Los textos que se reproducen en esta secci髇 no tienen el valor legal de los
documentos originales que se depositan y guardan en la Secretar韆 de la OMC
en Ginebra.
pacta sunt servanda:
v閍se buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda
(Convenci髇 de Viena 26))
pagos a la exportaci髇 de productos agropecuarios financiados en virtud de medidas gubernamentales (AG 9.1 c)) A.1.17, A.1.24: v閍se tambi閚 costo de producci髇 (AG), c醠culo; subvenci髇 a la exportaci髇, definici髇, 搒upeditadas a la actuaci髇 exportadora/los resultados de exportaci髇?(AG 1 e)/SMC 3.1 a)); subvenci髇 a la exportaci髇, definici髇, 搒ubvenciones directas, con inclusi髇 de pagos en especie?(AG 9.1 a))
揳 la exportaci髇?A.1.28.3
carga de la prueba (AG 10.3): v閍se carga de la prueba, inversi髇 respecto de la elusi髇 de los compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇 (AG 10.3)
costo de producci髇, no recuperaci髇 como A.1.20, A.1.36.1: v閍se tambi閚 costo de producci髇 (AG), c醠culo
Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇 del Acuerdo SMC, puntos j) y k) y A.1.20.7, S.2.39, S.2.40
costo total medio como inclusivo de los costos fijos y variables A.1.20.9, A.1.20.12-13
criterio del costo medio total de producci髇 A.1.20.9, A.1.20.12-13
control gubernamental, pertinencia A.1.26.5, A.1.26.10
intenci髇 de las autoridades, pertinencia A.1.28.1
marco regulador, pertinencia A.1.18.4, A.1.26.2, A.1.26.8, A.1.26.10, A.1.27.2
medidas gubernamentales en su conjunto A.1.26.1-2
nexo, necesidad de un A.1.26.3-4, A.1.26.9, A.1.27.2, A.1.27.4
揻inanciaci髇?como mecanismo o proceso A.1.27.4
atribuci髇 desproporcionada de costos fijos al mercado m醩 lucrativo y A.1.27.4-5
揺ntra馿n o no un adeudo en la contabilidad p鷅lica?A.1.27.1, A.1.27.4, A.1.27.7
揻inanciados?搖n adeudo? pertinencia A.1.17
ingresos condonados como A.1.18.1
justificaci髇 A.1.20.7, S.2.39.1
搈edidas gubernamentales?A.1.24, A.1.25.2
acto u omisi髇 como A.1.25.2
determinaci髇 caso por caso A.1.26.11
鷑ico acto/omisi髇 o serie de actos/omisiones A.1.25.2
orden o instrucci髇 del gobierno, pertinencia A.1.25.3, A.1.27.3, S.2.8.1
AG 9.1 e), SMC 1.1 y Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇 del Acuerdo SMC, distinci髇 A.1.25.3 nota 113, S.2.8.1
pago monetario, limitaci髇 o no a: v閍se pago en especie (AG 9.1 a)) supra
損agos?/p>
transferencia de recursos econ髆icos, necesidad de A.1.17.3
entidades distintas, pertinencia A.1.17.3, A.1.28.2
pagos por entidades privadas como A.1.24.2, A.1.25, A.1.26.9, A.1.27.7
responsabilidad de los Estados Miembros y A.1.25.1
punto de referencia/norma (AG 9.1 c))
ausencia de norma expresa, pertinencia A.1.18.3, A.1.18.4
averiguaci髇 independiente sobre la existencia de beneficio, pertinencia A.1.3.4
costo de producci髇 para toda la rama de producci髇 A.1.21
marco f醕tico y regulador, pertinencia A.1.18.4, A.1.24.2
mercado interno (AG 9.1 b) y e)) A.1.18.3
norma objetiva, necesidad de A.1.18.2
precio en el mercado, pertinencia del A.1.18.5
precio del mercado mundial A.1.19
precio interno fijado por el gobierno A.1.18.5, A.1.20.4
subvenciones cruzadas y A.1.20.13,
A.1.28
pa韘es en desarrollo (SMC 27) S.2.35: v閍se tambi閚 restricciones por motivos de balanza de pagos, GATT XVIII.11, salvedad (modificaci髇 de la pol韙ica de desarrollo); Cl醬sula de Habilitaci髇; medidas de salvaguardia, pa韘es en desarrollo y (SG 9)
