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NEGOCIACIONES SOBRE LA AGRICULTURA: INFORMACI覰 GENERAL

Acceso a los mercados: aranceles y contingentes arancelarios

En la actualidad los Miembros de la OMC protegen los productos agropecuarios 鷑icamente con aranceles.1 Como resultado de la Ronda Uruguay todos los obst醕ulos no arancelarios tuvieron que eliminarse o convertirse en aranceles (esta conversi髇 se denomina “arancelizaci髇”). En algunos casos, el equivalente arancelario calculado, al igual que las medidas iniciales objeto de arancelizaci髇, era demasiado elevado para permitir oportunidades reales de acceso para las importaciones. As? se cre?un sistema de contingentes arancelarios con el fin de mantener los niveles de acceso existentes para las importaciones y de ofrecer oportunidades de acceso m韓imo, lo que significa aranceles m醩 bajos en el marco de los contingentes y tipos m醩 elevados para las cantidades fuera del contingente.

ACTUALIZACIÓN DE 1 DE DICIEMBRE DE 2004
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En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la Divisi髇 de Informaci髇 y Relaciones con los Medios de Comunicaci髇 de la Secretar韆 de la OMC para ayudar al p鷅lico a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones.

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En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones.

 

Desde la conclusi髇 de la Ronda Uruguay los debates se han centrado principalmente en dos cuestiones, a saber, el elevado nivel de los aranceles aplicados fuera de los contingentes (algunos pa韘es reclaman reducciones m醩 importantes de los aranceles m醩 elevados), y los propios contingentes — su magnitud, la forma en que se han administrado y los aranceles aplicados a las importaciones comprendidas en los contingentes.

Cuando se llevaron a cabo los preparativos de las “modalidades” en 2002-2003 los debates se dividieron en cinco apartados: aranceles; contingentes arancelarios; administraci髇 de contingentes arancelarios; salvaguardias especiales; empresas comerciales del Estado importadoras y otras cuestiones. Dentro de cada ep韌rafe hay una lista de apartados: comentarios generales; 醡bito/definiciones/productos abarcados; etapas/calendarios; transparencia y notificaci髇; etc. El trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo y las preocupaciones no comerciales son temas debatidos en el marco de cada uno de ellos, y tambi閚 en este caso hay desacuerdo entre los Miembros respecto a si la Declaraci髇 de Doha concede igual importancia a ambos temas o si las preocupaciones no comerciales tienen una prioridad menor.

En el curso de los debates, los nuevos Miembros y las econom韆s en transici髇 han argumentado reiteradamente en favor del trato especial y diferenciado para los pa韘es que se hallan en su situaci髇, debido al estado de sus econom韆s y a que los nuevos Miembros se encuentran a鷑 aplicando los compromisos sobre acceso a los mercados de conformidad con sus acuerdos de adhesi髇.

Tampoco en este ep韌rafe han propuesto cifras concretas algunos participantes importantes, lo que ha dado lugar a cr韙icas de otros participantes.

Propuestas presentadas en la primera etapa con las posiciones respecto del acceso a los mercados
(v閍nse tambi閚 las propuestas sobre los pa韘es en desarrollo y las preocupaciones no comerciales)

 

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Aranceles: primera etapa

El examen de los aranceles abarca los tipos aplicados tanto dentro como fuera de los contingentes. Tradicionalmente, las reducciones arancelarias eran el resultado de negociaciones comerciales bilaterales producto por producto, se basaban en f髍mulas aplicables a una gran diversidad de productos, o se trataba de una combinaci髇 de ambos m閠odos. El m閠odo que se utilizar?para abordar las reducciones en las negociaciones actuales es muy discutido. Algunos pa韘es como el Canad?y los Estados Unidos defienden que se negocie adem醩 una “liberalizaci髇 sectorial”, lo que en algunos sectores dio lugar en negociaciones anteriores a acuerdos “cero por cero”. Esa liberalizaci髇 sectorial incluir韆 la negociaci髇 de la eliminaci髇 completa de los aranceles (y posiblemente de otras medidas como las subvenciones a la exportaci髇 o los cr閐itos a la exportaci髇 subvencionados) por parte, como m韓imo, de los principales Miembros de la OMC en sectores espec韋icos tales como las semillas oleaginosas, la cebada y la malta. Algunos pa韘es, como por ejemplo el Jap髇, han declarado que no son partidarios de una liberalizaci髇 sectorial.

