国产麻豆一精品一av一免费,亚洲av无码日韩av无码网址,夜精品无码a片一区二区蜜桃,A级成人片一区二区三区

Cuestiones abarcadas por los Comit閟 y Acuerdos de la OMC

MÓDULO DE CAPACITACIÓN SOBRE EL ACUERDO MSF: CAPÍTULO 2

Disposiciones fundamentales del Acuerdo

El Acuerdo MSF es un marco multilateral formado por normas y disciplinas orientadas a lograr su doble objetivo de garantizar el derecho de los Miembros a proteger la salud, evitando al mismo tiempo la imposici髇 de obst醕ulos arbitrarios o injustificados al comercio.

Haga clic en + para abrir un elemento.

2.1 Justificaci髇 cient韋ica

mostrar la p醙ina de ayuda

El art韈ulo 2 del Acuerdo MSF subraya que los Miembros tienen derecho a adoptar medidas sanitarias y fitosanitarias para lograr el nivel de protecci髇 de la salud que ellos mismos establezcan. Este nivel, llamado nivel adecuado de protecci髇 o nivel de riesgo aceptable, representa una caracter韘tica fundamental del Acuerdo MSF.

El derecho a adoptar medidas sanitarias y fitosanitarias para lograr un nivel adecuado de protecci髇 conlleva obligaciones b醩icas. En general, los pa韘es pueden adoptar medidas sanitarias y fitosanitarias siempre que:

  • se apliquen s髄o hasta el l韒ite necesario para proteger la vida o la salud;
      
  • se basen en principios cient韋icos y no se mantengan sin pruebas cient韋icas suficientes (excepto en el caso de medidas de urgencia o provisionales); y
      
  • no discriminen injustificadamente entre el origen nacional y extranjero o entre fuentes externas de suministro.
      

Los Miembros tienen dos opciones para demostrar que sus medidas se basan en principios cient韋icos. Pueden:

Para saber de qu?modo se ha aplicado este art韈ulo en la soluci髇 de diferencias vea las constataciones pertinentes en el asunto de la Prescripci髇 de pruebas por variedad.

  

  

ir a la p醙ina anterior   ir a la p醙ina siguiente

 

Cap韙ulos terminados:

ir a la p醙ina anterior   ir a la p醙ina siguiente