SOLUCI覰 DE DIFERENCIAS
DS: Estados Unidos — Medida antidumping provisional sobre las importaciones de determinada madera blanda procedente del Canad?/h1>
El presente resumen ha sido preparado por la Secretar韆 bajo su responsabilidad. S髄o tiene por objeto ofrecer informaci髇 general y no es su prop髎ito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.
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Consultas
Reclamaci髇 presentada por el Canad?
El 6 de marzo de 2002 el Canad?solicit?la celebraci髇 de consultas con los Estados Unidos de conformidad con el p醨rafo 8 del art韈ulo 4 del ESD (procedimiento de urgencia) en relaci髇 con una medida antidumping aplicada por 閟tos a las importaciones de determinada madera blanda procedente del Canad?
En concreto, el Canad?expres?su preocupaci髇 sobre tres aspectos de la medida estadounidense antidumping. El Canad?consider?que:
- la iniciaci髇 de la investigaci髇 era por
consiguiente incompatible con los p醨rafos 2 y 3 del art韈ulo 5 del
Acuerdo Antidumping y, por consiguiente, la aplicaci髇 de medidas
provisionales era incompatible con el p醨rafo 1 del art韈ulo 7 del
Acuerdo Antidumping;
- la determinaci髇 de la existencia de
dumping preliminar era incompatible con los p醨rafos 1 y 2 del
art韈ulo 2 del Acuerdo Antidumping; y
- la metodolog韆 de 搑educci髇 a cero?aplicada por los Estados Unidos en la investigaci髇 preliminar era incompatible con el p醨rafo 4.2 del art韈ulo 2 del Acuerdo Antidumping.
Los Estados Unidos, aunque aceptaron la solicitud de celebraci髇 de consultas, no aceptaron en cambio que este fuera un caso de urgencia en el sentido del p醨rafo 8 del art韈ulo 4 del ESD.
Solución mutuamente convenida
El 12 de octubre de 2006, los Estados Unidos y el Canad?informaron al OSD de que hab韆n llegado a una soluci髇 mutuamente convenida de conformidad con el p醨rafo 6 del art韈ulo 3 del ESD en las diferencias WT/DS236, WT/DS247, WT/DS257, WT/DS264, WT/DS277 y WT/DS311. Esa soluci髇 hab韆 tomado la forma de un acuerdo general (Acuerdo sobre la Madera Blanda) entre los Estados Unidos y el Canad? de fecha 12 de septiembre de 2006. El 23 de febrero de 2007, los Estados Unidos y el Canadá informaron al OSD de que, el 12 de octubre de 2006, habían concluido un nuevo Acuerdo por el que se modificaba el Acuerdo inicial con el fin de facilitar su entrada en vigor.
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