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- notificaci髇 de equivalencia
Aunque la notificaci髇 de equivalencia no constituya una prescripci髇 del Acuerdo MSF, en junio de 2002 el Comit?MSF adopt?una decisi髇 sobre esta cuesti髇, a saber, el procedimiento recomendado para la notificaci髇 de la determinaci髇 del reconocimiento de la equivalencia de las medidas sanitarias y fitosanitarias (G/SPS/7/Rev.2/Add.1)
De conformidad con esos procedimientos recomendados, cuando un pa韘 ha llevado a cabo una determinaci髇 por la que se reconoce como equivalente una medida sanitaria y fitosanitaria de otro pa韘, deber韆 proceder a una notificaci髇 de las medidas que se han reconocido y de los productos a los que afecta. Cuando se introducen cambios importantes en un acuerdo de reconocimiento de la equivalencia vigente, 閟tos tambi閚 deber韆n notificarse con inclusi髇 de la suspensi髇 o rescisi髇 de tales acuerdos.
A los efectos de la notificaci髇, la equivalencia se define como “el estado por el cual las medidas sanitarias aplicadas por un pa韘 exportador, aunque fueran diferentes de las medidas aplicadas en un pa韘 importador, alcanzan, seg鷑 haya demostrado el pa韘 exportador y reconocido el pa韘 importador, el nivel apropiado de protecci髇 sanitaria del pa韘 importador. La determinaci髇 del reconocimiento de la equivalencia se podr?formular bien con respecto a una medida o medidas espec韋icas relativas a un producto determinado a una categor韆 determinada de productos, o bien a nivel de los sistemas”.
Punto |
Descripci髇 |
1. Miembro que notifica |
Gobierno — con inclusi髇 de las autoridades competentes de la Comunidad Europea — que hace la notificaci髇. Ejemplo: Chile |
2. T韙ulo del texto en que se enuncia la determinaci髇 del reconocimiento de la equivalencia |
T韙ulo de cualquier acuerdo formal o informal, memor醤dum de entendimiento u otro documento que establezca la determinaci髇 del reconocimiento de la equivalencia. Ejemplo: “Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno del Canad?sobre las medidas sanitarias de protecci髇 de la sanidad p鷅lica y la salud de los animales con respecto al comercio de animales y productos derivados de los animales.” |
3. Partes que intervienen |
Nombre del Miembro o los Miembros exportadores cuya medida es equivalente. Ejemplo: Bolivia y Per?/td> |
4. Fecha de entrada en vigor de la determinaci髇 del reconocimiento de la equivalencia y procedimientos o reglamentos conexos |
Fecha en la que se hicieron efectivos los procedimientos, reglamentaciones y otras medidas basadas en la determinaci髇 del reconocimiento de la equivalencia. Ejemplo: 21 de julio de 2002 |
5. Productos abarcados |
Util韈ense definiciones claras para permitir la comprensi髇 de la notificaci髇 por parte de los funcionarios del pa韘 y los traductores. Ev韙ense las abreviaturas. Ejemplo: Crust醕eos y moluscos, cocidos y congelados. Siempre que sea posible debe facilitarse el n鷐ero de la partida arancelaria, al menos al nivel de cap韙ulo, seg鷑 el Sistema Armonizado. Ejemplo: Carne de animales de la especie bovina, congelada deshuesada (SA N?sup>s 0201 30, 0202 30) del Reino Unido |
6. Breve descripci髇 de las medidas o medidas reconocidas como equivalentes |
Ind韖uese claramente la naturaleza del reconocimiento de la equivalencia, incluidas las medidas de los Miembros exportadores que se han reconocido como equivalentes y los elementos de los requisitos habituales de los Miembros importadores que cumplen esas medidas equivalentes Ejemplo: El acuerdo permite importaciones en determinados quesos de pasta dura fabricados con leche no pasteurizada de conformidad con un procedimiento convenido. La reglamentaci髇 exige que la leche y los productos derivados de la leche utilizados por la producci髇 de queso est閚 pasteurizados |
7. Informaci髇 adicional disponible en |
El organismo o autoridad de los que los Miembros interesados pueden recabar m醩 informaci髇 adicional sobre la determinaci髇 espec韋ica de la equivalencia que se ha notificado. Si se trata del servicio nacional de informaci髇, p髇gase una cruz en el recuadro correspondiente. En caso de que los facilite otra instituci髇, ind韖uese su direcci髇, n鷐ero de fax y direcci髇 de correo electr髇ico (si las hay). Ind韖uese la direcci髇 del sitio Web, si existe, en que pueda consultarse el documento. Ejemplo: |