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NEGOCIACIONES SOBRE LA AGRICULTURA: INFORMACI覰 GENERAL

Subvenciones a la exportaci髇 y competencia de las exportaciones

A medida que avanzan las negociaciones, los debates sobre subvenciones a la exportaci髇 y competencia de las exportaciones han pasado de abordar los principios m醩 generales a tratar los detalles englobados en ep韌rafes concretos.

ACTUALIZACIÓN DE 1 DE DICIEMBRE DE 2004
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En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la Divisi髇 de Informaci髇 y Relaciones con los Medios de Comunicaci髇 de la Secretar韆 de la OMC para ayudar al p鷅lico a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones.

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En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones.

Durante los preparativos de las “modalidades”, de 2002 a 2003, los debates se dividieron en cinco apartados: subvenciones a la exportaci髇; cr閐itos, garant韆s y seguros a la exportaci髇; ayuda alimentaria; empresas comerciales del Estado exportadoras; y restricciones e impuestos a la exportaci髇. Dentro de cada ep韌rafe hay una lista de apartados: comentarios generales; 醡bito/definiciones/productos abarcados; etapas/calendarios; transparencia y notificaci髇; etc.

El trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo y las preocupaciones no comerciales son temas debatidos en el marco de todos ellos, aunque hay desacuerdo entre los Miembros respecto a si la Declaraci髇 de Doha concede igual importancia a ambos temas o si las preocupaciones no comerciales tienen una prioridad menor.

縌ui閚es pueden subvencionar las exportaciones?

Veinticinco Miembros de la OMC pueden subvencionar las exportaciones, pero s髄o respecto de los productos para los que han contra韉o compromisos de reducci髇 de las subvenciones. Los pa韘es que no han adquirido compromisos no pueden subvencionar las exportaciones agr韈olas en absoluto. Algunos de los 25 Miembros han decidido reducir en gran medida sus subvenciones o eliminarlas completamente. Entre par閚tesis figura el n鷐ero de productos subvencionados por cada pa韘.

Australia (5)
Brasil (16)
Bulgaria (44)
Canad?(11)
Chipre (9)
Colombia (18)
Estados Unidos (13)
Hungr韆 (16)

Indonesia (1)
Islandia (2)
Israel (6)
M閤ico (5)
Noruega (11)
Nueva Zelandia (1)
Panam?(1)
Polonia (17)

Rep鷅lica Checa (16)
Rep鷅lica Eslovaca (17)
Rumania (13)
Sud醘rica (62)
Suiza-Liechtenstein (5)
Turqu韆 (44)
UE (20)
Uruguay (3)
Venezuela (72)

El Acuerdo prev?que los pa韘es en desarrollo puedan acogerse a exenciones temporales respecto de las subvenciones para reducir los costos de comercializaci髇 y transporte (p醨rafo 4 del art韈ulo 9).

Para m醩 detalles, v閍se el documento de informaci髇 de la Secretar韆 de la OMC “Subvenciones a la exportaci髇 TN/AG/S/8.

 

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Primera etapa

En esta primera etapa algunos pa韘es proponen la eliminaci髇 total de cualquier forma de subvenci髇 a la exportaci髇, en algunos casos con fuertes reducciones al comienzo del siguiente per韔do en concepto de “aportaci髇 inicial”. Otros est醤 dispuestos a negociar reducciones m醩 progresivas sin llegar al extremo de la eliminaci髇 completa de las subvenciones y sin ninguna “aportaci髇 inicial”.

Muchos pa韘es en desarrollo (aunque no todos) aducen que sus productos nacionales se ven perjudicados cuando tienen que hacer frente a importaciones a bajos precios como consecuencia de las subvenciones a la exportaci髇 o cuando, por el mismo motivo, tienen que hacer frente a una mayor competencia en sus mercados de exportaci髇. En este grupo de pa韘es figuran importadores netos de productos alimenticios que tambi閚 desean que se les preste ayuda para ajustarse a la nueva situaci髇 en caso de que los precios mundiales aumenten como resultado de las negociaciones.

Adem醩, numerosos pa韘es desear韆n que se ampliaran y mejoraran las normas para impedir que los gobiernos sorteen (“eludan”) sus compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇, incluida la utilizaci髇 de empresas comerciales del Estado, la ayuda alimentaria y la concesi髇 de cr閐itos a la exportaci髇 subvencionados.

