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MÓDULO DE FORMACIÓN: EL MANUAL SOBRE MSF: CAPÍTULO 3
Funcionamiento del servicio de informaci髇 sobre MSF
En esta parte del manual se expone el funcionamiento de un servicio de informaci髇 y las principales funciones que desempe馻 habitualmente, a saber:
- peticiones de documentos de informaci髇;
- consultas de tipo general; y
- env韔 y cobro.
El servicio de informaci髇 es la 鷑ica entidad oficial encargada de “responder a todas las peticiones razonables de informaci髇” formuladas por los pa韘es interesados y de facilitar los documentos pertinentes referentes a:
- las reglamentaciones sanitarias o fitosanitarias que se hayan adoptado o se proyecte adoptar dentro del pa韘;
- los procedimientos de control e inspecci髇, reg韒enes de producci髇 y cuarentena, y procedimientos relativos a las tolerancias de plaguicidas y de aprobaci髇 de aditivos alimentarios, que se apliquen en el pa韘;
- los procedimientos de evaluaci髇 del riesgo, factores tomados en consideraci髇 y determinaci髇 del nivel adecuado de protecci髇 sanitaria o fitosanitaria;
- la condici髇 de integrante o participante del pa韘, o de las instituciones competentes dentro de su territorio, en organizaciones y sistemas sanitarios y fitosanitarios internacionales y regionales;
- la condici髇 de integrante o participante del pa韘 en acuerdos bilaterales y multilaterales dentro del alcance del Acuerdo MSF; y
- los textos de esos acuerdos.
Los servicios de informaci髇 deber醤 tambi閚 informar, previa solicitud, sobre la participaci髇 en acuerdos bilaterales o multilaterales de equivalencia.