Un pa韘, los Estados Unidos, ha llegado a proponer que, dado que los aranceles de numerosos productos agropecuarios son elevados, las negociaciones para reducir los aranceles deber韆n comenzar por los “tipos aplicados” (los aranceles que los gobiernos aplican efectivamente a las importaciones de productos agropecuarios) y no por los “tipos consolidados” que son en general m醩 elevados (los m醲imos jur韉icamente vinculantes resultado de los compromisos contra韉os en la OMC a ra韟 de las negociaciones anteriores). Esta postura ha suscitado bastante controversia, ya que romper韆 la tradici髇 de basar las negociaciones en los tipos consolidados. Varios pa韘es han respondido adem醩 que se les deber韆 anotar un cr閐ito por aplicar de forma unilateral aranceles m醩 liberales que los tipos consolidados negociados, en vez de obligarlos a efectuar reducciones m醩 importantes que a los pa韘es que se limitan a aplicar los tipos consolidados m醩 elevados. Algunos pa韘es que se han incorporado recientemente a la OMC consideran igualmente que han aceptado aplicar bajos aranceles para poder ser Miembros y que, por consiguiente, no se les deber韆 obligar a reducirlos mucho m醩.

Algunos pa韘es en desarrollo se quejan tambi閚 de que, cuando tratan de aumentar sus ingresos mediante la elaboraci髇 de las materias primas agr韈olas que producen, se encuentran con dificultades. El motivo radica en que los pa韘es que ellos ven como posibles mercados de exportaci髇 imponen derechos m醩 elevados a las importaciones de productos elaborados que a las de materias primas — fen髆eno conocido como progresividad arancelaria — para proteger su propia industria de transformaci髇.

Algunos pa韘es piensan que los aranceles y otros obst醕ulos a la importaci髇 son necesarios para proteger la producci髇 nacional y mantener la seguridad alimentaria. Por ese motivo, algunos pa韘es est醤 vinculando la reducci髇 de los obst醕ulos a la importaci髇 al establecimiento en otros pa韘es de disciplinas en materia de limitaci髇 de las exportaciones e impuestos a la exportaci髇, sobre la base de que si los pa韘es productores no restringen sus exportaciones, los pa韘es importadores podr醤 tener m醩 seguridad con respecto a la posibilidad de obtener alimentos de esos pa韘es. Algunos pa韘es en desarrollo dicen que necesitan flexibilidad para poder decidir el nivel de los derechos de importaci髇 que aplicar醤 para proteger a sus agricultores de la competencia que suponen las importaciones a bajos precios como consecuencia de las subvenciones a la exportaci髇.

 

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Aranceles: segunda etapa

Se han presentado dos propuestas relacionadas con las reducciones arancelarias en general. Una de ellas preconiza la misma f髍mula utilizada en las negociaciones de la Ronda Uruguay 1986-94, que consiste en aplicar una reducci髇 media a todos los productos, aunque permite variaciones en el caso de determinados productos, siempre que se efect鷈 una reducci髇 m韓ima. Para los defensores de esta propuesta ese sistema ser韆 “m醩 f醕il” de aplicar. La otra propuesta se refiere a un enfoque combinado que prev?una reducci髇 porcentual uniforme de los tipos arancelarios (el porcentaje no se ha especificado todav韆), junto con reducciones “no lineales” de los aranceles m醩 elevados, la ampliaci髇 de los contingentes y un trato especial para los pa韘es en desarrollo. Los partidarios de esta propuesta han calificado este m閠odo de “m醩 equitativo”. Tambi閚 se examinan otros m閠odos, pero esos dos son los que m醩 apoyo tienen.

Parte del debate se centra en el trato especial para los pa韘es en desarrollo, los pa韘es que se han incorporado recientemente a la OMC y los pa韘es en transici髇 a econom韆s de mercado. Algunos pa韘es en desarrollo consideran que la reducci髇 de sus aranceles debe depender de que los pa韘es desarrollados reduzcan sus medidas de ayuda interna con efectos de distorsi髇 del comercio y las subvenciones a la exportaci髇. Los peque駉s Estados insulares o los pa韘es sin litoral que dependen de la exportaci髇 de un n鷐ero reducido de productos piden que se mantengan las preferencias comerciales de que se benefician en los pa韘es desarrollados y que se d?mayor certidumbre jur韉ica. Ahora bien, otros pa韘es consideran que algunos sistemas preferenciales son discriminatorios para otros pa韘es en desarrollo. Con todo, los participantes reconocen en general que las preferencias no se pueden reducir o suprimir repentinamente y que puede ser necesario establecer per韔dos de transici髇.

