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ENTENDER LA OMC: INFORMACI覰 B罶ICA

Los principios del sistema de comercio

Los Acuerdos de la OMC son extensos y complejos porque se trata de textos jur韉icos que abarcan una gran variedad de actividades. Tratan de las siguientes cuestiones: agricultura, textiles y vestido, servicios bancarios, telecomunicaciones, contrataci髇 p鷅lica, normas industriales y seguridad de los productos, reglamentos sobre sanidad de los alimentos, propiedad intelectual y muchos temas m醩. Ahora bien, todos estos documentos est醤 inspirados en varios principios simples y fundamentales que constituyen la base del sistema multilateral de comercio.

Veamos esos principios m醩 detenidamente:

 

M醩 informaci髇 de introducci髇

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Comercio sin discriminaciones

1. Naci髇 m醩 favorecida (NMF): igual trato para todos los dem醩  
En virtud de los Acuerdos de la OMC, los pa韘es no pueden normalmente establecer discriminaciones entre sus diversos interlocutores comerciales. Si se concede a un pa韘 una ventaja especial (por ejemplo, la reducci髇 del tipo arancelario aplicable a uno de sus productos), se tiene que hacer lo mismo con todos los dem醩 Miembros de la OMC.

Este principio se conoce como el trato de la naci髇 m醩 favorecida (NMF) (v閍se el recuadro). Tiene tanta importancia que es el primer art韈ulo del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que regula el comercio de mercanc韆s. El principio NMF es tambi閚 prioritario en el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) (art韈ulo 2) y en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) (art韈ulo 4), aunque en cada Acuerdo este principio se aborda de manera ligeramente diferente. En conjunto, esos tres Acuerdos abarcan las tres esferas principales del comercio de las que se ocupa la OMC.

Se permiten ciertas excepciones. Por ejemplo, los pa韘es pueden establecer un acuerdo de libre comercio que se aplique 鷑icamente a los productos objeto de comercio dentro del grupo y hacer discriminaciones con respecto a los productos de terceros pa韘es. O pueden otorgar acceso especial a sus mercados a los pa韘es en desarrollo. O bien un pa韘 puede poner obst醕ulos a los productos que se consideren objeto de un comercio desleal procedentes de pa韘es espec韋icos. Y, en el caso de los servicios, se permite que los pa韘es, en ciertas circunstancias restringidas, apliquen discriminaciones. Sin embargo, los acuerdos s髄o permiten estas excepciones con arreglo a condiciones estrictas. En general, el trato NMF significa que cada vez que un pa韘 reduce un obst醕ulo al comercio o abre un mercado, tiene que hacer lo mismo para los mismos productos o servicios de todos sus interlocutores comerciales, sean ricos o pobres, d閎iles o fuertes.

2. Trato nacional: igual trato para nacionales y extranjeros Las mercanc韆s importadas y las producidas en el pa韘 deben recibir el mismo trato, al menos despu閟 de que las mercanc韆s extranjeras hayan entrado en el mercado. Lo mismo debe ocurrir en el caso de los servicios extranjeros y los nacionales, y en el de las marcas de f醔rica o de comercio, los derechos de autor y las patentes extranjeros y nacionales. Este principio de 搕rato nacional?(dar a los dem醩 el mismo trato que a los nacionales) figura tambi閚 en los tres principales Acuerdos de la OMC (art韈ulo 3 del GATT, art韈ulo 17 del AGCS y art韈ulo 3 del Acuerdo sobre los ADPIC), aunque tambi閚 en este caso se aborda en cada uno de ellos el principio de manera ligeramente diferente.

El trato nacional s髄o se aplica una vez que el producto, el servicio o la obra de propiedad intelectual ha entrado en el mercado. Por lo tanto, la aplicaci髇 de derechos de aduana a las importaciones no constituye una transgresi髇 del trato nacional, aunque a los productos fabricados en el pa韘 no se les aplique un impuesto equivalente.

 

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Comercio m醩 libre: de manera gradual, mediante negociaciones

La reducci髇 de los obst醕ulos al comercio es uno de los medios m醩 evidentes de alentar el comercio. Esos obst醕ulos incluyen los derechos de aduana (o aranceles) y medidas tales como las prohibiciones de las importaciones o los contingentes que restringen selectivamente las cantidades importadas. Ocasionalmente se han debatido tambi閚 otras cuestiones, como el papeleo administrativo y las pol韙icas cambiarias.

Desde la creaci髇 del GATT, en 1947-48, se han realizado ocho rondas de negociaciones comerciales. Actualmente est?en curso una novena ronda, en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo. Al principio, estas negociaciones se centraban en la reducci髇 de los aranceles (derechos aduaneros) aplicables a las mercanc韆s importadas. Como consecuencia de las negociaciones, a mediados del decenio de 1990 los aranceles aplicados por los pa韘es industrializados a los productos industriales hab韆n ido bajando de forma ininterrumpida, hasta situarse en menos del 4 por ciento.