aplicaci髇 de las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD 21.2) ARB. 5.10
aplicaci髇 de las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD 21.3) ARB. 5.10
aplicaci髇 de las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD 21.3), imposibilidad de cumplimiento inmediato/plazo prudencial (ESD 21.2), condiciones econ髆icas y sociales, pertinencia ARB. 2.7, ARB. 5.8, ARB. 5.10.1, ARB. 5.10.4
obligaciones de los pa韘es en desarrollo Miembros (SMC 27.4) (eliminaci髇 gradual/statu quo) S.2.35.1
como obligaciones positivas S.2.35.1
condici髇 de subvenci髇 損rohibida? (SMC 3.1 a)) y S.2.35.1.1
inflaci髇, pertinencia S.2.35.1.4
sobre la base del nivel al 搎ue se conced韆n?(SMC 27.4, nota 55) S.2.35.1.2-3
trato de car醕ter especial y diferenciado S.2.35.1
umbral de subvenciones de minimis (SMC
27.10 y 27.11) S.2.35.2
pa韘es menos adelantados, procedimiento especial de soluci髇 de diferencias (ESD 24): v閍se tambi閚 Cl醬sula de Habilitaci髇, pa韘es menos adelantados (p醨rafo 2 d)); medidas de salvaguardia, pa韘es en desarrollo y (SG 9)
obligaci髇 de prestar particular consideraci髇 a
la situaci髇 especial de los (ESD 24.1) L.1
patentes:
v閍se ADPIC, patentes, duraci髇
de la protecci髇 (ADPIC 33)
PCGA (principios de contabilidad generalmente
aceptados) y:
v閍se costo de producci髇 (AG), medida, PCGA
(principios de contabilidad generalmente aceptados) y
perjuicio grave (SMC 5 c))
carga de la prueba S.2.19A.1
contenci髇 de la subida de los precios como efecto de la subvenci髇 (SMC 6.3 c))
como prueba ipso facto de perjuicio grave en el sentido del Acuerdo SMC 5 c) S.2.19A.1-2
揺fecto de la subvenci髇?(relaci髇 causal) S.2.19B.5
disposiciones relativas a la determinación de la existencia de da駉 grave, distinci髇 S.2.19B.5.3
limitaci髇 temporal, si hay una S.2.19B.8
metodolog韆 para determinar S.2.19B.4.1-2, S.2.19B.5
discrecionalidad del grupo especial S.2.19B.1
factores pertinentes S.2.19B.5
magnitud de la subvenci髇, pertinencia de la S.2.19B.6
揷ontenci髇 de la subida?O.2.9, S.2.19B.3.1
揹e otra forma?O.2.9, S.2.19A.1, S.2.19B.3.1
mercado pertinente S.2.19B.1
orden del an醠isis O.2.9, S.2.19A.1, S.2.19B.3.1
precio pertinente S.2.19B.2
reducci髇 de los precios/contenci髇 de la subida de los precios, distinci髇 S.2.19B.4
搒ignificativo? S.2.19B.4.1
desplazamiento u obstaculizaci髇 de las importaciones, 揹urante un per韔do apropiadamente representativo?(SMC 6.4) S.2.19B.8.4
搈ercado?S.2.19B.1.1-6
揺n el mismo mercado?S.2.19B.1.4-6
損roducido?(SMC 6.2) S.2.19B.8.3
prueba de, informaci髇 presentada al grupo especial u obtenida por 閘, incluida la presentada de conformidad con el Acuerdo SMC Anexo V S.2.19B.6.3-4
transferencia de subvenciones indirectas y S.2.10.3,
S.2.19B.7
perjuicio grave o amenaza real (ATV): v閍se
Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), salvaguardias de
transici髇 (ATV 6)
plan de trabajo:
v閍se Procedimientos de
trabajo (examen en apelaci髇), plan de trabajo (PTEA 26)
plazos:
v閍se pruebas (procedimiento de
los grupos especiales) (ESD 12), plazos para la presentaci髇;
investigaci髇 de la existencia de dumping, reglas de la prueba (AD 6),
揳mplia oportunidad para presentar por escrito todas las
pruebas?(AD 6.1); Acuerdo SMC, 揺sa subvenci髇 la retire sin
demora?(SMC 4.7); Procedimientos de trabajo (examen en
apelaci髇), plan de trabajo (PTEA 26)