Algunos pa韘es, como por ejemplo la India, proponen que se permita una mayor flexibilidad a los pa韘es en desarrollo para aumentar las subvenciones respecto de algunos productos cuando se reducen las subvenciones aplicadas a otros productos.

Varios pa韘es en desarrollo se quejan de que las normas son desiguales. En concreto, hacen objeciones al hecho de que a los pa韘es desarrollados se les permite seguir asignando grandes cantidades en concepto de subvenciones a la exportaci髇 mientras que los pa韘es en desarrollo no pueden hacerlo debido a la falta de recursos y al hecho de que s髄o se permiti?mantener las subvenciones, aunque a niveles reducidos, a aquellos pa韘es que inicialmente subvencionaban las exportaciones. Un grupo de pa韘es en desarrollo califica el efecto de diversos tipos de subvenciones a la exportaci髇 de “dumping” que perjudica a sus agricultores.

Como resultado de todas estas preocupaciones, algunas propuestas propugnan condiciones muy distintas para los pa韘es en desarrollo. La ASEAN y la India, por ejemplo, proponen que se eliminen todas las subvenciones a la exportaci髇 de los pa韘es desarrollados, pero que se permita a los pa韘es en desarrollo conceder subvenciones con fines espec韋icos, tales como la comercializaci髇. Algunos pa韘es en desarrollo dicen que se les deber韆 permitir mantener obst醕ulos arancelarios elevados o ajustar sus m醲imos arancelarios actuales para proteger a sus agricultores, en caso de que las subvenciones a la exportaci髇 en los pa韘es ricos no se reduzcan sustancialmente. Otros pa韘es en desarrollo dicen por el contrario que los obst醕ulos tambi閚 perjudicar韆n a los pa韘es en desarrollo que deseen exportar a otros pa韘es en desarrollo.

Propuestas presentadas en la primera etapa con las posiciones respecto de las subvenciones a la exportaci髇 y la competencia de las exportaciones
(v閍nse tambi閚 las propuestas sobre los pa韘es en desarrollo y las preocupaciones no comerciales)

 

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Subvenciones a la exportaci髇: segunda etapa

Durante la primera etapa, el debate sobre subvenciones a la exportaci髇 y competencia de las exportaciones abarca varios apartados a la vez. Luego, a medida que las conversaciones se pormenorizan, se van distinguiendo los apartados.

Respecto a las subvenciones a la exportaci髇, una propuesta presentada en la segunda etapa prev?una reducci髇 del 50 por ciento en forma de aportaciones iniciales inmediatas, seguida de la eliminaci髇 completa de las subvenciones en un plazo de tres a駉s (para los pa韘es desarrollados) o de seis a駉s (para los pa韘es en desarrollo).

En otra propuesta an醠oga se hace m醩 hincapi?en que haya flexibilidad para los pa韘es en desarrollo. Se propone ampliar los tipos de subvenciones a la exportaci髇 que los pa韘es en desarrollo pueden conceder al amparo del p醨rafo 4 del art韈ulo 9 del Acuerdo sobre la Agricultura. Seg鷑 la f髍mula propuesta por ese grupo de pa韘es, las subvenciones se seguir韆n reduciendo al ritmo previsto por el actual Acuerdo mientras prosiguen las negociaciones, y se proceder韆 despu閟 a su eliminaci髇 completa en un plazo de tres a駉s desde el final de las negociaciones o en 2006, si esa fecha es anterior, con un plazo m醩 largo para los pa韘es en desarrollo.

Estas propuestas reciben cierto grado de apoyo y tambi閚 suscitan cierta oposici髇, en particular por lo que se refiere a la eliminaci髇 completa de las subvenciones a la exportaci髇.

En otra propuesta se plantea un “reequilibrio” o “modulaci髇” — reducciones m醩 moderadas para ciertos productos a cambio de mayores reducciones para otros, con posibilidad de aumentar los niveles m醲imos — sin eliminar las subvenciones a la exportaci髇. Una vez m醩 la propuesta tuvo partidarios y detractores, pues algunos pa韘es piensan que con el reequilibrio los productos que m醩 necesidad tienen de exportar har醤 frente a la competencia de los productos que se benefician de las subvenciones m醩 elevadas.

