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MINISTERIAL DE LA OMC (DOHA, 2001): NOTAS INFORMATIVAS
COMERCIO
Y NORMAS DEL TRABAJO
Un tema delicado para muchos gobiernos Miembros de la OMC
Los
contenidos
>
Carta
del Sr. Moore
> Antecedentes
> Pa韘es
menos adelantados
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Agricultura
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Medidas
sanitarias y fitosanitarias
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de servicios
> Las
cuestiones relativas a la aplicaci髇
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intelectual
> Los
textiles y el vestido
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Productos
de tecnolog韆 de la informaci髇
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Comercio y medio
ambiente
>
El
comercio y las inversiones
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Comercio
y pol韙ica de competencia
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de la contrataci髇 p鷅lica
> Facilitaci髇
del comercio
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Comercio
y normas del trabajo
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Diferencias
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Comercio
electr髇ico
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Miembros
y adhesiones
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Acuerdos
comerciales regionales
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Algunos
hechos y cifras
> Glosario
de t閞minos
Ning鷑 tema suscita entre los gobiernos Miembros de la OMC un debate tan intenso como el del comercio y las normas fundamentales del trabajo.
Actualmente las normas del trabajo no est醤 sujetas a ninguna norma o disciplina de la OMC y, si bien los gobiernos de algunos pa韘es desarrollados siguen atribuyendo suma importancia a esta cuesti髇, no parece probable que ella se trate en alg鷑 momento oficialmente durante la Conferencia Ministerial de Doha.
Los partidarios de la inclusi髇 de las normas del trabajo en el programa de trabajos futuros de la OMC sostienen que es preciso que en 閟ta se traten derechos como por ejemplo la libertad de negociaci髇 colectiva y la libertad de asociaci髇, la eliminaci髇 de la discriminaci髇 y los abusos en el lugar de trabajo (en particular, el trabajo forzoso y determinados tipos de trabajo infantil). Algunos gobiernos Miembros propusieron en el pasado que se estableciera un grupo de trabajo en la OMC encargado de examinar la relaci髇 entre el comercio y las normas fundamentales del trabajo, y otros propusieron por su parte que de consuno con diferentes organizaciones internacionales se estableciera un grupo de trabajo conjunto encargado de examinar las cuestiones sociales en las que incide la globalizaci髇.
Pero el punto de vista de los pa韘es en desarrollo es distinto. Para los Miembros del mundo en desarrollo los intentos de introducir este tema en la OMC representan una forma apenas velada de proteccionismo cuya finalidad es socavar la ventaja comparativa que comporta para los pa韘es en desarrollo, su nivel de salarios m醩 bajo. Los funcionarios de esos pa韘es afirman que las condiciones laborales mejorar醤 como consecuencia del crecimiento econ髆ico y del desarrollo, y que uno y otro se ver醤 obstaculizados si los pa韘es ricos aplican sanciones comerciales a sus exportaciones por consideraciones relacionadas con las normas del trabajo. A su juicio, la aplicaci髇 de esas sanciones perpetuar?la pobreza y postergar? el esfuerzo en pro del desarrollo, y en particular el destinado a mejorar las condiciones laborales.
El tema del comercio y las normas del trabajo ha estado presente en la OMC desde la creaci髇 de 閟ta. En abril de 1994, al reunirse en Marrakech para firmar el tratado por el que se estableci?la OMC, pr醕ticamente todos los ministros de comercio abordaron este tema. El Presidente de la Conferencia constat?que no hab韆 entonces consenso alguno entre los gobiernos Miembros a tal respecto ni por ende base suficiente para alcanzar un acuerdo. El propio Acuerdo de Marrakech establece en el Pre醡bulo que las 搑elaciones en la esfera de la actividad comercial y econ髆ica deben tender a elevar los niveles de vida (y) a lograr el pleno empleo 厰. Adem醩, el art韈ulo XX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 dispone que los gobiernos pueden restringir las importaciones 搑elativas a los art韈ulos fabricados en las prisiones?
En la Primera Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada en Singapur en diciembre de 1996, el tema se incluy?y trat?en la Declaraci髇 Ministerial. Los Ministros hicieron la siguiente declaraci髇:
揜enovamos nuestro compromiso de respetar las normas fundamentales del trabajo internacionalmente reconocidas. La Organizaci髇 Internacional del Trabajo (OIT) es el 髍gano competente para establecer esas normas y ocuparse de ellas, y afirmamos nuestro apoyo a su labor de promoci髇 de las mismas. Consideramos que el crecimiento y el desarrollo econ髆icos impulsados por el incremento del comercio y la mayor liberalizaci髇 comercial contribuir醤 a la promoci髇 de esas normas. Rechazamos la utilizaci髇 de las normas del trabajo con fines proteccionistas y convenimos en que no debe cuestionarse en absoluto la ventaja comparativa de los pa韘es, en particular de los pa韘es en desarrollo de bajos salarios. A este respecto, tomamos nota de que las Secretar韆s de la OMC y la OIT proseguir醤 su actual colaboraci髇.?/p>
La colaboraci髇 actual entre las Secretar韆s de la OMC y la OIT comprende la participaci髇 de la OMC en reuniones de 髍ganos de la OIT, el intercambio de documentaci髇 y la cooperaci髇 informal entre ambas Secretar韆s. El Director General de la OMC, Mike Moore, se re鷑e peri骴icamente con el Director General de la OIT, Juan Somavia.