pluralidad de partes reclamantes (ESD 9)
armonizaci髇 de grupos especiales y calendarios (ESD 9.3), reuni髇 conjunta con expertos M.4.1-2
informes del grupo especial separados, derecho a (ESD 9.2) P.1.3
participaci髇 en un procedimiento de un grupo especial iniciado por otro reclamante D.2.2.3, D.2.2.16, M.4.3
procedimiento, facultades discrecionales del grupo
especial P.1.3.2
precedente del GATT:
v閍se precedente
precedente: v閍se tambi閚 interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices, expectativas leg韙imas, pertinencia
decisiones, procedimientos y pr醕tica consuetudinaria en el marco del GATT de 1947 (OMC XVI.1) J.2.1.9, L.1.1, M.1.1-2, S.8.1, W.4.2
informes de grupos especiales
informes adoptados S.8.1-2
損r醕tica ulteriormente seguida? en su caso I.3.9.2, S.8.1
informes del 觬gano de Apelaci髇 S.8.2-4
precio m韓imo de importaci髇:
v閍se
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones
espec韋icos, 損recio m韓imo de importaci髇?(AG 4.2, nota
1)
preclusi髇 (estoppel) P.3.7
iniciaci髇 de los procedimientos de soluci髇 de diferencias de buena fe (ESD 3.10) y P.3.1.16, P.3.7.2
pertinencia en el sistema de soluci髇 de
diferencias de la OMC P.3.7.1-2
prescripci髇 de la debida diligencia:
v閍se
Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), salvaguardias de
transici髇 (ATV 6), perjuicio grave o amenaza real de perjuicio grave
(ATV 6 2)), determinaci髇 por el Miembro de, prescripci髇 de la debida
diligencia
presunci髇 prima facie:
v閍se
carga de la prueba, presunci髇 prima facie
principio de cautela o de precauci髇 P.3.5
derecho internacional consuetudinario, consideraci髇 o no como P.3.5.1, S.6.23.1
derecho medioambiental internacional consuetudinario, como principio del S.6.23.1
MSF y
compatibilidad de las medidas con el Acuerdo MSF, necesidad de la S.6.23.1
medidas que representen un nivel de protecci髇 m醩 elevado que las normas internacionales (MSF 3.3) P.3.5.1
MSF, pre醡bulo P.3.5.1
principios de derecho internacional:
v閍se competencia
de los grupos especiales y el 觬gano de Apelaci髇 (ESD 3.2), derecho a
desarrollar un razonamiento jur韉ico propio que incluya argumentos no
aducidos por las partes (jura novit curia); expropiaci髇, no
reconocimiento; buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda
(Convenci髇 de Viena 26)); irretroactividad de los tratados
(Convenci髇 de Viena 28); principio de cautela o de precauci髇;
proporcionalidad
privatizaci髇
necesidad continuada de aplicar derechos compensatorios y S.2.31.6-7
otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) y S.2.9.5,
S.2.9.9, S.2.31.6-7
procedimiento de los grupos especiales (ESD 12):
v閍se
procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Ap閚dice 3)
procedimiento: v閍se tambi閚 Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇); procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Ap閚dice 3)
soluci髇 equitativa, r醦ida y eficaz de las diferencias y D.2.2.8, O.1.3-6, W.2.1.1-2
buena fe y P.3.1.2-4
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇)
anuncio de apelaci髇 (PTEA 20 2)): v閍se anuncio de apelaci髇, requisitos del (PTEA 20 2))
apelaciones m鷏tiples (PTEA 23), acumulaci髇 de S.3.1.1, W.2.8
audiencia (PTEA 27)
audiencia conjunta W.2.11.2
modificaci髇 de fecha W.2.11.1.1-2
composici髇 de la delegaci髇
derecho del Miembro a determinar W.2.6.1
