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Cuestiones abarcadas por los Comit閟 y Acuerdos de la OMC

MÓDULO DE CAPACITACIÓN SOBRE EL ACUERDO MSF: CAPÍTULO 2

Disposiciones fundamentales del Acuerdo

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2.2 Armonizaci髇 — Medidas basadas en normas internacionales

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El art韈ulo 3 del Acuerdo MSF insta a los Miembros a basar sus medidas en normas, directrices y recomendaciones internacionales, cuando existan. Esto facilita la armonizaci髇, es decir, el establecimiento, reconocimiento y aplicaci髇 de medidas sanitarias y fitosanitarias comunes por los distintos Miembros. Armonizando las medidas sanitarias y fitosanitarias con las normas internacionales se puede lograr la inocuidad de los alimentos y la protecci髇 de la sanidad de los animales y las plantas sin restringir indebidamente el comercio internacional.

El Acuerdo MSF reconoce en particular a tres organismos internacionales de normalizaci髇 (las tres organizaciones hermanas). La Comisi髇 del Codex Alimentarius establece normas, directrices y recomendaciones relativas a las medidas en materia de inocuidad de los alimentos. De la misma manera, la Oficina Internacional de Epizootias se ocupa de las medidas en materia de sanidad animal y la Secretar韆 de la Convenci髇 Internacional de Protecci髇 Fitosanitaria establece normas relativas a las medidas en materia de sanidad de las plantas. Hay que se馻lar que el Acuerdo MSF no establece distinciones jur韉icas entre las “normas”, “directrices” y “recomendaciones” de estas tres organizaciones. Los tres tipos de normas gozan de la misma situaci髇 en el marco del Acuerdo MSF (ver “Aclaraci髇 de las referencias a los textos del Codex”, G/SPS/W/86/Rev.1).

Se supone que las medidas basadas en normas, directrices o recomendaciones internacionales formuladas por las tres organizaciones hermanas son compatibles con el Acuerdo MSF y los Miembros que basan sus medidas en ellas pueden tener la confianza de cumplir el Acuerdo MSF. A veces se describen las normas internacionales como un “puerto seguro” para los gobiernos. Sin embargo, los Miembros tienen claramente derecho a impugnar cualquier medida sanitaria o fitosanitaria, en particular si consideran que la declaraci髇 de que se basan en una norma internacional est?mal fundada.

El Comit?MSF, en cooperaci髇 con las tres organizaciones hermanas, vigila el proceso de armonizaci髇. El proceso, descrito en el documento G/SPS/11 de la OMC, permite a los Miembros identificar problemas importantes del comercio relacionados con la utilizaci髇 o no de las normas, directrices o recomendaciones internacionales pertinentes. Las tres organizaciones hermanas responden a las cuestiones que se plantean. La Secretar韆 de la OMC prepara un informe resumido anual sobre el proceso de vigilancia. El informe anual m醩 reciente (en la serie G/SPS) se puede descargar de la p醙ina Web de la OMC (Pulsar aqu?/a> para las instrucciones).

  

  

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