Por otra parte, en el decenio de 1980 las negociaciones se hab韆n ampliado para incluir los obst醕ulos no arancelarios aplicados a las mercanc韆s y esferas nuevas como las de los servicios y la propiedad intelectual.

La apertura de los mercados puede ser beneficiosa, pero tambi閚 exige una adaptaci髇. Los Acuerdos de la OMC permiten que los pa韘es introduzcan cambios gradualmente, mediante una 搇iberalizaci髇 progresiva? Por lo general, los pa韘es en desarrollo disponen de plazos m醩 largos para cumplir sus obligaciones.

 

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Previsibilidad: mediante consolidaci髇 y transparencia

A veces, la promesa de no aumentar un obst醕ulo al comercio puede ser tan importante como reducir otro, ya que la promesa permite que las empresas tengan una visi髇 m醩 clara de sus oportunidades futuras. Mediante la estabilidad y la previsibilidad se fomentan las inversiones, se crean puestos de trabajo y los consumidores pueden aprovechar plenamente los beneficios de la competencia: la posibilidad de elegir precios m醩 bajos. El sistema multilateral de comercio constituye un intento de los gobiernos de dar estabilidad y previsibilidad al entorno comercial.

Aumento de las consolidaciones en la Ronda Uruguay

Porcentajes de aranceles consolidados antes y despu閟 de las negociaciones de 1986-94

Antes

Despu閟

Pa韘es desarrollados

78

99

Pa韘es en desarrollo

21

73

Econom韆s en transici髇

73

98

(Se trata de l韓eas arancelarias, de modo que los porcentajes no est醤 ponderados en funci髇 del volumen o el valor del comercio.)

En la OMC, cuando los pa韘es convienen en abrir sus mercados de mercanc韆s y servicios, 揷onsolidan?sus compromisos. Con respecto a las mercanc韆s, estas consolidaciones equivalen a l韒ites m醲imos de los tipos arancelarios. En algunos casos, los derechos de importaci髇 aplicados son inferiores a los tipos consolidados. Esto suele ocurrir en los pa韘es en desarrollo. En los pa韘es desarrollados los tipos efectivamente aplicados y los consolidados tienden a ser iguales.

Un pa韘 puede modificar sus consolidaciones, pero s髄o despu閟 de negociarlo con sus interlocutores comerciales, lo que puede significar que tenga que compensarlos por la p閞dida de comercio. Uno de los logros de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay consisti?en incrementar la proporci髇 del comercio sujeto a compromisos vinculantes (v閍se el cuadro). En la agricultura, el 100 por ciento de los productos tienen actualmente aranceles consolidados. El resultado de todo ello es un grado considerablemente mayor de seguridad de los mercados para los comerciantes y los inversores.

El sistema trata tambi閚 de mejorar la previsibilidad y la estabilidad por otros medios. Uno de ellos consiste en desalentar la utilizaci髇 de contingentes y otras medidas empleadas para fijar l韒ites a las cantidades que se pueden importar (la administraci髇 de los contingentes puede dar lugar a un aumento del papeleo administrativo y a acusaciones de conducta desleal). Otro medio es hacer que las normas comerciales de los pa韘es sean tan claras y p鷅licas (搕ransparentes? como sea posible. En muchos de los Acuerdos de la OMC se exige que los gobiernos divulguen p鷅licamente sus pol韙icas y pr醕ticas en el pa韘 o mediante notificaci髇 a la OMC. La supervisi髇 peri骴ica de las pol韙icas comerciales nacionales por medio del Mecanismo de Examen de las Pol韙icas Comerciales constituye otro medio de alentar la transparencia tanto a nivel nacional como multilateral.

 

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Fomento de una competencia leal

Algunas veces se describe a la OMC como una instituci髇 de 搇ibre comercio? lo que no es completamente exacto. El sistema permite la aplicaci髇 de aranceles y, en circunstancias restringidas, otras formas de protecci髇. Es m醩 exacto decir que es un sistema de normas consagrado al logro de una competencia libre, leal y sin distorsiones.

Las normas sobre no discriminaci髇 ?NMF y trato nacional ?tienen por objeto lograr condiciones equitativas de comercio. Es tambi閚 el objeto de las normas relativas al dumping (exportaci髇 a precios inferiores al costo para adquirir cuotas de mercado) y las subvenciones. Las cuestiones son complejas y las normas tratan de establecer lo que es leal o desleal y c髆o pueden responder los gobiernos, en particular mediante la aplicaci髇 de derechos de importaci髇 adicionales calculados para compensar el da駉 ocasionado por el comercio desleal.

Muchos de los dem醩 Acuerdos de la OMC est醤 destinados a apoyar la competencia leal, por ejemplo, en la agricultura, la propiedad intelectual y los servicios. El Acuerdo sobre Contrataci髇 P鷅lica (que es un acuerdo 損lurilateral?porque s髄o ha sido firmado por algunos de los Miembros de la OMC) hace extensivas las normas en materia de competencia a las compras realizadas por miles de entidades p鷅licas de muchos pa韘es. Y as?sucesivamente.

