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M覦ULO DE FORMACI覰 SOBRE EL SISTEMA DE SOLUCI覰 DE DIFERENCIAS: CAPÍTULO 4
Fundamento jur韉ico de una diferencia
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4.6 Diferencias relativas a los art韈ulos I a XVI del Acuerdo sobre la OMC y el ESD
Los art韈ulos I a XVI del Acuerdo sobre la OMC y el ESD no contienen ninguna disposici髇 espec韋ica respecto de las consultas y la soluci髇 de diferencias que permita ocuparse de las cuestiones planteadas en relaci髇 con el propio Acuerdo sobre la OMC (en el sentido de los art韈ulos I a XVI) ni con el ESD. Sin embargo, estos dos instrumentos pertenecen a la categor韆 de “acuerdos abarcados” y figuran en la lista del Ap閚dice 1 del ESD. Adem醩, la segunda frase del p醨rafo 1 del art韈ulo 1 del ESD dispone concretamente que el sistema de soluci髇 de diferencias es aplicable a las diferencias relativas al Acuerdo sobre la OMC (en el sentido de los art韈ulos I a XVI) y el ESD.
Hasta la fecha se han registrado dos casos de un reclamante que ha denunciado un incumplimiento por un Miembro de una disposici髇 del ESD, a saber el p醨rafo 1 del art韈ulo 23.1 Adem醩, una disposici髇 del Acuerdo sobre la OMC (en el sentido de los art韈ulos I a XVI), el p醨rafo 4 del art韈ulo XVI, se invoca frecuentemente para las reclamaciones en los casos en que existe infracci髇.
Nota:
1. Informe del Grupo Especial, Estados Unidos — Art韈ulo 301 de la Ley de Comercio Exterior; informe del Grupo Especial e informe del 觬gano de Apelaci髇, Estados Unidos — Determinados productos procedentes de las CE. volver al texto