- portada
- la omc
- ministeriales
- cancún
- notas informativas
- facilitaci髇 del comercio
CONFERENCIA MINISTERIAL DE LA OMC, CANC贜 2003: NOTAS INFORMATIVAS
FACILITACI覰 DEL COMERCIO
Reducci髇 del papeleo en la frontera
Hacer que el comercio sea m醩 fluido, sin el estorbo de los procedimientos burocr醫(yī)icos — esto es, la facilitaci髇 del comercio — lleva las normas de la OMC hasta la puerta misma de las aduanas.
Los contenidos
> Carta del director general a los periodistas
> El programa de Doha para el desarrollo
> Agricultura
> Servicios
> Acceso a los mercados, productos no
agr韈olas
> Propiedad intelectual (acuerdo sobre los
adpic)
> El comercio y las inversiones
> Comercio y pol韙ica de competencia
> Transparencia de la contrataci髇 p鷅lica
> Facilitaci髇 del comercio
> Normas: antidumping y subvenciones
> Normas: acuerdos regionales
> Soluci髇 de diferencias
> Comercio y medio ambiente
> Comercio electr髇ico
> Pequeñas economías
> Comercio, deuda y finanzas
> Comercio y transferencia de tecnolog韆
> Cooperaci髇 t閏nica
> Pa韘es menos adelantados
> Trato especial y diferenciado
> Aplicaci髇
> Miembros y adhesi髇
> Algunos hechos y cifras
> Dicho llanamente ...
El problema
Los comerciantes tanto de pa韘es en desarrollo como de pa韘es desarrollados han destacado, desde hace ya tiempo, el enorme volumen de papeleo que sigue siendo necesario para la circulaci髇 de mercanc韆s a trav閟 de las fronteras. Los requisitos relativos a los documentos exigidos a menudo adolecen de falta de transparencia y en muchos lugares entra馻n una gran duplicaci髇 de informaci髇, problema que con frecuencia se agrava por una falta de cooperaci髇 entre comerciantes y organismos oficiales. Pese a los avances de la tecnolog韆 de la informaci髇, la presentaci髇 autom醫(yī)ica de datos a鷑 no es un hecho corriente.
Con la reducci髇 de aranceles en todo el mundo, se ha dicho que el costo que supone cumplir con las formalidades aduaneras supera en muchos casos el importe de los derechos que se han de abonar. En el entorno comercial moderno de producci髇 y suministro 搄usto a tiempo? los comerciantes necesitan que el despacho de mercanc韆s sea r醦ido y previsible. En un estudio del APEC se calcul? que los programas de facilitaci髇 del comercio generar韆n utilidades del orden del 0,26 por ciento del PIB real para el APEC, es decir, casi el doble de las utilidades previstas como resultado de la liberalizaci髇 arancelaria, y que los ahorros en los precios de importaci髇 que reportar醤 a los pa韘es en desarrollo de la regi髇 se cifrar醤 entre el 1 por ciento y el 2 por ciento de su cuant韆.
Los analistas se馻lan que la raz髇 por la que muchas empresas peque馻s y medianas, cuya participaci髇 conjunta en la creaci髇 del PIB en muchas econom韆s llega a ser del 60 por ciento, no son agentes activos en el comercio internacional tiene que ver m醩 con el papeleo que con los obst醕ulos arancelarios. Para las empresas que normalmente no expiden mercanc韆s en grandes cantidades, los obst醕ulos administrativos suelen ser demasiado elevados para que los mercados extranjeros les resulten atractivos.
Para las econom韆s de los pa韘es en desarrollo, la ineficiencia en esferas como la pr醕tica aduanera y el transporte pueden ser un impedimento para la integraci髇 en la econom韆 mundial y es probable que menoscabe gravemente la competitividad de las exportaciones o la corriente de inversiones extranjeras directas. Esta es una de las razones de que los exportadores de pa韘es en desarrollo est閚 cada vez m醩 interesados en eliminar obst醕ulos administrativos, en particular en otros pa韘es en desarrollo, que actualmente representan el 40 por ciento de su comercio de manufacturas.
En todos los pa韘es la facilitaci髇 del comercio beneficiar?no s髄o a los importadores y exportadores, sino tambi閚 a los consumidores que actualmente enfrentan precios m醩 elevados resultantes del papeleo en su propia administraci髇 de importaciones. Pese a los muchos progresos realizados, los comerciantes todav韆 se enfrentan a graves obst醕ulos para el tr醘ico transfronterizo de bienes, tal como denunciaron reiteradamente los portavoces de los c韗culos comerciales.
volver al principio
Disposiciones de la OMC
La OMC siempre ha tratado cuestiones relacionadas con la facilitaci髇 del comercio, y las normas de la OMC incluyen una variedad de disposiciones que tienen la finalidad de mejorar la transparencia y establecer normas m韓imas de procedimiento. Entre ellas est醤 los art韈ulos 5, 8 y 10 del GATT — que versan sobre libertad de tr醤sito de las mercanc韆s, los derechos y formalidades referentes a la importaci髇 y la exportaci髇 y la publicaci髇 y aplicaci髇 de los reglamentos comerciales. Tambi閚 hay varias disposiciones en Acuerdos tales como el Acuerdo sobre Procedimientos de Tr醡ite de Licencias de Importaci髇, el Acuerdo sobre Obst醕ulos T閏nicos al Comercio, el Acuerdo sobre la Aplicaci髇 de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, el Acuerdo sobre Valoraci髇 en Aduana, el Acuerdo sobre Normas de Origen y el Acuerdo sobre Inspecci髇 Previa a la Expedici髇.