Tambi閚 se han abordado las cuestiones siguientes: si es o no necesario equilibrar las disciplinas relativas a los aranceles y limitaciones a la importaci髇 con los impuestos y limitaciones a la exportaci髇; si es o no necesario conceder un trato especial respecto de los productos especialmente sensibles; y el modo de tener en cuenta las preocupaciones no comerciales.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: Australia, el MERCOSUR (m醩 Chile y Bolivia) y el Jap髇

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Aranceles: preparaci髇 de las “modalidades”

Para más información:
> Ficha informativa en la que se explican las f髍mulas de reducci髇 arancelaria

縌u?tipo de f髍mula para las reducciones?

  • La “f髍mula suiza” o una similar, que producir韆 reducciones mucho m醩 pronunciadas de los aranceles m醩 elevados. Entre los partidarios se encuentran pa韘es que estaban a favor del enfoque combinado. Dos propuestas formuladas por varios pa韘es provocar韆n que el arancel m醲imo llegase a un 25 por ciento al cabo de cinco a駉s en los pa韘es desarrollados. Los cr韙icos dicen que esta f髍mula ser韆 demasiado ambiciosa y requerir韆 demasiados ajustes, y algunos dicen que no ser韆 equitativa, porque los pa韘es con aranceles m醩 bajos no tendr韆n mucho que hacer. Algunos tambi閚 argumentan que una f髍mula suiza ser韆 demasiado complicada, ya que ser韆 necesario convertir los aranceles espec韋icos en aranceles ad valorem (v閍se m醩 adelante). Se proponen asimismo algunas otras variantes de un enfoque no lineal. Los partidarios de la f髍mula suiza o de algo similar afirman que es necesaria para hacer frente a los aranceles extremadamente elevados (“crestas arancelarias”) y para reducir la brecha entre los aranceles que se imponen a los productos acabados y a las materias primas (“progresividad arancelaria”).
  • (La f髍mula suiza fue propuesta por primera vez por Suiza en las negociaciones de la Ronda de Tokio, en el decenio de 1970, para las negociaciones sobre aranceles industriales. Suiza no apoya este enfoque en las actuales negociaciones sobre la agricultura.)

  • El “enfoque de la Ronda Uruguay”, que es “lineal”, es decir, el mismo porcentaje de reducciones independientemente del tipo arancelario inicial. Se permiten variaciones para productos espec韋icos siempre que el promedio aritm閠ico de todos los productos cumpla el objetivo. Los defensores expresan que la tasa ser韆 negociada junto con las tasas de reducci髇 de las subvenciones a la exportaci髇 y de la ayuda interna, y otras cuestiones. Los partidarios de esta opci髇 afirman que es sencilla y flexible. Los cr韙icos declaran que ocasionar韆 mejoras insignificantes en el acceso a los mercados y no afectar韆 a las crestas ni a la progresividad arancelarias.

Ambos enfoques incluyen el trato especial y diferenciado para pa韘es en desarrollo. (Uruguay prefiere la f髍mula suiza y Suiza prefiere el enfoque de la Ronda Uruguay!)

縏ipos arancelarios ad valorem (porcentaje del precio) o espec韋icos (d髄ares por tonelada, etc.)?

Varios pa韘es critican los aranceles espec韋icos porque a su juicio carecen de transparencia y otorgan un aumento de la protecci髇 cuando los precios descienden, y proponen la eliminaci髇 de la totalidad o a la mayor韆 de ellos. Otros dicen que los aranceles espec韋icos tienen ventajas (por ejemplo, los comerciantes saben lo que deben pagar sin necesidad de referirse a los precios) y que convertirlos a aranceles ad valorem ser韆 muy complicado.

Exenci髇 para ciertos productos: Varios pa韘es en desarrollo dicen que deber韆n estar exentos de compromisos de reducci髇 respecto de los productos alimenticios b醩icos, por motivos de seguridad alimentaria.

