- portada
- noticias
- noticias 2001
- noticia
MEDIDAS
SANITARIAS Y FITOSANITARIAS, 14-15 DE MARZO DE 2001
El Comit?MSF examina las epidemias actuales, la 慹quivalencia?y el establecimiento de normas
En
la reuni髇 del Comit?de la OMC sobre Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) celebrada los d韆s 14 y 15 de
marzo de 2001 se debatieron las respuestas de varios pa韘es a la
crisis de la EEB (enfermedad de las vacas locas, la situaci髇 actual
de la fiebre aftosa en Europa y Argentina y varias preocupaciones
bilaterales).
En la reuni髇 tambi閚 se debati?la "equivalencia", tema
del que se ocupa asimismo el Consejo General en el marco de las
cuestiones relativas a la ?a href="gcimplement_08feb01_s.htm">aplicaci髇?
as?como la participaci髇 de los pa韘es en desarrollo en las
organizaciones internacionales que establecen normas sobre la
inocuidad de los alimentos y la protecci髇 sanitaria y la inocuidad
de los animales y los vegetales.
Entre las cuestiones que suscitaron debates m醩 prolongados cabe se馻lar las siguientes:
VER
TAMBI蒒:
Comunicados
de prensa
Noticias
Discursos:
Renato Ruggiero
Discursos:
Mike Moore
> informe
de la reuni髇 anterior
La
OMC no es responsable del contenido de los sitios de Internet externos
a los que se puede acceder desde esta p醙ina.
El debate se plante?en varios puntos del orden del d韆. Surgi?a menudo la cuesti髇 de las obligaciones en el marco del Acuerdo MSF: si en situaciones concretas el pa韘 que restringiera las importaciones deber韆 informar a los Miembros de la OMC antes de adoptar medidas de urgencia. El Brasil dijo que preparar韆 un documento sobre este tema para los debates del Consejo General sobre la 揳plicaci髇?(es decir, c髆o deber韆n aplicarse los actuales Acuerdos de la OMC, en particular en el caso de los pa韘es en desarrollo.
1. El Canad?
explic?las medidas que hab韆 adoptado recientemente con respecto a
la EEB, en particular la prohibici髇 temporal de productos
procedentes del Brasil, que ya hab韆 eliminado. El Canad?destac?
que se trataba de una cuesti髇 puramente sanitaria y que hab韆
actuado mientras esperaba informaci髇 que determinara si los
productos procedentes del Brasil planteaban un riesgo de transmisi髇
de EEB. El Brasil declar?que el Canad?hab韆 actuado sin
advertencia previa.
2. La Uni髇 Europea inform?sobre sus 鷏timas medidas. Sin citar a
ning鷑 pa韘, la UE dijo que algunos de sus interlocutores
comerciales hab韆n adoptado medidas innecesariamente estrictas, entre
ellas la prohibici髇 de productos que no son peligrosos seg鷑 la
Oficina Internacional de Epizootias (OIE u Organizaci髇 Mundial para
la Salud Animal).
3. La OIE y la Organizaci髇 Mundial de la Salud presentaron sus 鷏timos documentos sobre la EEB (G/SPS/GEN/230 y G/SPS/GEN/221) (v閍se el recuadro) y el documento de la OMS sobre la variante de la ECJ (G/SPS/GEN/222), la enfermedad humana vinculada con la EEB.
C髆o buscar y descargar los documentos oficiales
Para buscar los documentos a que se hace referencia en esta p醙ina pase a la base de datos documental en l韓ea de la OMC y escriba alguna de las signaturas que se indican en esta p醙ina en la ventana correspondiente del dispositivo de b鷖queda..
4.
Rumania, en representaci髇 de Bulgaria, Croacia, Eslovenia, Estonia,
Hungr韆, Letonia, Polonia, la Rep鷅lica Checa, la Rep鷅lica Eslovaca y
Rumania, se quej?de las prohibiciones a la importaci髇 impuestas por la
Argentina, Australia, el Canad? los Estados Unidos, Nueva Zelandia y la
Rep鷅lica de Corea. Los pa韘es reclamantes dijeron que las prohibiciones
no estaban justificadas, ya que se hab韆n encontrado casos de EEB en la
Uni髇 Europea, pero no en los dem醩 pa韘es europeos. Los pa韘es que
hab韆n impuesto prohibiciones dijeron que ten韆n que tomar medidas
mientras obten韆n m醩 informaci髇, ya que los casos descubiertos
recientemente en la UE hab韆n sido resultado de una vigilancia m醩
estricta. Dijeron que quer韆n asegurarse de que no se quedaba sin
detectar ning鷑 caso de EEB.
