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RESUMEN NO OFICIAL DE LA REUNI覰 PREPARADO POR LA DIVISI覰 DE INFORMACI覰 Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACI覰 DE LA SECRETAR虯 DE LA OMC PARA FACILITAR LA COMPRENSI覰 DEL P贐LICO. S覮O TIENE CAR罜TER OFICIAL EL ACTA DE LA REUNI覰.




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> Declaraci髇 de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud p鷅lica
> Explicaci髇 de los t閞minos t閏nicos y las disposiciones jur韉icas:
hoja informativa

La Uni髇 Europea, los Estados Unidos y un amplio grupo de pa韘es en desarrollo han lanzado el debate postDoha del Consejo de los ADPIC relativo a los ADPIC y la salud p鷅lica presentando propuestas sobre el uso de licencias obligatorias en los pa韘es en que falta capacidad de producci髇 interna.

Este debate, que tuvo lugar el 5 de marzo (el primer d韆 de los tres que dur?la reuni髇 del Consejo de los ADPIC), forma parte de la labor que los Ministros encomendaron al Consejo de los ADPIC en la Declaraci髇 de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud p鷅lica. Las tareas son dos:

En primer lugar, el Consejo de los ADPIC tiene que encontrar una soluci髇 para los problemas que pueden tener los pa韘es al usar licencias obligatorias si su capacidad de producci髇 en el sector farmac閡tico es insuficiente o inexistente. Esto est?relacionado con el apartado f) del art韈ulo 31, en el que se dispone que la producci髇 con licencias obligatorias debe destinarse principalmente al mercado interno.

El Consejo de los ADPIC debe rendir informe al Consejo General a este respecto al final de 2002 a m醩 tardar. El Presidente, el Embajador Boniface Chidyausiku de Zimbabwe, inst?a los Gobiernos Miembros el martes (5 de marzo) a que presentasen propuestas para la pr髕ima reuni髇, es decir, en junio. Los oradores hicieron hincapi?en que estaban decididos a encontrar una soluci髇 para finales de a駉.

En segundo lugar, la Declaraci髇 de Doha ampl韆 asimismo el plazo para la aplicaci髇 por los pa韘es menos adelantados de las disposiciones sobre las patentes farmac閡ticas hasta el 1?nbsp;de enero de 2016. El Consejo de los ADPIC est?preparando una decisi髇 para dar aplicaci髇 a esto formalmente y la examinar?en junio.

En la reuni髇 del 5 de marzo los siguientes pa韘es presentaron propuestas o sugerencias iniciales para tratar la cuesti髇 de la capacidad de producci髇 interna:

  • La Uni髇 Europea ?documento distribuido el 4 de marzo.
    > Para descargar este documento,  ver m醩 adelante
  •  
  • Un amplio grupo de pa韘es en desarrollo (el Grupo Africano, el Brasil, Cuba, la Rep鷅lica Dominicana, el Ecuador, Honduras, la India, Indonesia, Jamaica, Malasia, Sri Lanka y Tailandia) ?presentaci髇 oral a la que seguir?un documento que se distribuir?posteriormente este a駉. (Hay 41 Miembros africanos en la OMC.) Durante el debate otros oradores de pa韘es en desarrollo apoyaron esta iniciativa.
  •  
  • Los Estados Unidos ?documento presentado en la reuni髇, que se distribuy?oficialmente poco despu閟.
    > Para descargar este documento, ver m醩 adelante
 

Tambi閚 tom?la palabra un amplio n鷐ero de otros pa韘es.

 

En esta reuni髇 inicial se sugirieron varias soluciones posibles, pero pueden presentarse m醩 ideas en futuras reuniones:

  • Modificar o suprimir el apartado f) del art韈ulo 31 del Acuerdo sobre los ADPIC. Esto mitigar韆 o suprimir韆 el requisito de que la producci髇 realizada con licencias obligatorias debe destinarse principalmente al mercado interno. La UE dijo que una posible soluci髇 era la modificaci髇 sujeta a condiciones estrictas. Los pa韘es en desarrollo eran m醩 partidarios de suprimir la disposici髇, pero varios oradores se馻laron que la modificaci髇 del Acuerdo ser韆 un proceso largo.
  • Interpretar el art韈ulo 30 (excepciones de los derechos conferidos por una patente) a fin de que los productos fabricados con licencias obligatorias se exporten a pa韘es que tienen problemas de salud p鷅lica, pero que carecen de capacidad de producci髇 interna. La UE present?esta otra posibilidad, apoyada por otros pa韘es, en particular por el grupo de los pa韘es en desarrollo.
  • Moratoria para los casos de soluci髇 de diferencias en que los productos fabricados con la licencia obligatoria de un pa韘 se exportan a otro pa韘 que los necesita pero que no tiene producci髇 interna, con sujeci髇 a condiciones claras. Esta era la soluci髇 que prefer韆n los Estados Unidos, que la consideraban como una soluci髇 conforme al art韈ulo 31.
  • Incentivos para la transferencia de tecnolog韆 a fin de que los pa韘es puedan crear capacidad de producci髇 interna. El grupo de pa韘es en desarrollo hizo 閚fasis en esta soluci髇 que cont? con el apoyo del grupo de pa韘es menos adelantados.

