EN ESTA P罣INA:
> Estados Unidos ?Acero al carbono
> Estados Unidos ?Acero laminado en caliente
> Estados Unidos ?Algod髇 americano (Upland)
> Estados Unidos ?Art韈ulo 211 de la Ley de Asignaciones
> Estados Unidos ?Camarones
> Estados Unidos ?Camarones (p醨rafo 5 del articulo 21 ?Malasia)
> Estados Unidos ?Camisas y blusas
> Estados Unidos ?Cordero
> Estados Unidos ?Determinados productos procedentes de las CE
> Estados Unidos ?EVE
> Estados Unidos ?EVE (p醨rafo 5 del articulo 21 ?EC)
> Estados Unidos ?Ex醡enes por extinci髇 respecto de los art韈ulos tubulares para campos petrol韋eros
> Estados Unidos ?Examen por extinci髇 relativo al acero resistente a la corrosi髇
> Estados Unidos ?Gasolina
> Estados Unidos ?Gluten de trigo
> Estados Unidos ?Hilados de algod髇
> Estados Unidos ?Juegos de azar
> Estados Unidos ?Ley de 1916
> Estados Unidos ?Ley de compensaci髇 (Enmienda Byrd)
> Estados Unidos ?Madera blanda IV
> Estados Unidos ?Madera blanda V
> Estados Unidos ?Medidas compensatorias sobre determinados productos de las CE
> Estados Unidos ?Plomo y bismuto II
> Estados Unidos ?Ropa interior
> Estados Unidos ?Salvaguardias sobre el acero
> Estados Unidos ?Tubos
Estados Unidos ?Acero al carbono (WT/DS213/AB/R y Corr.1) volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), examen por extinci髇 (AD 11.3)
Acuerdo SMC, examen por extinci髇 (SCM 21.3), identidad de disposiciones I.3.3.1-2
criterio de 損robabilidad? continuaci髇 o repetici髇 del da駉 S.2.32
Acuerdo SMC
determinaci髇 de la existencia de da駉 (SMC 15) S.2.25
揹a駉?(SMC 15, nota 45) S.2.25.1
objeto y fin, marco equilibrado de derechos y obligaciones relacionados con los derechos compensatorios S.2.1.1
aviso p鷅lico y explicaci髇 de las determinaciones sobre derechos compensatorios (SMC 22) S.2.34.1
carga de la prueba B.3.1.13
legislaci髇 en sí misma, impugnaci髇 de B.3.1.13
presunci髇 de compatibilidad de una medida con las obligaciones en el marco de la OMC M.5.8
claridad/ambig黣dad de una medida M.5.8
competencia de los grupos especiales y el 觬gano de Apelaci髇 (ESD 3.2), interpretaci髇 y aplicaci髇 correctas de los acuerdos abarcados y I.3.10.9
competencia (grupos especiales)
objeciones, prescripciones, oportunidad D.2.2.18, J.2.1.14, T.6.1.8
obligaci髇 de examinar
en cualquier etapa de los procedimientos D.2.2.18, J.2.1.14, T.6.1.8
ex proprio motu J.2.1.14
debido proceso (procedimientos de soluci髇 de diferencias), mandato, funci髇 R.2.1.7, T.6.1.10
decisiones de los tribunales nacionales B.3.1.13, M.5.8
derechos compensatorios (SMC, Parte V)
aviso p鷅lico y explicaci髇 de las determinaciones (SMC 22) S.2.34.1
como recurso para contrarrestar los beneficios de las subvenciones S.2.1.1
condiciones previas (SMC 19.1)
beneficio S.2.30.1
norma de la prueba (SMC 22.1) S.2.34.1
duraci髇 (SMC 21.1) S.2.30.1
examen de la necesidad de mantener el derecho (SMC 21.2) S.2.30.1, S.2.31.4-5
car醕ter obligatorio S.2.31.5
carga/norma de la prueba S.2.31.4
examen por extinci髇 (SMC 21.3)
Acuerdo Antidumping (AD), examen por extinci髇 (AD 11.3), identidad de disposiciones I.3.3.1-2
carga/norma de la prueba
en caso de 損etici髇 debidamente fundamentada? de la rama de producci髇 nacional S.2.32.6
examen por iniciativa de las autoridades investigadoras S.2.32.6-7
prescripciones relativas a la investigaci髇 inicial (SMC 11 y 12), distinci髇 S.2.33, S.2.34.1
norma de minimis
disposiciones relativas a la terminaci髇 de la investigaci髇 (SMC 11.9), distinci髇 S.2.21.1-3
falta de referencia a, pertinencia I.3.3.1-2, S.2.21.2, S.2.32.2, S.2.32.5
límite temporal a los derechos compensatorios (SMC 11.9) y I.3.10.10, S.2.31.5, S.2.32
prescripciones relativas a la investigaci髇 inicial, distinci髇 S.2.32.3-4, S.2.32.7, S.2.33
criterio de 揹ar韆 lugar a la continuaci髇 o la repetici髇 y del da駉?(SMC 21.3) S.2.32
marco equilibrado de derechos y obligaciones relacionados con los derechos compensatorios S.2.1.1
nivel
cuant韆 de la subvenci髇 existente, limitaci髇 a S.2.30
揺n la medida necesaria?(SMC 21.1) S.2.30
supresi髇
automaticidad (SMC 21.3) I.3.10.10, S.2.31.5, S.2.32
搃nmediatamente?despu閟 de que se determine que el derecho no est?ya justificado (SMC 21.2) S.2.31.4
informaci髇 y asesoramiento t閏nico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13), derechos del grupo especial, no recabar S.4.13, S.7.3.15
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretaci髇 del derecho internacional p鷅lico [codificadas en la Convenci髇 de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)] I.3.1.5
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes I.3.3.1-2, S.2.32.2
introducci髇 de referencias, funci髇 I.3.3.2, S.2.21.2, S.2.32.2
inexistencia de disposici髇, pertinencia I.3.3.1-3, S.2.21.2
objeto y fin S.2.1.1
pre醡bulo como reflejo de S.2.1.1
texto/clara redacci髇 I.3.1.5
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
contexto I.3.3
historia de la negociaci髇, pruebas para apoyar las alegaciones, necesidad de I.3.10.10
medios complementarios (Convenci髇 de Viena 32) I.3.10.9-10
necesidad de identificar como tal I.3.10.9
pre醡bulo objeto de examen, como prueba del objeto y fin S.2.1.1
investigaci髇 de la existencia de dumping (AD 5)/subvenci髇 (SMC 11)
terminaci髇 (SMC 11.9)
limitaci髇 de disposiciones a la etapa de investigaci髇 S.2.21.1
norma, aplicabilidad S.2.21.1-3
examen por extinci髇 (SMC 21.3), distinci髇 S.2.21.1-3
legislaci髇 en sí misma, impugnaci髇 derecho a impugnar, carga de la prueba y B.3.1.13, M.5.8
mandato de los grupos especiales (ESD 7)
como definici髇 de jurisdicci髇/alegaciones jur韉icas planteadas R.2.1.7, T.6.1.10
debido proceso y R.2.1.7, T.6.1.10
obligaciones, examinar la solicitud de establecimiento de un grupo especial para cerciorarse de que se ajusta a ESD 6.2 R.2.1.7, T.6.1.10
norma de examen (ESD 11), 揺valuaci髇 objetiva de los hechos?(ESD 11), pruebas, supuesta desestimaci髇 o distorsi髇 por el grupo especial, discreci髇 en la selecci髇 de las pruebas pertinentes S.7.3.14
pa韘es en desarrollo (SMC 27) S.2.35.2.1
umbral de subvenciones de minimis (SMC 27.10 y 27.11) S.2.35.2
pruebas, admisibilidad como
decisiones de los tribunales nacionales B.3.1.13, M.5.8
ense馻nzas de publicistas B.3.1.13, M.5.8
opiniones de juristas especializados B.3.1.13, M.5.8
pr醕tica en la aplicaci髇 de las leyes B.3.1.13, M.5.8
texto de la legislaci髇 B.3.1.13, M.5.8
solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)
cumplimiento, importancia del, examen por el grupo especial R.2.1.7, T.6.1.10
fundamentos de derecho de la reclamaci髇 R.2.2.15
exposici髇, suficiencia R.2.1.7
enumeraci髇 de los p醨rafos del acuerdo cuya vulneraci髇 se alega R.2.2.16, T.6.2.5
referencia a GATT II R.2.2.15
rectificaci髇 en etapas posteriores, argumentos por escrito u otra comunicaci髇 o declaraci髇 R.2.2.15, T.6.2.4
identificaci髇 de la medida en litigio R.2.1.7, R.2.3.11, T.6.1.9
揹eterminados aspectos del procedimiento de los ex醡enes a efectos de extinci髇? suficiencia R.2.3.11, T.6.3.4
fundamentos de derecho de la reclamaci髇, distinci髇 T.6.1.9
subvenci髇, definici髇 (SMC 1)
aplicabilidad 揳 los efectos del presente Acuerdo?S.2.2.4
otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) S.2.30.1
subvenci髇 a la exportaci髇, definici髇, aplicabilidad de las disposiciones de SMC 1 S.2.2.4
subvenciones prohibidas (SMC, Parte II), cuant韆 de la subvenci髇, pertinencia S.2.2.4, S.2.25.1
Estados Unidos ?Acero laminado en caliente
(WT/DS184/AB/R) volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de da駉 (AD 3)
c醠culo del volumen de las importaciones objeto de dumping, prescripci髇 relativa a prescripci髇 relativa a 損ruebas positivas?/ 揺xamen objetivo?(AD 3.1), AD 17.6 ii), pertinencia A.3.60.3
evaluaci髇 de los factores de da駉 (AD 3.4) A.3.22.3-6
an醠isis sectorial, derecho al A.3.22.3
examen de la pertinencia de factores no enumerados en AD 3.4, derecho al A.3.22.3
estructura de la rama de producci髇 nacional A.3.22.5
揺xamen objetivo?(AD 3.1) A.3.22.4
manera de evaluar una relaci髇 causal (AD 3.5)
efectos perjudiciales de las mercanc韆s objeto de dumping y de otros factores, necesidad de distinguir (AD 3.5) A.3.24.3-5
no atribuci髇 a las importaciones objeto de dumping del da駉 causado por otros factores (AD 3.5) A.3.24.1-5
prescripci髇 relativa a 損ruebas positivas?/ 揺xamen objetivo?(AD 3.1)
揺xamen objetivo?A.3.17
buena fe/equidad y A.3.17.2
evaluaci髇 de los factores de da駉 (AD 3.4) A.3.22.4
rama de producci髇 en su conjunto, necesidad de examinar A.3.17.3-4, A.3.22.6
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de dumping (AD 2)
c醠culo de los m醨genes de dumping (AD 2.4)
c醠culo de la tasa de derecho antidumping correspondiente a ?i>todos los dem醩?(AD 9.4), aplicabilidad a A.3.42.1
comparaci髇 del promedio ponderado del valor normal con el promedio ponderado de los precios de todas las transacciones de exportaci髇 comparables A.3.42.1
c醠culo del valor normal, transacciones admisibles, prescripciones (AD 2.1)
comparabilidad de precios A.3.5.1
損roducto similar?A.3.5.1
transacciones entre partes vinculadas A.3.5.2
venta 揹estinada al consumo en el pa韘 exportador?A.3.5.1
venta 揺n el curso de operaciones comerciales normales?A.3.5.1
comparaci髇 equitativa (AD 2.4) A.3.6, A.3.12
prescripci髇 de 揺n el mismo nivel comercial? A.3.6.1, A.3.12.1
transacciones entre partes vinculadas A.3.6.1, A.3.12.1
transacciones de venta no realizadas 揺n el curso de operaciones comerciales normales?/p>
transacci髇 con arreglo a modalidades y condiciones incompatibles con la pr醕tica comercial normal A.3.3.2
transacciones entre partes vinculadas A.3.4.1-2
distorsi髇 del valor normal, discreci髇 de los Miembros y A.3.4.2
ventas a precios por encima del costo y A.3.9.1
ventas a precios por debajo del costo, m閠odo para determinar si (AD 2.2.1) A.3.4
m?i>todos alternativas, posibilidad de A.3.9.1
搗alor normal ?in en el curso de operaciones comerciales normales?(AD 2.1) A.3.3
comparaci髇 de los precios, factores pertinentes A.3.3.3
examen, normas rectoras A.3.3.4
Acuerdo Antidumping (AD), establecimiento y percepci髇 de derechos antidumping (AD 9)
c醠culo de la tasa de derecho antidumping correspondiente a ?i>todos los dem醩?(AD 9.4) A.3.41
comparaci髇 de todas las transacciones comparables (AD 2.4), necesidad de A.3.42.1
evitaci髇 de perjuicio a los exportadores no investigados, cuesti髇 no abordada A.3.43.2-3
m醨genes establecidos en las circunstancias a que hace referencia AD 6.8, exclusi髇 A.3.41.1, A.3.42
m醨genes nulos/de minimis, exclusi髇 A.3.41.1
m閠odo, inexistencia de disposici髇 A.3.41.1
promedio ponderado del margen del dumping establecido con respecto a los exportadores investigados como tope (AD 9.4 i)) A.3.41.1
Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6)
evaluaci髇 de los elementos de hecho (AD 17.6 i)) A.3.58.3, A.3.59.4-5
ESD 11, comparaci髇 S.7.1.6
examen activo, necesidad de S.7.1.6
搃mparcial y objetiva?S.7.1.6
evaluaci髇 de los elementos de hecho (AD 17.6 ii)), interpretaci髇 de las disposiciones pertinentes del AD (AD 17.6 ii)), distinci髇 A.3.58.3, S.7.1.5
interpretaci髇 de las disposiciones pertinentes del AD (AD 17.6 ii))
de conformidad con las normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretaci髇 del derecho internacional p鷅lico A.3.60.2
ESD 11, comparaci髇 S.7.1.7
evaluaci髇 objetiva, pertinencia A.3.60.3, S.7.1.7
搒e presta a varias interpretaciones admisibles? A.3.60.2-3
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26))
como principio general de
derecho P.3.1.5
derecho internacional P.3.1.5
determinaci髇 de la existencia de da駉 (AD 3) y A.3.17.2
investigaci髇 de la existencia de dumping, criterio de cooperaci髇 y P.3.1.5
competencia (觬gano de Apelaci髇)
finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6) C.4.13-14
base f醕tica, conflictividad/omisi髇/insuficiencia de los hechos C.4.13-14
en caso de desacuerdo con la constataci髇 del grupo especial C.4.14
derecho interno, como prueba de, cumplimiento de obligaciones internacionales, interpretaci髇 de legislaci髇, distinci髇 M.5.4
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, derecho aplicable
normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretaci髇 del derecho internacional p鷅lico [codificadas en la Convenci髇 de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)]
AD 17.6 ii) A.3.60.2
ESD 3.2 A.3.60.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
interpretaci髇 restringida/amplia A.3.43.1
pluralidad de interpretaciones admisibles A.3.60.2-3
揳dmisibles?A.3.60.2
cumplimiento de una interpretaci髇 admisible, suficiencia A.3.60.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios, contexto, texto circundante A.3.36.1
investigaci髇 de la existencia de dumping, normas de la prueba (AD 6)
cooperaci髇, norma
buena fe y P.3.1.5
consideraci髇 de/asistencia ante las dificultades (AD 6.13) A.3.38.1, P.3.1.5
搕oda la medida de sus posibilidades?(AD Anexo II, p醨rafo 5) A.3.36.2
cuestionarios, plazos para la respuesta (AD 6.1.1)
derecho a imponer A.3.30
損lazo prudencial?(AD 6.8)/ 損er韔do prudencial?(Anexo II, p醨rafo 1) y A.3.35.3
pr髍roga 搒obre la base de la justificaci髇 aducida ?cada vez que sea factible?A.3.30.1, A.3.34.3
hechos de que tenga conocimiento la autoridad investigadora, derecho a utilizar (AD 6.8/Anexo II) A.3.33
en caso de falta parcial de informaci髇 necesaria A.3.36.3, A.3.42.1
informaci髇 facilitada dentro de un plazo prudencial, obligaci髇 de las autoridades investigadoras de utilizar la A.3.34.2-3
no presentaci髇 de la informaci髇 necesaria 揹entro de un plazo prudencial?(AD 6.8)/ 損er韔do prudencial?(Anexo II, p醨rafo 1) y A.3.33.1-2
no presentaci髇 de la informaci髇 necesaria 揹entro de un plazo prudencial?(Anexo II, p醨rafo 3) y A.3.34
como 損lazo prudencial?/ 損er韔do prudencial?A.3.34.3
interpretaci髇 a la luz de AD 6.1.1, 6.8/Anexo II, p醨rafo 1 A.3.34.2-3, A.3.35.3
損lazo prudencial?/p>
equilibrio entre los derechos de las autoridades investigadoras y los intereses leg韙imos de las partes A.3.35.2-3
factores pertinentes A.3.35.2
flexibilidad A.3.35.1-2
plazos y A.3.35.3
搑esultado menos favorable?como consecuencia posible de la no cooperaci髇 (AD Anexo II, p醨rafo 7) A.3.36.1-3, A.3.43.1
grado de cooperaci髇 exigido A.3.36.1-2
medida espec韋ica contra el dumping (AD 18.1) o una subvenci髇 (SMC 32.1) A.3.60.2-3
norma de examen (ESD 11)
揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido?/p>
AD 17.6 i) comparaci髇 S.7.1.6
AD 17.6 ii) comparaci髇 A.3.60.3, S.7.1.6, S.7.1.7
aspectos f醕ticos y jur韉icos, inclusi髇 S.7.1.5
Estados Unidos ?Algod髇 americano (Upland)
(WT/DS267/AB/R) volver al principio
Acuerdo SMC
acciones (SMC 7), eliminaci髇 de los efectos desfavorables (SMC 7.8), medida que ha expirado, aplicabilidad a una I.1
consultas (SMC 4.1-4.4), 搑elaci髇 de las pruebas de que se disponga?(SMC 4.2) E.3.11, S.2.18.3
interpretaci髇, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo S.2.19B.6.3
sentido corriente O.2.9, S.2.19B.3.1
Acuerdo sobre la Agricultura (AG)
Acuerdo SMC y
AG 6 y SMC 3.1 b), distinci髇 A.1.14A.2-3, A.1.34E.3-5, I.3.7.10
primac韆 del AG (SMC 3.1) A.1.38.11-13
examen en apelaci髇 (ESD 17), pr髍roga del plazo para la distribuci髇 W.2.10.2.5
compromisos en materia de ayuda interna (AG 6)