Algunos pa韘es insistieron en la equiparaci髇 de las medidas aplicables a las importaciones con las aplicables a las exportaciones. La reducci髇 de las subvenciones ser韆 gradual sin llegar a su eliminaci髇. En correlaci髇 con el concepto de aranceles consolidados, las subvenciones a la exportaci髇 se consolidar韆n bas醤dose en el valor unitario (por ejemplo, la tonelada).

Muchos pa韘es consideran que, habr韆 que someter a disciplina otras formas de subvenciones a la exportaci髇 (como la ayuda alimentaria, los cr閐itos a la exportaci髇 subvencionados , los programas de seguro y las actividades de las empresas comerciales del Estado) y dicen que desarrollar醤 esta idea ulteriormente. Incluso entre los pa韘es que piensan que es necesario abordar estas cuestiones, hay divergencia de opiniones en cuanto a si esas otras formas tienen efectos tan graves como las subvenciones directas a la exportaci髇.

Algunos pa韘es en desarrollo m醩 peque駉s aducen que las subvenciones a la exportaci髇 deben eliminarse, pero en un plazo m醩 largo, para que puedan adaptarse al aumento de la factura de las importaciones de alimentos. Esos pa韘es piden que se adopten medidas m醩 en閞gicas para ayudar a los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios y los pa韘es menos adelantados a adaptarse.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: el Grupo de Cairns, cinco pa韘es en desarrollo (Nicaragua, Panam? el Per? Venezuela y Zimbabwe), Suiza y el Jap髇

 

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Subvenciones a la exportaci髇: preparación de las “modalidades” 

Entre las propuestas figuran:

  • una reducci髇 inmediata del 50 por ciento en forma de aportaciones iniciales, hasta llegar a cero en tres a駉s para los pa韘es desarrollados, en seis a駉s para los pa韘es en desarrollo;
  • un proceso similar, pero sin aportaci髇 inicial;
  • llegar a cero en cinco a駉s;
  • en t閞minos generales, “la eliminaci髇 no est?incluida ni excluida” y depende de lo que ocurra en otras esferas, incluidas las de los cr閐itos a la exportaci髇 y la ayuda interna;
  • una “modulaci髇” que permita reducciones m醩 moderadas para algunos productos a cambio de reducciones m醩 pronunciadas para otros.

Algunos pa韘es proponen compromisos adicionales sobre las subvenciones unitarias (por ejemplo, d髄ares por tonelada de trigo).

Muchos pa韘es en desarrollo apoyan la eliminaci髇 y las aportaciones iniciales. Pero considerados en conjunto, los pa韘es en desarrollo discrepan sobre la manera de proceder con respecto al trato especial y diferenciado. Algunos quieren que se establezcan exenciones an醠ogas a las del art韈ulo 27 y del Anexo 7 del Acuerdo sobre Subvenciones. Otros dicen que ello agravar韆 las distorsiones e ir韆 en perjuicio del comercio entre pa韘es en desarrollo.

Algunos participantes importantes no han propuesto cifras concretas durante esta etapa, lo cual ha dado lugar a cr韙icas de otros participantes.

 

Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre subvenciones a la exportaci髇 volver al principio

El proyecto propone dos ritmos de eliminaci髇 de las subvenciones a la exportaci髇: cinco a駉s (10 a駉s para los pa韘es en desarrollo) para una serie de productos y nueve a駉s (12 a駉s para los pa韘es en desarrollo) para los dem醩.

Los pa韘es en desarrollo podr韆n continuar acogi閚dose a las exenciones establecidas en el p醨rafo 4 del art韈ulo 9 respecto de las subvenciones de ayuda a la comercializaci髇, manipulaci髇, perfeccionamiento y transporte internacional.

 

Los proyectos de marco sobre subvenciones a la exportaci髇 volver al principio

(véase Propuestas “marco” de Canc鷑)

La mayor韆 de los distintos proyectos — incluidos los intentos de compromiso de los textos P閞ez del Castillo y Derbez — prev閚 medidas respecto de dos grupos de productos. En primer lugar, se eliminar韆n las subvenciones a la exportaci髇 de productos “de particular inter閟 para los pa韘es en desarrollo”. La cuesti髇 de cu醠es ser韆n esos productos y cu醤to tiempo llevar韆 la eliminaci髇 ser韆 objeto de negociaci髇.

