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Cuestiones abarcadas por los Comit閟 y Acuerdos de la OMC

M覦ULO DE FORMACI覰 SOBRE EL SISTEMA DE SOLUCI覰 DE DIFERENCIAS: CAPÍTULO 5

Posible objeto de una reclamaci髇 — jurisdicci髇 de los grupos especiales y del 髍gano de apelaci髇

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5.2 Acci髇 e inacci髇; actos vinculantes y no vinculantes de los Miembros

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Si una reclamaci髇 se basa en una disposici髇 que proh韇e ciertas medidas (por ejemplo, el art韈ulo XI del GATT de 1994 que proh韇e, entre otras cosas, las restricciones a la exportaci髇) s髄o una acci髇 positiva (por ejemplo, una ley, reglamento o decisi髇 que impida la exportaci髇 de mercanc韆s a otros Miembros de la OMC u otros tipos de medidas restrictivas) puede violar esta disposici髇. La inacci髇 propiamente dicha (el no adoptar una ley, reglamento o decisi髇) no puede conllevar el incumplimiento de esta obligaci髇.1 La acci髇 positiva podr韆 ser un reglamento formal, pero tambi閚 unas instrucciones oficiosas del gobierno si, como en el ejemplo del art韈ulo XI, restringe efectivamente las exportaciones.2

La situaci髇 es distinta cuando se trata de disposiciones del Acuerdo sobre la OMC que no proh韇en determinadas conductas, sino que exigen una acci髇 positiva. El Acuerdo sobre los ADPIC, por ejemplo, obliga a los Miembros, en virtud del p醨rafo 1 de su art韈ulo 25, a proteger los dise駉s industriales nuevos u originales que hayan sido creados independientemente. En el art韈ulo 26 se define lo que ha de incluir esta protecci髇. Esta es una obligaci髇 t韕ica de adoptar una acci髇 positiva, aprobando y aplicando la ley que establece esta protecci髇. En consecuencia, la inacci髇 o la omisi髇 constituir醤 el n鷆leo de las reclamaciones en los casos en que existe infracci髇, que pueden efectuarse en una situaci髇 en la que un Miembro no ha hecho nada (por ejemplo, no ha aprobado ninguna ley) o cuando las leyes aprobadas y aplicadas no re鷑en, por alg鷑 motivo, las condiciones requeridas.

La obligaci髇 de adoptar una acci髇 positiva tiene un papel predominante en el Acuerdo sobre los ADPIC, pero existe tambi閚 en otros acuerdos abarcados. Ejemplos de ello son los requisitos de notificaci髇 y transparencia (como el p醨rafo 2 del art韈ulo 12 del Acuerdo sobre Salvaguardias o el p醨rafo 1 del art韈ulo X del GATT de 1994), o los requisitos de celebrar consultas (p醨rafo 3 del art韈ulo 12 del Acuerdo sobre Salvaguardias). As?pues, lo que pueda ser objeto de una reclamaci髇 en caso de infracci髇 depender?esencialmente de las obligaciones en que se basa la reclamaci髇. Un reclamante podr?impugnar cualquier actividad que presuponga el incumplimiento de estas obligaciones de los Miembros.

El p醨rafo 2 del art韈ulo 6 del ESD, que obliga al reclamante a identificar concretamente en sus solicitudes de establecimiento de un grupo especial las “medidas” en litigio, no debe interpretarse en el sentido de que impone el requisito de que s髄o podr?presentarse una reclamaci髇 contra una “medida” que sea un acto positivo, lo que excluir韆 la inacci髇. El 觬gano de Apelaci髇 menciona el t閞mino “medida” del p醨rafo 2 del art韈ulo 6 del ESD y, con referencia a la jurisprudencia precedente del GATT y de la OMC, ha declarado que una “medida” puede ser cualquier acto de un Miembro, sea o no jur韉icamente vinculante, incluida una orientaci髇 administrativa no vinculante de un gobierno y tambi閚 una omisi髇 o inacci髇 de un Miembro.3 Esto es as?porque el p醨rafo 2 del art韈ulo 6 del ESD se aplica a todos los reclamantes y, como se ha indicado con el ejemplo del art韈ulo 25 del Acuerdo sobre los ADPIC, tambi閚 es posible presentar reclamaciones contra un Miembro que no haya hecho nada, siendo as?que la disposici髇 de referencia de la OMC exige una acci髇 positiva.

 

Notas:

1. El hecho de no derogar una ley que impide las exportaciones no debe considerarse omisi髇 en el sentido t閏nico, ya que la violaci髇 se produce en la ley de referencia, que es un acto positivo. volver al texto

2. Informe del Grupo Especial, Jap髇 — Semiconductores, p醨rafo 117. volver al texto

3. Informe del 觬gano de Apelaci髇, Guatemala — Cemento I, nota 47. volver al texto

  

  

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Descargo de responsabilidad
Este m骴ulo de formaci髇 interactivo se basa en el Manual sobre el sistema de soluci髇 de diferencias de la OMC, publicado en 2004. La segunda edici髇 de este manual, que se public?en 2017, puede consultarse aqu?/a>.