como limitaci髇 cuantitativa (AG 6.3) A.1.14A.1
SMC 3.1 b) (搇as subvenciones supeditadas al empleo de productos nacionales con preferencia a los importados?, distinci髇 entre A.1.14A.2-3, I.3.7.10
GATT de 1994 y (AG 21.1) A.1.38.2
concesiones y compromisos en materia de acceso a los mercados (AG 4.1) y A.1.8.3
disposiciones especiales del AG que traten de la misma cuesti髇, necesidad de A.1.38.2-9
primac韆 del AG A.1.38.2
interpretaci髇, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes A.1.4.2, A.1.32A.2
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo A.1.5A.1, A.1.34D.3.1-2
objeto y fin A.1.29B.1
compatibilidad con el objeto y fin del art韈ulo 10 en su conjunto A.1.33A.4
interpretaci髇, medios
contexto
Acuerdo SMC A.1.38.12, S.2.12.7
art韈ulo en su conjunto (Anexo 2, p醨rafo 6) A.1.34D.2.6
tratado en su conjunto, incluidos los Anexos A.1.34C.5.1
pre醡bulo/parte introductoria del art韈ulo objeto de examen A.1.34C.2.5-6
objeto y fin, prevenci髇 de la elusi髇 de los compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇 (AG 10) A.1.33A.5
anuncio de apelaci髇, requisitos del (PTEA 20 2)), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)), enumeraci髇 ilustrativa, suficiencia W.2.7.3.3
aplicaci髇 de las recomendaciones del grupo especial o del 觬gano de Apelaci髇 (ESD 19.1)
derecho del grupo especial o el 觬gano de Apelaci髇 a formular sugerencias I.2
medidas que han expirado, aplicabilidad a I.1
carga de la prueba
inversi髇 respecto de la elusi髇 de los compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇 (AG 10.3) A.1.29B.1, A.1.34.9-11
alegaciones al amparo del SMC, aplicabilidad a las A.1.34.10, A.1.38.1.15, B.3.4.3, B.3.4.4, S.2.39.2-8
揹emuestre?A.1.34.9
productos no consignados, aplicabilidad a los A.1.34.11, B.3.4.4
finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico por el 觬gano de Apelaci髇 y B.3.1.17, C.4.25
onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba B.3.3.17-19, G.4.3.1
competencia (觬gano de Apelaci髇)
clasificaci髇 como cuesti髇 de derecho/hecho
aplicaci髇 del derecho por los grupos especiales S.2.39.5, S.3.3.17, S.7.3.24
cumplimiento de las obligaciones impuestas por un tratado y compatibilidad con ellas S.3.2.5, S.3.3.12, S.7.3.21, S.7.3.23
mercado mundial, existencia y competencia en el S.3.3.13-14
cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (ESD 17.6) S.3.2.5, S.3.3.12, S.7.3.21, S.7.3.23
揻ormuladas por el grupo especial?S.3.1.6
obligaci髇 de examinar cada una de las cuestiones planteadas de conformidad con el ESD 17.6 en los procedimientos de apelaci髇 (ESD 17.12) S.3.1.6, S.3.4.1-7
搕ratadas en el informe del grupo especial?S.3.1.6
finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6)
a falta de solicitud de una parte C.4.25, S.3.2.5, S.3.3.12
base f醕tica, limitaci髇 a las constataciones del grupo especial y los hechos no controvertidos que constan en el expediente del grupo especial C.4.24, T.6.3.8
carga de la prueba y B.3.1.17, C.4.25
competencia de los grupos especiales y el 觬gano de Apelaci髇 (ESD 3.2), para aclarar las disposiciones vigentes, fuera del contexto de la soluci髇 de una determinada diferencia S.3.4.5
compromisos en materia de ayuda interna (AG 6), SMC 3.1 b) (搇as subvenciones supeditadas al empleo de productos nacionales con preferencia a los importados?, distinci髇 entre A.1.14A.2-3, A.1.34E.3-5, A.1.38.2-12, I.3.7.10
concesiones y compromisos en materia de acceso a los mercados (AG 4.1), compatibilidad con el GATT XIII A.1.8.3, A.1.38.9
consultas (ESD 4)
aclarar cuestiones y/oportunidad de definir el alcance de la diferencia C.7.14, C.7.18, R.2.1.12
confidencialidad (ESD 4.6) C.7.16
establecimiento de un grupo especial, como requisito previo, alcance de la solicitud de establecimiento de un grupo especial y la solicitud de celebraci髇 de consultas, distinci髇 C.7.18
medida en litigio (ESD 4.4)
identificada en la solicitud de establecimiento de un grupo especial (ESD 6.2), id閚tica a la, si es necesario que sea C.7.18
medida que ha expirado C.7.12-15, R.2.3.13-14, T.6.3.9-10
medida que afecte al funcionamiento de un acuerdo abarcado (ESD 4.2) C.7.12, R.2.3.13, T.6.3.9
搎ue afecten?C.7.11
solicitud de (ESD 4.4)
como determinante del alcance C.7.16, R.2.1.12
identificaci髇 de las medidas en litigio C.7.17
notificaci髇 al OSD C.7.16
por escrito, necesidad de hacerlo C.7.16
econom韆 procesal S.3.2.6, S.3.4.2
facultad discrecional del grupo especial para determinar qu?alegaciones deben examinarse J.1.15-18, S.2.9.10, S.2.39.8
prescripci髇 de 揾allar una soluci髇 positiva a las diferencias?y S.3.4.1, S.3.4.3-7
informes de grupos especiales
adopci髇 por el OSD (ESD 16.4), constataciones no impugnadas por las partes y S.2.19A.2
razones, necesidad de exponer (ESD 12.7) S.2.19B.5.6, S.7.3.22
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes A.1.4.2, A.1.32A.2
contexto, pertinencia S.2.19B.5.3
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo A.1.5A.1, A.1.34D.3.1-2
objeto y fin
compatibilidad con el objeto y fin del art韈ulo en su conjunto A.1.33A.4
pre醡bulo como prueba de A.1.29B.1
pluralidad de idiomas aut閚ticos (Convenci髇 de Viena 33), presunci髇 del mismo sentido (Convenci髇 de Viena 33.3) I.3.11.5, S.2.19B.3.1
principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile), sentido que debe atribuirse a cada palabra y expresi髇 A.1.38.10, I.3.7.10
sentido corriente A.1.32A.1, A.1.32A.4, C.7.12, M.1.10
揷ontenci髇 de la subida?O.2.9, S.2.19B.3.1, S.2.19B.4.1-2
搈ercado?S.2.19B.1.3-5
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
contexto
AG 2/Acuerdo SMC, Lista ilustrativa A.1.34.10, A.1.38.14, B.3.4.3
art韈ulo en su conjunto A.1.34D.2.6
tratado/tratados en su conjunto A.1.34C.5.1
diccionarios S.2.19B.1.3
medios complementarios (Convenci髇 de Viena 32), en caso de ambig黣dad I.3.10.11
pertinencia de la pr醕tica de los Miembros en materia de notificaci髇 de programas de garant韆s de cr閐itos a la exportaci髇 I.3.9.5
pre醡bulo/parte introductoria del art韈ulo objeto de examen A.1.34C.2.5-6, A.1.38.8
t韙ulo A.1.29B.1
trabajos preparatorios, Acuerdo sobre la Agricultura (AG) A.1.33A.7, I.3.10.11
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos
揳menaza?(AG 10.1) A.1.32A.1, M.1.10
損roducido?/p>
SMC 6.2 S.2.19B.8.3
搎ue afecten? ESD 4.2 C.7.11
legitimaci髇 para/derecho a presentar una reclamaci髇 (ESD 3.7), soluci髇 positiva como objetivo S.3.4.1, S.3.4.5
mandato de los grupos especiales (ESD 7), solicitud de establecimiento de un grupo especial como base de R.2.1.12
搈edida?/p>
ESD 3.3, medida que ha expirado C.7.15
ESD 19.1, medida que ha expirado I.1
medidas de ayuda interna, c醠culo de la Medida Global de la Ayuda (MGA) (AG Anexo 3)
aplicabilidad a la ayuda no perteneciente al 揷ompartimento verde?(AG 13 b) ii)) A.1.34C.5.1
medidas orientadas a las empresas de transformaci髇 que beneficien a los productores (Anexo 3, p醨rafo 7) A.1.34E.1-5
inclusi髇 en la MGA limitada a la parte que beneficia a los productores A.1.34E.2
medidas de ayuda interna, exenci髇 de los compromisos de reducci髇 (AG Anexo 2) (揷ompartimento verde? A.1.34C.1.1-2
ayuda a los ingresos desconectada (Anexo 2, p醨rafo 6) A.1.34C.1.2, A.1.34D.2.1-9
cuant韆 de los pagos y el tipo o volumen de la producci髇, requisito de separaci髇 entre la (Anexo 2, p醨rafo 6 b)) A.1.34D.2.1-9
asistencia para el reajuste estructural (Anexo 2, p醨rafo 11), distinci髇 de la A.1.34D.3.1-2
揫ninguna] producci髇?(Anexo 2, p醨rafo 6 e)), a diferencia de A.1.34D.2.8
producci髇 l韈ita, limitaci髇 a la A.1.34D.2.9
prescripci髇 de criterios claramente definidos en un per韔do definido (Anexo 2, p醨rafo 6 a)) A.1.34D.2.1
medidas de ayuda interna, exenci髇 de medidas basadas en el GATT XVI y en el SMC, Parte III (AG 13) (cl醬sula de la 揹ebida moderaci髇?
asistencia para el reajuste estructural (Anexo 2, p醨rafo 11), prescripci髇 de no producir un determinado producto, limitaci髇 a la A.1.34D.3.1-2
ayuda perteneciente al 揷ompartimento verde?(AG 13 a)) A.1.34C.1.1-2
ayuda no perteneciente al 揷ompartimento verde?(AG 13 b)) A.1.34C.1.2, A.1.34C.2, A.1.34C.2.1-6, A.1.34C.3.1-4
搑equisito fundamental?(Anexo 2, p醨rafo 1) A.1.34D.1.1-2
揫tales medidas] no otorguen ayuda a un producto b醩ico espec韋ico por encima de?(AG 13 b) ii)) A.1.34C.2.1-6, A.1.34C.3.1-4
揳yuda?A.1.34C.2.2
ayuda efectiva, necesidad de A.1.34C.3.1
揺spec韋ico?A.1.34C.2.3-4, A.1.34C.3.1-4
m閠odo de c醠culo (metodolog韆 de la MGA (AG Anexo 3)) A.1.34C.5.1
搊torgar?y 揹ecidir? distinci髇 entre A.1.34C.4.1-2
損roducto b醩ico?A.1.34C.2.2
搕ales medidas?A.1.34C.2.5-6
norma de examen (ESD 11)
a falta de una alegaci髇 formulada por una parte con respecto a la S.3.2.4-5, S.7.3.21, S.7.3.23, W.2.7.5.6
揺valuaci髇 objetiva de los hechos?/p>
obligaci髇 de recopilar y analizar los datos f醕ticos S.2.19B.5.6, S.7.3.22
pruebas, supuesta desestimaci髇 o distorsi髇 por el grupo especial
discrecionalidad en la evaluaci髇 de las pruebas S.7.3.21-22
discrecionalidad en la selecci髇 de las pruebas pertinentes S.3.3.16
independencia en la evaluaci髇 S.3.3.15
opini髇 particular (PTEA 3.2/ESD 17.11) W.2.3A.1-2
orden del an醠isis
derecho del grupo especial a determinar O.2.10
SMC 6.3 c) (existencia de contenci髇 de la subida de los precios/contenci髇 de la subida de los precios como consecuencia de la subvenci髇) O.2.9
pa韘es menos adelantados, procedimiento especial de soluci髇 de diferencias (ESD 24), obligaci髇 de prestar particular consideraci髇 a la situaci髇 especial de los (ESD 24.1) L.1
perjuicio grave (SMC 5 c))
contenci髇 de la subida de los precios como efecto de la subvenci髇 (SMC 6.3 c))
como prueba ipso facto de perjuicio grave en el sentido del SMC 5 c) S.2.19A.1-2
揷ontenci髇 de la subida?O.2.9, S.2.19B.3.1
揹e otra forma?O.2.9
揺fecto de la subvenci髇?(relaci髇 causal) S.2.19B.5.1-5
limitaci髇 temporal, si existe S.2.19B.8.1-5
metodolog韆 para determinar S.2.19B.4.1-2, S.2.19B.5, S.2.19B.5.1-5
discrecionalidad del grupo especial S.2.19B.1
factores pertinentes S.2.19B.5.1-5
magnitud de la subvenci髇, pertinencia de la S.2.19B.6.1-4
mercado pertinente S.2.19B.1.1-6
orden del an醠isis O.2.9, S.2.19A.1, S.2.19B.3.1
precio pertinente S.2.19B.2.1
reducci髇 de los precios/contenci髇 de la subida de los precios, distinci髇 S.2.19B.4.1-2
搒ignificativo?S.2.19B.4.1
desplazamiento u obstaculizaci髇 de las importaciones (SMC 6.4), 揹urante un per韔do apropiadamente representativo?S.2.19B.8.4
搈ercado?S.2.19B.1.1-6
揺n el mismo mercado?S.2.19B.1.4-6
損roducido?(SMC 6.2) S.2.19B.8.3
prueba de, informaci髇 presentada al grupo especial u obtenida por 閘, incluida la presentada de conformidad con el SMC, Anexo V S.2.19B.6.3-4
transferencia de subvenciones indirectas y S.2.10.3, S.2.19B.7.1-2
prevenci髇 de la elusi髇 de los compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇 (AG 10.1)
揳plicadas de forma que constituya, o amenace constituir, una elusi髇 厰
derecho reconocido/elemento discrecional, pertinencia A.1.32A.5, M.1.10
garant韆s de cr閐itos a la exportaci髇 A.1.32.5, A.1.33A.9
揺lusi髇?/p>
amenaza de elusi髇 A.1.32A.1-8, M.1.10
obligaci髇 o no de adoptar medidas precautorias A.1.32A.4, A.1.32A.8
pertinencia cuando la elusi髇 efectiva ya ha quedado establecida A.1.32A.8
elusi髇 efectiva
insuficiencia de hechos no controvertidos A.1.32.7
obligaci髇 de los grupos especiales de analizar una alegaci髇 respecto de todos los productos pertinentes A.1.32.6
garant韆s de cr閐itos a la exportaci髇 (AG 10.2)
an醠isis de alegaciones al respecto como paso preliminar al examen del cumplimiento de lo dispuesto en AG 10.1 A.1.33A.10
揳 reserva de lo dispuesto en el Acuerdo sobre la Agricultura?(SMC 3.1 b)), aplicabilidad S.2.11.2
conformidad una vez convenidas internacionalmente las disciplinas A.1.33A.1
obligaciones anteriores al acuerdo A.1.33A.5, A.1.33A.7
trabajos preparatorios A.1.33A.7
elaboraci髇 de disciplinas internacionalmente convenidas A.1.33A.1
excepci髇 al AG 10.1, si existe una A.1.33A.2-9, A.1.38.13
operaciones de ayuda alimentaria (AG 10.4) A.1.29B.1, A.1.32B.1, A.1.33A.6, A.1.34A.1
excepci髇 al AG 10.1, si existe una A.1.34B.1-2
搒ubvenciones a la exportaci髇 no enumeradas en el p醨rafo 1 del art韈ulo 9? garant韆 de cr閐ito a la exportaci髇 A.1.4.4, A.1.32.5, A.1.33.2, A.1.33A.2-9, A.1.33A.3
搕ransacciones no comerciales? ayuda alimentaria A.1.32B.1
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇), objeto y fin, soluci髇 equitativa, r醦ida y eficaz de las diferencias B.3.1.17, C.4.25
soluci髇 pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a una (ESD 3)
menoscabo de ventajas por medidas adoptadas por otro Miembro (ESD 3.3) S.3.4.4
recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD 3.4) S.3.4.1, S.3.4.4-7
subvenci髇, definici髇 (SMC 1)
otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)), garant韆 de cr閐ito a la exportaci髇, S.2.9.10
transferencia de la subvenci髇 indirecta a los insumos al producto objeto de derechos compensatorios, necesidad de una (SMC 1.1/GATT VI.3) S.2.10.3, S.2.19B.7.1
perjuicio grave (SMC 5 c) y 6.3 c)), distinci髇 S.2.10.3, S.2.19B.7.1-2
subvenciones a la exportaci髇, definici髇
搒upeditadas a la actuaci髇 exportadora/supeditadas a los resultados de exportaci髇?(AG 1 e)/SMC 3.1 a)) A.1.4.2-4, A.1.38.12, S.2.12.7-12
carga de la prueba
ley, reglamento u otro instrumento legal que establezca la medida como prueba de S.2.13.5
prescripci髇 de probar la exportaci髇, pertinencia de la A.1.4.3, A.1.16A.1, S.2.12.12
?i>de jure o de facto? 搗inculada a?(SMC 3.1 a), nota 4) S.2.12.8
derecho de los usuarios internos a percibir los pagos en condiciones distintas, pertinencia A.1.4.3, S.2.12.9, S.2.12.12
en el caso de una subvenci髇 para los bienes producidos ya sea dentro o fuera del Estado que la concede S.2.12.9-12
搒upeditadas?S.2.12.8
Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇 (SMC Anexo I)
garant韆 o seguro del cr閐ito a la exportaci髇 (punto j)) S.2.9.10, S.2.39.2-8
como orientaci髇 contextual en el an醠isis de alegaciones formuladas al amparo del AG 10.2 A.1.34.10, A.1.38.14, B.3.4.3
no cobertura a largo plazo de los costes y p閞didas de funcionamiento (punto j)) S.2.39.2-7
naturaleza no exhaustiva del AG 1 e) A.1.4.4, A.1.33A.3
subvenciones prohibidas (SMC, Parte II)
揳 reserva de lo dispuesto en el Acuerdo sobre la Agricultura?(SMC 3.1 a)), garant韆s de cr閐itos a la exportaci髇, aplicabilidad a las S.2.11.2
揳 reserva de lo dispuesto en el Acuerdo sobre la Agricultura?(SMC 3.1 b)) A.1.38.8, S.2.14A.1-7
搒upeditadas al empleo de productos nacionales con preferencia a los importados?(SMC 3.1 b)) S.2.15.3
superfluidad de conclusiones de grupos especiales, econom韆 procesal y M.3.4-6
Estados Unidos ?Art韈ulo 211 de la Ley de
Asignaciones (WT/DS176/AB/R) volver al principio
ADPIC
揷onvenios sobre propiedad intelectual?(ADPIC 2) T.9.2
marcas de f醔rica o de comercio
denegaci髇 de protecci髇 損or otros motivos? (ADPIC 15.2) T.9.4
搈ateria objeto de protecci髇?(ADPIC 15) T.9.3
titular
derechos exclusivos (ADPIC 16.1) T.9.5
registro o uso como base T.9.5, T.9.6.1-2
observancia de los derechos de propiedad intelectual (ADPIC, Parte III)
evitaci髇 de obst醕ulos al comercio y abuso de los procedimientos (ADPIC 41.1) T.9.10.2
norma internacional m韓ima (ADPIC 1.1) T.9.10.2, T.9.10.3, T.9.10.7