Los proyectos difieren en cuanto a lo que ocurrir韆 con el segundo conjunto de productos: si las subvenciones restantes deber韆n reducirse (Estados Unidos — Uni髇 Europea, Noruega) o eliminarse (G-20). El proyecto Derbez propone que se negocie una fecha final para la remoci髇 progresiva de todas las formas de subvenciones a la exportaci髇 (es decir, incluidos los cr閐itos a la exportaci髇 subvencionados y algunas formas de ayuda alimentaria).

De forma ligeramente distinta, la Uni髇 Africana, los pa韘es ACP y los pa韘es menos adelantados piden que se reduzcan sustancialmente todas las subvenciones a la exportaci髇 “con miras a su remoci髇 progresiva en un plazo especificado”. El documento de la CARICOM propone que las subvenciones a la exportaci髇 de los pa韘es en desarrollo se eliminen durante un per韔do m醩 largo cuando esos productos son exportados en el marco de esquemas preferenciales de los pa韘es importadores.

 

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Cr閐itos a la exportaci髇: segunda etapa

A juicio de la mayor韆 de las delegaciones que intervienen en las negociaciones, los cr閐itos a la exportaci髇 subvencionados (junto con las garant韆s de cr閐ito y los programas de seguro, diversas formas de ayuda alimentaria y las actividades de las empresas comerciales del Estado) pod韆n utilizarse para eludir los compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇. Esos pa韘es instan a que se someta a disciplina el elemento de subvenci髇 que comportan esas medidas.

Algunos consideran que la reducci髇 de las subvenciones a la exportaci髇 debe negociarse en el marco de un conjunto de medidas que incluya igualmente disciplinas y reducciones de los cr閐itos a la exportaci髇 subvencionados. A juicio de otros pa韘es las subvenciones a la exportaci髇 tienen efectos mucho m醩 graves.

Algunos pa韘es adoptan una posici髇 m醩 prudente al respecto e indican que son partidarios de establecer disciplinas inspiradas en las que se est醤 elaborando en la OCDE, aunque puntualizan igualmente que los cr閐itos a la exportaci髇 no comprenden una proporci髇 elevada de subvenci髇 y resultan 鷗iles para la seguridad alimentaria de los pa韘es importadores aquejados por crisis financieras o problemas de abastecimiento de alimentos.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: la Uni髇 Europea, los Estados Unidos y Australia

 

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Cr閐itos, seguros, etc., a la exportaci髇: preparación de las “modalidades” 

Hasta ahora han surgido dos planteamientos. Uno, “basado en normas”: los cr閐itos y seguros a la exportaci髇 tendr韆n que otorgarse en “t閞minos comerciales”, y 閟tos se definir韆n de acuerdo con criterios tales como la duraci髇 del cr閐ito (por ejemplo, 180 d韆s), los puntos de referencia para los tipos de inter閟 (por ejemplo, Libor — la tasa interbancaria de Londres — con alguna adici髇), primas de seguro adecuadas, etc. Todo lo dem醩 se considerar韆 “subvenci髇 a la exportaci髇” y tendr韆 que reducirse o eliminarse.

La alternativa son los “compromisos de reducci髇”, que implican calcular el componente de subvenci髇 del cr閐ito, del seguro y de las garant韆s y tratarlos de la misma manera que a las subvenciones a la exportaci髇 normales.

Varios pa韘es en desarrollo se quejan de que la v韆 de los compromisos de reducci髇 reforzar韆 la falta de equidad del actual marco de las subvenciones a la exportaci髇, en el cual a los pa韘es que aplican subvenciones elevadas en el per韔do de base se les permite subvencionar m醩 durante el per韔do de reforma. Algunos pa韘es advierten contra el riesgo de ser demasiado dr醩ticos, ya que el cr閐ito subvencionado puede resultar necesario en tiempos de crisis de divisas.

Tambi閚 en este caso hay quejas sobre la falta de cifras concretas en las propuestas. Pero algunos pa韘es afirman que necesitan m醩 informaci髇 antes de poder ofrecer una propuesta concreta.