Fiebre
aftosa Volver
al principio
La UE present?informaci髇 sobre la situaci髇 actual, incluido el brote
descubierto en Francia unos d韆s antes. El reba駉 franc閟 infectado
estaba a 500 metros de un reba駉 de ovejas importado de una granja
infectada en el Reino Unido, seg鷑 la UE.
Al describir
su enfoque 搑egional?para contener la enfermedad, la UE se quej?de
que las medidas de algunos pa韘es hab韆n sido excesivas, ya que se
hab韆n prohibido las importaciones procedentes de la totalidad de la
Uni髇 Europea. Algunos Miembros respondieron que sus medidas eran
temporales y ten韆n como objetivo proporcionarles el tiempo suficiente
para evaluar adecuadamente la situaci髇.
Otras
medidas espec韋icas objeto de debate Volver
al principio
Una
cuesti髇 que suscit?observaciones de varios Miembros fue la
reclamaci髇 de los Estados Unidos con respecto al tiempo que hab韆
tardado Australia en completar un an醠isis de riesgos y permitir las
importaciones de uvas de mesa de California. Malasia, Indonesia, Filipinas,
Tailandia y la UE estaban de acuerdo con que Australia hab韆 tardado
demasiado. Australia neg?haber tardado m醩 que la mayor韆 de los
dem醩 pa韘es y argument?que los pa韘es deber韆n diferenciar el
per韔do de tiempo que se tardaba con arreglo a las normas anteriores al
Acuerdo MSF y con arreglo a las aplicadas por Australia desde 1995.
Tambi閚 rechaz?el argumento de los Estados Unidos de que no hab韆
riesgo de 揷hicharrita de alas cristalinas?
El Comit? debati?el n鷐ero r閏ord de otras 16 cuestiones comerciales bilaterales que suscitaban preocupaci髇, entre ellas las de:
- Argentina: con respecto a los requisitos impuestos por Venezuela al ajo y las patatas;
- Argentina y Bolivia: con respecto a los niveles m醲imos de aflatoxina impuestos por la UE (v閍nse las notificaciones de la UE G/SPS/N/EEC/51 y G/SPS/N/EEC/95);
- Canad? con respecto a las restricciones al porcino impuestas por Hungr韆;
- Chile: con respecto a las medidas impuestas por Bolivia a las aves de corral;
- Tailandia, Malasia, Indonesia y Filipinas: con respecto a los nuevos niveles m醲imos de plomo, cadmio, mercurio y 3-MCPD en la salsa de soja y otros productos alimenticios impuestos por la UE (v閍se la notificaci髇 de la UE G/SPS/N/EEC/100);
- Canad? con respecto a las restricciones impuestas por la India al semen de bovino;
- Nueva Zelandia: con respecto a las restricciones impuestas por Indonesia a la fruta fresca (v閍nse las preocupaciones de Nueva Zelandia expuestas en el documento G/SPS/GEN/219);
- Tailandia: con respecto a las restricciones a la importaci髇 de arroz impuestas por M閤ico (una cuesti髇 antigua planteada por primera vez en octubre de 1997);
- la ASEAN: con respecto a las restricciones impuestas por Australia a los camarones (v閍nse las notificaciones de Australia G/SPS/N/AUS/124 y 126);
- Estados Unidos: con respecto a las medidas impuestas por la UE a la gelatina;
- Ecuador: con respecto a las restricciones impuestas por Turqu韆 al banano.
Equivalencia
(cuesti髇 de la que tambi閚 se ocupa el Consejo General en el marco de
las cuestiones relativas a la ?/span>aplicaci髇?/span> Volver
al principio
Se trata de que los pa韘es reconozcan que distintos m閠odos pueden ser
equivalentes a la hora de ofrecer el mismo nivel de protecci髇 sanitaria
contra los riesgos de enfermedad o contaminaci髇.
En su informe al Consejo General sobre los debates mantenidos en esta ocasi髇, el Presidente dijo que el Comit?estaba de acuerdo en que la equivalencia no exig韆 necesariamente acuerdos de equivalencia formales, sino que pod韆 lograrse a distintos niveles. Destac?la importancia de la informaci髇, y los Miembros dijeron que informar韆n a los dem醩 Miembros a trav閟 de la OMC cuando reconocieran que las medidas de otros Miembros ten韆n resultados equivalentes.