prescripci髇 de 搄ustos y equitativos?(ADPIC 41.2 y 42) T.9.10.3-8
procedimientos judiciales civiles (ADPIC 42) T.9.10
搒ustanciar sus alegaciones?T.9.10.7
搕itulares de derechos?T.9.10.6-7
recurso eficaz, necesidad de (ADPIC 41.1) T.9.10.2
損ropiedad intelectual?T.9.10.1
limitaci髇 o no a categor韆s identificadas en t韙ulos de secciones del ADPIC T.9.1, T.9.3.1
nombres comerciales T.9.2, T.9.2.3
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26)), cumplimiento de las obligaciones contra韉as en el marco de la OMC M.1.5
competencia (grupos especiales), reclamaciones contra la legislaci髇 en s?misma M.1.5
competencia (觬gano de Apelaci髇)
clasificaci髇 como cuesti髇 de derecho o de hecho , cumplimiento de las obligaciones impuestas por un tratado y compatibilidad con ellas M.5.5, S.3.3.8
finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6) C.4.17-18
base f醕tica
argumento insuficiente sobre una cuesti髇 nueva C.4.17
conflictividad/omisi髇/insuficiencia de los hechos C.4.17-18
en caso de acuerdo con la constataci髇 del grupo especial C.4.18
cumplimiento
obligaciones en el marco de la OMC, principio de buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda) M.1.5
obligaciones internacionales M.5.5
derecho aplicable
determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4) M.5.5
marcas de f醔rica o de comercio P.2.1.1, P.2.2.2
derecho interno, como prueba de, cumplimiento de obligaciones internacionales, evaluaci髇 del grupo especial como objeto de examen en apelaci髇 M.5.5
expropiaci髇, no reconocimiento, marcas de f醔rica o de comercio, confiscaci髇 simult醤ea de las mismas marcas de f醔rica o de comercio en el Estado que expropia P.3.3.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes N.1.14.1
principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) I.3.7.8
sentido que debe atribuirse a cada palabra y expresi髇 P.2.3.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios, título T.9.3.1
legislaci髇 en sí misma, impugnaci髇 derecho a impugnar
legislaci髇 imperativa/discrecional, posibilidad de distinguir M.1.5
facultades discrecionales ejecutivas y M.1.5
marcas de f醔rica o de comercio (Convenio de Par韘 (1967))
expropiaci髇 P.3.3.1-2
registro en pa韘 distinto del pa韘 de origen del solicitante
aceptaci髇 de marca de f醔rica o de comercio registrada en el pa韘 de origen de conformidad con la legislaci髇 interna de ese pa韘 (6quinquies) P.2.2.1
como derecho que exceda del que se concede a los nacionales P.2.2.1
cuestiones relativas a la titularidad y P.2.2.3
搕al cual?攁s is?/ 搕elle quelle?P.2.2.2-3
derecho de los Miembros de la Uni髇 de Par韘 a determinar las condiciones (art韈ulo 6 1)) P.2.1.1
no nacionales, aplicabilidad a P.3.3.1
nombres comerciales, protecci髇
ADPIC T.9.1.2
Convenio de Par韘 (1967), art韈ulo 8, ADPIC y P.2.3.1-2, T.9.2
Convenio de Par韘 (1967), PC 8 P.2.3.1-2, T.9.2.1-3
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇), respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12.7
procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Ap閚dice 3), examen de las pruebas S.3.3.8
trato nacional (ADPIC 3)
aplicabilidad (ADPIC 3.1, nota 3) N.1.14.1
como principio fundamental N.1.14.1
搕rato menos favorable?N.1.14.1
con respecto a la protecci髇 de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio N.1.14.1
diferenciaci髇 formal de trato, pertinencia N.1.14.2
diferenciaci髇 seg鷑 los propios t閞minos de la norma legal N.1.14.2-6
GATT III:4, comparaci髇 N.1.14.1
trato nacional, discriminaci髇 reglamentaria (GATT III:4)
搕rato menos favorable?/p>
ADPIC 3.1, comparaci髇 N.1.14.1
diferenciaci髇 formal de trato, pertinencia N.1.14.2
diferenciaci髇 seg鷑 los propios t閞minos de la norma legal N.1.14.2-6
trato NMF (ADPIC 4), trato diferenciado como discriminaci髇 M.2.3.1
Estados Unidos ?Camarones (WT/DS58/AB/R) volver al principio
abuso de derecho, pacta sunt servanda/ejecuci髇 de buena fe (Convenci髇 de Viena 26) P.3.1.1
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)), argumentaci髇 jur韉ica en apoyo de la alegaci髇, distinci髇 W.2.7.2.1
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2)), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)), identificaci髇 de los hechos de los que el grupo especial debe extraer inferencias W.2.7.2.1
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)), indicaci髇 de las inferencias de hecho o de derecho adecuadas W.2.7.2.1
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26)) P.3.1.1
abuso de derecho y P.3.1.1
como principio general de
derecho P.3.1.1
derecho internacional P.3.1.1
debido proceso (aplicaci髇 de medidas comerciales) D.2.1
derechos de tercero, procedimiento de los grupos especiales (ESD 10 y Ap閚dice 3), Miembros 搎ue tengan un inter閟 sustancial en un asunto sometido a un grupo especial, limitaci髇 a (ESD 10.2) A.2.1.2
escritos de amicus curiae A.2.1-6
escritos de ONG/particulares A.2.1.1-6
como parte integrante de la comunicaci髇 de una parte A.2.1.1
facultades discrecionales de los grupos especiales para aceptar/rechazar A.2.1.2-6
celebraci髇 de consultas con las partes A.2.1.4
condiciones, derecho de los grupos especiales a imponer A.2.1.4
responsabilidad de la parte A.2.1.1
Estados Unidos ?Gasolina (WT/DS2/AB/R), Excepciones generales (GATT XX), medidas relativas a la conservaci髇 de recursos naturales agotables (GATT XX g)), 搒e apliquen conjuntamente con? como equilibrio entre la conservaci髇 y la producci髇 o el consumo nacionales G.3.8.2
Excepciones generales (GATT XX)
an醠isis doble (justificaci髇 en el marco de los p醨rafos a)-j)/cumplimiento de lo dispuesto en el pre醡bulo) G.3.1.2, G.3.11.6
jurisdicci髇 del Miembro, pertinencia G.3.10
v韓culo, necesidad de G.3.10.3
medidas relativas a la conservaci髇 de recursos naturales agotables (GATT XX g))
car醕ter evolutivo G.3.7.2
recursos vivos, aplicabilidad a G.3.7.1-2
搑elativas a?G.3.9.5
pre醡bulo
aplicaci髇 de una medida como medio de discriminaci髇 arbitraria o injustificable
discriminaci髇 de las obligaciones sustantivas del GATT, distinci髇 G.3.12.2
揺ntre los pa韘es en que prevalezcan las mismas condiciones?G.3.12.2-4
entre los pa韘es importadores y exportadores G.3.12.2
no consideraci髇 de si el programa reglamentario es apropiado como G.3.12.3-4
aplicaci髇 de una medida como medio de discriminaci髇 arbitraria o injustificable, aplicaci髇 de medida justa y equitativa como G.3.11.7
como equilibrio entre derechos en conflicto G.3.11.5-6
informaci髇 y asesoramiento t閏nico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13)
derechos del grupo especial
aceptar o rechazar informaci髇 y asesoramiento que hayan solicitado A.2.1.3, A.2.1.5, E.3.3, S.4.4-5
aceptar o rechazar informaci髇 y asesoramiento que no hayan solicitado S.4.5
evaluar informaci髇 y asesoramiento A.2.1.3, E.3.3
evaluar la fuente de informaci髇 y asesoramiento A.2.1.3, E.3.3
no recabar A.2.1.3, E.3.3, S.4.4-5
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
car醕ter evolutivo del GATT de 1994 G.3.7.2
intenciones de las partes, pre醡bulo como reflejo de G.3.7.3, I.3.6.1
objeto y fin G.3.7.3
texto/clara redacci髇 I.3.2.4
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
contexto I.3.2.4
pre醡bulo objeto de examen, como prueba de la intenci髇 de las partes G.3.7.3, I.3.6.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos, 搑elativas a?(GATT XX g)) G.3.9.5
legitimaci髇 para/derecho a presentar una reclamaci髇 (ESD 3.7), Miembros de la OMC, limitaci髇 a A.2.1.2
norma de examen (ESD 11)
揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido?/p>
aplicabilidad de los acuerdos abarcados pertinentes y conformidad con 閟tos E.3.4
derecho aplicable, derecho del grupo especial a determinar E.3.4
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇), respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12.5
Estados Unidos ?Camarones (p醨rafo 5 del
articulo 21 ?Malasia) (WT/DS58/AB/RW) volver al principio
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26))
igualdad de las partes respecto de P.3.1.8
negociaci髇 de acuerdos internacionales E.2.1-2, G.3.12.5
cumplimiento, obligaciones internacionales M.5.3
derecho interno, como prueba de, cumplimiento de obligaciones internacionales, interpretaci髇 de legislaci髇, distinci髇 M.5.3
derechos de tercero W.2.9.4
actuaciones del 觬gano de Apelaci髇 (PTEA 24) W.2.9.4
participaci髇 pasiva en audiencias W.2.9.4
escritos de amicus curiae A.2
escritos de ONG/particulares A.2.1.11
como parte integrante de la comunicaci髇 de una parte A.2.1.11
facultades discrecionales de los grupos especiales para aceptar/rechazar A.2.1.11
responsabilidad de la parte A.2.1.11
examen de la aplicaci髇 de las resoluciones del OSD (ESD 21.5)
como alegaci髇 nueva/reafirmaci髇 de alegaci髇 anterior R.4.2.2
competencia de los grupos especiales del ESD 21.5 (sobre el cumplimiento)
determinaci髇 de la compatibilidad con las obligaciones en el marco de la OMC de las medidas destinadas a cumplir, reexamen de los aspectos de las nuevas medidas que formaban parte de la medida inicial y subsistieron sin modificaciones R.4.3.1
limitaci髇 a las alegaciones en el momento de la remisi髇 al grupo especial sobre el cumplimiento R.4.2.2
informes del 觬gano de Apelaci髇 y (ESD 17.14) R.4.3.1
搈edidas destinadas a cumplir? medida objeto de la diferencia inicial, distinci髇 R.4.2.2
soluci髇 pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), efecto sobre R.4.3.1
examen en apelaci髇 (ESD 17)
informes del 觬gano de Apelaci髇
adopci髇 por el OSD (ESD17.14) R.4.3.1
valor jur韉ico S.8.2
Excepciones generales (GATT XX)
pre醡bulo
aplicaci髇 de una medida como medio de discriminaci髇 arbitraria o injustificable G.3.11.8
condicionamiento del acceso al mercado a un programa igual/programa comparable en eficacia G.3.12.8
揺ntre los pa韘es en que prevalezcan las mismas condiciones?G.3.12.5-9
flexibilidad para poder tener en cuenta las condiciones en diferentes Miembros exportadores G.3.12.9
oportunidades similares/comparables para negociar un acuerdo internacional, necesidad de E.2.1-4, G.3.12.5
acuerdo multilateral, preferencia por E.2.2, G.3.12.6
buena fe y E.2.1-2, G.3.12.5, P.3.1.8
conclusi髇 de un acuerdo, distinci髇 E.2.2-3, G.3.12.5-6
搑estricci髇 encubierta al comercio internacional?G.3.11.8
informes de grupos especiales
valor jur韉ico
informes adoptados S.8.2
informes no adoptados S.8.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices, expectativas leg韙imas, pertinencia, informes de los grupos especiales y S.8.2
medio ambiente, acuerdos multilaterales
Convenci髇 Interamericana para la Protecci髇 y Conservaci髇 de las Tortugas Marinas (1966), como base de comparaci髇/referencia E.2.4, G.3.12.7
declaraci髇 de R韔 sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 12 y E.2.3, G.3.12.6
discriminaci髇 arbitraria e injustificable, necesidad de evitar E.2.1-4, G.3.12.5-7
oportunidades similares/comparables para negociar, necesidad de E.2.1-4, G.3.12.5
acuerdo multilateral, preferencia por E.2.2
norma de examen (ESD 11), 揺valuaci髇 objetiva de los hechos?(ESD 11), pruebas, supuesta desestimaci髇 o distorsi髇 por el grupo especial, pruebas hipot閠icas S.7.3.12
precedente, informes de grupos especiales, informes adoptados S.8.2
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇), audiencia (PTEA 27), modificaci髇 de fecha W.2.11.1.2
soluci髇 pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), examen de la aplicaci髇 de las resoluciones del OSD y R.4.3.1
Estados Unidos ?Camisas y blusas (WT/DS33/AB/R y
Corr.1) volver al principio
carga de la prueba B.3.1.1-2
defensas y excepciones B.3.3.2
GATT XX B.3.3.2
SMC 3.1 a) (Anexo I (Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇))/SMC 27 (pa韘es en desarrollo) B.3.3.2
inversi髇 en caso de establecimiento de una presunci髇 prima facie B.3.1.1, B.3.1.2
onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba B.3.1.1-2
defensas y excepciones y B.3.3.2
presunci髇 de la compatibilidad de una medida con las obligaciones en el marco de la OMC, como principio general de la prueba B.3.1.1
presunci髇 prima facie B.3.2.1
norma de la prueba B.3.2.1
competencia (觬gano de Apelaci髇), confirmaci髇, modificaci髇 o revocaci髇 de constataciones y conclusiones jur韉icas (ESD 17.13) S.3.1.2
econom韆 procesal C.3.2.1, J.1.1-3
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios, contexto, tratado/tratados en su conjunto T.7.1.1
Textiles y Vestido, Acuerdo sobre (ATV), salvaguardias de transici髇 (ATV 6), como equilibrio de derechos y obligaciones T.7.1.1
Estados Unidos ?Cordero (WT/DS177/AB/R;
WT/DS178/AB/R) volver al principio
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26)), procedimiento de soluci髇 de diferencias, entablar un (ESD 3.10) P.3.1.4, S.1.19.5
derechos de tercero W.2.9.3
actuaciones del 觬gano de Apelaci髇 (PTEA 24) W.2.9.3
participaci髇 pasiva en audiencias W.2.9.3
econom韆 procesal J.1.12
examen de novo de los hechos, exclusi髇 S.7.5.1-2
investigaci髇 de las condiciones para la aplicaci髇 de medidas de salvaguardia, prescripciones (SG 3.1/SG 4.2 c))
constataciones y conclusiones fundamentadas, sobre las cuestiones pertinentes de hecho y de derecho S.1.46.1
informe publicado S.1.21.1-2
elementos fundamentales
condiciones (SG 2.1/GATT XIX:(a)) S.1.21.1-2
evoluci髇 imprevista de las circunstancias S.1.21.2, S.1.46.1
procedimientos de soluci髇 de deferencias, distinci髇 S.1.19.4
medidas de salvaguardia, condiciones (SG 2)
como cuestiones pertinentes de hecho y de derecho (SG 3.1) S.1.21.1-2
揾an aumentado en tal cantidad?/p>
揷omo consecuencia de la evoluci髇 imprevista de las circunstancias?(GATT XIX:1 a)) S.1.21.2, S.1.50.3
como cuesti髇 pertinente de hecho y de derecho S.1.50.3
demostraci髇, necesidad de S.1.50.3
disminuci髇 de las cuant韆s de importaci髇 al final del periodo objeto de investigaci髇, pertinencia S.1.28.2
suficiente para causar o amenazar causar un da駉 grave S.1.30.2
損roductos similares o directamente competidores? (SG 2.1) S.1.3
producto espec韋ica, necesidad de S.1.3.1
medidas de salvaguardia, determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4), prescripciones
揳menaza de da駉 grave?(SG 4.1 b)) S.1.24.1
揷lara inminencia?S.1.24.1
揹a駉 grave?(SG 4.1 a)) S.1.23.1
evaluaci髇 de todos los factores pertinentes (SG 4.2 a)) S.1.2.1-2, S.1.26.5-6, S.7.4.2-3
datos correspondientes al pasado reciente/periodo objeto de investigaci髇, importancia relativa S.1.28.1-2
揹e car醕ter objetivo y cuantificable?(SG 4.2 a)) S.1.27.1
en su conjunto S.1.27.2-4
揻actores, distintos del aumento de las importaciones?(SG 4.2 b))
揳l mismo tiempo?S.1.30.2
metodolog韆 S.1.30.2
no atribuci髇, necesidad de demostraci髇 de S.1.30.2, S.1.31.3-4
explicaci髇 razonada y adecuada S.1.2.1-2, S.1.26.5, S.1.46.1, S.7.4.2, S.7.4.4, S.7.5.1
搑ama de producci髇 nacional?(SG 4.1 c)) S.1.25
揺l conjunto de los productores?S.1.25.5
medidas de salvaguardia, norma/facultades de examen
evaluaci髇 de los elementos de hecho
examen de novo, exclusi髇 S.7.5.1
explicaci髇 razonada y adecuada, necesidad de S.1.2.2, S.1.26.5-6, S.7.4.2, S.7.4.4, S.7.5.1
falta de hechos S.1.31.4
sustituci髇 por la evaluaci髇 del grupo especial, exclusi髇 S.1.2.1, S.7.5.1