representaci髇 legal, importancia P.4.2
confidencialidad (Normas de Conducta, art韈ulo VII.1) B.4.4, C.6.2, W.2.4: v閍se tambi閚 confidencialidad de las actuaciones (ESD 17.10/18.2)
desistimiento de la apelaci髇 (PTEA 30) W.2.13
a reserva del derecho a presentar un nuevo anuncio de apelaci髇 de conformidad con PTEA 20 W.2.13.1
buena fe y W.2.13.1.4-6
car醕ter incondicional del derecho W.2.13.1.3-5
determinaci髇 por el 觬gano de Apelaci髇 (ESD 17.9) A.2.1.7, W.2.7A.1
equidad y orden de las actuaciones, adopci髇 del procedimiento que convenga (PTEA 16.1): v閍se tambi閚 escritos de amicus curiae, procedimiento adicional (CE?Amianto)
anuncio de apelaci髇 no conforme con las prescripciones y W.2.6.9-10
nueva audiencia tras el fallecimiento de un Miembro de la secci髇 que conoc韆 de la apelaci髇 W.2.6.8
Normas de Conducta, aplicabilidad (PTEA 8) B.4.4, C.6.2, W.2.4
objeto y fin, soluci髇 equitativa, r醦ida y eficaz de las diferencias B.3.1.17, C.4.25, W.2.1.1-2
obligaci髇 de observar S.3.1.1, W.2.8
opini髇 concurrente (PTEA 3.2) W.2.3
opini髇 particular (PTEA 3.2/ESD 17.11) W.2.3A
plan de trabajo (PTEA 26)
modificaci髇 en circunstancias excepcionales a petici髇 de partes, participantes o terceros participantes (PTEA 16.2) W.2.6.2, W.2.6.7, W.2.10.1
audiencia W.2.11.1.1-2
pr髍roga del plazo para la distribuci髇 del informe del 觬gano de Apelaci髇 W.2.10.2
fallecimiento de un Miembro de la secci髇 que conoc韆 de la apelaci髇 W.2.10.2.1-2
volumen de trabajo excepcional W.2.10.2.3-4
plazos: v閍se plan de trabajo (PTEA 26) supra
respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12
sustituci髇 en una secci髇 (PTEA 13) W.2.5, W.2.6.8
terceros participantes (PTEA 24): v閍se
derechos de tercero, procedimiento del 觬gano de Apelaci髇 (PTEA 24)
procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Ap閚dice 3): v閍se tambi閚 utilizaci髇 indebida de facultades discrecionales (grupos especiales); debido proceso (procedimientos de soluci髇 de diferencias); informaci髇 o asesoramiento t閏nico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13); solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones aplicables a la (ESD 6.2); Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇)
actuaciones del grupo especial como proceso en dos etapas E.3.1, W.3.6, W.3.7, W.3.8
alta calidad de los informes/evitaci髇 de retrasos, flexibilidad para lograr equilibrio (ESD 12.2) D.2.2.9, D.2.2.24-5, E.3.5
apelaciones m鷏tiples: v閍se apelaciones m鷏tiples (PTEA 23)
derecho aplicable
derecho del grupo especial a determinar E.3.1
procedimientos de trabajo (ESD Ap閚dice 3) E.3.1
acuerdo de las partes respecto de otro procedimiento E.3.1
examen de las pruebas S.3.3.8, S.3.3.9
facultades discrecionales del grupo especial D.2.2.2-3, O.1.1, O.1.9, W.3.3
carga de la prueba W.3.3
debido proceso y D.2.2.2-3, O.1.1
limitaciones W.3.4
pluralidad de partes reclamantes y (ESD 9) P.1.3.2
objeciones, prescripciones: v閍se tambi閚 competencia (grupos especiales), objeciones, prescripciones
buena fe D.2.2.13, O.1.3, O.1.6, P.3.1.2, P.3.1.7
plazos, presentaci髇 de pruebas E.3.1-2
pruebas: v閍se pruebas (procedimiento de los grupos especiales) (ESD 12)
resoluciones preliminares, conveniencia W.3.1
損roducto similar?(GATT III.2)
criterios N.1.3.2
determinaci髇 caso por caso N.1.3.1.1-2, N.1.3.2.1-3, S.3.3.1
determinaci髇 como cuesti髇 jur韉ica S.3.3.1