 

Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre cr閐itos a la exportaci髇 volver al principio

El proyecto aborda este tema en el Ap閚dice 5. Entre los detalles t閏nicos figuran las formas y los proveedores del cr閐ito que quedar醤 sujetos a disciplinas, los t閞minos y condiciones como los plazos de reembolso y los tipos de inter閟, el apoyo no conforme (que deber韆 reducirse), las excepciones en situaciones de emergencia, la transparencia y notificaci髇 y el trato especial a los pa韘es en desarrollo. (Los cr閐itos a la exportaci髇 han sido uno de los temas abordados en las consultas t閏nicas celebradas desde la publicaci髇 del proyecto y se han registrado algunos avances en los detalles.)

 

Los proyectos de marco sobre cr閐itos a la exportaci髇 volver al principio

(véase Propuestas “marco” de Canc鷑)

El proyecto Estados Unidos — Uni髇 Europea propone que las disciplinas sobre los “elementos” de los cr閐itos a la exportaci髇 “causantes de distorsi髇” reflejen las de las subvenciones a la exportaci髇, tanto en lo que respecta a la selecci髇 de productos como a la reducci髇 o eliminaci髇. As? lo hace tambi閚 a su manera la propuesta del G-20, que persigue la eliminaci髇 tanto de las subvenciones como de los cr閐itos subvencionados, y a馻de que es necesario velar por los intereses de los pa韘es importadores netos de productos alimenticios y los pa韘es menos adelantados.

Los proyectos P閞ez del Castillo y Derbez tambi閚 prev閚 disciplinas que reflejan sus textos relativos a las subvenciones a la exportaci髇. Recogen adem醩 los llamamientos de Kenya, los cuatro pa韘es centroamericanos y la Uni髇 africana, los pa韘es ACP y los pa韘es menos adelantados para que las disciplinas sobre los cr閐itos a la exportaci髇 tengan en cuenta las preocupaciones de los pa韘es menos adelantados y los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios.

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Ayuda alimentaria: segunda etapa

(V閍se tambi閚 Decisi髇 relativa a los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios)

Todos los pa韘es convienen en que la ayuda alimentaria por motivos humanitarios es esencial. La mayor parte de los debates se ha centrado en la mejor manera de garantizar que la ayuda vaya a los que realmente la necesitan, no perjudique a la producci髇 interna de los pa韘es que reciben la ayuda, no provoque una distorsi髇 del comercio (en particular, no constituya una amenaza para las exportaciones de los proveedores competidores), responda verdaderamente a la demanda, no represente una forma de colocar los excedentes de los pa韘es que conceden subvenciones y no permita a los pa韘es eludir sus compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇.

La mayor韆 de los pa韘es afirman que la ayuda s髄o deber韆 concederse en forma de donaciones y no de cr閐itos. Sin embargo, algunos advierten que podr韆 tratarse de un sistema demasiado r韌ido que impedir韆 que la ayuda alimentaria llegue r醦idamente a los que la necesitan.

Numerosos pa韘es en desarrollo piden compromisos vinculantes por parte de los pa韘es donantes con respecto a las cantidades que suministran, con un aumento de las cantidades de productos alimenticios cuando los precios son elevados, suministros de ayuda que respondan a la demanda, prestaci髇 de asistencia t閏nica y financiera para ayudar a los pa韘es a desarrollar su producci髇 interna en vez de depender de la ayuda alimentaria y una mayor transparencia mediante notificaciones al Comit?de Agricultura de la OMC. Ciertos pa韘es desarrollados respaldan tambi閚 algunas de estas ideas.

Tambi閚 se han examinado conceptos como la constituci髇 de existencias internacionales y el establecimiento de un fondo rotatorio (que propusieron algunos pa韘es en desarrollo en la primera etapa).

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: siete pa韘es en desarrollo (Cuba, Egipto, Granada, Mauricio, Nigeria, Sri Lanka, Uganda), la UE, el Jap髇, el MERCOSUR, Namibia, Noruega

 

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Ayuda alimentaria: cuestiones adicionales (segunda etapa)

En la reuni髇 final de la segunda fase se han distribuido solamente dos documentos y, posteriormente, se distribuyen varios otros, por lo que la mayor韆 de las observaciones son breves y preliminares.