existencia del derecho unido al ejercicio del derecho de conformidad con el SG S.1.26.5
medidas de salvaguardia, obligaciones de publicaci髇 (SG 4.2 c)), evoluci髇 imprevista de las circunstancias, necesidad de incluir S.1.46.1
norma de examen (ESD 11)
揺valuaci髇 objetiva de los hechos?(ESD 11), examen de novo, exclusi髇 S.7.5.1-2
揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido? examen en profundidad de la explicaci髇, necesidad de S.1.2.2, S.7.4.2-4, S.7.5.1
factores pertinentes, evaluaci髇 de todos los factores pertinentes, necesidad de S.7.4.2
procedimiento, soluci髇 equitativa, r醦ida y eficaz de las diferencias y, buena fe y P.3.1.4
損roductos similares o directamente competidores? (SG 2.1/SG 4.1 c)) S.1.3
producto espec韋ica, necesidad de S.1.3.1, S.1.25.2
搑ama de producci髇 nacional? como 鷑ico determinante (SG 4.1 c)) S.1.25.1-4
Estados Unidos ?Determinados productos
procedentes de las CE (WT/DS165/AB/R) volver al principio
carga de la prueba
presunci髇 prima facie B.3.2.7
no presentaci髇 de pruebas y argumentos en apoyo de una alegaci髇 B.3.2.7
competencia de los grupos especiales y el 觬gano de Apelaci髇 (ESD 3.2)
derecho a desarrollar un razonamiento jur韉ico proprio que incluya argumentos no aducidos por las partes (jura novit curia) C.2.2
para aclarar las disposiciones vigentes C.3.1.1
consultas (ESD 4)
establecimiento de un grupo especial, como requisito previo C.7.4
medida en litigio (ESD 4.4), medida posterior a la solicitud de celebraci髇 de consultas C.7.4
ESD, aplicabilidad, obligaci髇 de recurrir a (ESD 23) R.2.2.12
mandato de los grupos especiales (ESD 7), como definici髇 de jurisdicci髇/alegaciones jur韉icas planteadas, alegaciones jur韉icas comprendidas en el mandato, limitaci髇 de la jurisdicci髇 a M.3.2
medida unilateral de un Miembro, prohibici髇 (ESD 23) T.2.2.12
solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)
fundamentos de derecho de la reclamaci髇 R.2.2.12
argumentos, distinci髇 T.6.2.13
exposici髇, suficiencia, referencia a ESD 23 que abarca la referencia a ESD 23.1 y 23.2 R.2.2.12, T.6.2.12-15
identificaci髇 de la medida en litigio
medida posterior a la fecha de la solicitud de celebraci髇 de consultas T.6.3.3
medidas espec韋icas objeto de las consultas, necesidad o no de identidad con T.6.3.3
superfluidad de conclusiones de grupos especiales M.3.2
declaraciones ultra vires M.3.2
suspensi髇 des concesiones (ESD 22), autorizaci髇, necesidad de (ESD 3.7, 22.6 y 23.2 c)) S.9.1
Estados Unidos ?EVE (WT/DS108/AB/R) volver al principio
Acuerdo SMC
consultas (SMC 4.1-4.4)
ESD 4.4, relaci髇 con S.2.18.1-2
搑elaci髇 de las pruebas de que se disponga? (SMC 4.2) S.2.18
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26))
como principio general de
derecho P.3.1.2
derecho internacional P.3.1.2
objeci髇 relativa a la jurisdicci髇 del grupo especial O.1.3, P.3.1.2
procedimiento de soluci髇 de diferencias, entablar un (ESD 3.10) P.3.1.2
competencia (grupos especiales), objeciones, prescripciones, oportunidad O.1.2
competencia (觬gano de Apelaci髇)
cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (ESD 17.6)
cuestiones no planteadas por las partes S.3.1.5
揻ormuladas por el grupo especial?S.3.1.5
搕ratadas en el informe del grupo especial?S.3.1.5
finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6), base f醕tica, limitaci髇 a las constataciones del grupo especial y los hechos indiscutidos del expediente del grupo especial S.3.1.5
consultas (ESD 4)
establecimiento de un grupo especial, como requisito previo O.1.2
SMC 4.2, relaci髇 con S.2.18.1-2
costos de comercializaci髇 de las exportaciones (AG 9.1 d))
costos de la actividad empresarial en general, distinci髇 A.1.29.1
impuesto sobre los ingresos, o no A.1.29.1
derechos compensatorios (SMC, Parte V), cumplimiento de lo dispuesto en GATT VI:3 y el Acuerdo SMC (SMC 10) S.2.41.3
exenci髇 fiscal
como elusi髇 de compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇 A.1.32.2, A.1.32.4, S.2.37.1
Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇 (SMC Anexo I) ((punto e)) S.2.37.1
GATT de 1947, importancia constante en el marco de la OMC G.2.1.4
GATT de 1994, OMC, Acuerdo sobre, incorporaci髇 en el (OMC Anexo 1A) G.2.1.4
decisiones de las Partes Contratantes del GATT de 1947 (OMC Anexo 1A, 1 b)(4)), 搃nstrumento jur韉icos?(OMC Anexo 1A, 1 b)) G.2.1.4
impuesto sobre los ingresos, costo de comercializaci髇 o no A.1.29.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes A.1.4.1
objeto y fin W.2.1.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
contexto
GATT VI/Acuerdo SMC, relaci髇 entre S.2.41.3
tratado/tratados en su conjunto S.2.41.3
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos, 揳 los efectos del presente acuerdo?(SMC 1.1) S.2.2.2
procedimiento, soluci髇 equitativa, r醦ida y eficaz de las diferencias y D.2.2.8, O.1.3, W.2.1.1
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇)
desistimiento de la apelaci髇 (PTEA 30) W.2.13.1.1
a reserva del derecho a presentar un nuevo anuncio de apelaci髇 de conformidad con PTEA 20 W.2.13.1.1
objeto y fin, soluci髇 equitativa, r醦ida y eficaz de las diferencias W.2.1.1
procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Ap閚dice 3), objeciones, prescripciones, buena fe O.1.3, P.3.1.2
solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)
identificaci髇 de la medida en litigio, medida posterior a la fecha de la solicitud de celebraci髇 de consultas C.7.3, O.1.2
no formulaci髇 de objeciones, efecto C.7.3, O.1.2
soluci髇 pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), procedimiento, funci髇 D.2.2.8, O.1.3, W.2.1.1
subvenci髇, definici髇 (SMC 1)
aplicabilidad 揳 los efectos del presente Acuerdo?S.2.2.1-2
contribuci髇 financiera (SMC 1.1 a) 1)) A.1.3.2
condonaci髇 de ingresos que en otro caso se percibir韆n (SMC 1.1 a) 1) ii)), 揺n otro caso se percibir韆n? /base de la comparaci髇 (criterio de 搒i no fuera por? S.2.4.1-2
otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) A.1.3.2
terminolog韆 en com鷑 con el Acuerdo sobre la Agricultura A.1.3.2
subvenci髇 a la exportaci髇, compromisos en materia de, prevenci髇 de la elusi髇 (AG 10.1)
揷ompromisos?A.1.30
揺lusi髇?A.1.32
exenci髇 fiscal A.1.32.2, A.1.32.4
subvenci髇 a la exportaci髇, prohibici髇 de AG 3.3 y A.1.6
subvenci髇 a la exportaci髇, definici髇
aplicabilidad de las disposiciones de SMC 1 S.2.2.1-2
GATT VI:4/SMC 1.1 a) 1) y 3.1 a), relaci髇 entre S.2.41.3
Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇 (SMC Anexo I)
remisi髇 o aplazamiento de los impuestos directos (punto e) S.2.37
aplazamiento que no constituye una subvenci髇 a la exportaci髇 (nota 59) S.2.37.1
搒ubvenciones supeditadas a la actuaci髇 exportadoras/los resultados de exportaci髇?(AG 1 e)/SMC 3.1 a)) A.1.4.1
subvenci髇 a la exportaci髇, prohibici髇 (AG 3.3)
otorgamiento de subvenciones a la exportaci髇 de conformidad con AG 9.1, dependencia de A.1.5.1
por encima de los niveles de compromiso en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades A.1.6.1
productos consignados A.1.6.1
transformaci髇 en prohibici髇 A.1.5.2
productos no consignados A.1.6.2
subvenci髇 a la exportaci髇, compromisos en materia de (AG 10.1) y A.1.6
subvenci髇 recurrible/no recurrible (SMC) S.2.2.2
trato nacional, discriminaci髇 fiscal (GATT III:2), derecho de los Miembros a determinar la base impositiva ajust醤dose a las obligaciones en el marco de la OMC T.3.3-4
Estados Unidos ?EVE (p醨rafo 5 del articulo 21 ?EC) (WT/DS108/AB/RW) volver al principio
actuaciones del grupo especial como proceso de dos etapas W.3.7, W.3.8
Acuerdo SMC
搑etiro de la subvenci髇 sin demora?(SMC 4.7) S.2.19.2
搒in demora?S.2.19.2
AGCS, aplicabilidad (AGCS I), 搈edidas que afecten al comercio de servicios?(AGCS I:1), 搎ue afecten?(AGCS I:1), GATT III:4, comparaci髇 N.1.10.2
carga de la prueba
defensas y excepciones, SMC 3.1 a) (Anexo I (Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇)), note 59, quinta frase B.3.3.7
medidas relativas a la doble imposici髇, justificaci髇 S.2.38.3
onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba, defensas y excepciones y B.3.3.7
debido proceso (procedimientos de soluci髇 de diferencias), participaci髇 en los procedimientos de los grupos especiales, terceros D.2.2.16
derechos de tercero T.8.3-5
procedimiento de los grupos especiales (ESD 10 y Ap閚dice 3)
comunicaciones, derecho a las (ESD 10.3) T.8.4, T.8.5
facultades discrecionales del grupo especial y
ampliaci髇 de conformidad con el debido proceso D.2.2.16, T.8.3
limitaci髇, exclusi髇 D.2.2.16
intereses que se han de tomar en cuenta (ESD 10.1) T.8.5
participaci髇 en (ESD 10.3) D.2.2.16, T.8.5
exenci髇 fiscal, como elusi髇 de compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇, Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇 (SMC Anexo I) (punto e)) S.2.38
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes A.1.3.3, N.1.10.2
interpretaci髇 restringida/amplia N.1.10.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios, antecedentes legislativos (nacionales) I.3.4.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos
搎ue afecten?/p>
AGCS I N.1.10.2
GATT III:4 N.1.10.2
medidas relativas a la doble imposici髇 (Lista ilustrativa, SMC Anexo I (punto e), nota 59) S.2.38
carga de la prueba S.2.38.3
como excepci髇 a la norma de subvenciones prohibidas (SMC 3.1 a)) S.2.38.1
derecho aplicable/derecho del Miembro a determinar las normas aplicables S.2.38.5, S.2.38.7, S.2.38.10, S.2.38.13
elementos comunes S.2.38.7
搃ngreso procedentes del extranjero?S.2.38.4-13
pluralidad de partes reclamantes (ESD 9), participaci髇 en un procedimiento de los grupo especial iniciado por otro reclamante D.2.2.16
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇)
plan de trabajo (PTEA 26), modificaci髇 en circunstancias excepcionales a petici髇 de partes, participantes o terceros participantes (PTEA 16.2) W.2.6.7
respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12.8
subvenci髇, definici髇 (SMC 1)
contribuci髇 financiera (SMC 1.1 a) 1)) A.1.3.3
condonaci髇 de ingresos que en otro caso se percibir韆n (SMC 1.1 a) 1) ii)) A.1.3.3
揺n otro caso se percibir韆n?/base de la comparaci髇 (criterio de 搒i no fuera por? S.2.4.4-6
obligaciones relacionadas con las subvenciones, distinci髇 S.2.2.3
otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) A.1.3.3
terminolog韆 en com鷑 con el Acuerdo sobre la Agricultura A.1.3.3
subvenci髇 a la exportaci髇, definici髇
Lista ilustrativa de subvenciones a la exportaci髇 (SMC Anexo I)
remisi髇 o aplazamiento de los impuestos directos (punto e)
carga de la prueba S.2.38.2
medidas relativas a la doble imposici髇 S.2.38
搒ubvenciones supeditadas a la actuaci髇 exportadoras/los resultados de exportaci髇?(AG 1 e)/SMC 3.1 a)) S.2.12.5-6
en el caso de una subvenci髇 para los bienes producidos ya sea dentro o fuera del Estado que concede la subvenci髇 S.2.12.5-6
trato nacional, discriminaci髇 reglamentaria (GATT III:4)
揹e manera que se proteja? 搕rato menos favorable?y N.1.11.8
搎ue afecten?N.1.10.2
AGCS 1:1, comparaci髇 N.1.10.2
搕rato menos favorable?N.1.11.8-9
trato nacional, principio general (GATT III:1), 揹e manera que se proteja? 搕rato menos favorable?y N.1.11.8
Estados Unidos ?Ex醡enes por extinci髇 respecto
de los art韈ulos tubulares para campos petrol韋eros (WT/DS268/AB/R)
volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de da駉 (AD 3)
揹a駉?(AD 3, nota 9) A.3.15A.1
aplicabilidad a la totalidad del AD A.3.52A.1
Acuerdo Antidumping (AD), examen por extinci髇 (AD 11.3)
aplicabilidad del AD 3 (determinaci髇 de la existencia de da駉) A.3.52B.1-2
criterio de 損robabilidad?/p>
continuaci髇 o repetici髇 del da駉
揹a駉?(AD 3, nota 9) A.3.52A.1
marco temporal A.3.52C.1-2
continuaci髇 o repetici髇 del dumping A.3.46.3
determinaci髇 de la probabilidad por empresas espec韋icas A.3.50.2-4, A.3.52.8
determinaci髇 global como base A.3.52A.3-4
factores pertinentes
factores distintos de los m醨genes de dumping/vol鷐enes de importaci髇 A.3.51.4
situaci髇 anterior y posterior a la orden de imposici髇 de derechos antidumping A.3.51.4
prescripci髇 relativa a 損ruebas positivas?揺xamen objetivo?(AD 3.1) A.3.47.3-4, A.3.48A.4, A.3.52.4-8
certeza absoluta, pertinencia E.3.10
suposiciones, fundamentaci髇 en A.3.52.8
損robabilidad?A.3.47.2
disposiciones del AD 6, aplicabilidad A.3.53.1-2
evaluaci髇 acumulativa del volumen y de los precios (AD 3.3) y A.3.21.5, A.3.48A.1-4
aplicabilidad de AD 3.3 A.3.48A.3
funciones de investigaci髇/resoluci髇, funci髇 activa de las autoridades investigadoras A.3.48A.4
metodolog韆, inexistencia de disposici髇 A.3.52A.2
Acuerdo Antidumping (AD), reglas de la prueba (AD 6)
揳mplia oportunidad para presentar por escrito todas las pruebas?(AD 6.1), pr髍roga 搒obre la base de la justificaci髇 aducida ?cada vez que sea factible?A.3.30.2
debido proceso
en caso de una respuesta incompleta al aviso de iniciaci髇 A.3.30.3-4
en caso de que no se d?respuesta al aviso de iniciaci髇 A.3.31.3-6
plena oportunidad de defender los propios intereses, derecho a la (AD 6.2) A.3.30.2, A.3.31.2-6
notificaci髇 del inter閟, derecho de fijar plazos/renuncia presunta A.3.31.5-6
aplicaci髇 no discriminatoria de las restricciones cuantitativas (GATT XIII), publicaci髇 y aplicaci髇 de los reglamentos comerciales (GATT X.3 a)), norma de la prueba P.5.3.2
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26)), cumplimiento de las obligaciones contra韉as en el marco de la OMC, medidas impugnadas 揺n s?mismas?y L.1.13, R.2.3.12, T.6.3.7
carga de la prueba, presunci髇 prima facie, texto de la legislaci髇, suficiencia del B.3.2.12
competencia (觬gano de Apelaci髇), finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6), base f醕tica, limitaci髇 a las constataciones del grupo especial y los hechos no controvertidos que constan en el expediente del grupo especial C.4.22-3, T.6.3.8
derecho interno, interpretaci髇 M.5.11
examen en apelaci髇 (ESD 17), informes del 觬gano de Apelaci髇, fundamentaci髇 del grupo especial en S.8.4
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios, notas al tratado A.3.15A.1
legislaci髇 en s?misma, derecho a impugnar la L.1.14-15
buena fe y L.1.13, R.2.3.12, T.6.3.7
caracterizaci髇 por las autoridades nacionales, pertinencia L.1.13, M.5.11, R.2.3.12, T.6.3.7
consecuencias graves de tal impugnaci髇 L.1.12
instrumento normativo L.1.15
mandato de los grupos especiales (ESD 7), 揳sunto sometido al OSD? como se identifica en el ESD 6.2, medida en litigio como S.7.2A.3-5
norma de examen (ESD 11)
揺valuaci髇 objetiva de los hechos?/p>
pruebas, supuesta desestimaci髇 o distorsi髇 por el grupo especial
obligaci髇 de examinar y evaluar las pruebas S.7.2A.3-4
pertinencia, facultad discrecional del grupo especial para determinar E.3.9
precedente, informes del 觬gano de Apelaci髇 S.8.4
pruebas, admisibilidad como
declaraciones ante otros tribunales internacionales E.3.9, S.7.3.20
declaraciones ante tribunales nacionales E.3.9, S.7.3.20
solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)
identificaci髇 de la medida concreta en litigio, 損r醕tica?como medida T.6.3.8
fundamentos de derecho de la reclamaci髇
alegaciones referentes a la legislaci髇 揺n s?misma?L.1.13, R.2.3.12, T.6.3.7
v韓culo entre la medida impugnada y las disposiciones supuestamente infringidas R.2.1.11