Pero el marco jur韉ico de la OMC carece de disposiciones espec韋icas en algunas esferas, en particular en lo que se refiere a los procedimientos y documentaci髇 de aduanas y a la transparencia.
volver al principio
El mandato de Singapur
Como tema espec韋ico, la facilitaci髇 del comercio es una cuesti髇 relativamente nueva en la OMC. Se incorpor? al programa de la Organizaci髇 no hace m醩 que siete a駉s aproximadamente, cuando en diciembre de 1996 la Conferencia Ministerial de Singapur encomend? al Consejo del Comercio de Mercanc韆s 搇a realizaci髇 de trabajos exploratorios y anal韙icos sobre la simplificaci髇 de los procedimientos que rigen el comercio ?con objeto de evaluar si procede establecer normas de la OMC en esta materia? (Como el mandato se imparti?en la reuni髇 de Singapur, a veces la facilitaci髇 del comercio se caracteriza como uno de los cuatro 搕emas de Singapur?)
Desde entonces se ha realizado un gran volumen de 搕rabajos exploratorios y anal韙icos? con participaci髇 muy constructiva de los Miembros en el debate. Las delegaciones concuerdan en que de la simplificaci髇 de los procedimientos comerciales se pueden derivar considerables ahorros de tiempo, dinero y recursos humanos, que beneficiar韆n a todas y cada una de las econom韆s. Tambi閚 convienen los Miembros en que los pa韘es en desarrollo tienen necesidad de una asistencia t閏nica sustancial y amplia con miras a reforzar sus capacidades administrativas y respaldar sus actividades nacionales de reforma.
volver al principio
El mandato de Doha
En el cuarto per韔do de sesiones de la Conferencia Ministerial, que se celebr?en Doha en noviembre de 2001, los Ministros convinieron en que despu閟 del quinto per韔do de sesiones de la Conferencia Ministerial que tendr韆 lugar en Canc鷑 se celebraran negociaciones sobre la facilitaci髇 del comercio sobre la base de una decisi髇 que se hab韆 de adoptar, por consenso expl韈ito, en Canc鷑 respecto de las 搈odalidades?de las negociaciones. El texto exacto de la declaraci髇 se debati?detenidamente y refleja muy diferentes sensibilidades de los gobiernos Miembros de la OMC en cuanto a la perspectiva de unas negociaciones.
Entretanto, dijeron los Ministros en Doha, el Consejo del Comercio de Mercanc韆s deber?ejecutar un programa de trabajo espec韋ico:
- examinar y, seg鷑 proceda, aclarar y mejorar los art韈ulos 5, 8 y 10 del GATT
- identificar las necesidades y prioridades de los Miembros, en particular las de los pa韘es en desarrollo y menos adelantados en materia de facilitaci髇 del comercio.
Los Ministros se comprometieron tambi閚 a prestar la asistencia t閏nica y el apoyo a la creaci髇 de capacidad adecuados en esta esfera.
volver al principio
Desde entonces?
縉egociaciones? Muchas delegaciones consideran que el tema de la facilitaci髇 del comercio est?listo para que se emprendan negociaciones en la OMC. Creen que, tras m醩 de seis a駉s de explorar y analizar el alcance de las normas de la OMC en esa esfera, ha llegado el momento de pasar a la etapa siguiente e iniciar la fase de negociaci髇.
Un grupo de Miembros aboga por la negociaci髇 de nuevas normas de obligado cumplimiento en materia de facilitaci髇 del comercio, centrada en compromisos sobre procedimientos en frontera y relacionados con 閟ta para agilizar el movimiento, la entrega y el despacho de mercanc韆s, incluidas las mercanc韆s en tr醤sito. Estas normas estar韆n basadas en disposiciones ya existentes de la OMC (en particular los art韈ulos 5, 8 y 10 del GATT) y en principios tales como la transparencia y las debidas garant韆s procesales, la simplificaci髇 y la no discriminaci髇. Quienes abogan por las nuevas normas tambi閚 adquirir韆n un compromiso previo con arreglo al cual los Miembros m醩 desarrollados prever韆n actividades amplias de asistencia t閏nica y creaci髇 de capacidad para los pa韘es en desarrollo.
Muchos pa韘es en desarrollo apoyan ampliamente los objetivos y concuerdan en que es importante trabajar en esta esfera. Pero muchos dicen que no est醤 preparados para asumir nuevos compromisos jur韉icos. Les preocupa la posibilidad de que la adopci髇 de nuevas normas grave en exceso sus limitados recursos y les exponga a procedimientos de soluci髇 de diferencias. Varias delegaciones han cuestionado tambi閚 la necesidad de nuevas normas de obligado cumplimiento. Algunas han dicho que esto deber韆 tratarse a nivel nacional, bilateral o regional.
En Canc鷑, los Ministros han de decidir si existe un 揷onsenso expl韈ito?sobre las modalidades que permitir韆 impulsar negociaciones conducentes al establecimiento de nuevas normas de la OMC en materia de facilitaci髇 del comercio.
Programa de trabajo Las instrucciones de los Ministros al Consejo del Comercio de Mercanc韆s se han traducido en un programa de trabajo cotidiano y se han puesto en pr醕tica en el curso de seis reuniones formales celebradas entre el 22 de marzo de 2002 y el 13 de junio de 2003.
V閍nse tambi閚:
> Facilitaci髇
del comercio
> Declaraci髇
de Doha