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Cuestiones abarcadas por los Comit閟 y Acuerdos de la OMC

MÓDULO DE FORMACIÓN: EL MANUAL SOBRE MSF: CAPÍTULO 2

Funcionamiento de la autoridad encargada de la notificaci髇 de MSF

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2.1 Introducci髇

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En esta parte del manual se explica c髆o funciona una autoridad encargada de la notificaci髇 y cu醠es son las principales tareas que desempe馻 habitualmente, a saber:

  1. decidir si una notificaci髇 es necesaria;
  2. determinar cu醤do se ha de efectuar una notificaci髇;
  3. redactar notificaciones;
  4. atender las peticiones de documentos notificados;
  5. mantenerse al corriente de las notificaciones realizadas por otros pa韘es; y
  6. formular observaciones y comentarios.

El Acuerdo MSF establece la obligatoriedad de la notificaci髇 previa de las medidas sanitarias y fitosanitarias en proyecto. La principal ventaja de ese sistema de notificaci髇 es su car醕ter de consulta internacional, ya que permite a otros pa韘es formular observaciones respecto de esas medidas. Todo parece indicar que en los pa韘es en que no exist韆 un sistema de consulta nacional, la aplicaci髇 o el cumplimiento de las prescripciones de la OMC en materia de notificaci髇 han contribuido a reforzar la transparencia interna. Cualquier pa韘 que se proponga introducir una nueva medida sanitaria o fitosanitaria est?obligado, en la mayor parte de los casos, a:

  1. presentar una notificaci髇 a trav閟 de la Secretar韆 de la OMC cada vez que se proponen nuevas medidas o se modifican las existentes;
  2. establecer un plazo razonable para que los dem醩 pa韘es puedan formular observaciones por escrito;
  3. debatir esas observaciones cuando as?se solicite;
  4. tener en cuenta las observaciones y los resultados de los debates;
  5. explicar al pa韘 autor de las observaciones de qu?forma se tendr醤 閟tas en cuenta;
  6. cuando proceda, facilitar la informaci髇 adicional pertinente sobre la medida propuesta;
  7. proporcionar al pa韘 autor de las observaciones un ejemplar de las correspondientes reglamentaciones sanitarias y fitosanitarias una vez adoptadas, o informarle de que ninguna medida de ese tipo entrar?en vigor de momento.

El sistema de notificaci髇 de MSF facilita tambi閚 el comercio al permitir cierto plazo de espera antes de que se exija el cumplimiento de las nuevas medidas (sistema “sin sorpresas”).

El Acuerdo MSF ha mejorado notablemente la transparencia en la aplicaci髇 de medidas sanitarias y fitosanitarias, como ha puesto de manifiesto el progresivo cumplimiento por los Miembros de sus obligaciones en materia de notificaci髇. Asimismo, se han realizado avances significativos en el establecimiento de servicios de informaci髇 y autoridades encargadas de la notificaci髇. En septiembre de 2002, 90 pa韘es hab韆n presentado m醩 de 3.100 notificaciones y 117 pa韘es hab韆n establecido autoridades encargadas de la notificaci髇.

En el anexo B figuran modelos de cartas relativas a las solicitudes de documentaci髇.

  

  

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