 

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Promoci髇 del desarrollo y la reforma econ髆ica

El sistema de la OMC contribuye al desarrollo. Por otra parte, los pa韘es en desarrollo necesitan flexibilidad en cuanto al tiempo preciso para aplicar los Acuerdos del sistema. Y a su vez los Acuerdos incorporan las disposiciones anteriores del GATT que prev閚 asistencia y concesiones comerciales especiales para los pa韘es en desarrollo.

M醩 de las tres cuartas partes de los Miembros de la OMC son pa韘es en desarrollo y pa韘es en transici髇 a econom韆s de mercado. Durante los siete a駉s y medio que dur?la Ronda Uruguay, m醩 de 60 de esos pa韘es aplicaron aut髇omamente programas de liberalizaci髇 del comercio. Al mismo tiempo, los pa韘es en desarrollo y las econom韆s en transici髇 fueron mucho m醩 activos e influyentes en las negociaciones de la Ronda Uruguay que en ninguna ronda anterior, y a鷑 lo son m醩 en el actual Programa de Doha para el Desarrollo.

Al finalizar la Ronda Uruguay, los pa韘es en desarrollo estaban dispuestos a asumir la mayor韆 de las obligaciones que se imponen a los pa韘es desarrollados. No obstante, los Acuerdos les conced韆n per韔dos de transici髇 para adaptarse a las disposiciones ?menos conocidas y quiz醩 m醩 dif韈iles ?de la OMC, especialmente en el caso de los m醩 pobres, los pa韘es 搈enos adelantados? En una Decisi髇 Ministerial adoptada al final de la Ronda se dice que los pa韘es m醩 ricos deben acelerar la aplicaci髇 de los compromisos en materia de acceso a los mercados que afecten a las mercanc韆s exportadas por los pa韘es menos adelantados, y se pide que se les preste una mayor asistencia t閏nica. M醩 recientemente, los pa韘es desarrollados han empezado a permitir la importaci髇 libre de aranceles y de contingentes de casi todos los productos procedentes de los pa韘es menos adelantados. En todo ello la OMC y sus Miembros atraviesan a鷑 un proceso de aprendizaje. El actual Programa de Doha para el Desarrollo incluye las preocupaciones de los pa韘es en desarrollo por las dificultades con que tropiezan para aplicar los acuerdos de la Ronda Uruguay.

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Los principios

El sistema de comercio debe ser ...

no discriminatorio ?un pa韘 no debe discriminar entre sus interlocutores comerciales (debe darles por igual la condici髇 de 搉aci髇 m醩 favorecida?o NMF); ni tampoco debe discriminar entre sus propios productos, servicios o ciudadanos y los productos, servicios o ciudadanos de otros pa韘es (debe otorgarles 搕rato nacional?;

m醩 libre ?deben reducirse los obst醕ulos mediante negociaciones;

previsible ?las empresas, los inversores y los gobiernos extranjeros deben confiar en que no se establecer醤 arbitrariamente obst醕ulos comerciales (que incluyen los aranceles y los obst醕ulos no arancelarios; los tipos arancelarios y los compromisos de apertura de los mercados se 揷onsolidan?en la OMC;

m醩 competitivo ?se desalientan las pr醕ticas 揹esleales? como las subvenciones a la exportaci髇 y el dumping de productos a precios inferiores a su costo para adquirir cuotas de mercado;

m醩 ventajoso para los pa韘es menos adelantados ?d醤doles m醩 tiempo para adaptarse, una mayor flexibilidad y privilegios especiales.

 

 

縋or qu?se dice 搈醩 favorecida?

Suena como una contradicci髇. Parece indicar un trato especial, pero en la OMC significa realmente no discriminaci髇, es decir, tratar pr醕ticamente a todos de igual manera.

Ocurre lo siguiente: cada miembro trata a todos los dem醩 Miembros, por ejemplo, como interlocutores comerciales 搈醩 favorecidos? Si un pa韘 aumenta los beneficios que concede a uno de sus interlocutores comerciales, tiene que dar ese mismo 搈ejor?trato a todos los dem醩 Miembros de la OMC, de modo que todos sigan siendo los 搈醩 favorecidos?

La condici髇 de naci髇 m醩 favorecida (NMF) no siempre signific?igualdad de trato. Los tratados bilaterales NMF establec韆n clubes exclusivos entre los interlocutores comerciales 搈醩 favorecidos? de un pa韘. En el GATT, y ahora en la OMC, el club NMF no es ya exclusivo. El principio NMF garantiza que cada pa韘 trate de igual forma a los otros m醩 de 140 Miembros.

Sin embargo, hay algunas excepciones ...

 

 

 

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