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TRIPS
COUNCIL WEDNESDAY 19 (AND 21) SEPTEMBER 2001
Los
Miembros examinan proyectos de declaraci髇 ministerial
Dos proyectos de declaraci髇 ministerial, los objetivos generales del Acuerdo sobre los ADPIC de la OMC, las licencias obligatorias y las importaciones paralelas fueron algunas de las cuestiones examinadas en la segunda reuni髇 del Consejo de los ADPIC sobre el acceso a los medicamentos, que tuvo lugar el 19 de septiembre de 2001.
RESUMEN NO OFICIAL DE LA REUNI覰, PREPARADO POR LA DIVISI覰 DE
INFORMACI覰 Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACI覰 DE LA
SECRETAR虯 DE LA OMC PARA FACILITAR LA COMPRENSI覰 DEL P贐LICO.
S覮O TIENE CAR罜TER OFICIAL EL ACTA DE LA REUNI覰.
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Mike Moore
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M罶 INFORMACI覰 SOBRE ESTE TEMA:
>
M醩 informaci髇 sobre esta reuni髇
> Hoja informativa sobre los ADPIC y los productos farmac閡ticos
> Explicaci髇 t閏nica sobre los ADPIC y losproductos
farmac閡ticos
> Taller de H鴖bj鴕 sobre medicamentos asequibles
> M醩 informaci髇 sobre los aspectos de los derechos de propiedad
intelectual relacionados con el comercio (ADPIC)
El Consejo volvi?a reunirse el 21 de septiembre con car醕ter informal para examinar algunos proyectos adicionales. El proyecto de texto se remiti?despu閟 al Presidente del Consejo General para sus consultas sobre los preparativos de la Conferencia Ministerial de Doha. El Presidente del Consejo de los ADPIC, Embajador Boniface Chidyausiku de Zimbabwe, presta su asistencia en las consultas.
(Los
proyectos
se pueden encontrar aqu?
Para una explicaci髇 b醩ica de alguna de las cuestiones, incluidas
las disposiciones a que se hace referencia en este art韈ulo, v閍se la
hoja informativa de la OMC sobre los ADPIC y los productos
farmac閡ticos.
Para m醩 informaci髇 sobre la Conferencia Ministerial, v閍nse las p醙inas Web dedicadas a la Conferencia Ministerial de Doha)
En este segundo examen formal se prosigui?el debate que hab韆 tenido lugar en la primera reuni髇 celebrada el 20 de junio de 2001. El examen era uno de los puntos del orden del d韆 de esa semana, si bien debido a su importancia, se decidi?dedicar nuevamente un d韆 entero a su examen
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Proyectos
Los Miembros de la OMC hab韆n acordado que en la presente reuni髇 el examen se centrar韆 en las siguientes cuestiones: objetivos y principios (art韈ulos 7 y 8 del Acuerdo sobre los ADPIC), importaciones paralelas (art韈ulo 6) y licencias obligatorias (art韈ulo 31). El examen se ampli?para dar cabida a otras cuestiones conexas, como consecuencia de dos proyectos de texto de declaraci髇 ministerial presentados por los Miembros:
- Un
grupo de pa韘es en desarrollo: Bangladesh, Barbados, Bolivia,
el Brasil, Cuba, el Ecuador, Filipinas, el Grupo Africano, Hait?
Honduras, la India, Indonesia, Jamaica, el Pakist醤, el Paraguay,
el Per? la Rep鷅lica Dominicana, Sri Lanka, Tailandia y
Venezuela. Distribuido despu閟 de la reuni髇 con la signatura
IP/C/W/312 o WT/GC/W/450.
-
Un grupo de pa韘es desarrollados: Australia, el Canad?
los Estados Unidos, el Jap髇 y Suiza. La comunicaci髇
distribuida por este grupo s髄o conten韆 un proyecto de
pre醡bulo y se prometi?facilitar el resto del texto en los
siguientes d韆s. Distribuido despu閟 de la reuni髇 con
la signatura IP/C/W/313.
(La segunda parte de la comunicaci髇 se distribuy?informalmente el 21 de septiembre como un proyecto incompleto, y fue presentado por el Canad? los Estados Unidos, el Jap髇, Nueva Zelandia, la Rep鷅lica Checa y Suiza.)
- (Hong Kong, China tambi閚 distribuy?un proyecto informal el 21 de septiembre en el que se abordaba la cuesti髇 de las licencias obligatorias para la producci髇 en el extranjero, como soluci髇 al problema de los pa韘es sin capacidad interna. A juicio de Hong Kong, China el Acuerdo sobre los ADPIC no permite que un gobierno conceda licencias obligatorias a empresas extranjeras y, por lo que es posible que los gobiernos de los dos pa韘es tengan que ponerse de acuerdo.)