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Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre aranceles

El proyecto propone una soluci髇 de transacci髇 entre el “enfoque de la Ronda Uruguay” y la “f髍mula suiza” armonizadora ya que, hasta ahora, ambos enfoques tienen mucho apoyo en las negociaciones. Prev?un enfoque de la Ronda Uruguay que se aplique en bandas, con reducciones m醩 pronunciadas en los niveles m醩 elevados, lo cual lo convierte en cierto modo en una f髍mula armonizadora, pero con flexibilidad: las reducciones pueden variar alrededor de los promedios a condici髇 de que se sit鷈n por encima de los m韓imos establecidos para cada producto (“l韓ea arancelaria”). Este enfoque tambi閚 tiene por objeto avanzar en cierta medida en la reducci髇 de las crestas arancelarias y la progresividad arancelaria. Se denomina a veces “m閠odo de bandas”.

Pa韘es desarrollados: tres bandas de tipos arancelarios, reducci髇 durante 5 a駉s

Tipo arancelario

Reducci髇 media

Reducci髇 m韓ima para
cualquier producto

90%+

60%

45%

15-90%

50%

35%

0-15%

40%

25%

 

Pa韘es en desarrollo: cuatro bandas de tipos arancelarios m醩 una categor韆 de “productos especiales”, reducci髇 durante 10 a駉s

Tipo arancelario

Reducci髇 media

Reducci髇 m韓ima para
cualquier producto

120%+

40%

30%

60-120%

35%

25%

20-60%

30%

20%

0-20%

25%

15%

Productos especiales

10%

5%

 

Los proyectos de marco sobre aranceles  volver al principio

(véase Propuestas marco de Canc鷑)

Antes de Canc鷑: El marco Estados Unidos — Uni髇 Europea pasa a un enfoque alternativo: una “f髍mula mixta” en la que los productos se separan en tres grupos, en cada uno de los cuales el n鷐ero de productos ha de ser objeto de negociaci髇. Un grupo de aranceles se reducir韆 seg鷑 el enfoque de la Ronda Uruguay, en este grupo las reducciones media y m韓ima se negociar韆n y se utilizar韆n contingentes arancelarios para facilitar el acceso a los mercados si los aranceles siguen siendo elevados. Para un segundo grupo se emplear韆 la f髍mula suiza, dejando tambi閚 en este caso para la negociaci髇 el coeficiente que determinar韆 el nivel m醲imo del arancel final. Un tercer grupo estar韆 libre de derechos.
(Aqu?/a> encontrar?una comparaci髇 visual del sistema de bandas y el enfoque mixto.) Si los aranceles excedieran de un m醲imo no especificado, tendr韆n que reducirse a ese m醲imo, o tendr韆 que concederse acceso a los mercados mediante contingentes arancelarios negociados. Se permitir韆 a los pa韘es en desarrollo disponer de per韔dos m醩 largos y realizar reducciones m醩 peque馻s que no se especifican.

Otras propuestas se basan en este enfoque mixto. La de Noruega es similar, pero no ampl韆 los contingentes arancelarios ni establece un tipo arancelario m醲imo. El G-20 se ajusta a ese enfoque s髄o para los pa韘es desarrollados y a馻de que las reducciones deben permitir un acceso significativo a los mercados de una “forma efectiva y mensurable”, y ser m醩 grandes en el caso de los productos elaborados (lo que reducir韆 la “progresividad arancelaria”). En el caso de los pa韘es en desarrollo, las reducciones s髄o se realizar韆n mediante el enfoque de la Ronda Uruguay, con unas reducciones media y m韓ima no especificadas que ser韆n m醩 moderadas que las de los pa韘es desarrollados y se aplicar韆n en un per韔do m醩 largo — la propuesta de Kenya es similar a este respecto, pero los pa韘es que reciben financiamiento de la AIF no tendr韆n que reducir sus aranceles. (La AIF es la Asociaci髇 Internacional de Fomento, la ventanilla de pr閟tamos en condiciones de favor del Banco Mundial, que facilita pr閟tamos a largo plazo sin intereses a los pa韘es en desarrollo m醩 pobres; 81 pa韘es reciben financiamiento de la AIF, no todos ellos Miembros de la OMC — v閍se www.bancomundial.org.) Se autorizar韆n exenciones adicionales a los pa韘es en desarrollo a los que se permitir韆 designar productos “especiales” mediante negociaciones. La propuesta de los cuatro pa韘es centroamericanos es similar.