elemento discrecional N.1.3.2.2
GATT III.4, distinci髇 N.1.3.1.4, N.1.9.1.1
interpretaci髇 restrictiva, necesidad de una D.1.3, N.1.3.1.1, N.1.5.3, S.3.3.1
productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente, distinci髇 de D.1.3, N.1.3.1.1-4, N.1.5
Sistema Armonizado de Clasificaci髇 Aduanera,
pertinencia N.1.3.2.2
損roducto similar?(GATT III.4)
criterios N.1.9.4: v閍se tambi閚 productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente (GATT III.2), criterios
clasificaci髇 arancelaria N.1.9.4.1
intercambiabilidad N.1.9.4.4, N.1.9.4.6
preferencias de los consumidores N.1.9.1.2, N.1.9.4.1, N.1.9.4.4, N.1.9.4.7, N.1.9.5.2
propiedades f韘icas N.1.9.4.1-4
usos finales N.1.9.4.1-8
determinaci髇
caso por caso N.1.9.1.2
sobre la base de todas las pruebas disponibles N.1.9.4.1-2
GATT III.2, distinci髇 N.1.3.1.4, N.1.9.1.1
relaci髇 de competencia, necesidad de una N.1.9.3.2, N.1.9.4.4, N.1.9.5.1, T.7.5.1
pruebas de riesgos para la salud, pertinencia G.3.2.1, N.1.12.1
?i>similar??i>produits
similaires?損roductos similares?N.1.9.1.2
productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente (GATT III.2) D.1: v閍se tambi閚 損roducto similar?(GATT III.2); 損roducto similar?(GATT III.4), criterios; trato nacional, discriminaci髇 fiscal (GATT III.2); medidas de salvaguardia (Acuerdo sobre Salvaguardias (SG)/GATT XIX (medidas de urgencia)), determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o de la amenaza de da駉 grave (SG 4), prescripciones aplicables; Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), salvaguardias de transici髇 (ATV 6), 搑ama de producci髇 nacional que produce productos similares y/o directamente competidores?/p>
como relaci髇 din醡ica (incluida la posibilidad de demanda latente) D.1.1-2, D.1.4-5, N.1.6.1-3
posibilidad de competir como factor determinante D.1.10, N.1.6.1
criterios
caracter韘ticas f韘icas N.1.5.1
clasificaciones arancelarias N.1.5.1
elasticidad cruzada en funci髇 de los precios D.1.7, N.1.5.1, N.1.6.5
intercambiabilidad D.1.2, N.1.6.1, T.7.4.1
mercado N.1.5.1
preferencias del consumidor D.1.8, N.1.3.2.3, N.1.6
usos finales N.1.5.1
determinaci髇 caso por caso D.1.8-9, N.1.5.1, N.1.6.6-7
competencia entre productos no similares D.1.10, T.7.4.1
evaluaci髇 objetiva, necesidad de una D.1.8-9, N.1.6.7
objeto y fin de la disposici髇 D.1.4, D.1.6, N.1.6.2, N.1.6.4
productos 搒imilares? distinci髇: v閍se 損roducto similar?(GATT III.2)
sentido corriente D.1.2,
N.1.6.1
損roductos similares o directamente competidores?(SG 2.1/SG 4.1 c)) S.1.3
producto espec韋ico, necesidad de S.1.3.1, S.1.25.2
搑ama de producci髇 nacional? como
鷑ico determinante (SG 4.1 c)) S.1.25.1-4
promedio ponderado:
v閍se Acuerdo
Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de dumping (AD 2),
c醠culo de los gastos administrativos, de venta y de car醕ter general
y de los beneficios (AD 2.2.2), 損romedio ponderado?(AD 2.2.2
ii)); Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de
dumping (AD 2), c醠culo de los m醨genes de dumping (AD 2.4),
comparaci髇 del promedio ponderado del valor normal con el promedio
ponderado de los precios de todas las transacciones de exportaci髇
comparables; Acuerdo Antidumping (AD), establecimiento y percepci髇 de
derechos antidumping (AD 9), c醠culo de la tasa de derecho antidumping
correspondiente a 搕odos los dem醩?(AD 9.4), promedio