Esos proyectos se presentaron a t韙ulo de aclaraci髇 de las disposiciones de flexibilidad incorporadas en el Acuerdo sobre los ADPIC. El texto del grupo de pa韘es en desarrollo incluye elementos adicionales tales como plazos m醩 amplios para aplicar las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC, moderaci髇 a la hora de plantear diferencias relacionadas con esas cuestiones en la OMC, etc.
Proyecto de un grupo de pa韘es en desarrollo: adem醩 de contar con un extenso pre醡bulo, en este proyecto de 14 puntos se propone que ninguna disposici髇 del Acuerdo sobre los ADPIC impida que los Miembros adopten medidas para proteger la salud p鷅lica. En apoyo de este proyecto se adujo que al firmar el Acuerdo sobre los ADPIC los Miembros no hab韆n renunciado a su derecho a adoptar medidas de salud p鷅lica.
En ese proyecto se abordan diferentes cuestiones, a saber, la libertad para permitir las importaciones paralelas, la libertad para determinar los motivos para conceder licencias obligatorias, la capacidad para conceder licencias obligatorias para la producci髇 en el extranjero, procedimientos de autorizaci髇 simplificados para la comercializaci髇 de medicamentos gen閞icos, la capacidad para utilizar la informaci髇 confidencial (como por ejemplo los datos de pruebas) por razones de inter閟 p鷅lico, la contenci髇 de los pa韘es por lo que se refiere a la imposici髇 o amenaza de imposici髇 de sanciones tanto en el marco de la OMC como fuera de 閘, la moderaci髇 a la hora de someter diferencias sobre medidas sanitarias a la OMC, la exclusi髇 de las medidas de salud p鷅lica del 醡bito de las diferencias 搒in infracci髇? la pr髍roga de los per韔dos de transici髇 para los pa韘es en desarrollo y menos adelantados y supervisi髇 continua en el Consejo de los ADPIC.
Proyecto de un grupo de pa韘es desarrollados: este proyecto de pre醡bulo est?mucho m醩 centrado en la atenci髇 de problemas tales como las pandemias (VIH/SIDA, paludismo, tuberculosis). En el texto se insiste en que las patentes son importantes para que se puedan crear nuevos medicamentos y, por consiguiente, para que los enfermos puedan disponer de ellos, y se afirma que es apropiado que los Miembros de la OMC hagan uso de la flexibilidad que prev?el Acuerdo sobre los ADPIC para hacer frente a esas pandemias. Se se馻la que para responder eficazmente a esas pandemias se necesita una combinaci髇 de distintas pol韙icas econ髆icas, sociales y sanitarias. En el proyecto se indica que las normas de los pa韘es en materia de importaciones paralelas no deben contribuir a que los medicamentos m醩 baratos suministrados a los mercados m醩 pobres se infiltren en otros mercados, pues ello menoscabar韆 la fijaci髇 diferenciada de precios, y se hace hincapi?en la necesidad de prestar asistencia a los pa韘es m醩 pobres para que cumplan las obligaciones que les incumben en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC.
El proyecto informal presentado ulteriormente por un grupo af韓 de pa韘es desarrollados contiene propuestas de disposiciones operativas, es decir, disposiciones para dar aplicaci髇 al pre醡bulo. Las propuestas abarcan las normas de interpretaci髇 del Acuerdo sobre los ADPIC, las razones para la concesi髇 de licencias obligatorias, las situaciones de emergencia nacional y las licencias obligatorias y las importaciones paralelas.
El distinto planteamiento de las dos propuestas 梪na centrada en los objetivos de salud p鷅lica en su globalidad, y otra centrada en las pandemias?fue una diferencia importante se馻lada en el curso del examen.
Cuestiones
planteadas en el examen > Volver al principio
Entre las cuestiones planteadas en el examen cabe mencionar las siguientes:
?La dif韈il cuesti髇 de c髆o los pa韘es con una capacidad de fabricaci髇 limitada pueden beneficiarse de las licencias obligatorias. Ese debate gira en torno a una disposici髇 del Acuerdo sobre los ADPIC que establece que los productos fabricados bajo licencia obligatoria deben utilizarse principalmente para abastecer el mercado interno.
?Las importaciones paralelas. La legislaci髇 de los pa韘es difiere en cuanto a la autorizaci髇 o no de las importaciones paralelas. El Acuerdo sobre los ADPIC no especifica si las importaciones paralelas son legales y se limita a indicar que los gobiernos no pueden someter diferencias sobre esta cuesti髇 a la OMC; la interpretaci髇 de los pa韘es a este respecto difiere, como qued?reflejado en el debate.