El grupo de Europa y Asia Oriental acepta el enfoque mixto en la medida en que la mayor韆 de las reducciones se ajusten al enfoque de la Ronda Uruguay, no se ampl韊n los contingentes arancelarios, y no haya un tope para los aranceles finales. El Jap髇 propone tres categor韆s sin especificar el tipo de reducci髇 en cada una de ellas, y pide que haya flexibilidad en el trato de los productos sensibles que guardan estrecha relaci髇 con las preocupaciones no comerciales.

Con respecto a la categor韆 “productos especiales” de los pa韘es en desarrollo, el G-20 dice que “se determinar醤” los criterios. Los otros grupos de pa韘es en desarrollo preoconizan la selecci髇 aut髇oma por los pa韘es que re鷑an las condiciones.

En Canc鷑: El grupo Uni髇 Africana, pa韘es ACP y pa韘es menos adelantados se quejan de que el proyecto P閞ez del Castillo no propone reducciones suficientemente grandes por los pa韘es desarrollados, a la vez que les permite mantener aranceles elevados sobre las importaciones “sensibles”, y no aborda realmente la cuesti髇 de las crestas arancelarias y la progresividad arancelaria. Por otra parte, la principal preocupaci髇 del documento de la CARICOM es asegurar que se permita a los pa韘es desarrollados realizar reducciones arancelarias m醩 moderadas en el caso de los productos respecto de los cuales los pa韘es en desarrollo se benefician de preferencias comerciales. El documento de Canc鷑 del grupo de Europa y Asia Oriental (que incluye al Jap髇) pretende eliminar la referencia del documento P閞ez del Castillo a la ampliaci髇 de los contingentes arancelarios en el caso de los productos sensibles que son objeto de reducciones arancelarias m醩 peque馻s.

FLos Presidentes: Para los pa韘es desarrollados, los proyectos P閞ez del Castillo y Derbez se atienen esencialmente al proyecto Estados Unidos — Uni髇 Europea, pero con cierta flexibilidad adicional respecto de los productos sensibles. Para los pa韘es en desarrollo, el proyecto P閞ez del Castillo ofrece la opci髇 de tres grupos de productos, en todos los cuales se utiliza el enfoque de la Ronda Uruguay pero con reducciones diferentes, o de dos grupos —uno, al que se aplica el enfoque de la Ronda Uruguay, y el otro, en el que se utiliza la f髍mula suiza-. El proyecto Derbez elige la segunda opci髇 con un l韒ite m醲imo para los aranceles de los pa韘es desarrollados y medidas para ocuparse de la progresividad arancelaria.

Ambos proyectos prev閚 que se permita a los pa韘es en desarrollo la designaci髇 de “productos especiales” en circunstancias que se determinar醤.

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Iniciativas sectoriales: segunda etapa

El objetivo de las iniciativas sectoriales es reducir a cero los aranceles para los productos importados por todos los principales pa韘es importadores. Los partidarios alegan que un acuerdo de este tipo result?鷗il en la Ronda Uruguay y que deber韆 explorarse de nuevo esta posibilidad en las actuales negociaciones sobre la agricultura. A馻den que podr韆 combinarse con la supresi髇 de los contingentes arancelarios y de la ayuda interna para estos productos. Seg鷑 ellos, ciertos organismos del sector privado est醤 estudiando ya esta posibilidad para determinados productos como las semillas oleaginosas y sus derivados y deber韆n alentarse estas acciones.

Varios pa韘es se oponen firmemente a esta soluci髇 alegando que relegar韆 al olvido la idea de una liberalizaci髇 m醩 global y que ser韆 casi imposible lograr un acuerdo sectorial que fuese beneficioso para los pa韘es en desarrollo.

Algunos declaran que no est醤 convencidos pero seguir醤 examinando la cuesti髇.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados por: Canad?/p> volver al principio

Contingentes arancelarios: primera etapa

La administraci髇 de los contingentes es una cuesti髇 de orden t閏nico, pero tiene efectos reales en el comercio, ya que influye en que un producto exportado de un pa韘 pueda o no tener acceso al mercado de otro pa韘 al tipo arancelario m醩 bajo, comprendido en el contingente.

