SOLUCI覰 DE DIFERENCIAS
DS: Communidades Europeas — R間imen de la importaci髇, venta y distribuci髇 de pl醫anos
El presente resumen ha sido preparado por la Secretar韆 bajo su responsabilidad. S髄o tiene por objeto ofrecer informaci髇 general y no es su prop髎ito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.
V閍se tambi閚:
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Hechos fundamentales
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Resumen de la diferencia hasta la fecha
El resumen que figura a continuación se actualizó el
Consultas
Reclamaci髇 presentada por Panam?
El 24 de octubre de 1997 Panam?solicit?la celebraci髇 de consultas con las CE respecto del r間imen de importaci髇, venta y distribuci髇 del banano tal como lo establec韆 el Reglamento 404/93, as?como cualesquiera legislaci髇, reglamentos o medidas administrativas adoptadas por las CE, incluidas las que reflejaban las disposiciones del Acuerdo Marco del Banano. Panam?no especific?las disposiciones que infring韆n el r間imen de las CE. Se trataba del mismo r間imen que hab韆 sido impugnado con 閤ito por el Ecuador, los Estados Unidos, Guatemala, Honduras y M閤ico (WT/DS27).
Solución mutuamente convenida
El 8 de noviembre de 2012, la Unión Europea y Panamá notificaron al OSD, de conformidad con el párrafo 6 del artículo 3 del ESD, una solución mutuamente convenida.
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