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C髆o est醤 organizadas las negociaciones

La Declaraci髇 de noviembre de 2001 de la Cuarta Conferencia Ministerial, celebrada en Doha, Qatar, establece el mandato para las negociaciones sobre una variedad de temas y para otros trabajos, incluidas las cuestiones relativas a la aplicaci髇 de los acuerdos actuales.

Las negociaciones se celebran en el Comit?de Negociaciones Comerciales y sus 髍ganos subsidiarios.

Otras tareas previstas en el programa de trabajo se llevan cabo en otros consejos y comit閟 de la OMC.

Organizaci髇 y gesti髇 de las negociaciones

La Declaraci髇 de Doha organiza los trabajos de las negociaciones y otras tareas (entre par閚tesis se indican los p醨rafos pertinentes).

Estructura

> Declaraci髇 del Presidente del CNC sobre la organizaci髇 de los trabajos, 1?nbsp;de febrero de 2002

Comit?de Negociaciones Comerciales (CNC), bajo la autoridad del Consejo General, establecido por la Declaraci髇 de Doha. Presidente: el Director General de la OMC.
  

Grupos de negociaci髇 El Comit?de Negociaciones Comerciales acord?la siguiente estructura.

En nuevos grupos de negociaci髇:

En 髍ganos existentes:

La decisi髇 tambi閚 hace considerable hincapi?en el trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo, y ello de tres maneras: afirma que es parte integrante de los Acuerdos de la OMC; todas las negociaciones y dem醩 aspectos del programa de trabajo de Doha deben tomar plenamente en cuenta este principio; y todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado han de examinarse para que sean m醩 precisas, eficaces y operativas. A tal efecto:

  • Examen de todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado: en reuniones extraordinarias del Comit?de Comercio y Desarrollo

Principios

Todo 鷑ico: Pr醕ticamente cada punto de la negociaci髇 es parte de un todo indivisible, y nada puede acordarse por separado. 揘ada queda acordado mientras no se haya acordado todo?

Participaci髇: Pueden participar en las negociaciones todos los Miembros de la OMC y los gobiernos observadores que est閚 negociando o se propongan negociar su adhesi髇. Sin embargo las decisiones sobre los resultados son 鷑icamente adoptadas por los Miembros.

Transparencia: Las negociaciones deben ser transparentes.

Trato especial y diferenciado: Las negociaciones deben de tomar plenamente en cuenta el principio del trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo y los menos adelantados.

Desarrollo sostenible: Los Comit閟 de Comercio y Desarrollo y Comercio y Medio Ambiente identifican y debaten los aspectos de las negociaciones relacionados con el desarrollo y el medio ambiente, a fin de contribuir al logro del objetivo de hacer que en las negociaciones se refleje de manera adecuada el desarrollo sostenible.

Temas no negociados: Los elementos del programa de trabajo que no incluyen negociaciones tambi閚 reciben alta prioridad. El Consejo General ha de informar sobre la marcha de los trabajos a la Quinta Conferencia Ministerial en 2003.

V閍se tambi閚:
> ?a href="../../news_s/news02_s/tnc_01feb02_s.htm#principles">principios y pr醕ticas?detallados en el Comit?de Negociaciones Comerciales, 1?nbsp;de febrero de 2002
> Declaraci髇 del Presidente del CNC sobre la organizaci髇 de los trabajos, 1?nbsp;de febrero de 2002