Explicaci髇: Las medidas sanitarias y fitosanitarias tienen por objeto reducir a niveles aceptables los riesgos para los consumidores, los animales o los vegetales. Las medidas para lograr niveles de riesgo aceptables pueden a menudo ser diferentes. Siempre que esos riesgos sean viables desde el punto de vista t閏nico y econ髆ico y garanticen un mismo nivel de inocuidad de los alimentos o protecci髇 sanitaria de los animales y los vegetales, los gobiernos deben optar por los que no entra馿n un grado de restricci髇 del comercio mayor del requerido para lograr su objetivo en esta esfera. Adem醩, si otro pa韘 demuestra que las medidas por 閘 aplicadas garantizan el mismo nivel de protecci髇 sanitaria, 閟tas deben aceptarse como medidas equivalentes. Ello contribuye a asegurar que se mantenga la protecci髇 y garantiza al mismo tiempo que los consumidores dispongan de la mayor cantidad y variedad posible de productos alimenticios inocuos, que se facilite el acceso de los productores a insumos inocuos y que exista una competencia saludable en la esfera econ髆ica.
Los pa韘es en desarrollo en particular dicen que los pa韘es desarrollados no est醤 haciendo lo bastante para aceptar que las medidas que adoptan respecto de los productos exportados ofrecen niveles de protecci髇 equivalentes a los que se exigen en los pa韘es desarrollados. Esta reclamaci髇 es una de las numerosas cuestiones que se han planteado en el Consejo General de la OMC, en el marco de las cuestiones relativas a la 揳plicaci髇?
El
informe del Presidente se present?a la reuni髇 del Consejo General
sobre la aplicaci髇 el 16 de marzo.
Participaci髇
en los organismos internacionales de establecimiento de normas Volver
al principio
Se trata de una cuesti髇 relativa a la 揳plicaci髇?que tambi閚 se
ha debatido en el Consejo General. El Director General Mike Moore ha
participado activamente y ha informado con periodicidad al Consejo General
(su 鷏timo informe figura en el documento WT/GC/45, de 6 de marzo de
2001).
Las
搕res
organizaciones hermanas?(Codex Alimentarius, Oficina Internacional de
Epizootias u Organizaci髇 Mundial para la Salud Animal y Convenci髇
Internacional de Protecci髇 Fitosanitaria)
informaron a los Miembros acerca de la participaci髇 en organismos
internacionales de establecimiento de normas en el curso de un taller
celebrado antes de la reuni髇 del Comit?MSF. La informaci髇
proporcionada puso de manifiesto que los pa韘es en desarrollo estaban
participando m醩, pero no necesariamente de la forma m醩 adecuada. Un
problema, seg鷑 se dijo al Comit? es que la labor de estas
organizaciones no siempre es pertinente para los pa韘es en desarrollo.
Egipto dijo que era necesario que ambos pusieran algo de su parte: los
pa韘es en desarrollo deb韆n esforzarse m醩 a nivel nacional y los
pa韘es desarrollados y las organizaciones internacionales deb韆n
escuchar m醩 a los pa韘es en desarrollo. Malasia propuso que se
celebraran m醩 reuniones de los organismos de establecimiento de normas
en los pa韘es en desarrollo.
(V閍nse los documentos de resumen del Codex Alimentarius, G/SPS/GEN/236;
de la CIPF, G/SPS/GEN/227; y de la Organizaci髇 Mundial de la Salud, G/SPS/GEN/231.)
_______________
蓅ta fue la primera reuni髇 del a駉 2001. La presidi?S.I.M. Nayyar
del Pakist醤. A su conclusi髇, el Comit?eligi?a William Ehlers, del
Uruguay, como su sucesor. La pr髕ima reuni髇 se celebrar?en julio de
2001.
S? seg鷑 indica la Organizaci髇 Mundial para la Salud Animal u Oficina Internacional de Epizootias (OIE) en un documento del Comit?MSF (G/SPS/GEN/230 ). La OIE dice que considera que los siguientes productos est醤 libres de EEB, aunque procedan de 醨eas donde exista dicha enfermedad:
揌abida cuenta de los conocimientos cient韋icos actualmente disponibles, la OIE recomienda que, sea cual sea el estatus sanitario de un pa韘 exportador respecto de la EEB, los pa韘es importadores no sometan a ninguna restricci髇 la importaci髇 o el tr醤sito por su territorio de:
- leche y productos l醕teos;
- semen;
- sebo desproteinado y productos derivados del mismo;
- fosfato bic醠cico (sin restos de prote韓as ni de grasas);
- cueros y pieles;
- gelatina y col醙eno?/li>