Estados Unidos ?Examen por extinci髇 relativo al
acero resistente a la corrosi髇 (WT/DS244/AB/R)
volver al principio
acervo del GATT A.3.55.3, A.3.62.2
Acuerdo Antidumping (AD), consultas y soluci髇 de diferencias (AD 17)
fundamento jur韉ico de las consultas/reclamaci髇 (AD 17.3/AD 17.4)
legislaci髇 en s?misma A.3.55.3, A.3.56.8
instrumento administrativo A.3.55.3, A.3.62.2
搈edida?(AD 17.4) A.3.55.4, A.3.56.8
aceptaci髇 de compromisos en materia de precios L.1.6
derechos antidumping definitivos A.3.56.8
medidas provisionales L.1.6
opini髇 de buena fe de un Miembro (揷onsidera? de que hay ventajas que se hallan anuladas o menoscabadas (AD 17.3) A.3.55.4, L.1.7, P.3.1.12
norma o procedimiento especial o adicional (ESD 1.2 y Ap閚dice 2), o no S.5.4
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de dumping (AD 2)
揳 los efectos del presente Acuerdo?A.3.8.1
c醠culo de los m醨genes de dumping (AD 2.4), 搑educci髇 a cero? diferencias negativas y A.3.14.4
metodolog韆, libertad de los Miembros para elegir en forma compatible con el AD A.3.51.1
Acuerdo Antidumping (AD), establecimiento y percepci髇 de derechos antidumping (AD 9)
c醠culo de la tasa de derecho antidumping correspondiente a ?i>todos los dem醩?(AD 9.4), examen por extinci髇 (AD 11.3), aplicabilidad a A.3.40.1
揷on respecto a un producto?(AD 9.2) A.3.40.1
examen por extinci髇 (AD 11.3), aplicabilidad a A.3.40.1
Acuerdo Antidumping (AD), examen por extinci髇 (AD 11.3)
Acuerdo SMC, examen por extinci髇 (SCM 21.3), identidad de disposiciones A.3.63.3
aplicabilidad de AD 2.1 (揹umping? A.3.8, A.3.46.2, A.3.49.1
aplicabilidad de AD 2.4 (c醠culo del margen de dumping) A.3.13.1, A.3.49.1-2
aplicabilidad de AD 9.4 (c醠culo de la tasa correspondiente a ?i>todos los dem醩? A.3.40.1
continuaci髇 del derecho
como excepci髇 a la norma imperativa A.3.45.1, A.3.47.3
durante el examen A.3.47.3
criterio de 損robabilidad?/p>
continuaci髇 o repetici髇 del da駉 A.3.45.1
continuaci髇 o repetici髇 del dumping A.3.8.1, A.3.45.1, A.3.46
derecho a realizar A.3.51.1-2
disposiciones de AD 6, aplicabilidad A.3.53.1-2
factores pertinentes
factores distintos de los m醨genes de dumping/vol鷐enes de las importaciones A.3.51.3
m醨genes de dumping A.3.13.1, A.3.48.1-2, A.3.51.1-2
vol鷐enes de las importaciones A.3.51.1-2
prescripci髇 relativa a 損ruebas positivas?/ 揺xamen objetivo?A.3.52
probabilidad, necesidad de A.3.40.1
derechos de las partes
aviso del procedimiento A.3.47.2
determinaci髇 de la probabilidad por empresas específicas A.3.40.1, A.3.50.1, A.3.53.2
損arte interesada?(AD 11.2) A.3.50.1
plenas oportunidades para la defensa de los intereses A.3.47.2
razones de la determinaci髇 A.3.47.2
funciones de investigaci髇/resoluci髇 A.3.47.1, A.3.52.3
funci髇 activa de las autoridades investigadores A.3.47.1, A.3.52.3
obligaciones de las partes A.3.52.3
iniciaci髇 antes de la expiraci髇 de un plazo de cinco a駉s contados desde la fecha de imposici髇 del derecho A.3.45.1
metodolog韆, inexistencia de disposici髇 A.3.48.1, A.3.50.1
plazos (AD 11.4) A.3.47.3
diligencia, necesidad de A.3.47.3
Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6), determinaci髇 del car醕ter normativo de la 搈edida? impugnada A.3.62.4
Acuerdo Antidumping (AD), obligaci髇 de asegurarse de la conformidad con el AD de las leyes, reglamentos y procedimientos administrativos internos (AD 18.4) A.3.62.2-4, L.1.7
搇eyes, reglamentos y procedimientos administrativos?A.3.62.2-3, L.1.8, M.1.9
caracterizaci髇 por las autoridades nacionales, pertinencia A.3.62.3, L.1.8
determinaci髇 de la condici髇 jur韉ica mediante referencia a la normativa de la OMC A.3.62.3, L.1.4-11
procedimientos de soluci髇 de diferencias, aplicabilidad a L.1.8
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2)), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)), alegaci髇 de no realizaci髇 por el grupo especial de una evaluaci髇 objetiva (ESD 11), necesidad de referencia espec韋ica W.2.7.5.3
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26))
opini髇 del Miembro de que las ventajas se hallan anuladas o menoscabadas (AD 17.3) A.3.55.4, L.1.7, P.3.1.12-13, R.5.5
procedimiento de soluci髇 de diferencias, entablar un (ESD 3.10) L.1.10, M.1.7, R.5.5
carga de la prueba, presunci髇 de compatibilidad de una medida con las obligaciones en el marco de la OMC, claridad/ambig黣dad de una medida L.1.11
competencia (grupos especiales)
reclamaciones contra la legislaci髇 en s?misma A.3.55.3, A.3.56.8, L.1.4-11, M.1.7-9
car醕ter imperativo/discrecional de la medida impugnada, obligaci髇 de examinar M.1.7
consultas (ESD 4)
prescripci髇 de la buena fe (ESD 3.10) L.1.10, M.1.7
utilidad del recurso a los procedimientos de soluci髇 de diferencias (ESD 3.7) L.1.10, M.1.7, P.3.1.13
derecho aplicable, leyes, reglamentos y procedimientos administrativos (AD 18.4), determinaci髇 de la condici髇 de A.3.62.3, L.1.8
derechos compensatorios (SMC, Parte V), examen por extinci髇 (SMC 21.3), Acuerdo Antidumping (AD), examen por extinci髇 (AD 11.3), identidad de disposiciones A.3.63.3
econom韆 procesal M.1.8
instrumentos administrativos, derecho a impugnar A.3.55.3, A.3.62.2, M.1.9
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes A.3.55.3, A.3.62.2, A.3.63.3
introducci髇 de referencias, funci髇 A.3.49.1
interpretaci髇 restringida/amplia M.1.9
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios, acervo del GATT A.3.55.3, A.3.62.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos, 揳 los efectos del presente acuerdo?(AD 2.1) A.3.8.1, A.3.46.2, A.3.49.1
investigaci髇 de la existencia de dumping, normas de la prueba (AD 6), aplicabilidad, examen por extinci髇 (AD 11.4) A.3.53
legislaci髇 en sí misma, impugnaci髇 derecho a impugnar A.3.55.3, A.3.56.8, L.1.4-11
carga de la prueba y M.5.9
elementos discrecionales en el marco de una ley independiente, efecto, elementos discrecionales en el marco de una ley independiente, efecto M.1.8
instrumento normativo L.1.5
legislaci髇 imperativa/discrecional, posibilidad de distinguir L.1.9-10, M.1.7-9
obligaci髇 del grupo especial de examinar el car醕ter M.1.7
legitimaci髇 para/derecho a presentar una reclamaci髇 (ESD 3.7)
iniciaci髇 de los procedimientos de soluci髇 de diferencias de buena fe (ESD 3.10) y R.5.5-6
utilidad del recurso a los procedimientos de soluci髇 de diferencias L.1.10, M.1.7, P.3.1.13, R.5.6
搈edida?/p>
AD 17.4 A.3.55.4, A.3.56.8, L.1.6
ESD 3.3 L.1.7
acto u omisi髇 atribuible a un Miembro L.1.4
determinaciones de organismos ejecutivos L.1.4
medidas de salvaguardia, caracter韘ticas, car醕ter excepcional de las medidas correctivas S.1.1.1
medidas de salvaguardia, norma/facultades de examen, existencia del derecho unido al ejercicio del derecho de conformidad con el SG S.1.1.1
norma o procedimiento especial o adicional (ESD 1.2 y Ap閚dice 2), AD 17, cuesti髇 de si S.5.4
normas y procedimientos especiales o adicionales para la soluci髇 de diferencias (ESD, Ap閚dice 2), conflicto con disposiciones del ESD, precedencia en caso de (OMC, Anexo 1A) S.5.4
OMC, Acuerdo sobre, conflicto con disposiciones del ESD, precedencia en caso de (OMC, Anexo 1A) S.5.4
responsabilidad del Estado, actos u omisiones de un 髍gano ejecutivo o del poder ejecutivo L.1.4
solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2)
fundamentos de derecho de la reclamaci髇, 搈edida? que menoscaba ventajas (ESD 3.3) L.1.4
identificaci髇 de la medida en litigio L.1.6
utilidad de presentar una reclamaci髇 L.1.10, M.1.7, P.3.1.13
responsabilidad por el Miembro R.5.6
Estados Unidos ?Gasolina (WT/DS2/AB/R) volver al principio
apelaciones m鷏tiples (PTEA 23), acumulaci髇 S.3.1.1, W.2.8
carga de la prueba
defensas y excepciones B.3.3.1
GATT XX B.3.3.1
onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba, defensas y excepciones y B.3.3.1
competencia (觬gano de Apelaci髇)
finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6) C.4.1
base f醕tica, conflictividad/omisi髇/insuficiencia de los hechos C.4.1
en caso de desacuerdo con la constataci髇 del grupo especial C.4.1
Excepciones generales (GATT XX)
an醠isis doble (justificaci髇 en el marco de los p醨rafos a)-j)/cumplimiento de lo dispuesto en el pre醡bulo) G.3.1.1
medidas relativas a la conservaci髇 de recursos naturales agotables (GATT XX g))
cumplimiento como condici髇 de acceso al mercado interno de un Miembro como limitaci髇 jurisdiccional G.3.10
搑elativas a?G.3.9.1-4
揹estinada principalmente a? distinci髇 G.3.9.3-4
搒e apliquen conjuntamente con? como equilibrio entre la conservaci髇 y la producci髇 o el consumo nacionales G.3.8.1
pre醡bulo
aplicaci髇 de una medida como medio de discriminaci髇 arbitraria o injustificable G.3.11.4
aplicaci髇 razonable de las excepciones, necesidad de G.3.11.2
揺ntre los pa韘es en que prevalezcan las mismas condiciones?G.3.12.1
entre los pa韘es importadores y exportadores G.3.12.1
prevenci髇 de abusos de las excepciones como objetivo G.3.11.1-2, G.3.13.1
搑estricci髇 encubierta al comercio internacional?G.3.11.4, G.3.13
restricciones equivalentes a una discriminaci髇 arbitraria o injustificable como G.3.13
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretaci髇 del derecho internacional p鷅lico [codificadas en la Convenci髇 de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)] I.3.1.1, I.3.7.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices, principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) I.3.7.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos, 搑elativas a?(GATT XX g)) G.3.9.1-4
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇)
apelaciones m鷏tiples (PTEA 23), acumulaci髇 S.3.1.1, W.2.8
obligaci髇 de observar S.3.1.1, W.2.8
respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12.1
Estados Unidos ?Gluten de trigo (WT/DS166/AB/R)
volver al principio
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2)
resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)) I.1.6
exposici髇 de las alegaciones de errores I.1.6
identificaci髇 de los hechos de los que el grupo especial debe extraer inferencias I.1.6
indicaci髇 de las inferencias de hecho o de derecho adecuadas I.1.6
competencia (觬gano de Apelaci髇), clasificaci髇 como cuesti髇 de derecho o de hecho , credibilidad y peso de las pruebas S.3.3.7
debido proceso (procedimientos de soluci髇 de diferencias), oportunidad de responder a las pruebas/comunicaciones de otras partes S.1.19.2
econom韆 procesal J.1.11
inferencias de la negativa de una parte a facilitar informaci髇, derecho del grupo especial a extraer I.1.3-6
facultades discrecionales del grupo especial y I.1.4, I.1.6
obligaci髇 del grupo especial de hacer una evaluaci髇 objetiva de los hechos (ESD 11) y I.1.3
negativa a facilitar informaci髇 como un 揾echo? I.1.5-6
no extracci髇 de inferencias como error de derecho I.1.5-6
informaci髇 y asesoramiento t閏nico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13)
negativa a facilitar informaci髇, derecho del grupos especial a extraer inferencias I.1.3-6
negativa a proporcionar, derecho del grupo especial a extraer inferencias, soluci髇 pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), efecto sobre I.1.3-6
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo S.1.13.1.1
sentido corriente S.1.19.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos, 搃nvestigaci髇?S.1.19.1
investigaci髇 de las condiciones para la aplicaci髇 de medidas de salvaguardia, prescripciones (SG 3.1/SG 4.2 c))
evaluaci髇 de todos los factores S.1.19.3
obligaci髇 de las autoridades competentes de recabar informaci髇 adicional a la proporcionad por las partes interesadas S.1.26.2
partes interesadas
notificaci髇 a S.1.19.2
oportunidad de presentar pruebas y exponer opiniones S.1.19.2
oportunidad de responder a las comunicaciones de otras partes S.1.19.2
medidas de salvaguardia, condiciones (SG 2)
causalidad (SG 2.1)
factores pertinentes (SG 4.2 a))/ 揺n condiciones tales?(SG 2.1), equivalencia S.1.12.1
搃mportaciones?/ 揷ondiciones?S.1.11.1
揾an aumentado en tal cantidad? suficiente para causar o amenazar causar un da駉 grave S.1.30.1
paralelismo entre SG 2.1 y SG 2.2 S.1.13.1.1
損roducto ?importado?S.1.13.1.1
medidas de salvaguardia, determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4), prescripciones
evaluaci髇 de todos los factores pertinentes (SG 4.2 a)) S.1.26.2-4
揻actores, distintos del aumento de las importaciones?(SG 4.2 b))
揳l mismo tiempo?S.1.29.2-3
metodolog韆 S.1.30.1
no atribuci髇, necesidad de demostraci髇 de S.1.30.1, S.1.31.2
factores pertinentes (SG 4.2 a))/ 揺n condiciones tales?(SG 2.1), equivalencia S.1.12.1
obligaci髇 de las autoridades competentes de recabar informaci髇 adicional a la proporcionad por las partes interesadas S.1.26.2
medidas de salvaguardia, nivel de las concesiones (SG 8)
揺quivalente?S.1.38.1
oportunidades adecuadas para que se celebren consultas previas (SG 12.3) y S.1.38.1
medidas de salvaguardia, notificaciones y consultas (SG 12)
adopci髇 de la decisi髇 como factor crítico (SG 12.3) S.1.40.3
de toda la informaci髇 pertinente (SG 12.2) S.1.41.3
搃nmediatamente?(SG 21.1, parte introductoria) S.1.40, S.1.41.3
oportunidad (SG 12.1)/contenido (SG 12.2), distinci髇 S.1.41.3
oportunidades adecuadas para que se celebren consultas previas (SG 12.3) y S.1.42.1
nivel de las concesiones (SG 8.1) y S.1.38.1
norma de examen (ESD 11), 揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido? examen en profundidad de la explicaci髇, necesidad de S.7.4.1
soluci髇 pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), negativa de una parte a facilitar informaci髇, efecto I.1.3-6
Estados Unidos ?Hilados de algod髇 (WT/DS192/AB/R)
volver al principio
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26)), medida de salvaguardia, obligaci髇 de retirarla si aparecen pruebas que muestran errores de hecho de considerable magnitud P.3.1.6, T.7.1.2
econom韆 procesal, superfluidad de conclusiones de grupos especiales M.3.3
examen de novo de los hechos, exclusi髇 S.7.4.5
informaci髇 y asesoramiento t閏nico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13), testimonios de expertos (ESD 13.2), opini髇 basada en los datos disponibles en el momento de la determinaci髇 E.3.6
medidas de salvaguardia, norma/facultades de examen
ESD 11, aplicabilidad S.7.6.1
evaluaci髇 de los elementos de hecho
examen de novo, exclusi髇 S.7.4.5
explicaci髇 razonada y adecuada, necesidad de S.7.4.5
sustituci髇 por la evaluaci髇 del grupo especial, exclusi髇 S.7.4.5
norma de examen (ESD 11)
alcance temporal, pruebas de que dispone un Miembro, limitaci髇 a E.3.6, S.7.6
aplicabilidad al Acuerdo Antidumping sujeta a AD 17.6 S.7.1.8
揺valuaci髇 objetiva de los hechos?(ESD 11), examen de novo, exclusi髇 S.7.4.5
揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido? examen en profundidad de la explicaci髇, necesidad de S.7.4.5
factores pertinentes, posici髇 de un Miembro en el momento de la determinaci髇 E.3.6
perjuicio grave o amenaza real de perjuicio grave (ATC 6 2))/SG 4, determinaci髇 por un Miembro de la existencia de, pruebas de que dispone un Miembro, limitaci髇 a E.3.6, S.7.6, T.7.2.2
損roducto similar?(GATT III:4), relaci髇 de competencia, necesidad de T.7.5.1
productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente (GATT III:2) D.1.10