Tienen una favorable acogida las propuestas destinadas a evitar el uso de la ayuda alimentaria como forma de colocar los excedentes y expandir la cuota de mercado, si bien un pa韘 cuestiona la propuesta de limitar la ayuda alimentaria a las donaciones bas醤dose 鷑icamente en que ello podr韆 evitar una r醦ida distribuci髇.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: determinados pa韘es de la CARICOM (ayuda alimentaria, subvenciones del compartimento verde, preocupaciones no comerciales, mecanismo de salvaguardia especial para la agricultura para los pa韘es en desarrollo y las peque馻s econom韆s en desarrollo, preferencias comerciales)

 

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Ayuda alimentaria: preparación de las “modalidades” 

La mayor韆 de los pa韘es consideran que la ayuda no es un problema si se concede como respuesta a un llamamiento de una organizaci髇 internacional competente (como el Programa Mundial de Alimentos, la Organizaci髇 de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci髇, etc.) o si la organizaci髇 declara una situaci髇 de urgencia.

縋ero qu?sucede si la ayuda es otorgada de manera bilateral o a trav閟 de otras instituciones? Algunos pa韘es sospechar韆n que ello es un intento de librarse de los excedentes, aunque algunas delegaciones se馻lan que un gobierno puede responder a una urgencia m醩 r醦idamente que las organizaciones internacionales. Tambi閚 existen diferencias respecto a si la ayuda deber韆 ser solamente en forma de donaci髇, o si los descuentos de precios y los cr閐itos deber韆n ser sometidos a las disciplinas aplicables a las subvenciones a la exportaci髇.

 

Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre ayuda alimentaria volver al principio

El proyecto aborda este tema en el Ap閚dice 6, que es una propuesta de sustituci髇 del p醨rafo 4 del art韈ulo 10 del Acuerdo sobre la Agricultura. Entre los detalles t閏nicos figuran una propuesta de criterios para determinar si existe una aut閚tica necesidad de ayuda alimentaria (como llamamientos de los organismos internacionales competentes) y si los alimentos se suministran con arreglo a condiciones espec韋icas, por ejemplo que s髄o se aceptar?la ayuda en forma de donaciones. Otras ayudas deber韆n incluirse en los compromisos de reducci髇 de las subvenciones a la exportaci髇 o prohibirse. (La ayuda alimentaria ha sido uno de los temas abordados en las consultas t閏nicas celebradas desde la publicaci髇 del proyecto, y se han registrado algunos avances en los detalles.)

 

Los proyectos de marco sobre ayuda alimentaria volver al principio

(véase Propuestas “marco” de Canc鷑)

Los proyectos Estados Unidos — Uni髇 Europea, G-20, Noruega, P閞ez del Castillo y Derbez prev閚, todos ellos, disciplinas o disciplinas “adicionales” para impedir que la ayuda alimentaria sustituya al suministro en condiciones comerciales. El documento de la Uni髇 Africana, los pa韘es ACP y los pa韘es menos adelantados dice que “deber?abordarse” la ayuda alimentaria para hacer frente a las situaciones de emergencia de los pa韘es en desarrollo, y en general deber?mantenerse para salvar situaciones cr髇icas de escasez de alimentos o cumplir objetivos de desarrollo.

 

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Exportaciones y empresas comerciales del Estado/empresas exclusivas: segunda etapa

(V閍se tambi閚 contingentes arancelarios)

Durante la segunda etapa, esta cuesti髇 se convirti?en un ep韌rafe independiente. Se subraya particularmente la funci髇 exportadora de esas empresas, a pesar de que no todos los Miembros comparten las mismas preocupaciones, y tambi閚 se debate el papel que desempe馻n las empresas comerciales del Estado en la importaci髇, por ejemplo en la administraci髇 de los contingentes arancelarios.

En esta etapa se debaten varias ideas:

Simetr韆: 縭esulta sesgado el actual acuerdo por el hecho de imponer disciplinas m醩 severas a las empresas importadoras que a las exportadoras? Algunos pa韘es dicen que s? dado que las empresas exportadoras del Estado abastecen los mercados mundiales y pueden distorsionar m醩 el comercio mundial. Algunos pa韘es exportadores con empresas comerciales del Estado dicen que no, dado que las empresas importadoras ejercen una gran influencia en el acceso a los mercados mediante la administraci髇 de los contingentes arancelarios, etc., con repercusiones en los mercados mundiales.