Durante el debate se plantearon, entre otros, lo siguientes puntos:

  • Si la soluci髇 o las soluciones deber韆n aplicarse a todos los pa韘es o 鷑icamente a categor韆s de pa韘es espec韋icamente definidas. Los pa韘es en desarrollo prefer韆n que las soluciones se aplicaran a todos los pa韘es. Los pa韘es desarrollados prefer韆n especificar la aplicabilidad, por ejemplo las soluciones no ser韆n aplicables a los peque駉s pa韘es desarrollados.

  • Si se incluyen condiciones y criterios. Los pa韘es desarrollados estaban a favor. Los pa韘es en desarrollo tem韆n que si las condiciones eran demasiado estrictas y detalladas, ser韆 dif韈il aplicar las soluciones.

  • Las condiciones espec韋icas propuestas inclu韆n el modo de impedir que los f醨macos fabricados con licencias obligatorias se reexportaran a otros mercados, y de evitar que las soluciones propuestas se utilizasen para impulsar pol韙icas industriales en vez de las pol韙icas de salud p鷅lica.

  • Los Estados Unidos expresaron inter閟 por la importancia que prestaban los pa韘es en desarrollo a la transferencia de tecnolog韆. A馻dieron que algunas soluciones propuestas podr韆n ayudar a la transferencia de tecnolog韆, mientras que otras podr韆n frenarla.

  • Suiza formul?tres preguntas: 緾u醠 es el significado de capacidad de producci髇 inexistente o insuficiente? 縌u?situaciones justifican que se adopten medidas? 緾髆o pueden establecerse soluciones que ayuden realmente a los pa韘es que carecen de capacidad de producci髇 en vez de ayudar a los que la tienen?

  • China subray?la necesidad de asistencia t閏nica y transferencia de tecnolog韆.

El debate continuar?en junio.

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Indicaciones geogr醘icas (extensi髇 a otros productos del nivel m醩 elevado de protecci髇)

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> Por ejemplo
Consejo de los ADPIC, 1?y 2 de diciembre de 1998

El Consejo de los ADPIC inici?la labor postDoha de preparar el informe al Comit?de Negociaciones Comerciales sobre este asunto: el plazo termina a finales del presente a駉 (2002).

La cuesti髇 que se debate es si deber韆 hacerse extensivo a otros productos el nivel m醩 elevado de protecci髇 que se concede actualmente a las indicaciones geogr醘icas de vinos y bebidas espirituosas (art韈ulo 23). Para algunos pa韘es un punto clave del debate es la migraci髇, en especial al 搉uevo mundo?(Am閞ica, Australia, Nueva Zelandia, etc.). Los inmigrantes trajeron consigo la producci髇 de mercanc韆s identificadas por indicaciones geogr醘icas y se deber韆 permitir que siguieran usando esos nombres. Otros pa韘es ponen en duda que este argumento sea pertinente. Dicen que, al conceder un nivel m醩 elevado de protecci髇 鷑icamente a los vinos y las bebidas espirituosas, el Acuerdo sobre los ADPIC establece una discriminaci髇 y crea un desequilibrio entre los Miembros de la OMC.

En la reuni髇 (5 y 6 de marzo) los Miembros se dividieron en general en dos bandos, salvo un pu馻do que no se decidieron ni en un sentido ni en otro:

  • A favor de la extensi髇: algunos de estos pa韘es pidieron que el Consejo de los ADPIC acordara unas "modalidades de negociaci髇" (c髆o negociar) que se presentar韆n al Comit?de Negociaciones Comerciales.
  • En contra de la extensi髇: estos pa韘es dijeron que el Consejo de los ADPIC deber韆 simplemente informar al Comit?de Negociaciones Comerciales acerca de sus debates, sin proponer ninguna modalidad.

Ambos grupos estaban constituidos por una combinaci髇 de pa韘es desarrollados y en desarrollo. Entre los pa韘es que estaban a favor de la extensi髇 figuraban: Sri Lanka, Eslovenia, Suiza, Turqu韆, la India, el Pakist醤, Kenya, Hungr韆, la Uni髇 Europea, la Rep鷅lica Eslovaca, Cuba, Marruecos, la Rep鷅lica Checa, Egipto, Bulgaria, Tailandia y Jamaica.