como relaci髇 din醡ica (incluida la posibilidad de demanda latente), posibilidad de competir como factor determinante D.1.10
criterios, criterio de intercambiabilidad T.7.4.1
competencia entre productos no similares D.1.10, T.7.4.1
proporcionalidad
contramedidas/suspensi髇 des concesiones (ESD 22.4) y P.3.6.1, S.9.2
medidas de salvaguardia (ATV 6.4) y P.3.6.1
responsabilidad del Estado por el incumplimiento de obligaciones internacionales y P.3.6.1, S.9.2
responsabilidad del Estado, contramedidas por el incumplimiento de obligaciones internacionales, proporcionalidad y P.3.6.1, S.9.2
superfluidad de conclusiones de grupos especiales M.3.3
econom韆 procesal y M.3.3
suspensi髇 des concesiones (ESD 22), nivel (ESD 22.4), proporcionalidad, necesidad de S.9.2
Textiles y Vestido, Acuerdo sobre (ATV), salvaguardias de transici髇 (ATV 6)
aplicaci髇 de medidas Miembro por Miembro (ATV 6.4)
atribuci髇 del da駉 a un 搃ncremento brusco y sustancial de las importaciones?T.7.6
an醠isis comparativo T.7.6.1, T.7.6.3-4
procedentes de 揗iembros considerados individualmente?T.7.6.1
procedentes de un 揗iembro?T.7.6.2
car醕ter transitorio del ATV (ATV, pre醡bulo) T.7.1.2
norma de examen, ESD 11, aplicabilidad S.7.6.1
obligaci髇 o no, conforme a la buena fe, de retirarla si aparecen pruebas que muestran errores de hecho de considerable magnitud P.3.1.6, T.7.1.2
揹irectamente?T.7.4.1
perjuicio grave o amenaza real de perjuicio grave (ATV 6 2)), determinaci髇 por un Miembro de la existencia de
prescripci髇 de la debida diligencia, pruebas de que dispone un Miembro, limitaci髇 a E.3.6, S.7.6.1, T.7.2.2
procedimiento, inexistencia de disposici髇 T.7.2.1
搑ama de producci髇 nacional que produce productos similares y/o directamente competidores?T.7.3
揹irectamente? competencia entre productos no similares T.7.4.1
揹irectamente competidores? criterio de intercambiabilidad T.7.4.1
Estados Unidos ?Juegos de azar (WT/DS285/AB/R) volver al principio
AGCS, aplicabilidad (AGCS I) G.1.1.0, G.1.3.1.1-2
搈edidas que afecten al comercio de servicios?(AGCS I.1)
揷omercio de servicios?(AGCS I.2) G.1.1.9
ESD 4.2, comparaci髇 C.7.19, G.1.1.8, R.2.3.15, T.6.3.11
AGCS, Listas de compromisos espec韋icos (AGCS XX), interpretaci髇 G.1.2.1.1-3
como parte integrante del AGCS (AGCS XX.3) G.1.2.1.1, I.3.10.12
contexto
Clasificaci髇 Central de Productos (CPC) G.1.2.2.7
Directrices para la consignaci髇 en Listas de 1993, similitud del texto G.1.2.2.12, I.3.10.14
Lista de Clasificaci髇 Sectorial de los Servicios (documento W/120) G.1.2.2.3, G.1.2.2.5, G.1.2.2.11, I.3.3.4-5
Listas de otros Miembros G.1.2.2.6, G.1.2.2.8
todo acuerdo concertado entre las partes (Convenci髇 de Viena 31.2) a)) o aceptado por las partes (Convenci髇 de Viena 31.2) b)), Clasificaci髇 Central de Productos (CPC) y Lista de Clasificaci髇 Sectorial de los Servicios (documento W/120), en su caso G.1.2.2, I.3.3.4-5
derecho aplicable G.1.2.1.1, I.3.10.12
estructura del acuerdo G.1.1.9, G.1.2.2.4
pr醕tica ulteriormente seguida (Convenci髇 de Viena 31.3) b)), Directrices de 2001, en su caso G.1.2.2.9, I.3.9.6
搒ectores?/p>
ESD 22.3 f), comparaci髇 G.1.2.2.5
evitar la ambig黣dad, necesidad de G.1.2.2.12, I.3.10.14
exclusi髇 mutua G.1.2.2.4
modelo y terminolog韆 comunes, importancia G.1.2.2.12, I.3.10.14
搒ubsector?G.1.2.2.5
trabajos preparatorios (Convenci髇 de Viena 32), documento W/120 y Directrices para la consignaci髇 en Listas de 1993 como G.1.2.2.10-12, G.1.3.4.6, I.3.10.13, I.3.10.14
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26))
procedimiento de soluci髇 de diferencias, entablar un (ESD 3.10) P.3.1.14
obligaci髇 de exponer la defensa con prontitud y claridad B.3.3.15, D.2.2.23, O.1.15
carga de la prueba
defensas y excepciones
AGCS XIV (excepciones generales) B.3.3.16
AGCS XIV a) (prueba de la necesidad) B.3.3.17-19, G.4.3.1-3
obligaci髇 de la parte en dos fases de invocar y demostrar B.3.3.16
r閜lica como obligaci髇 de las partes B.3.3.16, C.2.6, S.7.2.6
onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba B.3.3.17-19, G.4.3.1
presunci髇 de la compatibilidad de una medida con las obligaciones en el marco de la OMC, obligaci髇 de la parte de demostrar la incompatibilidad con respecto a cada uno de los elementos de la reclamaci髇 B.3.2.13
presunci髇 prima facie
pruebas y argumentaci髇 jur韉ica en apoyo de la alegaci髇, necesidad de B.3.2.14-17
como condici髇 previa para pronunciarse sobre una alegaci髇 B.3.2.13, B.3.2.17
obligaci髇 de la otra parte de refutar, si existe la G.4.3.1-2
competencia de los grupos especiales y el 觬gano de Apelaci髇 (ESD 3.2), derecho a desarrollar un razonamiento jur韉ico propio que incluya argumentos no aducidos por las partes (jura novit curia) C.2.6, S.7.2.6
compromisos de acceso a los mercados (AGCS XVI)
medidas que no se han de mantener a menos que en la Lista se especifique lo contrario (AGCS XVI.2) G.1.3.1.1
inclusi髇 de un compromiso en materia de acceso a los mercados, necesidad de la G.1.3.3
limitaciones al n鷐ero de proveedores de servicios (AGCS XVI.2 a)) G.1.3.4.1-6
cero o superior a cero G.1.3.3.1, G.1.3.4.6, T.1.2.8
como limitaci髇 cuantitativa G.1.3.4.1-6
揻orma?G.1.3.4.2-6
objeto y fin del AGCS y G.1.3.4.6
obligaci髇 de leer el art韈ulo en su conjunto G.1.3.4.5
proveedores exclusivos de servicios (AGCS VIII.5) y G.1.3.4.1
limitaciones al n鷐ero total de operaciones de servicios (AGCS XVI.2 c))
como limitaci髇 cuantitativa G.1.3.5.2-5
estructura gramatical G.1.3.5.1
texto/clara redacci髇 G.1.3.5.2
limitaciones al valor total de las transacciones de servicios (AGCS XVI.2 b)) G.1.3.3.1
tipos consolidados iguales o superiores a cero G.1.3.3.1
lista exhaustiva de restricciones abarcadas por el AGCS XVI.1, en su caso G.1.3.2.1
medidas dirigidas a los consumidores G.1.3.6.1
modos de suministro definidos en el AGCS I G.1.3.1.1-2
obligaci髇 de 搕rato no menos favorable?(AGCS XVI.1), de conformidad con los t閞minos especificados en la Lista G.1.3.1.1
diversas formas admisibles G.1.3.5.4
debido proceso (procedimientos de soluci髇 de diferencias)
derecho del grupo especial de adaptar el calendario S.7.2.5
facultades discrecionales de los grupos especiales respecto de las cuestiones de procedimiento (ESD 12.1 y Ap閚dice 3) D.2.2.24
oportunidad de responder a las pruebas/comunicaciones de otras partes B.3.3.15, D.2.2.20-1, O.1.13-14, P.3.1.14
defensa, plazos para plantear la O.1.14-16, S.7.2.5
defensa, plazos, una parte no formula objeciones respecto del momento de la defensa D.2.2.25, O.1.16
derecho interno, interpretaci髇 del M.5.12-14
Excepciones generales (AGCS XIV)
aplicaci髇 causante de discriminaci髇 arbitraria o injustificable o una restricci髇 encubierta del comercio G.4.5.1-4
consultas como G.4.4.4
medida alternativa compatible con la OMC, disponibilidad de una B.3.3.17-19, G.4.3.1-2
consultas como G.4.4.4
obligaci髇 de la parte reclamante de sugerir G.4.4.4
moral u orden p鷅lico (AGCS XIV a)) B.3.3.17-19, G.4.2.1-2
搉ecesarias?/p>
carga de la prueba B.3.3.17-19, G.4.3.1-3
como criterio objetivo G.4.4.1
como medida alternativa G.4.4.4
como un proceso de sopesar y confrontar una serie de factores G.4.3.1, G.4.3.3, G.4.4.2
obligaci髇 de celebrar consultas con la otra parte G.4.4.3-4
orden del an醠isis (cumplimiento de lo dispuesto en el pre醡bulo/excepciones) O.2.11
orden p鷅lico (AGCS, nota 5) G.4.2.2
v韓culo entre la medida y el inter閟 protegido, necesidad de un G.4.1.2, O.2.11
Excepciones generales (GATT XX)
an醠isis doble (justificaci髇 en el marco de los apartados a) a j)/cumplimiento de lo dispuesto en el pre醡bulo) G.4.1.2
medida alternativa compatible con la OMC, disponibilidad de una, como equilibrio de derechos G.4.4.2
AGCS XIV y G.4.1-2
medidas necesarias para lograr la observancia de una medida compatible con el GATT (GATT XX d)), medida alternativa compatible con la OMC, disponibilidad y G.4.4.3
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, Listas de concesiones G.1.2.1.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
estructura del acuerdo G.1.1.9, G.1.2.2.4
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes G.4.1.1-2
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo G.1.3.4.4
gram醫ica, respeto de la G.1.3.5.1
objeto y fin A.7.3.4.6
pluralidad de significados G.1.2.1.2-3, I.3.2.10-11
texto/clara redacci髇 G.1.3.5.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
contexto
art韈ulo en su conjunto G.1.3.4.5
todo acuerdo concertado entre las partes (Convenci髇 de Viena 31.2) a)) o aceptado por las partes (Convenci髇 de Viena 31.2) b)) G.1.2.2.1-2, I.3.3.4-5
Clasificaci髇 Central de Productos (CPC) y Lista de Clasificaci髇 Sectorial de los Servicios (documento W/120), en su caso G.1.2.2.1-2, I.3.3.4-5
diccionarios G.1.2.1.2, G.1.3.4.2, I.3.2.9-10
medios complementarios (Convenci髇 de Viena 32)
documento interpretativo publicado por una parte I.3.10.16
en caso de ambig黣dad G.1.2.2.10, I.3.10.13
pluralidad de idiomas aut閚ticos, texto no aut閚tico, pertinencia G.1.2.1.2, I.3.2.10
pr醕tica ulteriormente seguida por la cual conste el acuerdo de las partes sobre la interpretaci髇 (Convenci髇 de Viena 31 3) b))
acuerdo, necesidad de un G.1.2.2.9, I.3.9.6
coherencia de la pr醕tica, necesidad de una G.1.2.2.9, I.3.9.6
pr醕tica com鷑, necesidad de una G.1.2.2.9, I.3.9.6
Directrices de 2001 del AGCS, si constituyen una G.1.2.2.9, I.3.9.6
pre醡bulo/parte introductoria del art韈ulo objeto de examen G.1.3.3.1, G.4.5.1-4
trabajos preparatorios, AGCS G.1.2.2.10-11, G.1.2.2.12, G.1.3.4.6, G.1.3.5.4, I.3.10.14
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos
搎ue afecten? AGCS I C.7.19, G.1.1.8, R.2.3.15, T.6.3.11
搒ector?(ESD 22.3 f)) G.1.2.2.4-5
搒ector?(AGCS XX) G.1.2.2.4-5
Listas de concesiones (GATT II)
derechos de aduana propiamente dichos que excedan de los fijados en la lista (GATT II.1 b)), tipos iguales a cero, aplicabilidad a T.1.2.8
interpretaci髇 y aclaraci髇 T.1.2.8
mandato de los grupos especiales (ESD 7), 揳sunto sometido al OSD? como se identifica en el ESD 6.2, medida en litigio como S.7.2A.6-7
norma de examen (ESD 11)
揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido?/p>
constataci髇 ultra petita respecto de una disposici髇 no sometida a su consideraci髇 S.7.2.6
discrecionalidad para decidir qu?problemas jur韉icos se han de tratar C.4.26, G.4.5.2, J.1.19, S.7.2.7
error de derecho, necesidad de exponer todas las cuestiones examinadas, o no G.4.2.2
una parte no plantea cuestiones de las que supuestamente se ha hecho caso omiso G.4.5.3
揺valuaci髇 objetiva de los hechos?/p>
pruebas, supuesta desestimaci髇 o distorsi髇 por el grupo especial G.4.5.4
discrecionalidad en la selecci髇 de las pruebas pertinentes G.4.5.2, J.1.19
evaluaci髇 de la legislaci髇 de la parte reclamante, pertinencia G.4.4.5
insuficiencia de las pruebas, pertinencia S.7.2.6, S.7.2A.6, S.7.2A.6-7
texto de la medida a falta de pruebas S.7.2A.7
搊tras conclusiones que ayuden al OSD?J.1.19
orden del an醠isis, AGCS XIV (pre醡bulo/excepciones) O.2.11
Procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Ap閚dice 3), alta calidad de los informes/evitaci髇 de retrasos, flexibilidad para lograr equilibrio (ESD 12.2) D.2.2.24-5, E.3.5
pruebas (procedimiento de los grupos especiales) (ESD 12)
como proceso de dos etapas, r閜lica a los argumentos y las pruebas B.3.3.16, C.2.6, S.7.2.6
plazos para la presentaci髇, partes demandadas B.3.3.15, D.2.2.22, O.1.13-16
solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones aplicables a la (ESD 6.2)
fundamentos de derecho de la reclamaci髇, especificidad suficiente para presentar el problema con claridad R.2.2.20
identificaci髇 de la medida concreta en litigio
損r醕tica?como medida R.2.3.17, T.6.3.12
損rohibici髇 total?R.2.3.16
soluci髇 pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a una (ESD 3)
menoscabo de ventajas por medidas adoptadas por otro Miembro (ESD 3.3)
atribuci髇 de la medida al Miembro demandado, necesidad de la C.7.19, G.1.1.8, R.2.3.15, T.6.3.11
medida sea fuente del supuesto menoscabo, necesidad de que la C.7.19, G.1.1.8, R.2.3.15, T.6.3.11
Estados Unidos ?Ley de 1916 (WT/DS136/AB/R; WT/DS162/AB/R)
volver al principio
acervo del GATT J.2.1.9, L.1.1, M.1.1-2
Acuerdo Antidumping (AD), consultas y soluci髇 de diferencias (AD 17)
揷uesti髇? remisi髇 al OSD (AD 17.4), identificaci髇 de la medida en litigio, necesidad de (ESD 6.2) A.3.56.4-5
fundamento jur韉ico de las consultas/reclamaci髇 (AD 17.3/AD 17.4)
legislaci髇 en s?misma A.3.55.2, A.3.56.6-7, J.2.1.10-11, L.1.2
搈edida?(AD 17.4), derechos antidumping definitivos A.3.56.4-7
GATT XXII y XXIII, comparaci髇 A.3.55.2, L.1.2
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de dumping (AD 2)
efectos perjudiciales en la rama de producci髇 nacional, pertinencia (AD 2/GATT VI:1) A.3.1.1
elementos constitutivos, intenci髇 de dumping, o no (AD 2/GATT VI:1) A.3.1.1, A.3.61.1
Acuerdo Antidumping (AD), GATT de 1994 VI y
Acuerdo AD como acuerdo relativo a la aplicaci髇 de GATT VI A.3.64.2
Acuerdo AD y GATT de 1994 como parte integrante del OMC, Acuerdo sobre A.3.64.1
醡bito de aplicaci髇 de GATT VI aclarado por AD 18.1 (medida específica contra el dumping) A.3.65.3-5
aplicabilidad de GATT VI que entra馻 la aplicabilidad del Acuerdo AD A.3.64.2
dumping, elementos constitutivos (AD 2/GATT VI:1)
efectos perjudiciales en la rama de producci髇 nacional A.3.65.1
intenci髇 de dumping A.3.1.1, A.3.61.1, A.3.65.1
損odr?percibir?(GATT VI:2) como limitaci髇 al Miembro a optar entre establecer o no un derecho antidumping (AD 9) A.3.65.2
Acuerdo Antidumping (AD), obligaci髇 de asegurarse de la conformidad con el AD de las leyes, reglamentos y procedimientos administrativos internos (AD 18.4) A.3.62.1
搇eyes, reglamentos y procedimientos administrativos? determinaci髇 de la condici髇 jur韉ica mediante referencia a la normativa de la OMC L.1.1-3
procedimientos de soluci髇 de diferencias, aplicabilidad al A.3.62.1
apelaci髇 condicional C.5.1
competencia (grupos especiales)
objeciones, prescripciones, oportunidad J.2.1.8
obligaci髇 de examinar, en cualquier etapa de los procedimientos J.2.1.8
reclamaciones contra la legislaci髇 en s?misma A.3.55.2, A.3.56.6-7, J.2.1.9-10, L.1.1-3, M.1.1-4
debido proceso (procedimientos de soluci髇 de diferencias)
facultades discrecionales de los grupos especiales respecto de las cuestiones de procedimiento (ESD 12 y Ap閚dice 3) D.2.2.11
participaci髇 en los procedimientos de los grupos especiales, terceros D.2.2.11
decisiones, procedimientos y pr醕tica consuetudinaria con arreglo al GATT de 1947 (OMC XVI:1) J.2.1.9, L.1.1, M.1.1-2
derechos de tercero T.8.2
procedimiento de los grupos especiales (ESD 10 y Ap閚dice 3), facultades discrecionales del grupo especial y, ampliaci髇 de conformidad con el debido proceso T.8.2
ESD, aplicabilidad
consultas y soluci髇 de diferencias en materia antidumping (AD 17) L.1.2
obligaci髇 de asegurarse de la conformidad (AD 18.4) A.3.62.1
GATT de 1947, importancia constante en el marco de la OMC, decisiones, procedimientos y pr醕tica consuetudinaria con arreglo al GATT de 1947 (OMC XVI:1) J.2.1.9, L.1.1, M.1.1-2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
acervo del GATT J.2.1.9, L.1.1, M.1.1-2