En la Tercera Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada en Seattle en diciembre de 1999, el punto del orden del d韆 que probablemente suscit?m醩 discrepancias fue el de las normas fundamentales del trabajo. Durante el per韔do de preparaci髇 de la reuni髇 tanto los Estados Unidos como la Uni髇 Europea presentaron propuestas para tratar la cuesti髇 de las normas laborales en el seno de la OMC. Si bien los representantes de ambos Miembros dijeron que no contemplaban la aplicaci髇 de sanciones comerciales en relaci髇 con la cuesti髇 de las normas del trabajo, los gobiernos de los pa韘es en desarrollo se opusieron tajantemente a las dos propuestas.
En el transcurso de la Conferencia misma los Estados Unidos, la Uni髇 Europea y otros pa韘es desarrollados no cejaron en su empe駉 hasta conseguir finalmente que la cuesti髇 se tratara en un grupo de trabajo. El debate en 閟te fue intenso y el desacuerdo entre los Miembros considerable. Cuando se dirig韆 a la Conferencia, el antiguo Presidente de los Estados Unidos, Bill Clinton, indic?a un periodista de un diario de Seattle que pensaba que alg鷑 d韆 se podr韆n aplicar sanciones comerciales como medida de retorsi髇 en caso de violaci髇 de las normas del trabajo. La publicaci髇 de la noticia al d韆 siguiente caus?una aut閚tica conmoci髇 en la Conferencia. Los delegados de los pa韘es en desarrollo radicalizaron su postura y, a pesar de que se debati?detenidamente la cuesti髇 de la mejor forma de tratar el tema en un marco internacional, no se lleg?a ning鷑 consenso en cuanto al papel que podr韆 corresponderle a la OMC en lo relativo a las normas del trabajo.
En el tiempo que media desde la Conferencia Ministerial de Seattle los gobiernos del mundo entero han centrado su atenci髇 en la OIT en cuanto foro para tratar este tema. En la reuni髇 de junio de 2001 del Consejo de Administraci髇 de la OIT, el Grupo de Trabajo sobre la Dimensi髇 Social de la Mundializaci髇 alcanz?varios acuerdos en lo que concierne al desarrollo de su labor. Se acord?informalmente que era preciso ocuparse de las capacidades t閏nicas del Grupo de Trabajo y decidir con antelaci髇 qu?cuestiones tendr韆n que examinarse con mayor detenimiento. Hubo acuerdo general en que el Grupo de Trabajo deb韆 deliberar sobre la liberalizaci髇 del comercio y el empleo y la inversi髇, haciendo especial hincapi?en la cuesti髇 de la reducci髇 de la pobreza.
Tambi閚 hubo acuerdo general por lo que se refiere a la conveniencia de establecer un foro permanente para el intercambio de opiniones y la posibilidad de prever reuniones de alto nivel con car醕ter ad hoc. Hubo asimismo acuerdo general entre los Miembros en que la contribuci髇 de la OIT al marco internacional de pol韙icas en materia de mundializaci髇 deb韆 ser mayor y en que podr韆 prepararse un informe sobre la dimensi髇 social de la mundializaci髇, pero no hubo coincidencia de opiniones en lo que ata馿 a las cuestiones que podr韆 abarcar tal informe.
Otra idea expuesta fue la de constituir una comisi髇 mundial de personalidades eminentes que examinara los aspectos sociales de la mundializaci髇. Si bien no se alcanz?ning鷑 acuerdo al respecto, hubo consenso en que se trataba de una idea que convendr韆 retomar en el futuro.
Entre las ideas debatidas cabe citar la de confiar la preparaci髇 del informe sobre la mundializaci髇 a esa comisi髇 y la de establecerla bajo el patrocinio del Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan, as?como la de que ella disponga de servicios de secretar韆 en el marco de la OIT y con la posible participaci髇 de representantes de las secretar韆s de otras organizaciones interesadas. Las decisiones finales sobre todos estos diferentes elementos las tomar?el Consejo de Administraci髇 de la OIT en su reuni髇 de noviembre de 2001.
Los pasos dados en junio de 2001 tienen su origen en la adopci髇 por la OIT en 1998 de la Declaraci髇 relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, en la que los gobiernos miembros de la OIT manifiestan su respaldo a ciertos principios b醩icos enunciados en los convenios fundamentales de la OIT. (Dichos convenios establecen los derechos fundamentales en el lugar de trabajo, en particular la libertad de asociaci髇 y el reconocimiento del derecho de negociaci髇 colectiva; la eliminaci髇 de todas las formas de trabajo forzoso; la abolici髇 efectiva del trabajo infantil y la eliminaci髇 de la discriminaci髇 en materia de empleo y ocupaci髇.)
Los gobiernos miembros de la OIT han acordado respetar y promover todos esos convenios fundamentales, independientemente de que los hayan o no ratificado. La OIT publica memorias anuales para las cuales los funcionarios de la OIT obtienen de gobiernos que no han ratificado todos los convenios informaci髇 acerca de los posibles cambios introducidos en sus propias leyes o reglamentos que puedan tener una incidencia en los derechos fundamentales del trabajo.
En 1999 los gobiernos miembros de la OIT acordaron adem醩 prohibir y eliminar las modalidades m醩 repudiables del trabajo infantil, definidas como todas las formas de esclavitud, prostituci髇 y pornograf韆 infantiles, el recurso a ni駉s para el tr醘ico de estupefacientes y cualquier trabajo que pueda ir en perjuicio de la salud, la seguridad o la moralidad de los ni駉s. Los gobiernos miembros de la OIT han dicho que reconocen que el trabajo infantil se debe en gran parte a la pobreza y que la soluci髇 a largo plazo para la eliminaci髇 de la explotaci髇 nociva del trabajo infantil radica en un crecimiento econ髆ico sostenido.