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Introducci髇
Al conjunto de normas y compromisos sobre la agricultura se le suele denominar programa de reforma de la Ronda Uruguay, que se negoci?en la Ronda Uruguay e incluye reducci髇 de las subvenciones y de la protecci髇, as?como otras disciplinas aplicables al comercio.
Acuerdo sobre la Agricultura:
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蚇DICE
> Introducci髇
> Acceso
a los mercados
> Ayuda
interna
> Subvenciones
a la exportaci髇
> Otras
disposiciones
> Pa韘es
en desarrollo importadores netos de productos
alimenticios
> Resumen
> Abreviaturas
Comercio de productos agropecuarios
Aunque el volumen de las exportaciones mundiales de productos agropecuarios ha aumentado de forma importante durante las 鷏timas d閏adas, su 韓dice de crecimiento ha sido inferior al de las manufacturas, por lo que la parte correspondiente a la agricultura en el comercio mundial de mercanc韆s ha disminuido a un ritmo constante. En 1998 el comercio de productos agropecuarios representaba el 10?por ciento del comercio total de mercanc韆s y, si se tiene en cuenta el comercio de servicios, la parte correspondiente a la agricultura en las exportaciones globales se reduc韆 al 8?por ciento. No obstante, en el comercio mundial, la agricultura sigue situ醤dose por delante de otros sectores como los productos de las industrias extractivas, los productos de la industria del autom髒il, los productos qu韒icos, los textiles y el vestido o el hierro y el acero. En el comercio internacional de productos agropecuarios, los productos alimenticios representan casi el 80 por ciento del total. La otra principal categor韆 de productos agropecuarios es las materias primas. Desde mediados de la d閏ada de 1980, el comercio de productos agropecuarios elaborados y de los dem醩 productos agropecuarios de alto valor ha crecido de forma mucho m醩 r醦ida que el comercio de los productos primarios de base como los cereales.
El comercio de productos agropecuarios sigue siendo una parte importante de la actividad econ髆ica general en muchos pa韘es y contin鷄 desempe馻ndo un papel fundamental en la producci髇 nacional de productos agropecuarios y en el empleo. El sistema de comercio desempe馻 asimismo un papel muy importante en la seguridad alimentaria mundial, al garantizar, por ejemplo, que los mercados mundiales podr醤 cubrir los d閒icit temporales o prolongados de productos alimenticios ocasionados por adversas condiciones clim醫(yī)icas y de otro tipo.
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Pol韙icas comerciales antes de la OMC
Aunque la agricultura siempre ha formado parte del 醡bito del GATT, antes de la OMC hab韆 importantes diferencias entre las normas aplicadas a los productos primarios agropecuarios y las aplicadas a los productos industriales. El GATT de 1947 permit韆 a los pa韘es otorgar subvenciones a la exportaci髇 de productos primarios agropecuarios, pero prohib韆 las subvenciones a la exportaci髇 de productos industriales. Las subvenciones a las exportaciones agr韈olas estaban sujetas 鷑icamente a la condici髇 de que no deb韆n utilizarse para absorber m醩 de una parte equitativa de las exportaciones mundiales del producto en cuesti髇 (p醨rafo 3 del art韈ulo XVI del GATT). Las normas del GATT tambi閚 permit韆n que los pa韘es aplicaran restricciones a la importaci髇 (por ejemplo contingentes de importaci髇) con sujeci髇 a determinadas condiciones, en concreto si estas restricciones eran necesarias para la ejecuci髇 de medidas destinadas a limitar de forma efectiva la producci髇 nacional (p醨rafo 2 c) del art韈ulo XI del GATT). Esta excepci髇 tambi閚 estaba supeditada a que se mantuviera una proporci髇 m韓ima de importaciones con respecto a la producci髇 nacional.
Sin embargo, en la pr醕tica se aplicaron muchas restricciones no arancelarias en frontera sin imponer como contrapartida limitaciones efectivas de la producci髇 nacional ni mantener un acceso m韓imo para las importaciones. En algunos casos, esto se logr? mediante medidas que no estaban previstas espec韋icamente en el art韈ulo XI. En otros casos, esas restricciones eran consecuencia de excepciones y exenciones otorgadas a pa韘es espec韋icos como cl醬sulas de anterioridad, exenciones de una obligaci髇 y protocolos de adhesi髇. Hubo tambi閚 casos en que se mantuvieron restricciones no arancelarias a las importaciones sin ninguna justificaci髇 aparente.