Entre los pa韘es que estaban en contra figuraban: Australia, el Canad? el Paraguay, Colombia, Guatemala, Nueva Zelandia, los Estados Unidos y el Uruguay.

Entre los menos decididos figuraban: la Rep鷅lica de Corea, el Ecuador, el Jap髇 y Singapur.

Entre los puntos planteados en el debate caben se馻lar los siguientes:

  • Si la extensi髇 ayudar韆 o pondr韆 trabas al acceso a los mercados y el desarrollo econ髆ico.
  • Si la extensi髇 ser韆 gravosa e implicar韆 costos.
  • Si los nombres utilizados actualmente como gen閞icos tendr韆n que pasar a ser indicaciones geogr醘icas protegidas o si se aplicar韆n las excepciones previstas en el art韈ulo 24 (que incluye los t閞minos gen閞icos).
  • Qu? funci髇 desempe馻n en el debate las pol韙icas p鷅licas, sociales y culturales.
  • C髆o impedir que otras indicaciones geogr醘icas pasen a ser t閞minos gen閞icos.

Los pa韘es a favor de la extensi髇 dijeron que 閟ta ser韆 beneficiosa para el comercio y el desarrollo, ya que las indicaciones geogr醘icas pueden ser un medio para que los pa韘es 杄n particular los pa韘es en desarrollo- comercialicen sus productos y obtengan precios elevados en vista de la calidad que va asociada a las indicaciones geogr醘icas. Negaron que ello entra馻ra necesariamente un aumento de los costos y subrayaron que los t閞minos utilizados actualmente de modo gen閞ico no ser韆n objeto de protecci髇.

Los pa韘es en contra de la extensi髇 dijeron que las indicaciones geogr醘icas pod韆n ser tan complejas que su protecci髇 podr韆 ser utilizada por los pa韘es productores para bloquear las importaciones, y que los costos administrativos asociados a la protecci髇 de las indicaciones eran demasiado elevados. Algunos, como Australia, argumentaron, por razones culturales, que muchos nombres hab韆n viajado con los emigrantes (como los emigrantes europeos a Australia) y que es natural que 閟tos quieran continuar produciendo los mismos productos que produc韆n antes y utilizar los mismos t閞minos para identificar esos productos. La Uni髇 Europea respondi?que tambi閚 ten韆 inmigrantes de 羏rica y Asia, pero que ello no deber韆 ser una justificaci髇 para que los europeos utilizaran indicaciones geogr醘icas de los pa韘es de origen de los emigrantes.

Parte de los intercambios se centraron en las negociaciones y los acuerdos bilaterales entre Australia y la Uni髇 Europea referentes a la concesi髇 de una protecci髇 a las indicaciones geogr醘icas de los vinos y bebidas espirituosas que va m醩 all?del Acuerdo sobre los ADPIC. Australia cit?este caso como ejemplo de lo complicada y problem醫ica que puede ser esta cuesti髇, incluida 杝eg鷑 Australia- la negativa de la Uni髇 Europea a aceptar como indicaciones geogr醘icas los nombres de los pa韘es.

Bulgaria y Suiza, pa韘es que son ac閞rimos partidarios de la extensi髇, dijeron que los problemas bilaterales de Australia y la Uni髇 Europea no eran pertinentes a los debates multilaterales, especialmente porque esos problemas bilaterales se refer韆n a los vinos y las bebidas espirituosas. Bulgaria adujo que la definici髇 de indicaciones geogr醘icas del Acuerdo sobre los ADPIC permit韆 claramente que se protegieran los nombres de los pa韘es. Bulgaria advirti?tambi閚 que el hecho de no llegar a un consenso en el Consejo de los ADPIC tendr韆 implicaciones para otros temas del Programa de Doha para el Desarrollo, en particular para la agricultura.

El debate continuar?en junio.

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Examen de las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC

(P醨rafo 3 b) del art韈ulo 27 sobre la protecci髇 de las obtenciones vegetales y animales, todo el Acuerdo sobre los ADPIC de conformidad con el p醨rafo 1 del art韈ulo 71, teniendo en cuenta la biodiversidad, los conocimientos tradicionales y el desarrollo)

Las principales decisiones sobre estos puntos del orden del d韆 se refer韆n a la organizaci髇 del trabajo. Con respecto a cada una de estas cuestiones la Secretar韆 har?un resumen de los puntos planteados en los debates anteriores, y se invita a las organizaciones intergubernamentales a que informen sobre su trabajo. Se pide a los Gobiernos que no hayan contestado todav韆 a los cuestionarios sobre la forma en que aplican el p醨rafo 3 b) del art韈ulo 27 a que lo hagan. Varios pa韘es (principalmente pa韘es desarrollados) indicaron que la labor de Consejo de los ADPIC sobre los conocimientos tradicionales deber韆 esperar a que se conocieran los resultados de la labor de la OMPI a este respecto.