Los m閠odos utilizados para dar a los exportadores acceso a los contingentes incluyen las asignaciones por orden de recepci髇 de las solicitudes, la concesi髇 de las licencias de importaci髇 en funci髇 de las cuotas atribuidas en el pasado y de otros criterios, la administraci髇 por conducto de empresas comerciales del Estado, los acuerdos bilaterales y la asignaci髇 por subasta. En las condiciones tambi閚 se pueden especificar los plazos en relaci髇 con la utilizaci髇 de los contingentes, por ejemplo, los plazos para solicitar las licencias o para proceder a la entrega de los productos a los pa韘es importadores. En ocasiones preocupa a los exportadores que sus posibilidades de acceso a los contingentes arancelarios puedan verse coartadas por el modo en que 閟tos se administran. A veces se quejan tambi閚 de que los calendarios de las licencias les ponen en una situaci髇 desfavorable cuando la producci髇 es estacional y existen grandes distancias para transportar los productos.

Cada m閠odo tiene ventajas e inconvenientes y muchos Miembros de la OMC reconocen que resulta dif韈il decir de forma concluyente que un m閠odo es mejor que otro. Varios pa韘es desean que en las negociaciones se trate la cuesti髇 de los contingentes arancelarios, concretamente, la posibilidad de sustituirlos por aranceles bajos, aumentar su tama駉, aclarar qu?m閠odos de asignaci髇 se consideran restrictivos y no transparentes o precisar qu?m閠odos son legales o ilegales con arreglo a las normas de la OMC, a fin de ofrecer seguridad jur韉ica.

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縌ui閚 tiene contingentes arancelarios?

En la actualidad 43 Miembros de la OMC tienen en conjunto un total de 1.425 contingentes arancelarios consignados en sus compromisos. Entre par閚tesis figura el n鷐ero de contingentes que tiene cada pa韘.

Australia (2)
Barbados (36)
Brasil (2)
Bulgaria (73)
Canad?(21)
Chile (1)
China (10)
Colombia (67)
Corea (67)
Costa Rica (27)
Croacia (9)
Ecuador (14)
El Salvador (11)
Eslovenia (20)
Estados Unidos (54)

Filipinas (14)
Guatemala (22)
Hungr韆 (70)
Indonesia (2)
Islandia (90)
Israel (12)
Jap髇 (20)
Letonia (4)
Lituania (4)
Malasia (19)
Marruecos (16)
M閤ico (11)
Nicaragua (9)
Noruega (232)
Nueva Zelandia (3)

Panam?(19)
Polonia (109)
Rep鷅lica Checa (24)
Rep鷅lica
Dominicana (8)
Rep鷅lica Eslovaca (24)
Rumania (12)
Sud醘rica (53)
Suiza (28)
Tailandia (23)
Taipei Chino (22)
T鷑ez (13)
UE (87)
Venezuela (61)

Para m醩 informaci髇, v閍se el documento de antecedentes de la Secretar韆 de la OMC “Contingentes arancelarios y otros contingentes” TN/AG/S/5.

 

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Administraci髇 de los contingentes arancelarios: segunda etapa

Los participantes en las negociaciones aceptan en general que no existe un m閠odo “髉timo” para administrar los contingentes. Algunos Miembros desean que en las negociaciones se decida qu?m閠odos de asignaci髇 deben autorizarse y cu醠es no. Otros pa韘es desean que se establezcan principios amplios, tales como la transparencia y el acceso a todos los exportadores (al menos para la asignaci髇 de parte del contingente).

Algunos pa韘es sostienen que si no se utiliza parte de un contingente (“subutilizaci髇”) ello obedece con frecuencia al m閠odo de administraci髇 utilizado. Esos pa韘es proponen varias soluciones para reducir la subutilizaci髇 de contingentes, entre ellas la transferencia de las cantidades no utilizadas, la imposibilidad de efectuar importaciones fuera de los contingentes hasta que 閟tos se hayan utilizado plenamente y una vigilancia m醩 estrecha. Para otros pa韘es la subutilizaci髇 obedece con frecuencia a las condiciones de la oferta y la demanda y no se deber韆 considerar un problema.

El m閠odo de asignaci髇 de los contingentes por subasta ha suscitado gran debate. Para algunos el dinero que obtienen los gobiernos con las subastas equivale a un impuesto adicional y puede suponer un incumplimiento de los compromisos arancelarios (“consolidaciones”). Para otros la subasta tan s髄o contribuye a que el valor adicional generado por un contingente (“renta contingentaria”) sea m醩 transparente y revierta al gobierno en vez de a empresas privadas. Los partidarios de este m閠odo a馻den que cumple los objetivos de transparencia y simplicidad, al tiempo que ofrece a todas las empresas importadoras la oportunidad de participar.

