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C髆o est醤 organizadas las negociaciones
La Declaraci髇 de noviembre de 2001 de la Cuarta Conferencia Ministerial, celebrada en Doha, Qatar, establece el mandato para las negociaciones sobre una variedad de temas y para otros trabajos, incluidas las cuestiones relativas a la aplicaci髇 de los acuerdos actuales.
Las negociaciones se celebran en el Comit?de Negociaciones Comerciales y sus 髍ganos subsidiarios.
Otras tareas previstas en el programa de trabajo se llevan cabo en otros consejos y comit閟 de la OMC.
> Lista de temas
> Explicaci髇 de la Declaraci髇 de Doha
> Explicaci髇 de la Decisi髇 relativa a la aplicaci髇
Organizaci髇 y gesti髇 de las negociaciones
La Declaraci髇 de Doha organiza los trabajos de las negociaciones y otras tareas (entre par閚tesis se indican los p醨rafos pertinentes).
Estructura
> Declaraci髇 del Presidente del CNC sobre la organizaci髇 de los trabajos, 1?nbsp;de febrero de 2002
Comit?de Negociaciones Comerciales (CNC), bajo la autoridad del Consejo General, establecido por la Declaraci髇 de Doha. Presidente:
el Director General de la OMC.
Grupos de negociaci髇 El Comit?de Negociaciones Comerciales acord?la siguiente estructura.
En nuevos grupos de negociaci髇:
- Acceso a los mercados
- Normas de la OMC (antidumping, subvenciones, acuerdos comerciales regionales)
En 髍ganos existentes:
- Agricultura: en reuniones extraordinarias del Comit?de Agricultura
- Servicios: en reuniones extraordinarias del Consejo del Comercio de Servicios
- Indicaciones geogr醘icas, un sistema de registro multilateral: en reuniones extraordinarias del Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). Otras cuestiones relacionadas con los ADPIC recibir醤 atenci髇 prioritaria en las reuniones ordinarias del Consejo de los ADPIC
- Entendimiento sobre Soluci髇 de Diferencias: en reuniones extraordinarias del 觬gano de Soluci髇 de Diferencias
- Medio ambiente: en reuniones extraordinarias del Comit?de Comercio y Medio Ambiente
- Negociaciones sobre cuestiones pendientes relativas a la aplicaci髇: en los 髍ganos pertinentes de conformidad con el p醨rafo 12 de la Declaraci髇 Ministerial de Doha. (Ver explicaci髇)
La decisi髇 tambi閚 hace considerable hincapi?en el trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo, y ello de tres maneras: afirma que es parte integrante de los Acuerdos de la OMC; todas las negociaciones y dem醩 aspectos del programa de trabajo de Doha deben tomar plenamente en cuenta este principio; y todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado han de examinarse para que sean m醩 precisas, eficaces y operativas. A tal efecto:
- Examen de todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado: en reuniones extraordinarias del Comit?de Comercio y Desarrollo
Principios
Todo 鷑ico: Pr醕ticamente cada punto de la negociaci髇 es parte de un todo indivisible, y nada puede acordarse por separado. 揘ada queda acordado mientras no se haya acordado todo?
Participaci髇: Pueden participar en las negociaciones todos los Miembros de la OMC y los gobiernos observadores que est閚 negociando o se propongan negociar su adhesi髇. Sin embargo las decisiones sobre los resultados son 鷑icamente adoptadas por los Miembros.
Transparencia: Las negociaciones deben ser transparentes.
Trato especial y diferenciado: Las negociaciones deben de tomar plenamente en cuenta el principio del trato especial y diferenciado para los pa韘es en desarrollo y los menos adelantados.
Desarrollo sostenible: Los Comit閟 de Comercio y Desarrollo y Comercio y Medio Ambiente identifican y debaten los aspectos de las negociaciones relacionados con el desarrollo y el medio ambiente, a fin de contribuir al logro del objetivo de hacer que en las negociaciones se refleje de manera adecuada el desarrollo sostenible.
Temas no negociados: Los elementos del programa de trabajo que no incluyen negociaciones tambi閚 reciben alta prioridad. El Consejo General ha de informar sobre la marcha de los trabajos a la Quinta Conferencia Ministerial en 2003.
V閍se tambi閚:
> ?a href="../../news_s/news02_s/tnc_01feb02_s.htm#principles">principios y pr醕ticas?detallados en el Comit?de Negociaciones
Comerciales, 1?nbsp;de febrero de 2002
> Declaraci髇 del Presidente del CNC sobre la organizaci髇 de los trabajos,
1?nbsp;de febrero de 2002