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M覦ULO DE FORMACI覰 SOBRE EL SISTEMA DE SOLUCI覰 DE DIFERENCIAS: CAPÍTULO 12
Evaluaci髇 del sistema de soluci髇 de diferencias de la OMC: resultados obtenidos hasta la fecha
El sistema tiene sus puntos fuertes y d閎iles. Ejemplo de estos 鷏timos es que, a pesar de la fijaci髇 de plazos, el procedimiento completo todav韆 lleva mucho tiempo, durante el cual el reclamante sufre un da駉 econ髆ico continuo si la medida impugnada es incompatible con la OMC. No hay prevista ninguna medida provisional para proteger los intereses econ髆icos y comerciales del reclamante vencedor mientras dura el procedimiento. Adem醩, incluso despu閟 de ganar el caso, el reclamante no recibe ninguna compensaci髇 por da駉s sufridos durante el per韔do concedido al demandado para aplicar la resoluci髇. Tampoco la “parte vencedora” recibe ning鷑 reembolso de la otra parte por sus costas procesales. En caso de no aplicaci髇 de las recomendaciones y resoluciones, no todos los Miembros tienen la misma capacidad pr醕tica para recurrir a la suspensi髇 de obligaciones. Por 鷏timo, en unos pocos casos la suspensi髇 de concesiones se ha revelado ineficaz para conseguir la aplicaci髇; no obstante, estos casos son m醩 la excepci髇 que la regla.
El grado de 閤ito del sistema de soluci髇 de diferencias depende del rasero con que se mida. Si se compara con el anterior sistema del GATT de 1947 es evidente que el actual sistema es mucho m醩 eficaz. Adem醩, su car醕ter cuasijudicial y cuasiautom醫(yī)ico le permite tramitar casos m醩 dif韈iles. Estas caracter韘ticas ofrecen mayores garant韆s a los Miembros que desean defender sus derechos. En comparaci髇 con otros sistemas multilaterales de soluci髇 de diferencias del derecho internacional, el car醕ter obligatorio y el mecanismo de aplicaci髇 del sistema de soluci髇 de diferencias de la OMC parecen ciertamente ventajosos.