Tambi閚 se examinan otros m閠odos y se debaten sus pros y sus contras. Entre ellos cabe mencionar el m閠odo de asignaci髇 por orden de recepci髇 de las solicitudes, el m閠odo de asignaci髇 hist髍ica, etc.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: la UE, Australia, Suiza y el Jap髇

 

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La ampliaci髇 de los contingentes arancelarios: cuestiones adicionales (segunda etapa)

Un documento presentado en un momento avanzado de la etapa de la preparación de las “modalidades” sobre ampliaci髇 de los contingentes arancelarios suscita preguntas sobre cu醠 es la mejor manera de formular la ampliaci髇 (es decir, c髆o podr韆 閟ta basarse en el consumo interno). El debate gira en torno a si ello puede abordarse simult醤eamente con el debate sobre los m閠odos de administraci髇 de los contingentes arancelarios o si el debate debe tener lugar en dos etapas: abordar la incertidumbre jur韉ica sobre la administraci髇 en primer lugar, y luego examinar la creaci髇 de nuevos contingentes o la ampliaci髇 de los existentes.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: Nueva Zelandia (ampliaci髇 de los contingentes arancelarios)

 

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Contingentes arancelarios: preparaci髇 de las “modalidades”

Vol鷐enes: Algunos desean que se ampl韊n los contingentes, y otros dicen que el objetivo final debe ser que s髄o se apliquen aranceles. Algunos pa韘es proponen ampliar los contingentes seg鷑 los niveles de consumo interno, sosteniendo que esto resultar韆 m醩 significativo. Otros dicen que ser韆 m醩 sencillo realizar la ampliaci髇 a partir de los vol鷐enes de importaci髇 consolidados dentro de los contingentes arancelarios. Algunos quieren que se vuelvan a calcular determinados contingentes a fin de que reflejen niveles m醩 actualizados del consumo interno. Otros se oponen a todo lo que pudiera permitir reducir la magnitud de los contingentes.

Aranceles aplicados dentro de los contingentes: Algunos quieren que estos aranceles lleguen a cero. Otros dicen que mantener los aranceles aplicados dentro de los contingentes por encima de cero contribuir?a reducir la brecha entre los tipos arancelarios aplicados dentro y fuera de los contingentes, conduciendo al final a un sistema exclusivamente arancelario. Otro grupo se opone en general a los aranceles cero dentro de los contingentes, excepto en las preferencias a favor de los pa韘es menos adelantados.

Administraci髇 de los contingentes: Algunos miembros quieren establecer principios: los m閠odos de administraci髇 deber醤 ser pr醕ticos, predecibles, transparentes; deber醤 permitir que el comercio se lleve a cabo sobre bases comerciales; deber醤 alentar la utilizaci髇 plena de los contingentes; las licencias de importaci髇 no utilizadas deber醤 ser reasignadas; las asignaciones por pa韘es especificados deber醤 ser eliminadas gradualmente; las importaciones provenientes de pa韘es no miembros de la OMC deber醤 ser excluidas de los contingentes de la OMC, etc. Tambi閚 quieren que se proh韇a el m閠odo de la subasta, ya que ello supone una corriente de dinero hacia los gobiernos, posiblemente en exceso de sus consolidaciones arancelarias.

Otros defienden el m閠odo de la subasta como transparente y eficaz. Algunos preferir韆n una lista indicativa de m閠odos que pueden ser utilizados, y entre ellos algunos quieren que en las negociaciones se aclare si el m閠odo de la subasta cumple las normas de la OMC, de modo que los gobiernos puedan utilizar estos m閠odos con confianza. Algunos sostienen que los Miembros deber韆n tener a su disposici髇 una gama de m閠odos de asignaci髇 para su utilizaci髇 en diferentes circunstancias. Otros defienden el m閠odo de subasta como transparente y eficaz.

 

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Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre contingentes arancelarios

Contingentes arancelarios: derechos aplicados dentro del contingente. El proyecto propone que no haya obligaci髇 de reducir los derechos aplicados dentro del contingente, salvo en los siguientes casos:

  • para programas preferenciales libres de derechos y con franquicia arancelaria y para productos tropicales o productos destinados a diversificar la producci髇 agr韈ola;
  • cuando se utiliza menos del 65 por ciento del contingente.