Como resultado de todo esto se produjo una proliferaci髇 de los obst醕ulos al comercio agropecuario, mediante, entre otras medidas, prohibiciones de las importaciones, contingentes que establec韆n niveles m醲imos para las importaciones, grav醡enes variables a la importaci髇, precios m韓imos de importaci髇 y medidas no arancelarias mantenidas por empresas comerciales del Estado. Productos agropecuarios importantes como los cereales, la carne, los productos l醕teos, el az鷆ar y una serie de frutas y legumbres y hortalizas fueron objeto de obst醕ulos al comercio en una proporci髇 poco com鷑 en otros sectores de mercanc韆s.
En parte, este aislamiento de los mercados nacionales fue resultado de las medidas que se aplicaron en un principio tras la ca韉a del precio de los productos b醩icos durante la Depresi髇 de la d閏ada de 1930. Adem醩, en el per韔do posterior a la segunda guerra mundial, muchos gobiernos se preocuparon principalmente por aumentar la producci髇 agropecuaria nacional a fin de poder alimentar a sus poblaciones cada vez m醩 numerosas. Con este objetivo en mente y a fin de mantener un cierto equilibrio entre el crecimiento de los ingresos rurales y urbanos, muchos pa韘es, sobre todo en el mundo desarrollado, recurrieron al sostenimiento de los precios del mercado, es decir, al aumento de los precios agr韈olas por v韆 administrativa. Gracias a los obst醕ulos a las importaciones se ten韆 la seguridad de que podr韆 seguirse vendiendo la producci髇 nacional. En respuesta a esas medidas y como resultado del aumento de la productividad, los 韓dices de autoabastecimiento aumentaron r醦idamente. En varios casos, el incremento de la producci髇 nacional de determinados productos agropecuarios no s髄o reemplaz?totalmente las importaciones, sino que provoc?excedentes estructurales. Las subvenciones a la exportaci髇 se utilizaron cada vez m醩 para dar salida a los excedentes en el mercado mundial, con lo que se redujeron los precios de los mercados mundiales. Por otro lado, este factor, as?como los efectos de la sobrevaloraci髇 de los tipos de cambio, las pol韙icas de precios bajos para los productos alimenticios en favor de los consumidores urbanos y la aplicaci髇 de otras medidas internas, redujeron en muchos pa韘es en desarrollo los incentivos de los agricultores para aumentar o incluso mantener sus niveles de producci髇 agropecuaria.
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Negociaciones sobre la agricultura en la Ronda Uruguay
En la preparaci髇 de las negociaciones de la Ronda Uruguay result?cada vez m醩 evidente que las causas de las perturbaciones en la agricultura mundial no se limitaban a los problemas de acceso de las importaciones que hab韆n sido desde siempre el tema central de las negociaciones del GATT. Se consider?que para llegar a la ra韟 de los problemas era esencial establecer disciplinas para todas las medidas que afectaban al comercio en el sector agropecuario, incluidas las pol韙icas agropecuarias nacionales y la subvenci髇 de las exportaciones agr韈olas. Se consider?asimismo que era necesario establecer normas m醩 claras para las medidas sanitarias y fitosanitarias, tanto por razones propias de ese 醡bito como para impedir que se eludieran normas m醩 estrictas en materia de acceso de las importaciones mediante el uso injustificado y proteccionista de la seguridad alimentaria y de medidas relacionadas con la sanidad animal y la preservaci髇 de los vegetales.
Las negociaciones sobre la agricultura en la Ronda Uruguay no fueron f醕iles en absoluto: dado el amplio alcance de las negociaciones y su sensibilidad pol韙ica, se necesit?obviamente mucho tiempo para llegar a un acuerdo sobre las nuevas normas y mucho trabajo t閏nico para establecer unos medios s髄idos para formalizar compromisos en esferas de pol韙ica general que iban m醩 all?de la pr醕tica anterior del GATT. El Acuerdo sobre la Agricultura y el Acuerdo sobre la Aplicaci髇 de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias se negociaron de forma paralela, y la Decisi髇 sobre medidas relativas a los posibles efectos negativos del programa de reforma en los pa韘es menos adelantados y los pa韘es en desarrollo importadores netos de productos alimenticios form? tambi閚 parte de los resultados globales.