縃ay que abordar la cuesti髇 de las empresas o de las medidas espec韋icas? Este debate se articula en torno a la cuesti髇 de si las empresas del Estado son fundamentalmente distintas de las empresas privadas.

Para algunos pa韘es existe poca diferencia. Esos pa韘es afirman que sus empresas p鷅licas operan con arreglo a criterios comerciales y a馻den que las empresas privadas pueden igualmente ejercer un monopolio, recurrir a la fijaci髇 diferenciada de precios y ser reflotadas con subvenciones cuando tienen dificultades. Por consiguiente, esos pa韘es aducen que las disciplinas no se deben aplicar a las empresas p鷅licas en general, sino a medidas espec韋icas. Algunos pa韘es instan a que se establezcan disciplinas espec韋icas para las empresas multinacionales.

Algunos pa韘es en desarrollo indican que necesitan la intervenci髇 de empresas p鷅licas cuando el sector privado es demasiado d閎il para comerciar o competir con grandes empresas extranjeras, o para atender a responsabilidades p鷅licas tales como la seguridad alimentaria.

Para otros pa韘es, al contrario, existe realmente una diferencia fundamental porque las empresas p鷅licas o juntas de comercializaci髇 ejercen un monopolio en la compra de productos b醩icos para la exportaci髇, disfrutan adem醩 de garant韆s estatales y no tienen que cumplir objetivos comerciales.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: el Jap髇 y los Estados Unidos

 

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Exportaciones y empresas comerciales del Estado/operadores exclusivos: preparación de las “modalidades” 

Este apartado se refiere a la posibilidad de que las compa耥as, organismos de comercializaci髇 o empresas similares del Estado que realizan actividades de exportaci髇 sean un medio para subvencionar las exportaciones m醩 all?de los l韒ites acordados para las subvenciones. Una extensa discusi髇 ha circunscrito parte del debate a la cuesti髇 de si un monopolio concedido por un gobierno a una empresa exportadora es autom醫(yī)icamente sospechoso o si son las acciones de la empresa las que determinar韆n si esta subvenciona o no las exportaciones.

Varios pa韘es se oponen a los monopolios concedidos por los gobiernos. Para expresarlo de manera sencilla, una opini髇 es que si se concede un monopolio, el precio es la transparencia: los precios de las adquisiciones y de las ventas y los costos de transacci髇 tendr韆n que ser notificados. Algunos pa韘es con empresas exportadoras de propiedad estatal o monop髄icas se oponen, debido a que esos datos son secretos comerciales que las empresas privadas no tienen por qu?revelar.

 

Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre empresas comerciales del Estado exportadoras volver al principio

El proyecto aborda este tema en el Ap閚dice 7, que es una propuesta de un nuevo p醨rafo 5 en el art韈ulo 10 del Acuerdo sobre la Agricultura. Se proponen disciplinas destinadas a garantizar que esas empresas del Estado act鷈n con arreglo a la pr醕tica comercial, sin subvenciones, permitiendo la competencia y sin ayuda p鷅lica ni otros privilegios financieros.

 

Los proyectos de marco sobre empresas comerciales del Estado exportadoras volver al principio

(véase Propuestas “marco” de Canc鷑)

El proyecto Estados Unidos — Uni髇 Europea propone disciplinas sobre los privilegios de operador exclusivo de las empresas exportadoras — “que incluyan la terminaci髇” de los privilegios — y sobre pr醕ticas de fijaci髇 de precios de las empresas comerciales del Estado. El proyecto de Kenya pretende que las empresas de los pa韘es en desarrollo est閚 exentas de esas disciplinas debido al papel que desempe馻n en el desarrollo. Los proyectos P閞ez del Castillo y Derbez se馻lan que las disciplinas respecto de las subvenciones a la exportaci髇 y los cr閐itos a la exportaci髇 subvencionados deber醤 aplicarse a todas las subvenciones a la exportaci髇 pertinentes — relacionadas con las empresas, o concedidas directamente o indirectamente por o mediante 閟tas. Incluyen la cuesti髇 de las disciplinas sobre los privilegios de exportaci髇 en el amplio ep韌rafe de “cuestiones de inter閟 pero no acordadas”.

 

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