Vol鷐enes de los contingentes arancelarios. En el proyecto se propone:

  • la ampliaci髇 de los vol鷐enes al 10 por ciento del consumo interno (6,6 por ciento para los pa韘es en desarrollo);
  • aplicaci髇: 5 a駉s (10 a駉s para los pa韘es en desarrollo);
  • flexibilidad: un cuarto del total de los contingentes arancelarios puede ampliarse al 8 por ciento (5 por ciento para los pa韘es en desarrollo), pero 鷑icamente si otro cuarto se ampl韆 al 12 por ciento (8 por ciento para los pa韘es en desarrollo).

Contingentes arancelarios: trato especial y diferenciado. En el proyecto se propone:

  • los pa韘es desarrollados conceder醤 un acceso libre de derechos a los productos esenciales;
  • los pa韘es en desarrollo no deber韆n ampliar los contingentes arancelarios aplicados a los “productos especiales” (productos PE) con respecto a seguridad alimentaria, desarrollo rural y seguridad de los medios de subsistencia.

 

Los proyectos de marco sobre contingentes arancelarios volver al principio

(v閍se Propuestas “marco” de Canc鷑)

El proyecto Estados Unidos — Uni髇 Europea se refiere a los contingentes arancelarios en dos contextos: proporcionar acceso a los mercados a los productos sujetos a reducciones con arreglo a la f髍mula de la Ronda Uruguay, y a los que tengan finalmente tipos arancelarios superiores a un m醲imo. El proyecto del G-20 dice que los contingentes de los pa韘es desarrollados deber醤 ampliarse en un porcentaje del consumo interno y que deber醤 eliminarse los aranceles dentro de los contingentes, con ampliaciones adicionales negociadas. Los pa韘es en desarrollo no tendr韆n que contraer ning鷑 compromiso (lo que proponen tambi閚 los cuatro pa韘es centroamericanos y Kenya). El Jap髇, Noruega y el grupo de Europa — Asia Oriental se oponen a cualquier obligaci髇 de ampliar los contingentes arancelarios. El documento de Canc鷑 de la Uni髇 Africana, los pa韘es ACP y los pa韘es menos adelantados preconiza una administraci髇 simplificada y m醩 transparente de los contingentes en beneficio de los pa韘es en desarrollo.

El proyecto P閞ez del Castillo adopta el enfoque Estados Unidos — Uni髇 Europea, pero s髄o para los pa韘es desarrollados, y deja la ampliaci髇 de los contingentes y las reducciones de los aranceles aplicables dentro de los contingentes en el amplio ep韌rafe de otras ”cuestiones de inter閟 pero no acordadas”. El texto Derbez va m醩 all? A馻de cierta flexibilidad para los productos que guardan relaci髇 con las preocupaciones no comerciales, y propone que se negocien reducciones de los tipos dentro de los contingentes as?como ampliaciones de los contingentes. Ambos proyectos prev閚 que los pa韘es en desarrollo no tengan que ampliar sus contingentes arancelarios.

 

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Contingentes arancelarios y empresas comerciales del Estado importadoras: preparación de las “modalidades” 

Entre las cuestiones esenciales figura la de si podr韆n asignarse contingentes arancelarios a las empresas comerciales del Estado. Algunos dicen que el poder monop髄ico y la propiedad estatal pueden permitir a las empresas perturbar el acceso a los mercados mediante los contingentes y quieren que esto se proh韇a. Otros est醤 en desacuerdo.

Existe un amplio apoyo a la mejora de la transparencia en los casos en que las empresas del Estado manejan contingentes arancelarios.

 

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Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre empresas comerciales del Estado importadoras

El proyecto aborda este tema en el Ap閚dice 3. Los Miembros se comprometer韆n a velar por que las empresas importadoras no menoscaben los compromisos en materia de acceso a los mercados y a notificar peri骴icamente informaci髇 sobre las actividades empresariales. Se dejar韆 un cierto margen a los pa韘es en desarrollo para alcanzar los objetivos de seguridad alimentaria y de los medios de subsistencia y de desarrollo rural.

  

Nota:

1. Excepto en el caso de la Rep鷅lica de Corea, de Filipinas y del Taipei Chino con respecto al arroz; y excepto en ciertas circunstancias en las que pueden aplicarse otras normas de la OMC, por ejemplo, las referidas a las medidas sanitarias y fitosanitarias, los obst醕ulos t閏nicos al comercio, la situaci髇 de la balanza de pagos, las salvaguardias generales, etc. volver al texto

 

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