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Introducci髇 al Acuerdo sobre la Agricultura
El Acuerdo sobre la Agricultura (el Acuerdo) entr?en vigor el 1?de enero de 1995. En el pre醡bulo del Acuerdo se reconoce que el objetivo convenido a largo plazo del proceso de reforma iniciado por el programa de reforma de la Ronda Uruguay es establecer un sistema de comercio agropecuario equitativo y orientado al mercado. El programa de reforma comprende compromisos espec韋icos para reducir la ayuda y la protecci髇 en las esferas de la ayuda interna, las subvenciones a la exportaci髇 y el acceso a los mercados, y mediante el establecimiento de normas y disciplinas del GATT reforzadas y de un funcionamiento m醩 eficaz. El Acuerdo tiene asimismo en cuenta las preocupaciones no comerciales, entre ellas la seguridad alimentaria y la necesidad de proteger el medio ambiente, y prev?un trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo, incluida una mejora de las oportunidades y condiciones de acceso para los productos agropecuarios de especial inter閟 para las exportaciones de esos Miembros.
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Relaci髇 con los dem醩 Acuerdos de la OMC
En principio, todos los Acuerdos y Entendimientos de la OMC sobre el comercio de mercanc韆s se aplican a la agricultura, entre ellos el GATT de 1994 y los Acuerdos de la OMC sobre cuestiones como la valoraci髇 en aduana, los procedimientos para el tr醡ite de licencias de importaci髇, la inspecci髇 previa a la expedici髇, las medidas de salvaguardia urgentes, las subvenciones y los obst醕ulos t閏nicos al comercio. Sin embargo, cuando haya alg鷑 conflicto entre esos Acuerdos y el Acuerdo sobre la Agricultura, prevalecer醤 las disposiciones del Acuerdo sobre la Agricultura. Asimismo, se aplican a la agricultura el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio.
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Productos comprendidos
El Acuerdo define en su Anexo 1 los productos agropecuarios bas醤dose en el Sistema Armonizado de clasificaci髇 de productos. La definici髇 abarca no s髄o los productos agropecuarios de base como el trigo, la leche y los animales vivos, sino tambi閚 los productos derivados de ellos como el pan, la mantequilla y la carne, as?como todos los productos agropecuarios elaborados como el chocolate y las salchichas. Tambi閚 est醤 comprendidos los vinos, las bebidas espirituosas y los productos del tabaco, las fibras como el algod髇, la lana y la seda, y las pieles en bruto de animales destinadas a la producci髇 de cuero. El pescado y los productos de pescado no est醤 incluidos, como tampoco lo est醤 los productos forestales.
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Normas y compromisos
El Acuerdo sobre la Agricultura establece una serie de normas aplicables de forma general a las medidas relacionadas con el comercio agropecuario, principalmente en las esferas de acceso a los mercados, ayuda interna y competencia de las exportaciones. Estas normas se refieren a los compromisos espec韋icos hechos por los pa韘es para mejorar el acceso a los mercados y reducir las subvenciones causantes de distorsi髇 del comercio, que est醤 incluidos en la Lista de cada pa韘 Miembro de la OMC y forman parte integrante del GATT.
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Per韔do de aplicaci髇
El per韔do de aplicaci髇 de los compromisos espec韋icos de los pa韘es es el per韔do de seis a駉s que se inicia en 1995. No obstante, los pa韘es en desarrollo tienen flexibilidad para aplicar sus compromisos de reducci髇 y dem醩 compromisos espec韋icos a lo largo de un per韔do de hasta 10 a駉s. Se ofreci?a los Miembros la posibilidad de aplicar sus concesiones y compromisos sobre la base del a駉 civil, el ejercicio financiero o la campa馻 de comercializaci髇 (cosecha). Por tanto, el a駉 de aplicaci髇 que utiliza un Miembro de la OMC para las reducciones arancelarias puede ser distinto del que utiliza para las reducciones de las subvenciones a la exportaci髇. A efectos de la cl醬sula de paz, el per韔do de aplicaci髇 es el per韔do de nueve a駉s que se inicia en 1995.
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Comit? de Agricultura
El Acuerdo establece un Comit?de Agricultura. El Comit? vigila la aplicaci髇 del Acuerdo sobre la Agricultura y ofrece a los Miembros la oportunidad de consultar sobre cualquier cuesti髇 relativa a la aplicaci髇 de los compromisos, incluidos los compromisos basados en normas. Con este fin, el Comit?suele reunirse cuatro veces al a駉. Pueden convocarse reuniones extraordinarias, de ser necesario.
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