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informativa sobre la propiedad intelectual: reclamaciones no basadas
en una infracci髇l
V閍se tambi閚:
> Negociaciones sobre soluci髇 de diferencias
> Declaraci髇 de Doha
> La Declaraci髇 de Doha explicada
Mandato
En noviembre de 2001, en la Conferencia Ministerial de Doha, los Miembros convinieron en celebrar negociaciones para mejorar y aclarar el sistema de soluci髇 de diferencias. Formalmente las negociaciones no son parte del todo 鷑ico, lo que significa que no est醤 jur韉icamente vinculadas al 閤ito o fracaso de las dem醩 negociaciones encomendadas en la Declaraci髇.
Negociaciones
Durante las negociaciones los participantes han destacado la gran utilidad del sistema como columna vertebral de todo el sistema multilateral de comercio. No obstante, han se馻lado varias esferas en las que pueden introducirse mejoras. Las cuestiones objeto de debate son las siguientes: derechos de tercero, composici髇 de los grupos especiales, reenv韔, soluciones mutuamente convenidas, informaci髇 estrictamente confidencial, secuencia, cuestiones posteriores a la retorsi髇, transparencia y escritos amicus curiae, plazos, intereses de los pa韘es en desarrollo con inclusi髇 del trato especial y diferenciado, flexibilidad y control de los Miembros, y cumplimiento efectivo.
M醩 informaci髇