contexto, GATT VI/AD, relaci髇 entre A.3.64, A.3.65.1-7
legislaci髇 en sí misma, impugnaci髇 derecho a impugnar A.3.55.2, A.3.56.6-7, J.2.1.9-10
GATT de 1947, XXIII:1 a) y J.2.1.9, L.1.1
legislaci髇 imperativa/discrecional, posibilidad de distinguir J.2.1.9, L.1.1, M.1.1-4
facultades discrecionales ejecutivas y M.1.4
medida espec韋ica contra el dumping (AD 18.1) o una subvenci髇 (SMC 32.1)
adopci髇 de medidas al amparo de otras disposiciones pertinentes del GATT de 1994, distinci髇 (AD 18.1, nota 24) A.3.61.2, A.3.61.4
conformidad con las disposiciones de GATT VI, seg鷑 se interpretan en el Acuerdo Antidumping A.3.61.3, A.3.65.5-7
medida espec韋ica contra el dumping (AD 18.1) o una subvenci髇 (SMC 32.1), prescripciones
conformidad con las disposiciones de GATT VI, seg鷑 se interpretan en el Acuerdo Antidumping, procedimientos civiles y penales y sanciones, cuesti髇 de si A.3.65.7
intenci髇 de dumping, pertinencia A.3.61.1
medida contra el dumping/una subvenci髇, dise駉 y estructura de la medida como prueba de aplicaci髇 con fines de protecci髇 A.3.65.6
medida espec韋ica al dumping/a una subvenci髇 A.3.61.1-3, A.3.65.6
presencia de elementos constitutivos del dumping/de una subvenci髇 A.3.61.1
precedente, decisiones, procedimientos y pr醕tica consuetudinaria con arreglo al GATT de 1947 (OMC XVI:1) J.2.1.9, L.1.1, M.1.1-2
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇), audiencia (PTEA 27), audiencia conjunta W.2.11.2
solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2), identificaci髇 de la medida en litigio A.3.56.4-5
Estados Unidos ?Ley de compensaci髇 (Enmienda Byrd) (WT/DS217/AB/R; WT/DS234/AB/R)
volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), consultas y soluci髇 de diferencias (AD 17)
fundamento jur韉ico de las consultas/reclamaci髇 (AD 17.3/AD 17.4), legislaci髇 en s?misma A.3.54.1
GATT XXII y XXIII comparaci髇 A.3.54.1
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de dumping (AD 2)
elementos constitutivos A.3.61.8, S.2.36.4
intenci髇 de dumping, o no (AD 2/GATT VI:1) M.5.7
Acuerdo Antidumping (AD), GATT de 1994 VI y, dumping, elementos constitutivos (AD 2/GATT VI:1), intenci髇 de dumping M.5.7
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2))
derecho a defender los propios intereses y W.2.7.1.2
objeci髇 relativa a la jurisdicci髇 del grupo especial J.2.1.15, O.1.8, W.2.7.1.3
resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)) W.2.7.1.2
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26))
cumplimiento de las obligaciones contra韉as en el marco de la OMC P.3.1.10
infracci髇 de obligaci髇, pertinencia para la determinaci髇 de buena fe P.3.1.10
competencia (grupos especiales)
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2)), objeci髇 relativa a la jurisdicci髇 del grupo especial T.6.1.11
objeciones, prescripciones, anuncio de apelaci髇, inclusi髇 en J.2.1.15, O.1.8, T.6.1.11
obligaci髇 de examinar
en cualquier etapa de los procedimientos W.2.7.1.3
ex proprio motu J.2.1.15
reclamaciones contra la legislaci髇 en s?misma A.3.54.1
competencia (觬gano de Apelaci髇), finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6), base f醕tica, limitaci髇 a las constataciones del grupo especial y los hechos indiscutidos del expediente del grupo especial S.3.3.11
cumplimiento, obligaciones en el marco de la OMC, principio de buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda) P.3.1.10
derechos compensatorios (SMC, Parte V), cumplimiento de lo dispuesto en GATT VI:3 y el Acuerdo SMC (SMC 10), respuestas admisibles a las subvenciones susceptibles de medidas compensatorias S.2.36.10
ESD, aplicabilidad, consultas y soluci髇 de diferencias en materia antidumping (AD 17) A.3.54.1
informes de grupos especiales
pluralidad de partes reclamantes (ESD 9), informes del grupo especial separados, derecho a (ESD 9.2) P.1.3
pronta soluci髇 P.1.3.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
objeto y fin P.1.3.1
principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) I.3.7.9
sentido que debe atribuirse a cada palabra y expresi髇 I.3.7.9
texto/clara redacci髇 I.3.2.7
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
antecedentes legislativos (nacionales) I.3.4.2
ambig黣dad, pertinencia a falta de I.3.4.2
concluyente, car醕ter I.3.4.2
diccionarios I.3.2.7
notas al tratado A.3.61.14, S.2.36.9
investigaci髇 de la existencia de dumping (AD 5)/subvenci髇 (SMC 11)
apoyo de la rama de producci髇 nacional, necesidad de (AD 5.4/SMC 11.4)
揺xpresi髇 de apoyo?A.3.28.1, S.2.20.1
motivos, pertinencia A.3.28, S.2.20.1
legislaci髇 en sí misma, impugnaci髇 derecho a impugnar A.3.54.1
mandato de los grupos especiales (ESD 7), como definici髇 de jurisdicci髇/alegaciones jur韉icas planteadas, alegaciones jur韉icas comprendidas en el mandato, limitaci髇 de la jurisdicci髇 a T.6.2.18
medida espec韋ica contra el dumping (AD 18.1) o una subvenci髇 (SMC 32.1), prescripciones S.2.36
medida contra el dumping/una subvenci髇 A.3.61.5, A.3.61.11-13, S.2.36.1-2, S.2.36.6-8
consecuencias en las condiciones de competencia, pertinencia A.3.61.12, S.2.36.7
dise駉 y estructura de la medida como prueba de aplicaci髇 con fines de protecci髇 A.3.61.11-12, S.2.36.6-7
facilitaci髇 del ejercicio de derechos que son compatibles con las normas de la OMC, distinci髇 A.3.61.13, S.2.36.8
influencia desfavorable A.3.61.11, S.2.36.6, T.6.2.18
medida espec韋ica al dumping/a una subvenci髇 A.3.61.5-7
medida relacionadas con, distinci髇 (AD 18.1 nota 24/SMC 32.1 nota 56) A.3.61.13, S.2.36.8
presencia de elementos constitutivos del dumping/de una subvenci髇 A.3.61.7-9, S.2.36.4
como condici髇 impl韈ita A.3.61.9-10
norma de examen (ESD 11), 揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido? constataci髇 ultra petita respecto de una disposici髇 no sometida a su consideraci髇 T.6.2.18
pluralidad de partes reclamantes (ESD 9)
informes del grupo especial separados, derecho a (ESD 9.2) P.1.3
procedimiento, facultades discrecionales del grupo especial P.1.3.2
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇), sustituci髇 en una secci髇 (PTEA 13) W.2.5.2
procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Ap閚dice 3), facultades discrecionales del grupo especial, pluralidad de partes reclamantes y (ESD 9) P.1.3.2
soluci髇 pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), efecto sobre, informes del grupo especial separados en caso de pluralidad de partes reclamantes (ESD 9.2) y P.1.3.1
subvenci髇, definici髇 (SMC 1) A.3.61.8, S.2.36.3
Estados Unidos ?Madera blanda IV (WT/DS257/AB/R)
volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de da駉 (AD 3), prescripci髇 relativa a 損ruebas positivas?/ 揺xamen objetivo?(AD 3.1), 揺xamen objetivo? extrapolaci髇 de las constataciones relativas a los productores/exportadores examinados a los productores/exportadores no examinados (AD 6.10) S.2.27.1
Acuerdo SMC
c醠culo de una subvenci髇 en funci髇 del beneficio obtenido por el receptor (SMC 14)
adecuaci髇 de la remuneraci髇 (SMC 14 d)) S.2.23
揳decuada?S.2.23.1
揷ondiciones ?en el mercado?S.2.23.2
揺n relaci髇 con?S.2.23.3
precios privados/papel del gobierno en el mercado, pertinencia S.2.23.3-4, S.2.24
搑emuneraci髇?S.2.23.1
interpretaci髇 amplia, necesidad de S.2.1.3
m閠odo, derecho a elegir (SMC 14, parte introductoria) S.2.22
objeto y fin, marco equilibrado de derechos y obligaciones relacionados con los derechos compensatorios S.2.1.3-4
competencia (觬gano de Apelaci髇)
finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6) C.4.20
base f醕tica
conflictividad/omisi髇/insuficiencia de los hechos C.4.20
constataciones de hecho subsidiarias formuladas por el grupo especial C.4.20
derechos compensatorios (SMC, Parte V)
como recurso para contrarrestar los beneficios de las subvenciones S.2.1.4
condiciones previas (SMC 19.1), da駉 a la rama de producci髇 nacional S.2.1.4
cumplimiento de lo dispuesto en GATT VI:3 y el Acuerdo SMC (SMC 10) S.2.41.4-5
investigaci髇 global, suficiencia (SMC 19.3) S.2.27.1-2
nivel, cuant韆 de la subvenci髇 existente, limitaci髇 a, c醠culo por unidad S.2.28
sin discriminaci髇 (SMC 19.3) S.2.27
escritos de amicus curiae A.2
escritos de ONG/particulares A.2.1.13
argumentos no tratados ni adoptados por los participantes o los terceros A.2.1.13
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
interpretaci髇 restringida/amplia S.2.1.3
pluralidad de idiomas aut閚ticos (Convenci髇 de Viena 33) I.3.11.3
presunci髇 de igual sentido (Convenci髇 de Viena 33 3) I.3.11.3
principio de efectividad y I.3.11.3
principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile), pluralidad de idiomas aut閚ticos y (Convenci髇 de Viena 33 3) I.3.11.3
sentido corriente I.3.2.8
texto/clara redacci髇 I.3.2.8
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
contexto, GATT VI/Acuerdo SMC, relaci髇 entre S.2.41.4-5
diccionarios I.3.2.8
historia de la negociaci髇, Acuerdo SMC S.2.3.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos, 揵ienes?(SMC 1.1 a) iii)) S.2.1.2, S.2.6
legislaci髇 en sí misma, impugnaci髇 derecho a impugnar, caracterizaci髇 por las autoridades nacionales, pertinencia M.5.10
OMC, Acuerdo sobre, conflicto entre los acuerdos abarcados constitutivos, precedencia (OMC, Anexo 1A) S.2.41.4
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇)
desistimiento de la apelaci髇 (PTEA 30) W.2.13.1.7
a reserva del derecho a presentar un nuevo anuncio de apelaci髇 de conformidad con PTEA 20 W.2.13.1.7
plan de trabajo (PTEA 26), modificaci髇 en circunstancias excepcionales a petici髇 de partes, participantes o terceros participantes (PTEA 16.2) W.2.10.1.4
sustituci髇 en una secci髇 (PTEA 13) W.2.5.3
subvenci髇, definici髇 (SMC 1)
contribuci髇 financiera (SMC 1.1 a) 1))
condonaci髇 de ingresos que en otro caso se percibir韆n (SMC 1.1 a) 1) ii)) S.2.3.1
medidas gubernamentales que no constituyen S.2.3.1
suministro de bienes o servicios (SMC 1.1 a) 1) iii)) S.2.1.2, S.2.3.1
揵ienes?S.2.6
compras de los gobiernos S.2.3.1, S.2.6.1
搒uministro?S.2.7
susceptibilidad de separaci髇 de bienes sujetos a la tierra, pertinencia S.2.6.2-4
transferencia de subvenci髇 indirecta a los insumos al producto objeto de derechos compensatorios, necesidad de (SMC 1.1/GATT VI:3) S.2.23.1
transferencia directa de fondos (SMC 1.1 a) 1)) S.2.3.1
揷oncedida directa o indirectamente?(SMC 10, nota 36/GATT VI:3) S.2.43.1-3
cumplimiento simult醤eo de todos los criterios, pertinencia S.2.7.2
sostenimiento de los ingresos o de los precios (SMC 1.1 a) 2)) S.2.3.1
transferencia de subvenci髇 indirecta a los insumos al producto objeto de derechos compensatorios, necesidad de (SMC 1.1/GATT VI:3) S.2.10, S.2.43
subvenci髇 a la exportaci髇, definici髇, GATT VI:4/SMC 10 y 32.1, compatibilidad S.2.41.4, S.2.41.5
Estados Unidos ?Madera blanda V (WT/DS264/AB/R)
volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de dumping (AD 2)
c醠culo de los m醨genes de dumping (AD 2.4)
comparaci髇 del promedio ponderado del valor normal con el promedio ponderado de los precios de todas las transacciones de exportaci髇 comparables A.3.14.7, A.3.14.9
promedios m鷏tiples (AD 2.4.2) A.3.14.6, A.3.14.9-11
tipos de productos/producto en su conjunto (AD 2.4.2) A.3.60.5
搑educci髇 a cero?A.3.14.11
producto realmente objeto de investigaci髇/tipo o modelo de, distinci髇 A.3.14.8-9
omisi髇 de 揷omparaci髇? pertinencia A.3.9A.1-2
transacciones de venta no realizadas 揺n el curso de operaciones comerciales normales?/p>
搕omar醤 en consideraci髇 todas las pruebas disponibles de que la imputaci髇 de los costos ha sido la adecuada?(AD 2.2.1.1)
搕odas las pruebas disponibles?A.3.9A.2
搕omar en consideraci髇?A.3.9A.1-2
搑eflejen razonablemente?los costos de producci髇 (AD 2.2.1.1) A.3.9B.1-2
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de da駉 (AD 3), c醠culo del volumen de las importaciones objeto de dumping, prescripci髇 relativa a 損ruebas positivas?揺xamen objetivo?(AD 3.1), AD 17.6 ii), pertinencia A.3.60.5
Acuerdo Antidumping (AD), reglas de la prueba (AD 6), examen individual de todos los productores, alternativas en caso de resultar imposible (AD 6.10) A.3.37
Acuerdo Antidumping (AD), establecimiento y percepci髇 de derechos antidumping (AD 9), c醠culo de la tasa de derecho antidumping correspondiente a 搕odos los dem醩?(AD 9.4), m醨genes nulos/de minimis, exclusi髇 de los A.3.14.10
Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6), interpretaci髇 de las disposiciones pertinentes del AD (AD 17.6 ii)), 搒e presta a varias interpretaciones admisibles?A.3.60.5
examen en apelaci髇 (ESD 17), informes del 觬gano de Apelaci髇, apoyo del grupo especial en S.8.4
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales de interpretaci髇 del derecho internacional p鷅lico [codificadas en la Convenci髇 de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)], AD 17.6 ii) A.3.60.5
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo A.3.9A.1
pluralidad de interpretaciones admisibles, 揳dmisible?A.3.60.5
precedente, informes del 觬gano de Apelaci髇 S.8.3
Estados Unidos ?Medidas compensatorias sobre
determinados productos de las CE (WT/DS212/AB/R)
volver al principio
Acuerdo SMC, c醠culo de una subvenci髇 en funci髇 del beneficio obtenido por el receptor (SMC 14), 揵eneficio? (SMC 1.1 b)) y S.2.9.6
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2))
derecho a defender los propios intereses y W.2.7.1.1, W.2.7.4.1-2
modificaci髇 W.2.7.4
resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)) W.2.6.9-10, W.2.7.1.1, W.2.7.3.2
alegaci髇 de no realizaci髇 por el grupo especial de una evaluaci髇 objetiva (ESD 11), necesidad de referencia espec韋ica S.3.2.2, W.2.7.5, W.2.7.5.1
competencia (grupos especiales), reclamaciones contra la legislaci髇 en s?misma M.1.6
competencia (觬gano de Apelaci髇), cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (ESD 17.6), supuesta no realizaci髇 por el grupo especial de una evaluaci髇 objetiva (ESD 11) S.3.2.2
derechos compensatorios (SMC, Parte V)
condiciones previas (SMC 19.1), beneficio S.2.26.1, S.2.29.1
cumplimiento de lo dispuesto en GATT VI:3 y el Acuerdo SMC (SMC 10) S.2.29.1
duraci髇 (SMC 21.1) S.2.29.1
examen de la necesidad de mantener el derecho (SMC 21.2) S.2.29.1, S.2.31.6-7
nivel
cuant韆 de la subvenci髇 existente, limitaci髇 a S.2.29.1
揺n la medida necesaria?(SMC 21.1) S.2.29.1
privatizaci髇, pertinencia S.2.31.6-7
exenci髇 fiscal, como elusi髇 de compromisos en materia de subvenciones a la exportaci髇 S.2.9.7
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios, contexto, tratado/tratados en su conjunto S.2.9.7
legislaci髇 en sí misma, impugnaci髇 derecho a impugnar, legislaci髇 imperativa/discrecional, posibilidad de distinguir M.1.6
privatizaci髇
necesidad continuada de aplicar derechos compensatorios y S.2.31.6-7
otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) y S.2.9.5, S.2.9.9, S.2.31.6-7
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇), equidad y orden de las actuaciones, adopci髇 del procedimiento que convenga(PTEA 16.1), anuncio de apelaci髇 no conforme con las prescripciones y W.2.6.9-10
subvenci髇, definici髇 (SMC 1)
contribuci髇 financiera (SMC 1.1 a) 1)), transferencia directa de fondos (SMC 1.1 a) 1)), 揷oncedida directa o indirectamente?(SMC 10, nota 36/GATT VI:3) S.2.9.7
otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) S.2.9.5-9, S.2.26.1, S.2.29.1
揵eneficio? costo para el gobierno, pertinencia S.2.9.5
privatizaci髇, pertinencia S.2.9.5, S.2.9.9, S.2.31.6-7
receptor
揷ualquiera que sea su procedencia, declaradas subvencionadas?(SMC 19.3) S.2.9.7
揺mpresa receptora?(SMC, Anexo IV) S.2.9.7
empresas/propietarios, pertinencia de la distinci髇 S.2.9.6-8
揺xportador o productor extranjero?(SMC 11.2 ii)) S.2.9.7
揻abricaci髇, producci髇 o exportaci髇 de cualquier mercanc韆?(SMC 10, nota 36) S.2.9.7, S.2.9.8
grupo de personas S.2.9.7
necesidad de S.2.9.6
persona f韘ica o jur韉ica como S.2.9.7
搖na empresa o rama de producci髇 o un grupo de empresas o ramas de producci髇?S.2.9.7
搖na empresa o rama de producci髇?(SMC, Anexo I) S.2.9.7
搖na rama de producci髇?(SMC 6.1 b)) S.2.9.7
Estados Unidos ?Plomo y bismuto II (WT/DS138/AB/R)
volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6), no aplicabilidad al a los acuerdos abarcados distintos del Acuerdo Antidumping, incluidos los Acuerdos SMC y MSF A.3.58.1, A.3.63.1-2, S.7.1.4
Acuerdo SMC
Declaraci髇 relativa a la soluci髇 de diferencias de conformidad con el Acuerdo relativo a la Aplicaci髇 del Art韈ulo VI del GATT de 1994 (Acuerdo Antidumping) o con la Parte V del Acuerdo SMC
efecto jur韉ico A.3.63.1
norma de examen, inexistencia de disposici髇 A.3.63.1
examen de la necesidad de mantener el derecho o derechos compensatorios (SMC 21.2), distinci髇 S.2.31.3
carga de la prueba, examen de si sigue siendo necesario aplicar derechos compensatorios (SMC 21.2) S.2.31.1-2
derechos compensatorios (SMC, Parte V)
derechos compensatorios (SMC, Parte V), examen de la necesidad de mantener el derecho (SMC 21.2), carga/norma de la prueba S.2.31.3
examen de la necesidad de mantener el derecho (SMC 21.2) S.2.31.1-3
carga/norma de la prueba S.2.31.3
econom韆 procesal J.1.8
facultad discrecional del grupo especial para determinar, qu?alegaciones deben examinarse J.1.8
escritos de amicus curiae A.2
escritos de ONG/particulares A.2.1.7-10
facultades discrecionales de los grupos especiales para aceptar/rechazar A.2.1.7-10
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices, inexistencia de disposici髇, pertinencia A.2.1.7
legitimaci髇 para/derecho a presentar una reclamaci髇 (ESD 3.7), Miembros de la OMC, limitaci髇 a A.2.1.8
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇)
derechos de tercero, procedimiento de los grupos especiales (ESD 10 y Ap閚dice 3), Miembros 搎ue tengan un inter閟 sustancial en un asunto sometido a un grupo especial, limitaci髇 a (ESD 10.2) A.2.1.8
determinaci髇 por el 觬gano de Apelaci髇 (ESD 17.9) A.2.1.7
equidad y orden de las actuaciones, adopci髇 del procedimiento que convenga(PTEA 16.1), nueva audiencia tras el fallecimiento de Miembro de la secci髇 que conoc韆 de la apelaci髇 W.2.6.8
plan de trabajo (PTEA 26), pr髍roga del plazo para la distribuci髇 del informe del informe del 觬gano de Apelaci髇, fallecimiento de miembro de la secci髇 que conoc韆 de la apelaci髇 W.2.10.2.2
sustituci髇 en una secci髇 (PTEA 13) W.2.5.1, W.2.6.8
solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2), fundamentos de derecho de la reclamaci髇, argumentos, distinci髇 C.1.7
subvenci髇, definici髇 (SMC 1)
otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) S.2.9.3-4
揵eneficio?S.2.9.4
receptor
necesidad de S.2.9.3
persona f韘ica o jur韉ica como S.2.9.3
Estados Unidos ?Ropa interior (WT/DS24/AB/R) volver al principio
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) I.3.7.3
sentido corriente I.3.7.3
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇), respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12.3
publicaci髇 y aplicaci髇 de los reglamentos comerciales (GATT X), medidas de car醕ter general (GATT X:2) P.5.2
retroactividad (medidas comerciales) (ATV 6.10) R.3, T.7.7
Textiles y Vestido, Acuerdo sobre (ATV), salvaguardias de transici髇 (ATV 6)
aplicaci髇 provisional (ATV 6.11) T.7.8
retroactividad (ATV 6.10) R.3, T.7.7
Estados Unidos ?Salvaguardias sobre el acero (WT/DS248/AB/R; WT/DS249/AB/R;
WT/DS251/ABR; WT/DS252/AB/R; WT/DS253/AB/R; WT/DS254/AB/R; WT/DS258/AB/R;
WT/DS259/AB/R) volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de da駉 (AD 3)
evaluaci髇 de los factores de da駉 (AD 3.4)
manera de evaluar una relaci髇 causal (AD 3.5)
efecto colectivo, exigencia o no de examen A.3.26.4
evaluaci髇 de factores que se sabe que no existen, pertinencia A.3.26.4
anuncio de apelaci髇, prescripciones (PTEA 20 2), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jur韉icas (PTEA 20 2) d)), alegaci髇 de no realizaci髇 por el grupo especial de una evaluaci髇 objetiva (ESD 11), necesidad de referencia espec韋ica W.2.7.5.4
carga de la prueba, evoluci髇 imprevista de las circunstancias, medidas de salvaguardia (GATT XIX:1 a)) S.1.22.3
competencia (觬gano de Apelaci髇)
econom韆 procesal y S.1.32.3
finalizaci髇 del an醠isis jur韉ico (ESD 17.6) C.4.19
base f醕tica, conflictividad/omisi髇/insuficiencia de los hechos C.4.19
en caso de acuerdo con la constataci髇 del grupo especial C.4.19
derecho aplicable, determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4) S.1.20.1-2
derecho interno, como derecho aplicable, determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4) S.1.20.1-2
econom韆 procesal
examen en apelaci髇 y S.1.32.3
suposiciones interdependientes, invocaci髇 de S.1.32.1
examen de novo de los hechos, exclusi髇 S.7.5.3-4
informes de grupos especiales, justificaci髇, necesidad de (ESD 12.7) P.1.1.6
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo S.1.14.1
sentido corriente S.1.8.2
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, t閞minos y expresiones espec韋icos
揷onclusi髇?(SG 3.1) S.1.22.1
揻undamentadas?S.1.22.1
investigaci髇 de las condiciones para la aplicaci髇 de medidas de salvaguardia, prescripciones (SG 3.1/SG 4.2 c)) S.1.18
an醠isis detallado S.1.18.1, S.7.5.3
constataciones y conclusiones fundamentadas S.1.18.1, S.1.22, S.7.5.3-4
揷onclusi髇?S.1.22.1
explicaciones m鷏tiples S.1.20.2
揻undamentadas?S.1.22.1
sobre las cuestiones pertinentes de hecho y de derecho S.1.18.1-2, S.1.33.1, S.1.46.2-3
demostraci髇 de la pertinencia de los factores examinados S.1.18.1
informe publicado S.1.18.1, S.1.21.4
elementos fundamentales
conclusiones fundamentadas S.1.22
evoluci髇 imprevista de las circunstancias S.1.46.2-3, S.1.47.1
揺nuncien?S.1.22.1
forma, libertad de elecci髇 S.1.21.4
medidas de salvaguardia, caracter韘ticas, car醕ter excepcional de las medidas correctivas S.1.45.2
medidas de salvaguardia, condiciones (SG 2)
como cuestiones pertinentes de hecho y de derecho (SG 3.1) S.1.18.2, S.1.33.1
condiciones excepcionales, necesidad de S.1.45.2
cumplimiento de todos los requisitos S.1.1.2
determinaciones separada S.1.15
揾an aumentado en tal cantidad?/p>
揷omo consecuencia de la evoluci髇 imprevista de las circunstancias?(GATT XIX:1 a)) S.1.6.2-3, S.1.50.4-5
carga de la prueba S.1.22.3
揷omo consecuencia de?S.1.48
como cuesti髇 pertinente de hecho y de derecho S.1.50.4-5
demostraci髇, necesidad de S.1.50.4-5
揹icho producto?S.1.49
disminuci髇 de las cuant韆s de importaci髇 al final del periodo objeto de investigaci髇, pertinencia S.1.8.2-3
揺l ritmo y la cuant韆 del aumento ?en t閞minos absolutos y relativos?(SG 4.2 a)) S.1.7.3-4
揺n relaci髇 con la producci髇 nacional?S.1.9.1
suficiente para causar o amenazar causar un da駉 grave S.1.6.2
relaci髇 de causalidad, necesidad de demostrar S.1.31.7
tendencias, necesidad de examinar S.1.7.2-4
搇as importaciones ?han aumentado?(搃s being imported? (SG 2.1), como aumento s鷅ito y reciente S.1.6.2
paralelismo entre SG 2.1 y SG 2.2 S.1.13.1.3
independientemente de la fuente de donde proceda, 損roducto ?importado?S.1.13.1.3
損roductos similares o directamente competidores? (SG 2.1), producto espec韋ica, necesidad de S.1.49.1-3
medidas de salvaguardia, determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4), prescripciones
derecho aplicable S.1.20.1-2
evaluaci髇 de todos los factores pertinentes (SG 4.2 a))
揹e car醕ter objetivo y cuantificable?(SG 4.2 a)) S.1.31.7
揻actores, distintos del aumento de las importaciones?(SG 4.2 b))
importaciones excluidas de la medida de salvaguardia como S.1.14.1
no atribuci髇, necesidad de demostraci髇 de S.1.14.2, S.1.31.7
explicaci髇 razonada y adecuada S.1.2.3, S.1.14.1-2, S.1.31.7, S.1.46.2-3
medidas de salvaguardia, norma/facultades de examen
evaluaci髇 de los elementos de hecho
como preliminar para la determinaci髇 de una relaci髇 de causalidad S.1.32.2
examen en profundidad de la explicaci髇 搑azonada y adecuada? necesidad de S.1.2.3, S.1.22.1-2, S.1.46.3
explicaci髇 razonada y adecuada, necesidad de, disminuci髇 de las importaciones (SG 2.1) S.1.8.3
medidas de salvaguardia, obligaciones de publicaci髇 (SG 4.2 c)) S.1.33
evoluci髇 imprevista de las circunstancias, necesidad de incluir S.1.33.1
interpretaci髇 por referencia a SG 3 (investigaci髇) S.1.33.1
norma de examen (ESD 11)
揺valuaci髇 objetiva de los hechos?(ESD 11), examen de novo, exclusi髇 S.7.5.3-4
揺valuaci髇 objetiva del asunto que se le haya sometido? examen en profundidad de la explicaci髇, necesidad de S.1.2.3, S.1.22.1-2, S.7.5.3-4
publicaci髇 de un an醠isis del caso objeto de investigaci髇 (SG 4.2 c)) S.1.33
Estados Unidos ?Tubos (WT/DS202/AB/R) volver al principio
Acuerdo Antidumping (AD), determinaci髇 de la existencia de da駉 (AD 3), evaluaci髇 de los factores de da駉 (AD 3.4), manera de evaluar una relaci髇 causal (AD 3.5), no atribuci髇 a las importaciones objeto de dumping del da駉 causado por otros factores (AD 3.5), Acuerdo sobre Salvaguardias (SG 4.2 b)), comparaci髇 S.1.43
buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convenci髇 de Viena 26)), cumplimiento de las obligaciones contra韉as en el marco de la OMC S.1.42.4
carga de la prueba
presunci髇 prima facie S.1.36.3
a falta de refutaci髇 S.1.36.3
como continuo, 揹a駉 grave?(SG 4.1 a))/ 揳menaza de da駉 grave?(SG 4.1 b)), como continuo S.1.23.2
compensaci髇
ajuste compensatorio por la modificaci髇 de las listas (GATT XXVIII:2) S.1.38.2, S.1.42.4
de los efectos desfavorables de las medidas de salvaguardia (SG 8.1) S.1.38.2, S.1.42.4
cumplimiento, obligaciones en el marco de la OMC, principio de buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda) S.1.42.4
derecho aplicable, determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4) M.5.6, S.1.4.1
derecho interno, como derecho aplicable, determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4) M.5.6, S.1.4.1
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, directrices
expresiones iguales o estrechamente relacionadas en el mismo acuerdo S.1.13.1.2
objeto y fin I.3.2.6
texto/clara redacci髇 I.3.2.6
interpretaci髇 de los acuerdos abarcados, medios
contexto I.3.2.6
título S.1.35.4
investigaci髇 de las condiciones para la aplicaci髇 de medidas de salvaguardia, prescripciones (SG 3.1/SG 4.2 c))
informe publicado S.1.21.3
elementos fundamentales
condiciones (SG 2.1/GATT XIX:(a)) S.1.21.3
da駉 amenaza de da駉 grave S.1.21.3
medidas de salvaguardia (Acuerdo sobre Salvaguardias (SG/GATT XIX (medidas de urgencia))), aplicaci髇 de medidas (SG 5)
importaciones, limitaci髇 a las S.1.35.4
modulaci髇 de los contingentes y (SG 5.2 b)) S.1.37
proporcionalidad (揺n la medida necesaria? (SG 5.1) S.1.34.2-3
alcance del da駉 como criterio S.1.34.3
揹a駉 grave?(SG 5.1)/ 揹a駉 grave?(SG 4.2 a)), distinci髇 S.1.35.2
derecho a aplicar medidas, distinci髇 S.1.35.2
justificaci髇, necesidad de S.1.35
cumplimiento de obligaciones con arreglo al SG como S.1.35.1, S.1.36.1
en el caso de restricciones cuantitativas (SG 5.1, segunda frase) S.1.35.1, S.1.36.1
publicaci髇 de un an醠isis del caso objeto de investigaci髇 S.1.35.1, S.1.36.1
limitaci髇 a la parte del da駉 causada por el aumento de las importaciones S.1.35.3
relaci髇 de causalidad (SG 4.2 b)) y S.1.36
medidas de salvaguardia, caracter韘ticas, como equilibrio entre el derecho apropiado y leg韙imo a proteger la rama de producci髇 nacional y la obligaci髇 de preservar la integridad de las concesiones comerciales S.1.38.2
medidas de salvaguardia, condiciones (SG 2)
como cuestiones pertinentes de hecho y de derecho (SG 3.1) S.1.21.3
determinaciones separada S.1.10.1-4
揾an aumentado en tal cantidad?/p>
suficiente para causar o amenazar causar un da駉 grave
揹a駉 grave?y 揳menaza? cuesti髇 de si son alternativas mutuamente excluyentes S.1.10
relaci髇 de causalidad, necesidad de demostrar S.1.31.1
paralelismo entre SG 2.1 y SG 2.2 S.1.13.1.2
presunci髇 prima facie de la falta de S.1.13.2.1
損roducto ?importado?S.1.13.1.2
medidas de salvaguardia, determinaci髇 de la existencia de da駉 grave o amenaza de da駉 grave (SG 4), prescripciones
揳menaza de da駉 grave?(SG 4.1 b)) S.1.24.2
揹a駉 grave?(SG 4.1 a)) S.1.23.2-3
揹a駉 grave?(SG 5.1), distinci髇 S.1.35.2
揹a駉 perjuicio importante?(AD 3, SMC 15.7 y GATT VI), distinci髇 S.1.23.2
揹a駉 grave?(SG 4.1 a))/ 揳menaza de da駉 grave?(SG 4.1 b))
揹a駉 grave? distinci髇 S.1.24.2
modulaci髇 de los contingentes y (SG 5.2 b)) y S.1.37.1
derecho aplicable M.5.6, S.1.4.1
evaluaci髇 de todos los factores pertinentes (SG 4.2 a))
揻actores, distintos del aumento de las importaciones?(SG 4.2 b))
aplicaci髇 de medidas 揺n la medida necesaria? (SG 5.1) y S.1.36
fin de la disposici髇 S.1.36.2
no atribuci髇, necesidad de demostraci髇 de S.1.31.1, S.1.31.5-6
explicaci髇 razonada y adecuada S.1.31.5
uniones aduaneras y zonas de libre comercio (GATT XXIV) excepci髇 y R.1.6.2
medidas de salvaguardia, nivel de las concesiones (SG 8)
compensaci髇 de los efectos desfavorables S.1.38.2, S.1.42.4
揺quivalente?S.1.38.2-3
oportunidades adecuadas para que se celebren consultas previas (SG 12.3) y S.1.42.3
medidas de salvaguardia, notificaciones y consultas (SG 12)
modificaciones de la medida despu閟 de las consultas, efecto S.1.42.2
oportunidades adecuadas para que se celebren consultas previas (SG 12.3) S.1.42.2-4
buena fe y S.1.42.4
tiempo para S.1.42.3
medidas de salvaguardia, pa韘es en desarrollo y (SG 9) S.1.39
揳plicar醤?S.1.39.2
揷ontra un producto?S.1.39.2
efecto previsto de la medida, pertinencia S.1.39.3
lista de pa韘es excluidos, necesidad de S.1.39.1
medidas de salvaguardia, uniones aduaneras y zonas de libre comercio (GATT XXIV) excepci髇, aplicabilidad R.1.6.2, S.1.17.1
zonas de libre comercio S.1.17
modulaci髇 de los contingentes y (SG 5.2 b)) S.1.37
Procedimientos de trabajo (examen en apelaci髇)
desistimiento de la apelaci髇 (PTEA 30) W.2.13.1.2
a reserva del derecho a presentar un nuevo anuncio de apelaci髇 de conformidad con PTEA 20 W.2.13.1.2
proporcionalidad
como derecho internacional consuetudinario P.3.6.3
contramedidas/suspensi髇 des concesiones (ESD 22.4) y P.3.6.2-3
medidas de salvaguardia (SG 5.1) (揺n la medida necesaria? y S.1.34.2-3
publicaci髇 de un an醠isis del caso objeto de investigaci髇 (SG 4.2 c)), justificaci髇 de la aplicaci髇 de medidas de salvaguardia S.1.35.1, S.1.36.1
responsabilidad del Estado, contramedidas por el incumplimiento de obligaciones internacionales, proporcionalidad y P.3.6.3
Los textos que se reproducen en esta secci髇 no tienen el valor legal de
los documentos originales que se depositan y guardan en la Secretar韆 de la
OMC en Ginebra.