ponderado del margen del dumping establecido con respecto a los
exportadores investigados como tope (AD 9.4 i))
pronto cumplimiento:
v閍se aplicaci髇 de
las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD 21.3), pronto
cumplimiento (ESD 21.1)
proporcionalidad
como derecho internacional consuetudinario P.3.6.3
contramedidas/suspensi髇 de concesiones (ESD 22.4) y P.3.6.1-3, S.9.2
medidas de salvaguardia (ATV 6.4) y P.3.6.1
medidas de salvaguardia (SG 5.1) (揺n la medida necesaria? y S.1.34
responsabilidad de los Estados por el
incumplimiento de obligaciones internacionales y P.3.6.1,
S.9.2
pruebas (GATT XX justificaci髇), fuentes
cient韋icas que representan una opini髇 discrepante G.3.3.1
pruebas (procedimientos de los grupos especiales) (ESD 12): v閍se tambi閚 informaci髇 o asesoramiento t閏nico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13)
evaluaci髇: v閍se norma de examen (ESD 11), 揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido?/p>
negativa de una parte a facilitar informaci髇, efecto de la: v閍se tambi閚 inferencias de la negativa de una parte a facilitar informaci髇, derecho del grupo especial a extraer
carga de la prueba y B.3.2.4
como proceso de dos etapas E.3.1
presentaci髇 de la argumentaci髇 con inclusi髇 de los hechos E.3.1
r閜lica a los argumentos y las pruebas B.3.3.16, C.2.6, E.3.1, S.7.2.6
plazos para la presentaci髇
derecho del grupo especial de admitir pruebas presentadas 搕ard韆mente?E.3.1-2
ausencia de objeci髇 de la otra parte E.3.2
plazo para la r閜lica E.3.2
inexistencia de disposici髇 (ESD 11) E.3.1-2, W.3.6
inexistencia de disposici髇 (procedimientos de trabajo (Ap閚dice 3)) E.3.1-2
partes demandadas B.3.3.15, D.2.2.22, O.1.13-16
primera reuni髇 sustantiva del grupo especial con
las partes, pertinencia E.3.1
pruebas, admisibilidad como
decisiones de los tribunales nacionales B.3.1.13, M.5.8
declaraciones ante otros tribunales internacionales E.3.9, S.7.3.20
declaraciones ante tribunales nacionales E.3.9, S.7.3.20
ense馻nzas de publicistas B.3.1.13, M.5.8
opiniones de juristas especializados B.3.1.13, M.5.8
pr醕tica en la aplicaci髇 de las leyes A.3.52.0, B.3.1.13, M.5.8
texto de la legislaci髇 B.3.1.13,
M.5.8
pruebas:
v閍se escritos de amicus
curiae; Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de
da駉 (AD 3), prescripci髇 relativa a 損ruebas
positivas?揺xamen objetivo?(AD 3.1); carga de la
prueba; pruebas, admisibilidad como; pruebas (procedimiento de los
grupos especiales) (ESD 12); informaci髇 y asesoramiento t閏nico,
derecho del grupo especial a recabar (ESD 13); informaci髇 o
asesoramiento t閏nico, derecho del grupo especial a pedir (MSF 11.2);
norma de examen (ESD 11)
publicaci髇 de medidas tales como leyes, decretos
u 髍denes (Acuerdo MSF, Transparencia de las reglamentaciones
sanitarias y fitosanitarias (Anexo B) (p醨rafo 1, nota 5))
P.5.4, S.6.24
publicaci髇 de un an醠isis del caso objeto de investigaci髇 (SG 4 2) c)) C.2.4, S.1.33
justificaci髇 de la aplicaci髇 de medidas de
salvaguardia (SG 5.1) y S.1.35.1,
S.1.36.1
publicaci髇 y aplicaci髇 de los reglamentos comerciales (GATT X)
leyes, reglamentos, decisiones judiciales y disposiciones administrativas
aplicaci髇 uniforme, imparcial y razonable (GATT X.3) P.5.3, T.2.4
de aplicaci髇 general (GATT X.1) P.5.1
medidas de car醕ter general (GATT X.2) P.5.2