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El Acuerdo MSF tiene un doble objetivo. Tiene como finalidad:
- Reconocer el derecho soberano de los Miembros a proporcionar el nivel de protecci髇 de la salud que consideran adecuado; y
- garantizar que las medidas sanitarias y fitosanitarias no representen restricciones innecesarias, arbitrarias, injustificables desde un punto de vista cient韋ico o encubiertas del comercio internacional.
Es m醩, el Acuerdo MSF permite a los pa韘es establecer sus propias normas en materia de inocuidad de los alimentos y de sanidad de los animales y las plantas. Sin embargo, el Acuerdo MSF exige al mismo tiempo que dicha reglamentaci髇 se base en principios cient韋icos, que s髄o se aplique en la medida necesaria para proteger la salud y que no establezca una discriminaci髇 arbitraria o injustificada entre pa韘es con unas condiciones id閚ticas o semejantes.
A fin de lograr su objetivo, el Acuerdo MSF alienta a los Miembros a utilizar normas, directrices y recomendaciones internacionales cuando existan. Los Miembros pueden adoptar medidas sanitarias y fitosanitarias para obtener niveles m醩 elevados de protecci髇 de la salud — o medidas para afrontar preocupaciones sanitarias para las cuales no existen normas internacionales — siempre que est閚 justificadas desde el punto de vista cient韋ico.