La India hizo referencia a las cuestiones relativas a la aplicaci髇 que estaban pendientes en esta esfera, en particular a las propuestas de que:

  • no se concedan patentes incompatibles con el art韈ulo 15 del Convenio sobre la Diversidad Biol骻ica (CDB);
  • se aplique el p醨rafo 3 b) del art韈ulo 27 cinco a駉s despu閟 de la finalizaci髇 del presente examen;
  • se facilite transferencia de tecnolog韆 en t閞minos justos y mutuamente ventajosos;
  • se modifique el p醨rafo 3 b) del art韈ulo 27 揳 la luz del CDB?y se aclare en el presente examen que lo siguiente no es patentable: todos los organismos vivos (incluidas las plantas y los animales, en su totalidad o sus partes, as?como las secuencias gen閠icas), los procedimientos biol骻icos y otros procedimientos naturales para la producci髇 de plantas, animales y sus partes.

Las delegaciones dedicaron gran parte del resto del debate de fondo a repetir las posiciones que hab韆n expuesto en reuniones anteriores. Se trat?del reparto de beneficios basado en el consentimiento fundamentado previo (una disposici髇 del CDB al tiempo que freno para lo que algunos denominan 揵iopirater韆? y de la necesidad de modificar el Acuerdo sobre los ADPIC para tener esto en cuenta. Los Estados Unidos distribuyeron un ejemplo de los contratos que su Instituto Nacional de Investigaci髇 contra el C醤cer firma con varias organizaciones y gobiernos para mostrar c髆o puede garantizarse el reparto de beneficios mediante contratos. Algunos pa韘es como el Per?dijeron que era interesante pero se馻laron que los contratos bilaterales de los Estados Unidos eran voluntarios.

Para el examen del Acuerdo sobre los ADPIC (p醨rafo 1 del art韈ulo 71) los Miembros acordaron presentar propuestas para la reuni髇 de junio.

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Incentivos para la transferencia de tecnolog韆 a los pa韘es menos adelantados (p醨rafo 2 del art韈ulo 66)

La Decisi髇 de Doha relativa a la aplicaci髇 dispone que el Consejo de los ADPIC debe establecer un mecanismo para garantizar la supervisi髇 y la plena aplicaci髇 de las obligaciones establecidas en este art韈ulo, que exige que los pa韘es desarrollados ofrezcan incentivos a sus empresas e instituciones para que transfieran tecnolog韆 a los pa韘es menos adelantados.

El Presidente propuso a los Miembros que presentaran ideas para ese mecanismo como muy tarde en la reuni髇 de junio, a fin de que los pa韘es desarrollados pudiesen informar sobre sus actividades, seg鷑 se exig韆, a finales de a駉 a m醩 tardar. Varios pa韘es dijeron que lo intentar韆n pero que no estaban seguros de que pudieran hacerlo de aqu?a junio.

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Otros puntos del orden del d韆  

En el orden del d韆 figuraban tambi閚 las 搑eclamaciones en casos en que no existe infracci髇 y las reclamaciones motivadas por otras situaciones?y el comercio electr髇ico (ambos con mandatos de Doha), y la cooperaci髇 t閏nica. En lo que respecta a los dos primeros puntos, la reuni髇 acord?que la Secretar韆 recopilar韆 o actualizar韆 informaci髇 para la pr髕ima reuni髇. En relaci髇 con la cooperaci髇 t閏nica la UE, el Brasil y el Per?destacaron que, adem醩 de la informaci髇 sobre la aplicaci髇 del Acuerdo sobre los ADPIC, era necesario incluir en los seminarios, talleres, etc., cuestiones de pol韙ica como la salud p鷅lica y el uso de las flexibilidades que ofrece el Acuerdo sobre los ADPIC.

Al t閞mino de la reuni髇, el Presidente saliente del Consejo de los ADPIC, el Embajador Boniface Chidyausiku de Zimbabwe, dio la bienvenida al Embajador Eduardo P閞ez Motta de M閤ico, Presidente entrante para este a駉.

La 搑euni髇 extraordinaria?del Consejo de los ADPIC sobre el sistema de registro multilateral de las indicaciones geogr醘icas de los vinos y las bebidas espirituosas tuvo lugar el viernes 8 de marzo. > mas informaci髇 ?/p>

Las reuniones previstas provisionalmente para el resto del a駉 son las siguientes:

  • 25-27 de junio (seguida de una reuni髇 extraordinaria el 28 de junio)
  • 17-19 de septiembre (seguida de una reuni髇 extraordinaria el 20 de septiembre)
  • 25-27 de noviembre (seguida de una reuni髇 extraordinaria el 28 de noviembre)

 

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