/el閏tricos; pescado y productos de pescado; productos forestales; piedras preciosas y joyer韆; materias primas; equipo deportivo; atenci髇 de la salud, productos farmac閡ticos y dispositivos m閐icos; herramientas de mano; juguetes; textiles, prendas de vestir y calzado; y m醧uinas industriales.
Una iniciativa sectorial llevada a buen t閞mino tendr韆 como resultado la reducci髇, o incluso la eliminaci髇, de los aranceles en ese sector concreto. El texto del Presidente subraya el car醕ter voluntario de la participaci髇 en esas iniciativas, pero indica que algunos Miembros desean que otros se comprometan a participar en ellas como forma de equilibrar la ambici髇 global. Todav韆 no hay consenso con respecto a c髆o y cu醤do definir el compromiso de los Miembros de participar en las iniciativas sectoriales sin alterar el car醕ter no obligatorio de estas negociaciones. Tales negociaciones requerir韆n que, para que se pusiera en marcha una iniciativa, se sumaran a ella una 搈asa cr韙ica?de pa韘es. Tras la adopci髇 de las modalidades, los Miembros que opten por sumarse dispondr韆n de 45 d韆s para notificar su participaci髇 en las negociaciones si no lo hubieran hecho antes del establecimiento de las modalidades.
Miembros de reciente adhesi髇 volver al principio
Albania, Armenia, Arabia Saudita, Cabo Verde, la ex Rep鷅lica Yugoslava de Macedonia, Moldova, Mongolia, la Rep鷅lica Kirguisa, Tonga, Ucrania y Viet Nam no estar醤 obligados a realizar reducciones arancelarias que excedan de los compromisos que hayan contra韉o en el marco de su adhesi髇.
A pa韘es de reciente adhesi髇 como China, el Taipei Chino y Croacia, sujetos a la f髍mula, se les prolongar韆 tres a駉s el plazo para la aplicaci髇 gradual de sus compromisos en el marco de la Ronda de Doha.
Modalidades para los dem醩 pa韘es en desarrollo Miembros (alrededor de 75) volver al principio
Los 32 pa韘es m醩 pobres (pa韘es menos adelantados o PMA) est醤 exentos de reducciones arancelarias; hay disposiciones especiales para aproximadamente 31 econom韆s peque馻s y vulnerables y para 12 pa韘es en desarrollo con un bajo porcentaje de l韓eas arancelarias consolidadas. Como consecuencia, las econom韆s en desarrollo relativamente m醩 d閎iles mantendr醤 aranceles medios m醩 elevados y tendr醤 mayor flexibilidad en cuanto a la manera de estructurar sus listas arancelarias. No obstante, contribuir醤 a las negociaciones aumentando de manera significativa el n鷐ero de consolidaciones y reduciendo el 搒obrante de consolidaci髇?(la diferencia entre los tipos consolidados y los realmente aplicados) y consolidando un alto porcentaje de sus aranceles. Bolivia, Fiji y Gab髇 se consideran un caso especial. Se proponen tambi閚 soluciones para los Miembros con acceso preferencial a los mercados de los pa韘es desarrollados cuyas preferencias quedar醤 erosionadas debido a las reducciones arancelarias globales. Adem醩, hay disposiciones con respecto a otros Miembros en desarrollo que no gozan de acceso preferencial y que se ver韆n afectados desproporcionadamente por este tipo de soluciones (Bangladesh, Camboya, Nepal, el Pakist醤 y Sri Lanka).
Obst醕ulos no arancelarios (NTBs) volver al principio
Tambi閚 forman parte de la negociaci髇 los obst醕ulos no arancelarios, medidas restrictivas no relacionadas con los aranceles aduaneros que adoptan los gobiernos (por motivos t閏nicos, sanitarios o de otra 韓dole). Varios Miembros han presentado propuestas de textos jur韉icos sobre algunas de esas medidas, que se recopilan en el texto del Presidente. El Presidente indica que en el momento de las modalidades finales habr韆 que adoptar una decisi髇 en cuanto a si esas propuestas pasan a ser objeto de una negociaci髇 basada en textos.