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M覦ULO DE FORMACI覰 SOBRE EL SISTEMA DE SOLUCI覰 DE DIFERENCIAS: CAPÍTULO 10
Cuestiones jur韉icas planteadas en el procedimiento de soluci髇 de diferencias de la OMC
Hay una importante excepci髇 al principio de que los grupos especiales y el 觬gano de Apelaci髇 pueden aplicar aut髇omamente las disposiciones de la OMC cuando examinan las alegaciones de los reclamantes y elaboran su propio razonamiento jur韉ico, y tiene que ver con la aplicaci髇 de las excepciones jur韉icas de la OMC. Cuando el demandado desee invocar una excepci髇 jur韉ica de una obligaci髇 cuya violaci髇 ha sido alegada por el reclamante, deber?hacerlo expresamente. Ejemplos de estas excepciones son el art韈ulo XX del GATT de 19941 o el p醨rafo 7 del art韈ulo 5 del Acuerdo MSF.2 Los grupos especiales y el 觬gano de Apelaci髇 no pueden aplicar estas excepciones si no han sido invocadas por el demandado.
Notas:
1. Informe del 觬gano de Apelaci髇, Estados Unidos — Camarones, p醨rafos 125 y 146. volver al texto
2. Informe del 觬gano de Apelaci髇, CE — Hormonas, p醨rafos 120-125. volver al texto