SOLUCI覰 DE DIFERENCIAS: MIEMBROS
Miembros del 觬gano de Apelaci髇
El 觬gano de Apelaci髇 est?integrado por siete Miembros nombrados por el 觬gano de Soluci髇 de Diferencias (OSD) para ejercer un mandato de 4 a駉s. Cada uno de ellos puede ser nombrado nuevamente por otro mandato de cuatro a駉s. Los mandatos se aescalonan, para que los Miembros no inicien y concluyan sus respectivos mandatos al mismo tiempo. Actualmente, el Órgano de Apelación no está en condiciones de examinar apelaciones a causa de las vacantes sin cubrir.
Descargo de responsabilidad
Las p醙inas de este sitio web sobre el 觬gano de Apelaci髇 y la
Secretar韆 del 觬gano de Apelaci髇 est醤 concebidas con fines meramente
informativos y no constituyen una interpretaci髇 autorizada de los Acuerdos
de la OMC, incluido el Entendimiento relativo a las normas y procedimientos
por los que se rige la soluci髇 de diferencias o los Procedimientos de
trabajo para el examen en apelaci髇.
Los Miembros del 觬gano de Apelaci髇 deben ser personas de prestigio reconocido, con competencia t閏nica acreditada en derecho, en comercio internacional y en la tem醫ica de los acuerdos abarcados en general. Se requiere adem醩 que no est閚 vinculados a ning鷑 gobierno y que sean representativos en t閞minos generales de la composici髇 de la OMC.
Se elige, entre los Miembros, un Presidente, que ejerce sus funciones por un mandato de un a駉, prorrogable por un per韔do adicional de un a駉. El Presidente tiene a su cargo la direcci髇 general de los asuntos del 觬gano de Apelaci髇.
Se selecciona, para conocer de cada apelaci髇, una secci髇 integrada por tres Miembros del 觬gano de Apelaci髇; cada secci髇 elige a su Presidente. El procedimiento de selecci髇 de las secciones est?destinado a garantizar los principios de la selecci髇 aleatoria, imprevisibilidad de la selecci髇 y oportunidad de actuar de todos los Miembros con independencia de su origen nacional. Con objeto de garantizar la uniformidad y coherencia en la adopci髇 de decisiones, las secciones intercambian opiniones con los dem醩 Miembros del 觬gano de Apelaci髇 antes de finalizar los informes del 觬gano de Apelaci髇.
La conducta de los Miembros del 觬gano de Apelaci髇 y de la Secretar韆 del 觬gano de Apelaci髇 se rige por las Normas de Conducta para la aplicaci髇 del Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la soluci髇 de diferencias (ESD). Tales normas ponen 閚fasis en que los Miembros del 觬gano de Apelaci髇 deber醤 ser independientes e imparciales y evitar los conflictos de intereses. En el anexo II de los Procedimientos de trabajo para el examen en apelaci髇 figura el texto de las Normas de Conducta.
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Miembros del 觬gano de Apelaci髇 y sus respectivos mandatos
El 觬gano de Apelaci髇 no tiene en la actualidad ning鷑 Miembro. El mandato del 鷏timo Miembro en ejercicio expir?el 30 de noviembre de 2020.
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Antiguos Miembros del 觬gano de Apelaci髇
En el siguiente cuadro figura una lista de los antiguos Miembros del 觬gano de Apelaci髇:
|
Nacionalidad |
Mandato |
Egipto |
2000 — 2004 |
|
James Bacchus | Estados Unidos |
1995 — 1999 1999 — 2003 |
Brasil |
2001 — 2005 |
|
Filipinas |
2007 — 2011 |
|
Nueva Zelandia |
1995 — 1999 |
|
India |
2011 — 2015 2015 — 2019 |
|
B閘gica |
2009 — 2013 |
|
Corea | 2012 — 2016 | |
Alemania |
1995 — 1997 |
|
Egipto |
1995 — 1999 |
|
Filipinas |
1995 — 1997 |
|
India |
2000 — 2004 |
|
Estados Unidos |
2011 — 2015 2015 — 2019 |
|
Estados Unidos |
2007 — 2011 | |
México |
2009 — 2013 2013 — 2017 |
|
Merit E. Janow | Estados Unidos |
2003 — 2007 |
Rep鷅lica de Corea |
2016 — 2017 | |
Uruguay |
1995 — 1997 |
|
Australia |
2001 — 2005 |
|
Jap髇 |
1995 — 1999 |
|
Japón |
2008 — 2012 | |
Italia |
2001 — 2005 |
|
Mauricio |
2014 — 2018 | |
Jap髇 |
2000 — 2003 |
|
Sudáfrica |
2006 — 2009 |
|
China |
2008 — 2012 2012 — 2016 |
|
China |
2016 — 2020 |
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Arbitrajes
Los Miembros del 觬gano de Apelaci髇 tambi閚 han sido llamadas a la misi髇 de determinar, mediante arbitraje vinculante en virtud del apartado c) del p醨rafo 3 del art韈ulo 21 del ESD, el 損lazo prudencial?para la aplicaci髇 por un Miembro de la OMC de las resoluciones del 觬gano de Apelaci髇 o de los grupos especiales con arreglo a lo recomendado por el OSD. Al llevar a cabo los arbitrajes en virtud del apartado c) del p醨rafo 3 del art韈ulo 21, los Miembros del 觬gano de Apelaci髇 act鷄n a t韙ulo personal.
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